MODIFICA DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA WOM SpA
Santiago, 7 de abril de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 259 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución exenta N° 265, de 2013, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 700 MHz, y sus modificaciones posteriores, especialmente la resolución N° 4.039, de 2014, y la resolución N° 386, de 2019, ambas de la referida Subsecretaría.
d) El decreto supremo N° 19, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.; y,
e) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
a) Lo solicitado por la concesionaria, mediante ingreso Subtel N° 117.816 de 21.10.2025, complementado por ingreso Subtel N° 132.743 de 27.11.2025.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, otorgada a la empresa Wom SpA., RUT N° 78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna N° 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar tres (3) Estaciones Base en nueva Infraestructura de Telecomunicaciones, según se indica a continuación:


Las Estaciones Base se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
2. La Infraestructura soporte de las Estaciones base, se indica a continuación:

3. Los plazos máximos se indican a continuación:

4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5. La presente autorización está afecta al pago de derechos por utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha de notificación del presente decreto.
6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
7. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, comuníquese y notifíquese a la interesada.- Por orden del Presidente de la República.- Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones.