PROMULGA ACTUALIZACIÓN DE PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA CALERA
Núm. 31/4/197.- Valparaíso, 18 de diciembre de 2025.
Vistos:
1. Lo dispuesto en los artículos 111 de la Constitución Política de la República; 16 letras a), b) y m), 20 letras e), f), g) y k) 24 letras c) m) ñ) o) y w), 27, de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado mediante DFL N° 1-19175 del 8 de agosto de 2005; la sentencia del 13 de diciembre de 2024, Rol 869-2024 del Tribunal Calificador de Elecciones, el Acta de Proclamación de 13 de diciembre de 2024, del mismo órgano electoral, y la resolución exenta número 31/2/5 de 7 de enero de 2025, mediante la cual asumo en calidad de Gobernador Regional de Valparaíso.
2. Lo dispuesto en el DFL N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo promulgado el 18 de diciembre 1975, y publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de abril de 1976, que aprueba la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones, en especial, el artículo 43;
3. El decreto N° 47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado el 5 de junio de 1992, que fija el texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en especial lo establecido en el artículo 2.1.11.
4. La Ley N° 19.300 publicada el 9 de marzo de 1994, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
5. El decreto supremo N° 32, de 17 de agosto de 2015, del Ministerio de Medio Ambiente, publicado el 4 de noviembre de 2015, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E.).
6. Copia de transcripción de Acuerdo N° 60/2015 adoptado por el Concejo Municipal de La Calera, en Reunión Ordinaria N° 12 de 21 de abril de 2015, en el cual el Concejo compromete el aporte municipal para la etapa de estudio Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera.
7. Copia de extracto de acto administrativo que da inicio al proceso de evaluación ambiental estratégica (EAE) Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera.
8. Oficio Ord. N° 203 de 13 de abril de 2017 de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de Valparaíso, informando el inicio del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica del Estudio Actualización Plan regulador Comunal de La Calera.
9. Copia de Publicación en el Diario Oficial de extracto de acto administrativo que inicia procedimiento de EAE "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
10. Oficio Ord. N° 315 de 15 de mayo de 2018 de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, por el cual se remite el anteproyecto del Plan Regulador Comunal de La Calera y su Informe Ambiental.
11. Copia de informe de observaciones a anteproyecto de Plan Regulador Comunal de La Calera de la Empresa Melón S.A. en consulta pública de evaluación ambiental estratégica, Planta Industrial, La Calera, agosto 2018.
12. Oficio Ord. N° 244/18 de 19 de junio de 2018 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, dirigido a la alcaldesa de la comuna de La Calera, por el cual, dicha secretaría regional ministerial, aprueba el contenido de la propuesta del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
13. Oficio Ord. N° 754 de 13 de diciembre de 2018, de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Valparaíso, en que se remite propuesta de modificación de límite urbano de acuerdo con lo señalado por el artículo 2.1.16 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
14. Oficio Ord. N° 759 de 17 de diciembre de 2018, de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido al Jefe Regional de Superintendencia de Servicios Sanitarios de la Región de Valparaíso, por el cual, se remite el "Estudio de Factibilidad Sanitaria, Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera.".
15. Oficio Ord. N° 107 de 19 de febrero de 2019, de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, por el cual, se remite informe ambiental corregido, junto con la nueva versión del anteproyecto del instrumento "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
16. Oficio Ord. N° 129 de 1 de marzo de 2019, de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido a la Subgerencia de Planificación de Esval, en que se remite estudio de factibilidad sanitaria, de acuerdo con la Ley de Servicios Sanitarios.
17. Oficio Ord. N° 111/19 de 15 de marzo de 2019 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, dirigido a la alcaldesa de la comuna de La Calera, por el cual, dicha institución remite consideraciones sobre el informe ambiental corregido del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
18. Oficio Ord. N° 1783 de 27 de mayo de 2019, del Superintendente de Servicios Sanitarios dirigido a la alcaldesa de la comuna de La Calera, por el cual se remite pronunciamiento respecto del "Estudio de Factibilidad Sanitaria, Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
19. Decreto Alcaldicio N° 892 de 2 de abril de 2019, que pone término al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
20. Oficio Ord. N° 213 de 4 de abril de 2019, de la alcaldesa de la comuna de La Calera dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, por el cual, se remite el decreto Alcaldicio que pone término al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
21. Oficio Ord. N° 214 de 4 de abril de 2019, de la alcaldesa de la comuna de La Calera dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual, se remite el decreto Alcaldicio que pone término al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
22. Oficio Ord. Nª 230 de 2 de mayo de 2019 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, dirigido a la alcaldesa de la comuna de La Calera, por el cual, se informa de la recepción de la documentación que pone término al procedimiento de evaluación ambiental de la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera.
23. Transcripción del Acuerdo N° 85/2019 adoptado por unanimidad en Reunión Ordinaria N° 14 de 14 de mayo de 2019, por el cual, el Concejo Municipal otorgó autorización a la Alcaldesa para proceder a la "Etapa 5 Proyecto", como asimismo la autorizó, para dar comienzo a la implementación del procedimiento establecido en el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, firmado por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera.
24. Certificado N° 239/2019 de 26 de diciembre de 2019, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica el envío de 88 cartas certificadas a las organizaciones territoriales de la comuna, informando el inicio del proceso de consulta pública del anteproyecto del "Plan Regulador Comunal de La Calera", y su documento adjunto denominado guía de entrega N° 150/2019.
25. Copia de cartas enviadas a las organizaciones territoriales informando del inicio del proceso de consulta pública el del anteproyecto del "Plan Regulador Comunal de La Calera".
26. Certificado N° 236/2019 de 26 de diciembre de 2019, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que con fecha 23 de agosto del 2019, se publicó en el diario El Observador, en su página 55 el inicio del proceso de consulta pública del anteproyecto del "Plan Regulador Comunal de La Calera".
27. Publicación realizada en el diario El Observador el día 23 de agosto de 2019, por el cual, se informa el inicio del proceso de consulta pública del anteproyecto del "Plan Regulador Comunal de La Calera".
28. Certificado N° 237/2019 de 26 de diciembre de 2019, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que con fecha 30 de agosto del 2019, se publicó en el diario El Observador, en su página 55 el inicio del proceso de consulta pública del anteproyecto del "Plan Regulador Comunal de La Calera".
29. Publicación realizada en el diario El Observador el día 30 de agosto de 2019, por el cual, se informa el inicio del proceso de consulta pública del anteproyecto del "Plan Regulador Comunal de La Calera".
30. Certificado N° 238/2019 de 26 de diciembre de 2019, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que con fecha 23 de agosto de 2019, se publicó en la página web de la Municipalidad ( www.lacalera.cl ), el link "Plan Regulador Comunal La Calera", y se adjunta verificador de la mencionada página web.
