Asesorías Parlamentarias
Detalle investigadoras e investigadores
Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014
Investigadora / investigador: Vivanco Font, Enrique José
Comisión(es) que participa
Gestión del riesgo de desastres. Contexto histórico y situación global actual.
El presente informe muestra el desarrollo y la implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD) a nivel global, destacando su evolución conceptual e institucional hacia un enfoque integral vinculado al desarrollo sostenible. La GRD surge a partir del reconocimiento de los desastres como fenómenos socialmente construidos, resultado de la interacción entre amenazas naturales y vulnerabilidades sociales, económicas y ambientales.
Tiempo legislativo: Seguimiento de Temas Ambientales en el Congreso - octubre 2025.
Es el resumen del trabajo parlamentario en materia ambiental entre el 29 de septiembre y el 16 de octubre de 2025, a partir de citaciones del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados. En el Senado, la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales aprobó modificaciones a la ley N° 20.600, que crea los tribunales ambientales, sobre sanciones por daño ambiental y continuó el estudio del proyecto sobre arbolado urbano e infraestructura verde (Bol. 14213-12). En la Cámara de Diputadas y Diputados, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales discutió y aprobó en general el proyecto que aumenta sanciones a la incineración de basura y promueve la educación ambiental, además del proyecto que protege los cielos con valor científico para la astronomía. Finalmente, la Comisión de Minería y Energía analizó junto al Ministerio del Medio Ambiente los posibles impactos de la ley N° 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en la pequeña minería.
Vinculación entre el Acuerdo BBNJ y el posible Tratado Internacional sobre la Contaminación por Plásticos.
La contaminación por plásticos representa una amenaza crítica global, con cerca de 7.000 millones de los 9.200 millones de toneladas de plástico producidas desde 1950 convertidas en residuos. Anualmente, se vierten alrededor de 8 millones de toneladas en los océanos, proyectándose que para 2050 podría haber más plástico que peces. Esta contaminación persistente, que incluye microplásticos y nanoplásticos, afecta los ecosistemas marinos, causando la muerte de más de un millón de animales anualmente, y representa al menos el 85% de los residuos marinos. Para combatir esta crisis, la relación entre el futuro Tratado de Plásticos y el Acuerdo BBNJ debería ser de implementación estratégica. La Resolución 5/14 de la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA) estableció el mandato para crear un instrumento jurídicamente vinculante para poner fin a la contaminación por plásticos. Este Tratado debería adoptar un enfoque integral que cubra el ciclo de vida completo del plástico, promoviendo la producción y el consumo sostenibles y aplicando enfoques de economía circular. Este Tratado es relevante para detener el flujo de contaminación desde su origen. Por otro lado, el Acuerdo BBNJ es vital para restaurar la salud del océano. El BBNJ reconoce que el medio marino está "fuertemente impactado por la contaminación," considerando los "plásticos y otros desechos marinos" como parte de los problemas en las zonas fuera de la jurisdicción nacional (ABNJ). El BBNJ puede abordar estas amenazas a través de Mecanismos de Gestión Basados en Áreas (MGBA) y Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA). Las EIA son procesos obligatorios que buscan la prevención, mitigación y gestión de los impactos acumulativos, como la contaminación, y el Acuerdo aplica principios como el de "quien contamina paga". En suma, el BBNJ puede gestionar y mitigar los efectos de la contaminación en alta mar, mientras que el futuro Tratado de Plásticos debería ejercer el control en el origen, siendo esencial que ambos instrumentos promuevan la cooperación y coordinación para lograr la protección y preservación del medio marino.
Regulación y sanciones para la quema de residuos en América y Europa: Experiencias de Colombia, Argentina, Brasil, Estados Unidos, Canadá, España, Francia y la Unión Europea en control ambiental y manejo de residuos sólidos.
