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Asia Pacífico | Observatorio Parlamentario

Conozca la ley que exige al sector financiero neozelandés informar sobre sus efectos ambientales

25 julio 2023

Unos 200 organismos, incluyendo bancos, cooperativas de crédito, sociedades, administradores de inversiones, aseguradoras, emisores de bonos y acciones, entre otros, deben proporcionar datos sobre sus actividades.

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En abril de 2021 Nueva Zelandia anunció que para enfrentar el cambio climático asumirá un desafío importante: lograr que el sector financiero del país informe sobre su contribución al cambio climático a través de sus inversiones. De tal manera, tanto los bancos como otras instituciones tendrán que cumplir compromisos en materia climática a partir de 2023. Más detalles de esta iniciativa, a continuación.

Obligación de entregar información ambiental

Cuando se anunció por primera vez en plena pandemia causó revuelo en distintos medios internacionales. Las 200 compañías más grandes de Nueva Zelandia, con ingresos mayores a los 700 millones de dólares, estarán bajo la aplicación de una nueva ley, según informó una nota de la BBC. A partir de 2023 se obligará a las firmas no sólo a informar sobre sus propias inversiones, sino también donde están poniendo sus recursos en términos de su impacto ambiental.

Una explicación de este anuncio se llevó adelante en una publicación del sitio France 24 que recogió la opinión del ministro neozelandés en Cambio Climático, James Shaw quien afirmó que las compañías tendrán que divulgar obligatoriamente los índices de contribución al calentamiento global de sus carteras. Con esta medida se “alentará a las entidades a ser más sostenibles al tener en cuenta los efectos de sus decisiones comerciales en el cambio climático a corto, mediano y largo plazo”, señaló.

Dos años han pasado desde este anuncio que creó altas expectativas. ¿Finalmente qué sucedió con la legislación para que el sector financiero neozelandés informe sobre sus emisiones?

Las grandes organizaciones financieras de Nueva Zelandia brindan información nula

Tal como se había anunciado, se esperaba que esta obligación comience a regir durante 2023 y, en efecto, tras una consulta ciudadana que concluyó el 10 de febrero el anuncio se concretó. El 12 de mayo de 2023 se dio inicio al proceso de publicación de la ley, cumpliendo con las expectativas depositadas durante los comunicados.

A través de una enmienda dirigida a diversas leyes que regulan al sector financiero sobre “divulgaciones relacionadas con el clima y otros asuntos”, se hicieron modificaciones a la Ley de Conducta de los Mercados Financieros de 2013 y también a la Ley de Informes Financieros y a la Ley de Auditoría Pública. Según informa el sitio del Parlamento neozelandés, la obligatoriedad se logra mediante la implementación de una política única para ampliar los informes no financieros y exigir el respaldo de las divulgaciones vinculadas al clima.

Con este marco legal, se busca que las organizaciones financieras más grandes del país brinden información consistente sobre los efectos de sus actividades en el medioambiente y cuánto contribuyen al cambio climático. Una nota de comunicación del Ministerio de Medio Ambiente del país oceánico explica que la información -que hasta entonces brindaban los principales entes financieros neozelandeses- era limitada, o lisa y llanamente nula.

Pero ¿cuál es el objetivo de informar sobre el impacto medioambiental que provocan las inversiones?. Los principales objetivos, a continuación:

  • Garantizar que los efectos del cambio climático sean considerados rutinariamente en las decisiones de inversión
  • Ayudar a las entidades climáticas a demostrar responsabilidad y previsión en consideración de los problemas ambientales
  • Conducir a una asignación de capital más eficiente y ayudar a una transición económica más sostenible y baja en emisiones

Con esto, el sentido de obligar a las instituciones financieras a entregar información ambiental, no solamente ayudará al país a cumplir con sus obligaciones internacionales, sino también a cumplir su propio objetivo de reducir las emisiones netas a cero para 2050.

Ahora bien, las entidades que están obligadas a divulgar información relacionada con el clima, son aproximadamente 200 entre bancos, cooperativas de crédito, sociedades de construcción, pero también administradores de esquemas de inversión, aseguradoras, emisores de valores de renta variable y emisores de deuda.

Todos ellos tienen que presentar sus informes de acuerdo a los estándares emitidos por la Junta de Informes Externos (XRB por sus siglas en inglés de External Reporting Board), pero además que la información se estructura en cuatro áreas temáticas que den cuenta de cómo operan las organizaciones financieras. Estas áreas son: gobernanza, estrategia, gestión de riesgos, métrica y objetivos.

En consecuencia, con la entrega de esta información se logra un avance para que todos los sectores de la economía neozelandesa se involucren activamente en la lucha contra el cambio climático, pero también se produzca un cambio en la valoración de activos financieros.