31. Acta de Reunión Ordinaria del Concejo Municipal de la comuna de La Calera N° 25/2019 de 4 de septiembre de 2019, en que se informa que se iniciarán las audiencias públicas de consulta ciudadana del plan regulador comunal, como los conceptos clave del plan.
32. Copia de citación a reunión extraordinaria del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) N° 01/2019, convocada para el día 5 de septiembre de 2019, temario, propuesta de Actualización del Plan Regulador comunal de La Calera.
33. Acta de Reunión Extraordinaria del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) N° 01, de 5 de septiembre de 2019, en la que se presentó la propuesta de Actualización del Plan Regulador comunal de La Calera.
34. Acta de Reunión Ordinaria del Concejo Municipal de la comuna de La Calera N° 29/2019 de 9 de octubre de 2019, en que se informa al Concejo de las observaciones realizadas al anteproyecto de plan regulador comunal.
35. Copia de citación a reunión extraordinaria del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) N° 02/2019, convocada para el día 10 de octubre de 2019, temario, presentación de las observaciones del proceso de Actualización del Plan Regulador comunal de La Calera.
36. Acta de Reunión Extraordinaria del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) N° 02, de 10 de octubre de 2019, segunda sesión, temario, presentación de las observaciones del proceso de Actualización del Plan Regulador comunal de La Calera.
37. Copia de cartas remitidas por Junta de Vecinos Santa Rosa, Unidad Vecinal N° 9-A, por los sres/as. Cristian Vassalli Zamora; Cristian Fuenzalida Zegers, en representación El Artificio SpA; Iván Ivanaci, representante legal de Algas Marinas; sr. Gonzalo Fuenzalida Ortúzar; Iván Marinado Felipos, representante de Melón S.A.; Fernando González Rivera, representante de la Empresa Servicios Industriales Impromaq Ltda.; Mónica Torres Carrasco de la Asociación Gremial Cámara de Comercio y Turismo La Calera; Yascin Chahuán Manzur; César Andrés Varela Navea, de ONG Desarrollo e Investigación Social Semilla Amaranto; Pamela Isabel Ríos Alcorta; Mauricio Mena Zepeda, en el marco del proceso de consulta pública del instrumento de planificación denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
38. Certificado N° 003/2020, de 21 de octubre de 2019, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que con fecha 9 de octubre de 2019, se da término a la exposición pública del anteproyecto del plan regulador comunal de La Calera.
39. Acta de Reunión Ordinaria del Concejo Municipal de la comuna de La Calera N° 31/2019 de fecha 5 de noviembre de 2019.
40. Acta de Reunión Extraordinaria del Concejo Municipal de la comuna de La Calera N° 13/2019 de 10 de diciembre de 2019, en la cual, se aprueba el proyecto de plan regulador comunal por el Honorable Concejo Municipal de La Calera, y se votaron las respuestas a las observaciones de la consulta pública exigida por el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y se aprobó la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera.
41. Certificado 002/2020 de 21 de enero de 2020, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que con fecha 4 de septiembre de 2019, se inició la exposición pública del anteproyecto del Plan Regulador Comunal de La Calera, que se ubicó en la entrada del Edificio Consistorial y en las dependencias de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
42. Oficio Ord. N° 40/2020 de 16 de enero de 2020 de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual se remitió la propuesta del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera", para su revisión y emisión del respectivo informe técnico por parte de la referida secretaría regional ministerial.
43. Guía de entrega N° 12/2020 de 17 de enero de 2020 de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de La Calera de 14 cartas certificadas por Correos de Chile.
44. Certificado N° 004/2020 de 21 de enero de 2020, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que se enviaron 14 cartas certificadas por Correos de Chile, a las personas naturales y jurídicas que presentaron observaciones al Anteproyecto de Plan Regulador Comunal de La Calera.
45. Oficio Ord. N° 739 de 9 de marzo de 2020, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso dirigido a la alcaldesa de la comuna de La Calera, por el cual, se realizaron observaciones al instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
46. Certificado N° 11/2020 de 20 de marzo de 2020, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que con fecha 20 de marzo de 2020, la Ilustre Municipalidad de La Calera, conforme a lo establecido en el numeral 6 del artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, efectivamente se recibieron observaciones de la ciudadanía en el periodo comprendido entre el 5 de septiembre y hasta el 8 de noviembre de 2019, las que fueron ingresadas a través de Oficina de Partes de la Municipalidad.
47. Certificado N° 12/2020 de 20 de marzo de 2020, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que el municipio de la comuna de La Calera, remitió oficio N° Ord. 754 de 13 de diciembre de 2018 a la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Valparaíso, que contenía propuesta de modificación de límite urbano de acuerdo con artículo 2.1.16 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y que esta dicha fecha no hubo respuesta de parte de la referida secretaría regional ministerial.
48. Certificado 02/2020 de 23 de marzo de 2020 suscrito por doña Mónica Hess Somoza, asesora urbanista de la SECPLA de la I. Municipalidad de La Calera, de 23 de marzo de 2020, por el cual, se explica y responde una de las observaciones de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, realizada mediante oficio N° 739 de 9 de marzo de 2019.
49. Certificado N° 14/2020 de 24 de marzo de 2020, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que el Certificado 02/2020 de fecha 22 de enero de 2020 emitido por la asesora urbanista de la I. Municipalidad de La Calera, está correctamente realizado en base a planos y escrituras acreditables del Conservador de Bienes Raíces y corrobora que las observaciones realizadas por la comunidad al plan regulador y aprobadas por el H. Concejo Municipal, no implicaron modificaciones que impliquen nuevos gravámenes o afectaciones desconocidas por la comunidad.
50. Oficio Ord. N° 215/2020 de 26 de marzo de 2020 de la alcaldesa de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual, se remitió respuesta a las observaciones formuladas por la referida secretaría regional ministerial a través de Ord. N° 739 de 9 de marzo de 2020.
51. Oficio Ord. N° 893 de 8 de abril de 2020, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso dirigido a la alcaldesa de la comuna de La Calera, por el cual, se tuvo por subsanada las observaciones formuladas al instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
52. Oficio Ord N° 230/2020 de fecha 22 de abril de 2020 de la alcaldesa de la comuna de La Calera dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual se informa haber tomado conocimiento del término del procedimiento de tramitación del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
53. Oficio Ord. N° 1016 de 29 de abril de 2020 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso dirigido al Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso, por el cual, se informó favorablemente la propuesta del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
54. El Certificado emitido el día 18 de junio de 2020 por el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso, en que consta, que en Acuerdo 9823/06/20 adoptado en sesión 788° ordinaria de fecha 18 de junio de 2020, se aprobó propuesta de instrumento de planificación territorial de nivel comunal denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
55. La resolución afecta N° 31/4/11 de fecha 29 de enero de 2021 del Gobierno Regional de Valparaíso, que promulgó el instrumento de planificación territorial de nivel comunal denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
56. El oficio E113278/2021 de fecha 10 de junio de 2021 de la Contraloría Regional de Valparaíso, por el cual la resolución afecta N° 31/4/11 de fecha 29 de enero de 2021 del Gobierno Regional de Valparaíso fue representada.
57. Las correcciones realizadas por la I. Municipalidad de La Calera al instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera", con el objeto de subsanar las observaciones formuladas por la Contraloría General de la República a la resolución afecta N° 31/4/11 de fecha 29 de enero de 2021 del Gobierno Regional de Valparaíso, representada por el oficio E113278/2021 de fecha 10 de junio de 2021.
58. Certificado N° 84/2021 de 20 de diciembre de 2021, suscrito por la Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de La Calera, por el cual, se certifica que en la comuna de La Calera, no existen territorios ni comunidades indígenas, según lo dispuesto en el artículo 13 del reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena, sancionado por el decreto N° 66 de 2013 del Ministerio de Desarrollo Social.
59. Oficio Ord. N° 105/2021 de 28 de diciembre de 2021 de la asesora urbanista de la I. Municipalidad de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual se remitió la respuesta a las observaciones realizadas por la Contraloría Regional de Valparaíso en el marco del procedimiento de aprobación del instrumento de planificación denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
60. Oficio Ord. N° 324 de fecha 1 de febrero de 2022, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, dirigido al Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso, por el cual, aquella secretaría regional ministerial, informa favorablemente la propuesta del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
61. Oficio Ord. N° 227/2022 de fecha 18 de abril de 2022 del alcalde de la comuna de La Calera dirigido a la Corporación Nacional de Derecho Indígena, por el cual, en el marco de aprobación del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera", se solicita a esta última institución la emisión de pronunciamiento respecto a la existencia de organizaciones de pueblos indígenas.
62. Oficio Ord. N° 636 de 6 de julio de 2022 del Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, dirigido al alcalde de la comuna de La Calera, por el cual, se informa que revisado el Registro Nacional de Asociaciones y Comunidades Indígenas de Conadi (RNAI), el Sistema de Información Territorial Indígena (STTI) y la Base Histórica de Compras de Tierras Artículo 20a y 20b de la ley indígena 19.253, para la comuna de La Calera no se registran comunidades indígenas, tierras indígenas originadas por compra conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la ley 19.253.
63. El Certificado emitido el día 21 de abril de 2022 por el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso, en que consta, que en Acuerdo 10483/04/22 adoptado en sesión 833ª sesión ordinaria de fecha 21 de abril de 2022, se aprobó la propuesta de instrumento de planificación territorial de nivel comunal denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
64. La resolución afecta N° 31/4/38 de fecha 4 de agosto de 2022 del Gobierno Regional de Valparaíso, que promulgó el instrumento de planificación territorial de nivel comunal denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
65. El oficio E274781/2022 de fecha 8 de noviembre de 2022 de la Contraloría Regional de Valparaíso, por el cual la resolución afecta N° 31/4/38 de fecha 4 de agosto de 2022 del Gobierno Regional de Valparaíso fue representada.
66. Oficio Ord. N° 568/2023 de fecha 4 de septiembre de 2023 del alcalde de la comuna de La Calera dirigido a la Subsecretaría de Servicios Sociales dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, en el marco de aprobación del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera", se solicita pronunciamiento a esta última institución respecto a la procedencia de realizar consulta indígena.
67. Oficio Ord. N° 800/2023 de fecha 28 de noviembre de 2023 del alcalde de la comuna de La Calera dirigido a la Corporación Nacional de Derecho Indígena, respecto a la procedencia de realización consulta indígena conforme a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT en el proceso de aprobación del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
68. Oficio Ord. N° 280, febrero de 2024 del Director Nacional de Conadi, dirigido al alcalde de la comuna de La Calera, por el cual, se responde a solicitud de información realizada por el ente edilicio mediante oficio Ord. N° 800/2023 de fecha 28 de noviembre de 2023.
69. Oficio Ord. N° 49 de fecha 18 de abril de 2024 de la Subsecretaría de Servicios Sociales dirigido al alcalde de la comuna de La Calera, por el cual, se solicitan mayores antecedentes para responder a la solicitud de informe de procedencia de realización de consulta indígena establecida en el artículo 13 del decreto supremo N° 66 del año 2013 del Ministerio de Desarrollo Social.
70. Oficio Ord. N° 328/2024 de fecha 4 de junio de 2024 del alcalde de la comuna de La Calera dirigido a la Subsecretaría de Servicios Sociales dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, por el cual, se acompaña informe y se solicita pronunciamiento a esta última institución, respecto a la procedencia de realizar consulta indígena en el marco de aprobación del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
71. Oficio Ord. N° 2943/2024 de fecha 11 de septiembre de 2024 de la Subsecretaría de Servicios Sociales dirigido al alcalde de la comuna de La Calera, por el cual, dicha institución se pronuncia informando que no corresponde realizar un proceso de consulta indígena respecto del proyecto denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
72. Decreto Alcaldicio N° 111/2025 de fecha 13 de enero de 2025, que deja constancia, que no resulta procedente la realización de un proceso de consulta indígena respecto del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
73. Oficio Ord. N° 594/2024 de 14 de octubre de 2024 del alcalde de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual, se remitió a dicha secretaría regional ministerial, respuestas a las observaciones formuladas por E274781/2022 de fecha 8 de noviembre de 2022 de la Contraloría Regional de Valparaíso.
74. Oficio Ord. N° 389 de fecha 12 de febrero de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, dirigido al alcalde de la comuna de La Calera, por el cual, se realizan observaciones al instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
75. Informe Zonificación Zeis, Terreno Serviu en comodato Esval, elaborado por la Secretaría de Planificación, Asesoría Urbana de la I. Municipalidad de La Calera, que responde a observaciones realizadas por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso a través de Ord. N° 389 de fecha 12 de febrero de 2025.
76. Oficio Ord. N° 184/2025 de 9 de abril de 2025 de de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual, se responde a las observaciones formuladas por esta última institución por medio de oficio Ord. N° 389 de 12 de febrero de 2025.
77. Las correcciones realizadas por la I. Municipalidad de La Calera con el objeto de subsanar las observaciones formuladas por la Contraloría General de la República a la resolución afecta 31/1/4/38 de 2022 del Gobierno Regional de Valparaíso, que promulgó al instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera" y representada por el oficio E274781/2022 de fecha 8 de noviembre de 2022 del órgano contralor.
78. Oficio Ord. N° 276/2025 de 22 de mayo de 2025 del alcalde de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, por el cual se remitió la respuesta a las observaciones realizadas por la Contraloría Regional de Valparaíso en el marco del procedimiento de aprobación del instrumento de planificación denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