Los países latinoamericanos han implementado normativas para regular o prohibir la quema e incineración de residuos, con el fin de proteger la salud pública y el medio ambiente. En Argentina, la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley N° 25.916 de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios prohíben la quema de basura y establecen sanciones que van desde multas hasta la clausura de instalaciones. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la política de Basura Cero mantiene la prohibición de incinerar residuos, tras la anulación judicial de una modificación que permitía esta práctica. En el caso de Brasil, la Ley de Crímenes Ambientales N° 9.605/1998 prohíbe la quema de residuos sólidos en zonas urbanas, considerándola delito ambiental sancionado con prisión y multa. Diversos municipios refuerzan esta disposición mediante leyes locales que penalizan las quemas ilegales. Por su parte Colombia, mediante la Ley N° 1259 de 2008, prohíbe la quema y el vertimiento de residuos en espacios públicos, aplicando comparendos ambientales y multas económicas. Adicionalmente, tanto en España y Francia, la quema de residuos se encuentra regulada por la Unión Europea (UE) a través de directivas que priorizan la prevención, reutilización y reciclaje por sobre la incineración. De acuerdo con este marco, la quema a cielo abierto está prohibida, salvo excepciones agrícolas debidamente autorizadas y realizadas bajo condiciones estrictas de control ambiental y seguridad. En el contexto norteamericano, los Estados Unidos de Norteamérica, la quema a cielo abierto de residuos está regulada por la Agencia de Protección Ambiental en el marco de la Ley de Aire Limpio, que prohíbe la incineración no controlada de basura doméstica por sus emisiones tóxicas. Cada estado y municipio puede imponer sanciones adicionales, incluyendo multas y cargos por contaminación. Finalmente, en Canadá, las leyes provinciales y las ordenanzas municipales restringen la quema de residuos a zonas rurales y bajo permisos específicos, imponiendo sanciones por incumplimiento para proteger la calidad del aire y la salud comunitaria.
Tiempo legislativo: Seguimiento de Temas Ambientales en el Congreso - septiembre 2025.
Es el resumen del trabajo parlamentario en materia ambiental entre el 1 y el 15 de septiembre de 2025, a partir de citaciones del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados. En el Senado, la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales avanzó en varios proyectos: la modificación de la Ley N° 20.600 sobre tribunales ambientales (Bol. N° 16449-12), que fue aprobada en general; la prohibición del tránsito de vehículos en playas y dunas (Bol. N° 15666-12), con una nueva definición de “duna costera”; y la revisión del proyecto sobre arbolado urbano e infraestructura verde (Bol. N° 14213-12), cuyas indicaciones comenzaron a discutirse y continua su estudio en las próximas sesiones. Además, se presentaron los resultados de la participación de Chile en la COP 25 de Ramsar, con la asistencia de los ministros de Relaciones Exteriores y Medio Ambiente. La Comisión de Relaciones Exteriores, por su parte, aprobó el Acuerdo para el Establecimiento del Fondo de Adaptación Climática y Respuesta Integral a Desastres Naturales (Bol. N° 17644-10). En la Cámara de Diputadas y Diputados, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales debatió dos mociones: la protección de cielos en áreas de valor científico (Bol. N° 17754-12) y la protección de personas defensoras de la naturaleza y los derechos humanos medioambientales (Bol. N° 16886-12), despachando esta última tras rechazar indicaciones del Ejecutivo. Asimismo, recibió al alcalde de Punta Arenas para exponer sobre residuos y a representantes de ESO en Chile. Finalmente, la Comisión de Zonas Extremas trató la situación de precursores tóxicos en el Puerto de Arica.
Gestión de residuos y reciclaje en Suecia Desarrollo y avances en la gestión de residuos a lo largo del tiempo.
