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Asia Pacífico | Observatorio Parlamentario

Conozca la ley de comunicaciones digitales dañinas de Nueva Zelandia

03 enero 2023

Promulgada en 2015, su objetivo es evitar las formas de comunicación que resultan ofensivas a las personas, ya sea por su condición étnica, sexual, social o nacional. Además, cuenta con 10 principios donde se establece con claridad qué elementos son ofensivos y, por lo tanto, deberían evitarse en los mensajes emitidos en redes sociales.

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La ley de Comunicaciones Digitales Dañinas (HCDA por sus siglas en inglés) es uno de los cuerpos legales que protege la privacidad de los neozelandeses. A pesar de que ha sido efectiva en la identificación de casos de daños a personas, hay aún algunas críticas respecto de su desempeño. Más detalles de este cuerpo legal y del proyecto de ley chileno que busca la protección de personas frente a los contenidos falsos y discursos de odio, en la siguiente nota.

Ley para proteger a las personas de daños en las comunicaciones digitales

No se trata solamente de meras ofensas, sino de acciones en redes sociales que vayan más allá de una simple opinión, es decir que todas las personas que deban enfrentar formas de comunicación que de manera única o repetida sean dañinas, podrán invocar la Ley de Comunicaciones Digitales Dañinas, cuyo propósito es -tal como dice su nombre- proteger a las personas de cualquier forma de comunicación digital dañina.

De tal manera, estas formas de comunicación se pueden expresar a través de pocos o varios mensajes de texto, correos electrónicos, contenidos escritos o gráficos en redes sociales, entre otras formas dañinas que sean expresadas en todos los espacios digitales existentes. En consecuencia, la ley sanciona aquellos mensajes que contengan comentarios racistas, sexistas, de intolerancia religiosa o de discapacidad.

Según se detalla en forma resumida en una publicación de Netsafe -organización encargada de recibir denuncias- la ley cuenta con 10 principios de la comunicación, es decir, más que establecer la forma cómo deben ser los mensajes, este cuerpo legal especifica aquellos elementos que no deberían estar presentes para evitar su carga ofensiva. Estos elementos son:

  1. Divulgar datos personales o confidenciales de una persona
  2. Ser amenazante o intimidante
  3. Ofender gravemente a una persona razonable que esté en una posición afectada
  4. Ser obsceno o indecente
  5. Ser utilizado para acosar a una persona
  6. Hacer una acusación falsa
  7. Ventilar un asunto que viole la confidencialidad
  8. Incitar a cualquier persona a enviar un mensaje con el fin de causar daño a un individuo
  9. Incitar a una persona a cometer suicidio
  10. Denigrar a una persona por motivos de raza, origen étnico, nacional, religioso, sexual o de discapacidad

De esta manera, si los tribunales de distrito estiman que un caso determinado incurre en comunicaciones digitales dañinas, tiene la facultad de ordenar el retiro del material, publicar una corrección o derecho a réplica, o supresión del nombre en cuestión. Asimismo, quienes hagan caso omiso de estas órdenes arriesgan prisión o multas de altas sumas de dinero.

La ley puesta en marcha

Siete años después de que este cuerpo legal entre en vigor, son cientos de personas las que han sido acusadas penalmente. Una columna de Katie Harris en el New Zealand Herald en julio de 2021 señalaba que para esa fecha habían 500 casos. Más aún, las denuncias civiles recibidas a través de Netsafe ascendían en aquel entonces las 14 mil.

No obstante, Harris señala que a comienzos de 2021 se propuso una enmienda a la ley con el propósito de que, más que una multa o una orden de rectificación, casos como la publicación de imágenes íntimas sin consentimiento sean necesariamente castigados hasta con tres años de prisión.

En la misma línea de señalar debilidades, Nikki Chambelán, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Auckland, en una columna publicada en NewsRoom, afirmó que el derecho al olvido debería estar escrito en la ley. En su opinión, las leyes de privacidad no se mantienen al día con los cambios sucedidos en el mundo digital, ya que hoy la vulnerabilidad aumenta en la medida en que más personas cuentan con cámaras y conexión con capacidad de subir imágenes de nosotros en el contexto de una celebración, de las que luego nos podamos arrepentir.