79. Oficio Ord. N° 277/2025 de 22 de mayo de 2025 del alcalde de la comuna de La Calera, dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, por el cual, se acompañó las correcciones realizadas a la propuesta de instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera", e informó que las correcciones realizadas no alteraron los contenidos del Informe Ambiental aprobado por Ord. N° 244/18 de fecha 19 de junio de 2018.
80. Oficio Ord. N° 03432/2025 de 29 de mayo de 2025 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, dirigido al alcalde de la comuna de La Calera, por el cual, la referida institución informa al ente edilicio, que ha tomado conocimiento de las correcciones realizadas a la propuesta de instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera", las cuales no han modificado el contenido del informe ambiental.
81. Oficio Ord. N° 1439 de fecha 5 de agosto de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, dirigido al Gobernador Regional de Valparaíso, por el cual, aquella secretaría regional ministerial, informa favorablemente la propuesta del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera".
82. El Certificado emitido el día 2 de octubre de 2025 por el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso, en que consta, que en Acuerdo 11746/10/25 adoptado en sesión 916ª sesión ordinaria de fecha 2 de octubre de 2025, se aprobó propuesta de instrumento de planificación territorial de nivel comunal denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera".
83. La resolución N° 36 promulgada el día 19 de diciembre de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
84. Que, según lo prescrito en el artículo 36, letra c), de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; corresponderá al Consejo Regional: "Aprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales de comunas que no formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, previamente acordados por las municipalidades, en conformidad con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre la base del informe técnico que deberá emitir la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva.".
85. Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 24, letra o) de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, corresponderá al Gobernador Regional, en su calidad de órgano ejecutivo del Gobierno Regional: "Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos, intercomunales, comunales y seccionales conforme a las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones".
Considerando:
1. Que, la I. Municipalidad de La Calera ha llevado a cabo los trámites correspondientes para actualizar el instrumento de planificación territorial de su comuna, según se extrae de los antecedentes contenidos en el expediente administrativo.
2. Que, mediante oficio N° 276/2025 de 22 de mayo de 2025 del alcalde de la comuna de La Calera, remitió la propuesta de actualización del plan regulador comunal y sus antecedentes a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, para que aquella secretaría regional ministerial emitiera el informe técnico respectivo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
3. Que, mediante oficio Ord. N° 1439 de fecha 5 de agosto de 2025 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, dirigido al Gobernador Regional de Valparaíso, dicha institución, informó favorablemente la propuesta del instrumento de planificación territorial denominado "Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera", para que este sea aprobado por el Consejo Regional y se dicte la correspondiente resolución promulgatoria por parte de esta institución.
4. Que, el Consejo Regional de Valparaíso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 letra c) del DFL N° 1, que fija el texto coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, aprobó la propuesta de instrumento de planificación territorial de nivel comunal denominado "Actualización Plan Regulador Comunal de La Calera", mediante Acuerdo N° 11746/10/2025, adoptado en su sesión 916ª, sesión ordinaria de fecha 2 de octubre de 2025, el cual consta en el Certificado emitido con esa misma fecha por el Secretario Ejecutivo del H. Consejo Regional de Valparaíso.
5. Que, en virtud de lo señalado en el considerando anterior y conforme con lo dispuesto en el artículo 43 inciso antepenúltimo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el artículo 24 letra o) del DFL N° 1 que fija el texto coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, corresponde dictar la correspondiente resolución promulgatoria de la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera.
Resuelvo:
1. Promúlgase, la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera, aprobado mediante Acuerdo N° 11746/10/2025, adoptado en su sesión 916ª, sesión ordinaria de fecha 2 de octubre de 2025, según consta en el certificado al que se ha hecho referencia en el considerando N° 4 de esta resolución.
2. La Ordenanza Local de la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera, que, junto con su memoria explicativa, planos y documentos técnicos anexos, se entienden formar parte integrante de la presente resolución, para todos los efectos legales, es del tenor siguiente:
ORDENANZA LOCAL
PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA CALERA
ÍNDICE
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I.1 NORMAS DE COMPETENCIA Y DELIMITACIÓN DEL TERRITORIO
ARTÍCULO I.1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PLAN Y SUS COMPONENTES
ARTÍCULO I.1.2 DESCRIPCIÓN DEL LÍMITE URBANO
ARTÍCULO I.1.3 ÁREAS, ZONAS Y SUBZONAS QUE INTEGRAN EL PLAN
CAPÍTULO I.2 NORMAS DE APLICACIÓN GENERAL
ARTÍCULO I.2.1 EMPLAZAMIENTO DE INSTALACIONES O EDIFICACIONES DESTINADAS A INFRAESTRUCTURAS
ARTÍCULO I.2.2 DISPOSICIÓN DE SUPERFICIES A CEDER PARA ÁREAS VERDES
ARTÍCULO I.2.3 CONSTRUCCIONES EN SUBTERRÁNEOS
ARTÍCULO I.2.4 DISMINUCIÓN DE INCREMENTOS DE NORMA URBANÍSTICA EN CONJUNTOS ARMÓNICOS
ARTÍCULO I.2.5 CUERPOS SALIENTES
ARTÍCULO I.2.6 INSTALACIÓN DE PUBLICIDAD
ARTÍCULO I.2.7 INCENTIVO EN LAS NORMAS URBANÍSTICAS
ARTÍCULO I.2.8 DOTACIONES MÍNIMAS DE ESTACIONAMIENTOS
TÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
CAPÍTULO II.1 ZONIFICACIÓN Y NORMAS URBANÍSTICAS
ARTÍCULO II.1.1 ZONAS DEL PLAN Y SUS NORMAS URBANÍSTICAS
CAPÍTULO II.2 TERRENOS AFECTOS A UTILIDAD PÚBLICA
ARTÍCULO II.2.1 PARQUES Y PLAZAS - PP
CAPÍTULO II.3 ÁREAS RESTRINGIDAS AL DESARROLLO URBANO
ARTÍCULO II.3.1 ÁREAS DE RIESGO
ARTÍCULO II.3.2 ZONAS NO EDIFICABLES
CAPÍTULO II.4 ÁREAS DE PROTECCIÓN
ARTÍCULO II.4.1 ÁREAS DE PROTECCION DE RECURSOS DE VALOR PATRIMONIAL CULTURAL
ARTÍCULO II.4.2 ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR NATURAL - HU
CAPÍTULO II.5 RED VIAL ESTRUCTURANTE
ARTÍCULO II.5.1 GENERALIDADES
ARTÍCULO II.5.2 DESCRIPCIÓN DE LA RED VIAL ESTRUCTURANTE
TÍTULO III DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
ARTÍCULO 1 TRANSITORIO: ALCANCE DE LAS DISPOSICIONES
ARTÍCULO 2 TRANSITORIO: RED VIAL ESTRUCTURANTE DE NIVEL INTERCOMUNAL
ARTÍCULO 3 TRANSITORIO: ÁREAS VERDES DE NIVEL INTERCOMUNAL
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I.1 Normas de competencia y delimitación del territorio
Artículo I.1.1 Identificación del Plan y sus componentes
El Plan Regulador Comunal de La Calera, en adelante PRC-LC, se compone de la presente Ordenanza, Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad Sanitaria y el Plano PRC-La Calera (Láminas 01 y 02), a escala 1:5000, todos documentos que acorde a la normativa vigente para los efectos de su aprobación, modificación y aplicación constituyen un solo cuerpo normativo.
Artículo I.1.2 Descripción del Límite Urbano
El límite urbano del PRC-LC se encuentra definido por la poligonal cerrada que une los puntos LC01, LC02, LC03, LC04, LC05, LC06, LC07, LC08, LC09, LC10, LC11, LC12 y LC13; graficados en Plano de Zonificación, Localidad La Calera – Artificio, láminas 01 y 02.
Estos puntos se encuentran georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Datum WGS 1984 Huso 19, cuya descripción se detalla a continuación:


