MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA WOM SpA
   
    Santiago, 3 de marzo de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 214 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta N° 265, de 2013, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 700 MHz, y sus modificaciones posteriores.
    f) El decreto supremo N° 19, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 183.646, de 21.10.2022, complementado mediante ingresos Subtel N° 20.291, de 08.02.2023, N° 92.029, de 14.06.2023, N° 179.919, de 18.12.2023, N° 65.568, de 22.05.2024, N° 158.962, de 17.12.2024, N° 72.539, de 24.06.2025, N° 75.538, de 24.06.2025, N° 72.530, de 24.06.2025, N° 80.189, de 14.07.2025, N° 81.336, de 17.07.2025 y N° 87.861, de 01.08.2025. En lo que dice relación con las Estaciones Base que se indican en la parte resolutiva del presente decreto, quedando lo restante a lo que se resuelva en acto administrativo independiente, sin perjuicio de lo resuelto en resolución exenta N° 2.320, de 2024, de la Subsecretaría y en los decretos exentos N° 449, de 2024 y N° 969, de 2025, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    b) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos.
    c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
   
    Decreto:

   
    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones otorgada a la empresa Wom SpA, RUT N° 78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna N° 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Autorízase a la concesionaria a modificar la dirección y coordenadas geográficas de dos (2) Estaciones Base, según se indica a continuación:
   
    Para la Región Metropolitana de Santiago.
   
    D.S.: Decreto Supremo.
   
    1.1 Las características de la infraestructura soportante se indican a continuación:
   
   
    Los plazos y demás características técnicas, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al acto autorizatorio señalado precedentemente.
    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    4. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
   
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.