Promoción de un ambiente mejor

La aprobación de un marco legal para obligar a las instituciones financieras en su interacción con el ambiente ha sido ampliamente valorada. Ilan Noy, catedrático en cambio climático de la Universidad Victoria de Wellington y Samuel Becher, profesor de derecho en la misma casa de estudios, destacaron en un artículo en The Conversation algunos de los cambios favorables que podría conseguir esta innovadora legislación.

Entre ellos se destaca que las divulgaciones al ser coherentes, comparables y comprensibles mejoran la toma de decisiones y, por ende, una mejor gestión de riesgos relacionados con el clima. Ello, empuja a que las empresas tengan una mayor vinculación con el clima y tengan más incentivos para adoptar estrategias más resilientes que permitan transitar hacia una economía de cero emisiones.

A pesar de las cualidades descritas, los autores plantearon la necesidad de avanzar hacia la incorporación de otros actores del mundo financiero en el esquema de divulgación y entrega de información. “Pero el marco propuesto considera únicamente a los inversionistas, prestamistas y otros acreedores como usuarios principales. La definición (por lo tanto) no incluye empleados, clientes o el público”, de manera tal que con una definición más amplia se crean también más oportunidades.

En consideración de lo anterior, ¿qué análisis se podría hacer de esta iniciativa desde la realidad chilena? ¿Qué elementos deberían considerarse a la hora de legislar sobre una eventual obligatoriedad de entregar información sobre el impacto ambiental de las inversiones en relación con los compromisos en materia climática?.

Necesidad de aplicar los instrumentos que ya tenemos

Para Sabiñe Susaeta, abogada ambientalista, en consideración de la realidad de nuestro país, una de las cosas que se plantean en los conflictos ambientales es que el ecosistema se ve desde una visión romántica, sin embargo, se trata de algo necesario para la vida. “Cuando se producen conflictos ambientales, lo que sucede es que se pensó en el trabajo, en la inversión, en el PIB, pero no se cuantificó económicamente tampoco el costo ambiental que eso acarrea, sus perjuicios a la población. Esto no es una cosa romántica de salvar al planeta, sino que efectivamente también hay un coste económico detrás de eso. Y esas personas tienen que cargar con un coste económico por sufrir esos perjuicios o externalidades”, señaló.

En consecuencia, planteó la necesidad de una mayor responsabilidad. “Si una empresa está produciendo externalidades negativas ¿En qué momento debe hacerse responsable de esto? ¿En qué momento se convierte en daño? Si una empresa emite un comunicado sobre sus externalidades negativas no necesariamente son ilegales. Entonces ahí habría que entrar a analizar cada vez que una empresa emite un informe, si estas externalidades están dentro de lo que fue autorizado por su resolución de calificación ambiental. Entonces, habría que regular bastante bien para que no se caiga en una especie de declaración per se de responsabilidad”, explicó.

También, opinó que no cree que actualmente el problema de quién se está haciendo cargo de los impactos ambientales en Chile tenga que ver con un problema de ausencia de ley. “Nuestra ley tal y como está, a pesar de que bien tiene muchas cosas que podrían mejorarse -no soy una defensora de la Ley 19.300- pero tiene herramientas más que suficientes para que Chile tuviera una mejor situación sobre el costo ambiental que está cargando los grandes proyectos de inversión”, sostuvo.

Por ello, comentó que las principales inversiones en minería y energía tienen que cumplir la ley. “En Chile la ley no está siendo aplicada como corresponde con los servicios públicos. Y ese es el problema, porque tenemos una buena ley de impacto ambiental donde las empresas si tienen un deber de hacer seguimiento a los impactos ambientales que provocan e informar a la Superintendencia Medioambiente. Tenemos un servicio de evaluación ambiental que tiene herramientas para hacer una buena evaluación ambiental. Pero -y esto es súper sabido- es que en Chile el servicio de evaluación de impacto ambiental hace una aplicación de la ley que no es la que corresponde con lo que le dice la misma ley”, afirmó.

De tal manera, comentó que más del 90 por ciento de los proyectos en Chile ingresa por declaración de impacto ambiental. “Es un instrumento pensado para proyectos que no producen impactos significativos. Es evidente que el SEA está aplicando declaraciones de impacto ambiental a proyectos que debieran ser estudios de impacto ambiental. Creo que el problema en Chile no se trata de regular más y hacer leyes más creativas, sino de poner al servicio de evaluación de impacto ambiental en su lugar y que aplique los instrumentos que ya tenemos”, sentenció.

Por equipo Asia Pacífico: asiapacifico@bcn.cl


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