Artículo I.1.3 Áreas, zonas y subzonas que integran el Plan
El territorio comprendido por el PRC-LC se divide en las áreas, zonas y subzonas que se identifican a continuación:

CAPÍTULO I.2 Normas de aplicación general
Artículo I.2.1 Emplazamiento de instalaciones o edificaciones destinadas a infraestructuras
Las disposiciones contenidas en el inciso tercero del artículo 2.1.28 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, referidas al emplazamiento de las instalaciones o edificaciones destinadas a infraestructura cuando el instrumento de planificación territorial permite la actividad de industria, no serán aplicables dentro del territorio normado por el PRC-LC.
El emplazamiento de las edificaciones e instalaciones asociadas al uso de suelo de infraestructura se encuentra regulado específicamente en cada una de las zonas del presente Plan.
Artículo I.2.2 Disposición de superficies a ceder para áreas verdes
Tratándose de superficies a ceder para áreas verdes conforme a lo dispuesto en la LGUC y OGUC, que se dispongan en sentido transversal con respecto al espacio público y que tengan sólo un frente hacia la vía pública, deberán cumplir con una proporción no superior a 1:3 entre frente y fondo.
Artículo I.2.3 Construcciones en subterráneos
Las construcciones en subterráneos no podrán ocupar el área bajo el antejardín y deberán cumplir con un distanciamiento de 3 m. hacia los deslindes.
Artículo I.2.4 Disminución de incrementos de norma urbanística en Conjuntos Armónicos
Los conjuntos armónicos que se emplacen en las zonas preferentemente residenciales establecidas por el presente Plan, que cumplan con las condiciones que la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones establece para cada caso, podrán exceder la altura máxima de edificación de la respectiva zona en un 15% y el coeficiente de constructibilidad en un 25%.
Artículo I.2.5 Cuerpos salientes
Se permitirán cuerpos salientes de la línea oficial a partir de la altura de 3,5 m. los que podrán tener un ancho máximo de 1,8 m.
Tratándose de cuerpos salientes que sobresalgan del plano vertical de la línea de edificación sobre el antejardín, estos se permitirán a partir de la altura de 3 m. y tendrán un ancho máximo de 2 m.
Artículo I.2.6 Instalación de publicidad
La publicidad en la vía pública, o que pueda ser vista u oída desde la vía pública, deberá cumplir con las condiciones establecidas en la normativa de urbanismo y construcciones y las que se determinan a continuación:
1. Sólo se podrán ubicar soportes de carteles publicitarios en el espacio de uso público destinado a vialidad clasificada como colectora.
2. Se prohíbe la instalación de carteles publicitarios en inmuebles de propiedad privada localizados en las zonas preferentemente residenciales definidas por el presente Plan.
Artículo I.2.7 Incentivo en las normas urbanísticas
De conformidad con lo señalado en el artículo 184 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se establecen los siguientes incentivos en las normas:
Incentivo de Integración Social
Todo proyecto de edificación o loteo con construcción simultánea emplazado en la zona ZM-1, que contemple un porcentaje de a lo menos 20% del total de las viviendas obtenidas a partir de la aplicación de la norma urbanística de densidad bruta máxima, que se encuentren destinadas a viviendas sociales que cuenten con los requisitos para obtener subsidios habitacionales del Estado, podrá acceder a un incremento de 20% en los parámetros de altura máxima de edificación y densidad bruta máxima, y un incremento de 30% en el coeficiente de constructibilidad permitidos en el proyecto, según los valores que se disponen en el cuadro de incentivos normativos de la zona ZM1 establecida en el Artículo II.1.1 de la presente ordenanza.
La utilización de incentivos o beneficios normativos deja sin efecto la aplicación de los artículos 63, 107, 108 y 109 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Artículo I.2.8 Dotaciones mínimas de estacionamientos
Los edificios que se proyecten en el área regulada por el presente Plan, deberán considerar las dotaciones mínimas de estacionamientos vehiculares y para bicicletas, acorde a lo establecido en el siguiente cuadro:



