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Asia Pacífico | Observatorio Parlamentario

Las enseñanzas de la primera "Cumbre de derecho y negocios en China"

30 noviembre 2010

Tener mucha paciencia, ganas de aprender y una disposición de acero para hacer las cosas bien con los chinos, fueron sólo algunas de las claves que experimentados abogados y asesores, muchos de ellos residentes en el país asiático, entregaron en la "Primera Cumbre de Derecho y Negocios en China", realizada por el Programa de Estudios Asiáticos y la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

Tener mucha paciencia, ganas de aprender y una disposición de acero para hacer las cosas bien con los chinos, fueron solo algunas de las claves que experimentados abogados y asesores, muchos de ellos residentes en el país asiático, entregaron en la "Primera Cumbre de Derecho y Negocios en China", realizada por el Programa de Estudios Asiáticos y la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

Para el Jefe del Programa de Estudios Asiáticos PUC, Marcos Jaramillo, el concepto de contrato en China tiene alojada la idea de un continuo, y no la fijación del tiempo y del espacio que se pretende en occidente. Por ende, los contratos deben ser extensos e incluir en ellos las diferentes variantes a las que se puede enfrentar cada una de las partes en la ejecución de sus obligaciones en las empresas en China. “Si una obligación cambia en calidad y frecuencia a lo largo del tiempo, ésta tiene que ser revisada”, aseguró.

Y es que más que la idea de hacer valer el puño y letra del contrato o de la búsqueda de justicia ciega, en China el énfasis apunta a mantener la armonía y devolver las cosas a lo más cercano a su estado original. “Para eso es necesario dejar espacio a la flexibilidad. Pero los mecanismos para esto deben estar estipulados por ambas partes en cada contrato, anticipándose a los cambios”, añadió.

 Otro de los expositores fue el abogado y asesor legal de empresas en Shanghai, Jaime Ubilla, quien afirmó que “la mayoría de los problemas contractuales en las Joint Ventures  entre extranjeros y chilenos, pasa por que las compañías foráneas no se preocupan de establecer los posibles escenarios de la evolución de un contrato o del valor real de sus contribuciones en la vida de la empresa”. Al respecto, aconsejó que “un buen contrato en China, debe reflejar las medidas a tomar en eventos como ese, para poder rectificar la sociedad contractual sin necesidad de ir a tribunales”. 

Se trata entonces, de asesorarse bien. Tanto Ubilla como la expositora y abogada de Grandall Legal Group, Hua Yang, estuvieron de acuerdo en que es mucho más beneficioso establecer asociaciones  con empresarios chinos que con empresas enteramente extranjeras. ¿Por qué? Las diferencias del sistema legal y los ritos y costumbres son tan amplias que tener un buen socio, con conocimiento de las especificaciones sociales y del sistema legal, resulta un arma indispensable para manejar las variantes de una cultura tan grande y lejana como la china.

Sin embargo, nada de esto será cierto si es que los que se aventuran en China, no se toman la molestia de asesorarse adecuadamente antes de firmar contratos con socios. Como rescata Ubilla, el mantra para el éxito debe ser mind the store (cuida el negocio), “ no basta con asociarse con alguien allá y viajar una vez al año a China para hacer dinero. Hay que estar presente y mantener una representación constantemente preocupada de las variantes y la calidad. Por lo demás, si uno no está en el día a día, es como regalarle el know how completo al socio local, y eso puede inferir un cambio de las condiciones contractuales”.

Finalmente debemos entender, como afirmó Jaramillo, que “la lógica de los chinos, es distinta a la que tenemos en la herencia grecolatina y  lo que asumimos como verdadero desde nuestro sentido común, puede costarnos muchas frustraciones en las antípodas”.



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