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Asia Pacífico | Observatorio Parlamentario

Protección de datos personales en Australia: conciliación de privacidad y libre acceso a la información

06 diciembre 2016

Desde el 2010 que el país oceánico cuenta con una ley específica que, entre otras medidas, establece un organismo de protección. Si bien su fuerza radica en la posibilidad de resguardar a los ciudadanos frente a un uso incorrecto de sus datos sensibles, también garantiza el libre acceso de información pública.

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A propósito que el gobierno introduciría un proyecto de ley antes del cierre del año legislativo 2016 con el fin de regular la privacidad y la protección de datos personales, buscamos en la región Asia Pacífico un caso que pudiera dar luces sobre cómo podría desarrollarse de mejor manera esta iniciativa. En esa búsqueda, la Oficina del Comisionado de Información de Australia (OAIC) plantea una serie de medidas para la preservación, uso y acceso de datos personales. Una revisión de esta experiencia, en la siguiente nota.

Institución que garantiza la protección de los ciudadanos

Durante décadas la legislación relativa al libre acceso a la información y a la protección de datos solo se discutía en las economías más desarrolladas. Sin embargo, a comienzos de siglo XXI estos temas dejaron de ser un problema de lujo y se convirtió en una inquietud transversal de las agendas de todas las democracias. Según los juristas Robert Hazell y Ben Worthy, en un trabajo difundido el 2010, más de noventa países han legislado respecto a dichas problemáticas y han avanzado en el reconocimiento legal de estos asuntos.

Entre los primeros países que legisló sobre el libre acceso a la información y la privacidad fue Australia, pero también ha sido una democracia que ha actualizado sus normativas según las convenciones y tratados internacionales suscritos. Para Maureen Henninger, académica de la Universidad Tecnológica de Sidney en un artículo publicado el 2016, las reformas en la privacidad y las prácticas en el uso de información se han llevado a cabo en los últimos años como una respuesta a las demandas sociales más que a una moda o tendencia específica en las democracias.

Por tal motivo, una de las acciones más relevantes de estas últimas reformas fue el 2010 la fusión entre el Comisionado de la Privacidad –creado en 1988- con la Comisión de Derechos Humanos de Australia, que dio surgimiento al Comisionado de la Información, institución creada por ley, con el fin de compensar política e institucionalmente, los principios de libertad en el acceso a la información con el derecho a la privacidad y protección de datos personales

Institución que protege y promueve la participación ciudadana

Conocida en el país oceánico por sus siglas OAIC, la Oficina del Comisionado de Información de Australia es la autoridad nacional para la protección de datos y la principal responsable de supervisar el cumplimiento de la Ley de Privacidad. Si bien es un organismo independiente, cuenta con el reconocimiento legal de todos los poderes del Estado, ya que además de garantizar el libre acceso a la información, protege a las personas de la mala utilización de los datos personales, ya sea por información cierta o incierta.

Estos objetivos se traducen en once acciones de resguardo, expuestos ante la ciudadanía como las responsabilidades del OAIC. Estas funciones son:

  1. Administración transparente de la información personal
  2. Facilitar el derecho de usar seudónimo - Recolección de información
  3. Tratamiento de información no solicitada
  4. Notificación pública luego de la recolección de datos
  5. Divulgación de información personal
  6. Uso de datos personales para marketing
  7. Divulgación transfronteriza de los datos
  8. Calidad de los datos
  9. Seguridad de la información personal
  10. Acceso a la información personal
  11. Corrección de los datos personales

Estas medidas de resguardo se ejecutan por la OAIC mediante el reconocimiento de que existen datos sensibles, es decir, datos personales que son más susceptibles que otros de ser violados o mal utilizados con propósitos que no son de interés general. ¿Cuáles son estos datos sensibles? En primer lugar aquellos que denotan una posición política, origen étnico, afiliación sindical, religión, vida sexual, o cualquier otra información que pueda ocasionar discriminación.

De esta manera, la OAIC instruye a la ciudadanía para que nadie sea obligado a proporcionar sus datos sensibles, pero también que ningún individuo u organización pueda solicitarlos con fines comerciales, o de otro tipo que no se especifique. En otras palabras, solo pueden solicitarse datos sensibles cuando medie una razón de beneficio general que sea autorizada por la ley.

Los servicios de la OAIC para la modificación de los datos

Una de las formas para poner en práctica la misión de la OAIC en la protección de la privacidad es facilitar la comunicación entre la ciudadanía y sus autoridades. Para ello estableció números telefónicos y un sitio web amigable donde las personas, además de realizar denuncias, pueden informarse de sus derechos y formas de protegerse.

Esta fluidez en la interrelación ciudadano e institución, tiene como propósito responder de manera adecuada a las demandas. Una de estas es la corrección de información cuando esta es imprecisa, desactualizada o incompleta. De esta manera, la acción de modificar los datos se puede realizar tanto por iniciativa propia de la entidad, como por una petición explícita de la persona afectada.

La forma fluida cómo la OAIC se comunica con los ciudadanos australianos puede verse en uno de sus videos institucionales.

 

Protección y modificación de datos personales en nuestro país

La regulación de los datos personales en Chile, si bien tuvo una primera legislación el año 1999, en la actualidad presentaría falencias en su estructura. Una de las principales es que no tiene un órgano público que fiscalice el cumplimiento de la ley existente, tanto en el sector público como en el privado. Este déficit en el control por parte de una institución ha llevado a que la ley creada sea muy poco utilizada por parte de la ciudadanía, por lo que su impacto ha sido mínimo.

Esta situación ha llevado a que el gobierno, a través del Ministerio de Hacienda, plantee la introducción de un proyecto de ley antes de que cierre el año legislativo, en el mes de enero de 2017, constituido por siete elementos que permitirían a nuestro país tener un cuerpo legal más sólido y actualizado. Estos elementos serían:

  • Establecimiento de una autoridad u órgano garante independiente del poder Ejecutivo, encargado de velar por la protección de los datos
  • Especificar un principio general para la transferencia internacional de los datos sensibles
  • Con el fin de brindar un tratamiento correcto a la automatización de la información, se disponen medidas especiales para el uso de seudónimos
  • Creación de mecanismos de certificación de información personal
  • Establecimiento de responsabilidades de quienes intervienen legalmente en el manejo de los datos
  • Condiciones especiales para menores de edad
  • Convivencia entre la protección de datos personales con el derecho al olvido y la libertad de expresión e información

Pese a que la intención del gobierno por presentar este proyecto de ley no es nueva, en abril de 2016 los diputados Guillermo Ceroni y Daniel Farcas, ingresaron una moción con el fin de modificar la Ley de Protección a la Vida Privada. El sentido de esta modificación es precisamente el establecimiento de condiciones institucionales que garanticen el derecho al olvido.

Uno de los autores, el diputado Farcas, explicó parte del proyecto presentado, además de entregar algunos comentarios respecto a la experiencia australiana en la protección de datos. Frente a la moción ingresada, el parlamentario se mostró satisfecho, ya que contribuiría a una mayor protección de las personas ante acciones discriminatorias. “Nos enfrentemos a dos grandes problemas. En primer lugar, no tenemos una institucionalidad que nos permita garantizar a las personas que sus datos no van a ser mal utilizados. En segundo lugar, ocurre que no solo se usan los datos con fines comerciales sino también para otros propósitos, muchas veces negativos, entonces no tenemos la posibilidad de garantizar lo que necesitamos para asegurar la dignidad de las personas. Entonces en estos asuntos nos falta mucho por avanzar”, explicó.

Sobre el sentido del proyecto, el parlamentario profundizó en cuanto a las motivaciones para redactarlo. “Buscamos el respeto a la dignidad y honra de las personas, ya que hoy se ve absolutamente menguadas porque se mal utiliza la información sensible, con fines que no son públicos sino dañar. Pero también porque al día de hoy, datos específicos sobre las personas, ya sean públicas o no, perjudican en acciones específicas, como la posibilidad de optar a una beca o un trabajo, incluso en el establecimiento de relaciones sociales a través de información falsa. En ese sentido la información que no es cierta, errada o desactualizada sigue apareciendo en todas las búsquedas de información y hoy, con todas las redes sociales, esto se transforma en un problema insoluble, por lo que genera mucho daño”, comentó.

En cuanto a la posibilidad de establecer en nuestro país una institución como la que existe en Australia, el diputado expresó su acuerdo, pues considera que la falta de un organismo es una falencia importante, sin embargo también propuso una alternativa. “Es algo que necesitamos y que se puede apoyar en un futuro, pero pensamos que la defensoría pública tiene que jugar un rol más proactivo, esto se lo hemos dicho al defensor que aquí tiene que establecerse una política donde ellos se hagan cargo de esto, porque evidentemente afecta la honra de las personas, más que eso, puede llegar a ser absolutamente discriminatorio”, opinó.

Asimismo, se refirió a la acción de declarar ciertos datos personales como sensibles, con el fin de identificarlos más fácilmente y contribuir a que se trabaje de mejor manera con la ciudadanía en su protección. “Lo que ocurre es que hoy existe mucha información falsa acerca de las personas, que no son solamente públicas, sino de personas normales que se ve perjudicadas por este tipo de información. Además, todos somos testigos y protagonistas de los llamados telefónicos, cartas u otro tipo de contacto para productos o servicios que no hemos pedido, y que no tienen ninguna relación con nuestras necesidades, esto se repite sistemáticamente. Podría no ser tan grave si no afectara la privacidad y la posibilidad de que las personas realicen sus actividades familiares, pero realmente lo hacen y concuerdo en reconocerlos como sensibles”, afirmó.


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NOTA: como parte de su misión de promover el debate informado, respetuoso, tolerante e inclusivo, que permita vincular la labor de nuestro Congreso Nacional con la ciudadanía, la BCN se reserva el derecho de omitir comentarios y opiniones que pudieren afectar el respeto a la dignidad de las personas o instituciones, en pos de una sana convivencia democrática.

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