(1) Número de personas calculado acorde a la carga de ocupación según artículo 4.2.4 de la OGUC
(2) Según Art. 60° de la ley N° 21.442 que aprueba nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria
TÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
CAPÍTULO II.1 Zonificación y normas urbanísticas
Artículo II.1.1 Zonas del Plan y sus normas urbanísticas
El PRC-LC define una serie de áreas, zonas y subzonas, cuyas normas urbanísticas corresponden a las siguientes:
1) Zonas residenciales preferentes
a) ZU1, Zona Residencial 1: Consolidado urbano

Las normas urbanísticas de subdivisión y edificación aplicables en la zona ZU1, se definen en función de las siguientes subzonas:
b) ZU1.1, Subzona Residencial 1.1: Consolidado Urbano en Extensión

c) ZU1.2, Subzona Residencial 1.2: Consolidado Urbano en Altura Media


d) ZU2, Zona Residencial 2: Intensidad de Ocupación


e) ZU3, Zona Residencial 3: Borde Río


f) ZU4, Zona Residencial 4: Interés Patrimonial


2) Zonas mixtas preferentes
a) ZM1, Zona Mixta 1: Centralidad Comercial


. Normas Urbanísticas de Edificación con Incentivo en Zona ZM1
Para los efectos de aplicación de las disposiciones establecidas en el artículo I.2.7 de la presente ordenanza, los proyectos de edificación o loteos con construcción simultánea localizados en la Zona ZM1, que cumplan con las condiciones establecidas para acceder al incentivo normativo, podrán considerar las siguientes normas urbanísticas que reemplazan las disposiciones de aplicación común de la zona ZM1 que se detallan en el cuadro siguiente:

b) ZM2, Zona Mixta 2 Centralidad Servicios


c) ZM3, Zona Mixta 3: Eje Centralidad Urbana


Las normas urbanísticas de subdivisión y edificación aplicables en la zona ZM3, se definen en función de las siguientes subzonas:
d) ZM3.1, Subzona Mixta 3.1: Eje Centralidad Urbana Continua