Más aún, esa imagen creada en un contexto de celebración puede subirse con el debido consentimiento, sin embargo, luego de su viralización la opinión de la persona afectada puede cambiar y sentir que las redes sociales han “secuestrado su imagen”. En opinión de Chambelán, este tipo de casos no es nada poco frecuente y ninguna de las leyes vinculadas a la privacidad -incluyendo la HCDA- no cuentan con la protección adecuada o la capacidad para exigir a los motores de búsqueda que eliminen la imagen y sus enlaces respectivos.

¿Qué pasa en Chile?: Iniciativa para proteger a personas frente a discursos de odio en plataformas digitales

Un proyecto de ley presentado en el Senado busca la protección de personas frente a los discursos de odio, pero también contenidos falsos que han sido publicados o difundidos en plataformas digitales. Tales contenidos son considerados como “trastornos de la información”, por lo que esta moción tiene como objetivo su disminución, pero también proteger a personas o grupos que se han visto afectados por mensajes en plataformas o servicios digitales.

Frente a la existencia de un cuerpo legal que brinde protección a las personas víctimas por la divulgación de contenidos falsos en redes sociales, Alexis Apablaza-Campos, doctor en Comunicación (PhD) por la Universitat Pompeu Fabra y docente en la Facultad de Comunicaciones de la Universidad de las Artes, Ciencias y Comunicaciones (Uniacc), afirmó que es necesaria una legislación que comprenda el escenario cambiante de las redes sociales, sin embargo, es necesario separar dos elementos. “Uno es el discurso de odio, que podría ir más allá -la legislación no menciona injuria o calumnia- y me parece que tiene un vínculo mucho más directo. Evidentemente la legislación necesita comprender dónde se generan las conversaciones, por lo tanto, todas las orientaciones en ese sentido son buenas. Sin embargo, cuando hablamos de la desinformación, hablamos de algo mucho más complejo, sobre cómo podríamos penalizar la desinformación, las mal llamadas "fake news", a través de una ley”, señaló.

Asimismo, alertó sobre la posibilidad de que este tipo de iniciativas atente en contra de la libertad de prensa. “Cuando nos damos cuenta que la Unión Europea -quienes han sido los que más han investigado el fenómeno- hablan de que hay que evitar toda regulación en caliente del problema, nos manifiestan que las respuestas no deben ser de carácter regulatorio para combatir la desinformación y las fake news, sino de decisiones precisas que aborden las causas de esta información, garantizando un debido proceso legal, con medidas responsables”, agregó.

En la misma línea, enfatizó en la línea de evitar decisiones que pueden resultar arbitrarias. “Por eso yo separo el discurso de odio con la desinformación, porque son fenómenos evidentemente distintos. El discurso de odio tiene un objetivo directo que es atacar y menoscabar a una persona, sea por el motivo que sea, ya sea raza, etnia, identidad sexual o cualquier otro tipo de situación que, supuestamente, lo ponga en una posible minoría vulnerable y tratar de exacerbar eso para hacer daño a la persona. Si miramos la legislación actual, hay mucho parecido a lo que es la injuria y las calumnias. No soy abogado para entrar a analizar los términos legales, pero me parece que va un poco por ahí. El discurso no es simplemente un tweet en caliente sino que hablamos de campañas definidas de manera permanente y organizadas por trolls. Frente a ese tipo de fenómenos es necesario tener la capacidad digital para leer y entender esto, porque las investigaciones sobre el tema plantean que no basta con decir "vamos a penalizar", o "este tweet es ofensivo", sino entender que esto puede ir mucho más allá”, sentenció.

Más detalles sobre la ley de comunicaciones digitales dañinas de Nueva Zelandia, en el siguiente video:

Por equipo Asia Pacífico: asiapacifico@bcn.cl


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