PRÓRROGA DE POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE EDIFICACIÓN EN EL TERRITORIO DE LA COMUNA, POR LA "ACTUALIZACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE QUILICURA"
   
    Núm. 51 exenta.- Santiago, 8 de abril de 2026.

    Vistos:

    Lo dispuesto en la ley N° 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; en el DL N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL N° 458, de 1975, que establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones; en el DS N° 47 (V. y U.), de 1992, que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el Plan Regulador Metropolitano de Santiago; en las facultades conferidas en el DS N° 397 (V. y U.), de 1976, que fija el reglamento orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; el DS 52, de 25.03.2026, en trámite, que nombra al Sr. Sebastián Norambuena Yung como Secretario Regional Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo; en la resolución exenta electrónica N° 1.258, de fecha 5 de septiembre de 2023, de esta Secretaría Ministerial, que establece tramitación electrónica; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

    Considerando:

    1. Que, mediante oficio DE ALCALDIA-00201/2026, de la Sra. Alcaldesa de la I. Municipalidad de Quilicura, de fecha 17.03.2026, a Seremi Minvu, se ha solicitado la primera prórroga de la "Postergación de otorgamiento de Permisos de Edificación para todos los Permisos de Subdivisión, Loteo y Urbanización Predial y de Construcciones, con excepción de los Permisos de Obra Menor acogidos al artículo 166 de la LGUC, en toda el Área Urbana y de Extensión Urbana de la comuna", por un plazo de nueve (9) meses, en la totalidad del territorio comunal de acuerdo a lo graficado en el "Plano de Postergación de Permisos - Actualización Plan Regulador Comunal de Quilicura", escala 1:10.000, de fecha noviembre de 2025, suscrito por Alcaldesa y Asesor Urbanista de la comuna, que se adjuntó a la solicitud inicial de informe favorable a la iniciativa de Postergación de Permisos (oficio N° DE ALCALDIA-01230/2025, de fecha 23.12.2025) y que fuera acogido por el Ord. N° 90, de fecha 05.01.2026, de esta Seremi, con un informe favorable al respecto.
    2. Que, la solicitud actual se hace en atención a que la Postergación de Permisos vigente, indicada en el oficio N° DE ALCALDIA-01230/2025, de Alcaldesa de la Municipalidad de Quilicura, de fecha 23.12.2025 a Seremi Minvu, y dispuesta por un plazo de 3 meses, en forma selectiva en cuanto al tipo de permisos y al territorio a afectar, correspondiente a todos los Permisos de Subdivisión, Loteo y Urbanización Predial y de Construcciones, con excepción de los Permisos de Obra Menor acogidos al artículo 166 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) en la totalidad del Área Urbana y de Extensión Urbana de la comuna, se encuentra próximo a cumplir, y considerando que se requiere de más tiempo de postergación de permisos, para completar el Proceso de Aprobación de la Actualización al PRC que interesa.
    3. Que, la solicitud de prórroga se fundamenta en la necesidad de evitar que se puedan consolidar situaciones adversas a los objetivos estratégicos perseguidos en el Estudio de la actualización del PRC en curso mientras se tramita el cambio normativo.
    4. Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y en el artículo 1.4.18 de su Ordenanza General, ante la solicitud presentada por el municipio, oficio DE ALCALDIA-01230/2025, de Alcaldesa de la Municipalidad de Quilicura, de fecha 23.12.2025, a Seremi Minvu, se emitió el informe favorable a la Postergación de Permisos, mediante oficio Ord. N° 90, de Seremi Minvu, de fecha 05.01.2026, la cual empezó a regir desde su publicación en el Diario Oficial, lo que ocurrió con fecha 15.01.2026, entrando entonces en vigencia la Postergación de Permisos aludida, que se extendió por 3 meses, hasta el 15.04.2026.
    5. Que, antes del vencimiento del periodo anterior, habiéndose cumplido parte del periodo antes aludido, el municipio ha solicitado una prórroga por 9 meses más, con lo que se completarán 12 meses de Postergación de Permisos; para que se tramite antes del día 15.04.2026 que como ya se señaló, es la fecha de vencimiento de la postergación anterior, por cuanto no se puede descontinuar el periodo de Postergación de Permisos que afecta a la comuna.
    6. Que, analizada la solicitud de prórroga y sus antecedentes, de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales pertinentes, esta Secretaría Ministerial estima atendible la preocupación municipal por preservar los sectores involucrados, para que se consoliden a futuro con las normas contenidas en el proyecto de actualización al PRC, por lo tanto, se cree recomendable acoger lo solicitado y disponer una prórroga de 9 meses a la anterior postergación de permisos mencionada en el Considerando 1 de la presente resolución, que debe ser remitida a la autoridad comunal, de manera que se realice la posterior publicación en el Diario Oficial, por cuenta del municipio, antes de su vencimiento.
    7. Que, mediante memorándum N° 27, de fecha 04.03.2026, de la Jefa del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de esta Secretaría Ministerial, dirigido al Jefe Subrogante de la Sección Jurídica, se estimó atendible la preocupación municipal por preservar los sectores involucrados, para que se consoliden a futuro con las normas contenidas en el proyecto de actualización al PRC, que se encuentra en etapa de elaboración de Anteproyecto, para luego remitirlo a revisión e informe, por lo tanto, se estima recomendable acoger lo solicitado y someter el caso a la consideración de la Secretaría Ministerial para que disponga, si lo estima pertinente, una prórroga de 9 meses a la Postergación de Permisos mencionada en el punto 1 del presente documento, la que deberá ser establecida mediante la resolución correspondiente, que debe ser remitida a la autoridad comunal, de manera que se realice la posterior publicación en el Diario Oficial, por cuenta del municipio, antes del 15.04.2026.
    8. Que, se ha acreditado de manera suficiente el requisito de "caso necesario" y los demás antecedentes fundantes de la petición.

    Resolución:

    1. Prorrógase la "Postergación de otorgamiento de Permisos de Edificación y para todos los Permisos de Subdivisión, Loteo y Urbanización Predial y de Construcciones, con excepción de los Permisos de Obra Menor acogidos al artículo 166 de la LGUC, en toda el Área Urbana y de Extensión Urbana de la comuna", por un plazo de nueve (9) meses, a partir del término completo de la postergación original; en la totalidad del territorio comunal de acuerdo a lo graficado en el "Plano de Postergación de Permisos - Actualización Plan Regulador Comunal de Quilicura", escala 1:10.000, de fecha noviembre de 2025, suscrito por la Alcaldesa y el Asesor Urbanista de la comuna.
    2. Notifíquese lo resuelto a la I. Municipalidad de Quilicura, sirviendo la presente resolución exenta como suficiente y atento oficio remisor.
    3. Publíquese por el municipio la presente resolución exenta, antes del día 15 de abril del año en curso, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 117 de la LGUC, en el Diario Oficial, así como también en alguno de los diarios de mayor circulación en la comuna.
   
    Anótese, comuníquese y cúmplase.- Sebastián Norambuena Yung, Secretario Regional  Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.