e) ZM3.2, Subzona Mixta 3.2: Eje Centralidad Urbana Aislado

f) ZM4, Zona Mixta 4: Centralidad Comercio-Servicio Ruta


g) ZM5, Zona Mixta 5: Centralidad Equipamiento Deportivo


3) Zonas de actividades productivas e infraestructura
a) ZAP, Zona Actividades Productivas


b) ZEIC, Zona de Explanada Industrial


c) ZIT, Zona de Infraestructura de Transporte
Usos de suelo permitidos:
Infraestructura de transporte: Estaciones ferroviarias y terminales de transporte terrestre.
Espacios Públicos
Áreas Verdes
Usos de suelo prohibidos:
Todos los no señalados como permitidos.
Normas de subdivisión y edificación:
- Superficie de subdivisión predial mínima : 2.000 m 2
- Sistema de agrupamiento : Aislado
- Altura máxima de edificación : 10,5 m
- Coeficiente de ocupación de suelo : 0.3
- Coeficiente de constructibilidad : 0.6
- Antejardín : 10 m
- Rasantes : Según lo dispuesto
en la OGUC
- Distanciamiento : 10 m
- Adosamientos : No se permite
d) ZIES, Zona de Infraestructura Energética y Sanitaria
Usos de suelo permitidos:
- Infraestructura sanitaria y energética
- Actividades Productivas: calificadas como inofensivas
- Espacios Públicos
- Áreas Verdes
Usos de suelo prohibidos:
Todos los no señalados como permitidos:
Normas de subdivisión y edificación:
- Superficie de subdivisión predial mínima : 2.000 m 2
- Sistema de agrupamiento : Aislado
- Altura máxima de edificación : 10,5 m
- Coeficiente de ocupación de suelo : 0.2
- Coeficiente de constructibilidad : 0.2
- Antejardín : 10 m
- Rasantes : Según lo dispuesto
en la OGUC
- Distanciamiento : 10 m
- Adosamientos : No se permite
4) Zonas de Espacios Públicos y Áreas Verdes
a) ZEP, Zona de Espacios Públicos
Las edificaciones a emplazarse en esta zona se regirán por lo establecido en el artículo 2.1.30 de la OGUC.
b) ZAV, Zona de Áreas Verdes
Las edificaciones a emplazarse en esta zona se regirán por lo establecido en el artículo 2.1.31 de la OGUC.
CAPÍTULO II.2 Terrenos afectos a utilidad pública
Artículo II.2.1 Parques y Plazas - PP
Los terrenos consultados como Parques y Plazas por el PRC-LC se grafican en Plano como PP, los que se individualizan a continuación:
. Parque Fluvial Río Aconcagua, ribera norte
. Parque Fluvial Río Aconcagua, ribera sur
. Parque Fluvial Estero El Litre
. Parque Av. Las Américas
. Parque Ruta 5
Los terrenos antes individualizados se regirán acorde a lo previsto en los artículos 59 y 59 bis de la LGUC.
CAPÍTULO II.3 Áreas Restringidas al Desarrollo Urbano
Artículo II.3.1 Áreas de Riesgo
Corresponden a las áreas de riesgo establecidas en el artículo 2.1.17 de la OGUC y graficadas en el Plano PRC-La Calera (Láminas 01 y 02) y Plano N° ARDU-01 (Láminas 01 y 02), cuyas normas son:
1. AR1 - Áreas inundables o potencialmente inundables
Por razones de seguridad, en estas áreas se limita todo tipo de construcciones hasta que se cumpla con lo establecido en el Art. 2.1.17 de la OGUC. Las normas urbanísticas que se aplicarán cuando se cumplan los requisitos establecidos en la antedicha disposición corresponderán a las prescritas para cada una de las zonas sobre las que se superpone el área de riesgo AR1 en los Planos.
2. AR2 - Áreas propensas a avalanchas, rodados, aluviones o erosiones acentuadas
Por razones de seguridad, en estas áreas se limita todo tipo de construcciones hasta que se cumpla con lo establecido en el Art. 2.1.17 de la OGUC. Las normas urbanísticas que se aplicarán cuando se cumplan los requisitos establecidos en la antedicha disposición corresponderán a las prescritas para cada una de las zonas sobre las que se superpone el área de riesgo AR2 en los Planos.
Artículo II.3.2 Zonas no edificables
Se reconocen las siguientes zonas no edificables en el territorio del Plan:
1. Fajas de terrenos adyacentes a trazados de ferrocarriles
Fajas de terrenos adyacentes a trazados de ferrocarriles, según lo previsto en la Ley General de Ferrocarriles, D.S. N° 1.157, del Ministerio de Fomento, de 1931.
2. Fajas senderos de inspección de los canales de riego o acueductos
Fajas de senderos de inspección de los canales de riego o acueductos fijados en el Código de Aguas, DFL N° 1.122 de 1981.
3. Franjas de seguridad de líneas eléctricas
Franjas de seguridad en torno a líneas eléctricas, de conformidad con el Pliego Técnico Normativo RPTD N° 07 dictado por Res. Exenta N° 33.277 de 2020 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles del Ministerio de Energía.
CAPÍTULO II.4 Áreas de protección
Artículo II.4.1 Áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural
1) Áreas de protección reconocidas por el Plan
En el territorio del Plan se reconocen en esta categoría las áreas de protección que se señalan a continuación, las que se grafican en Planos como MH y ZT según corresponda.

Las normas urbanísticas de subdivisión y/o edificaciones aplicables a las ampliaciones, reparaciones, alteraciones u obras menores que se realicen en las edificaciones existentes, así como las aplicables a las nuevas edificaciones que se ejecuten en inmuebles que correspondan a esta categoría, serán las de la Zona denominada Zona Estación Ferroviaria – ZEF, según se especifica a continuación:
a) Zona Estación Ferroviaria – ZEF


2) Áreas de protección definidas por el Plan
En el territorio del Plan se definen en esta categoría las áreas de protección que se señalan a continuación, las que se grafican en Planos como ZCH e ICH según corresponda.
a) Zona de Conservación Histórica – ZCH1 Plaza Cemento Melón

b) Zona de Conservación Histórica – ZCH2 Los Tilos

c) Zona de Conservación Histórica – ZCH3 Maltería La Calera

d) Zona de Conservación Histórica – ZCH4 Población Ex – Molino Schacht

e) Zona de Conservación Histórica – ZCH5 Viviendas particulares (Villa Empart)


f) Inmuebles de Conservación Histórica – ICH
Se definen en esta categoría los inmuebles que individualizan a continuación


Las normas urbanísticas aplicables a las ampliaciones, reparaciones, alteraciones u obras menores que se realicen en las edificaciones existentes, así como las aplicables a las nuevas edificaciones que se ejecuten en estos inmuebles, serán las de la zona en la cual se localizan, con excepción del sistema de agrupamiento, distanciamiento y altura, las que deberán ajustarse a las de la edificación existente.
Artículo II.4.2 Áreas de protección de recursos de valor natural - HU
En el territorio del Plan se reconocen en esta categoría las áreas de protección que se señalan a continuación, las que se grafican en Planos como HU.


Las condiciones de urbanización y edificación aplicables en el área de protección de recursos de valor natural HU, corresponderán a las siguientes:
Usos de suelo permitidos:
-Espacios Públicos
-Áreas Verdes
Usos de suelo prohibidos:
Todos los no señalados como permitidos, con excepción de los establecidos en el artículo 2.1.30 de la OGUC.
CAPÍTULO II.5 Red Vial Estructurante
Artículo II.5.1 Generalidades
Las avenidas, calles, pasajes y en general todas las vías de uso público del presente Plan Regulador Comunal, son las actualmente existentes, manteniendo sus anchos entre líneas oficiales, salvo aquellos casos en que expresamente se dispongan ensanches de vías existentes o aperturas de nuevas vías.
TÍTULO III DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Artículo 1 Transitorio: Alcance de las disposiciones
Las disposiciones contenidas en el presente Título tienen el carácter de supletorio, toda vez que corresponden a materias propias del ámbito de la planificación urbana intercomunal y quedarán sin efecto al momento de entrar en vigencia las normas del Plan Regulador Intercomunal que incorpore estos territorios, de conformidad a lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y no serán imperativas para el instrumento de planificación intercomunal.
Artículo 2 Transitorio: Red vial estructurante de nivel intercomunal

Artículo 3 Transitorio: Áreas verdes de nivel intercomunal
a) Zona de Áreas Verdes Intercomunales - ZAVI
Las edificaciones a emplazarse en esta zona se regirán por lo establecido en el artículo 2.1.31 de la OGUC.
3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial conforme lo ordena el artículo 2.1.11 del DS N° 47 de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, una vez se encuentre totalmente tramitada.
Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- Rodrigo Eduardo Mundaca Cabrera, Gobernador de la Región de Valparaíso.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE VALPARAÍSO
Cursa con alcances la resolución N° 197, de 2025, del Gobierno Regional de Valparaíso
N° OF72150/2026.- Valparaíso, 15 de abril de 2026.
Esta Contraloría Regional ha dado curso al instrumento del rubro, que promulga la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Calera (PRC), instrumento de planificación territorial que fue representado por esa Sede Regional, a través de sus oficios E113278, de 2021, y E274781, de 2022, siendo dable manifestar que, del examen de los antecedentes adjuntos, se advierte que se han subsanado suficientemente las observaciones contenidas en el mencionado oficio N° E274781.
Con todo, cabe indicar que esta Sede de Control entiende, respecto de la materia regulada en el artículo I.2.6 Instalación de publicidad, de la Ordenanza Local (OL), que debe tenerse en consideración lo prescrito en la ley N° 21.473, sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios públicos, particularmente lo previsto en sus artículos 1°, 4° y 5° (aplica criterio de dictamen N° E47681 de 2025).
Además, que en la tercera tabla del artículo II.1.1., N° 2, letra a), de la OL, referido a las normas urbanísticas de edificación con incentivo en zona ZM1, entiende que no se alude a la altura máxima de edificación continua, pues no se contempla un incentivo para ella.
Asimismo, que las áreas de riesgo definidas en el artículo II.3.1 de la OL son solo las que se encuentran graficadas en los planos PRC-La Calera láminas Nos 01 y 02.
Por su parte, respecto de la "Red vial estructurante de nivel intercomunal", regulada en el artículo 2° Transitorio de la OL, entiende que el ancho existente de la vía "Ruta 5" es variable de 20-55 metros, acorde como se encuentra dibujado en el plano PRC-La Calera lámina N° 02. Luego, en lo meramente formal, en el visto N° 38, la fecha de emisión del Certificado N° 003/2020 es el 21 de enero del año 2020 y no como allí se indica, y en el visto N° 48, la fecha de emisión del Oficio N° 739 es el 9 de marzo del año 2020.
Finalmente, y atendido que los planos PRC-La Calera, láminas 01 y 02, han sido remitidos en dos versiones originales cada uno, se deberán adoptar las medidas necesarias para que, en lo sucesivo, instrumentos como el de la especie se remitan con sus planos en un único ejemplar original (aplica criterio contenido en el dictamen N° 9.195, de 2014).
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo citado en el epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., María Soledad Pérez Reinoso, Contralora Regional.
Al señor
Gobernador Regional de la Región de Valparaíso
Presente.