Suecia es un referente mundial en la gestión de residuos gracias a décadas de planificación estratégica, políticas sostenibles, conciencia ciudadana y educación ambiental continua. Desde 1975, el país aumentó su tasa de reciclaje del 38% al 99%, avanzando hacia la meta de cero residuos, a pesar de generar 467 kg de desechos per cápita al año, equivalentes a casi 4,4 millones de toneladas. En 2020, se reciclaron el 87% de botellas PET, 87% de latas de aluminio y 61% de envases. Por otro lado, la separación en origen y la proximidad de estaciones de recolección facilitan la participación ciudadana. Adicionalmente, cerca del 50% de los residuos domiciliarios son transformados en energía mediante la tecnología waste-to-energy (WTE). También, los residuos no reciclables se usan en las 34 plantas WTE que proporcionan calefacción a 1,5 millones de hogares y electricidad a 780.000. Suecia también importa residuos de países vecinos para alimentar sus plantas, proyectando entre 1 y 1,9 millones de toneladas de residuos importados para el 2027. El Código de Medio Ambiente (1998) y la Ordenanza sobre Residuos, que establecen principios, como la jerarquía de residuos y la responsabilidad extendida del productor (REP). La REP obliga a fabricantes e importadores a gestionar y financiar la recolección y reciclaje de sus productos, incentivando un ciclo de vida más sostenible. El país cuenta con una Estrategia Nacional de Economía Circular, centrada en producción y consumo sostenibles, gestión de residuos, materias primas secundarias y competitividad e innovación. Suecia recicla y valoriza prácticamente todos sus residuos, enviando menos del 1% a vertederos. Complementariamente, el Programa Nacional de Prevención de Residuos 2024–2030 busca reducir volúmenes de residuos, minimizar sustancias nocivas y fomentar la reutilización, alineándose con los Objetivos de Calidad Ambiental, incluyendo Entorno Libre de Tóxicos, Buen Entorno Construido, metas climáticas y el Objetivo Generacional.
Áreas Marinas Protegidas: conservación y sostenibilidad: Administración, objetivos y estrategias económicas para la conservación de la biodiversidad.
El informe aborda el financiamiento y gestión de las Áreas Marinas Protegidas (AMP) en Chile, incluyendo parques marinos, reservas marinas, santuarios de la naturaleza y Áreas Marinas Costeras Protegidas de Múltiples Usos (AMCP-MU). Estas áreas buscan conciliar la conservación de la biodiversidad marina con el uso sostenible de los recursos, bajo la administración del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) y, en el caso de parques y reservas marinas, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA). Con la Ley N° 21.600 de 2023, la creación y administración de AMP se centraliza en el MMA y el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). La ley también establece regulaciones transitorias para las AMP existentes y procedimientos de homologación para cada categoría de protección. Los parques marinos se clasifican como Parques Nacionales, destinados a preservar ecosistemas y especies con fines científicos, educativos o recreativos. Las reservas marinas protegen zonas de reproducción de recursos hidrobiológicos, permitiendo actividades extractivas solo bajo autorización. Las AMCP-MU permiten usos sostenibles, mientras que los santuarios se enfocan en investigación y educación, garantizando manejo integrado y evaluación de riesgos. El financiamiento de las AMP proviene de aportes fiscales directos, ingresos propios de actividades turísticas y concesiones, cooperación internacional y fondos privados. Entre 2024 y 2025, el presupuesto estatal asignado a AMP aumentó un 4,2%. Actualmente, Chile cuenta con 11 parques marinos, 6 reservas marinas y 15 AMCP-MU, cada uno con objetivos específicos de protección de ecosistemas, especies marinas y procesos ecológicos. Las tablas incluidas resumen la localización, superficie y objetos de conservación de cada área, proporcionando un panorama integral del sistema de AMP y su financiamiento en el país.
Tiempo legislativo: Seguimiento de Temas Ambientales en el Congreso - agosto 2025
Es el resumen del trabajo parlamentario en materia ambiental entre el 4 y el 21 de agosto de 2025, a partir de citaciones del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados. Por parte del Senado, la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales abordó principalmente el proyecto de ley sobre arbolado urbano e infraestructura verde (Bol. 14213-12), con participación de autoridades gubernamentales, académicos y representantes de organismos internacionales. También revisó el proyecto que modifica normas sobre bienes del Estado (Bol. 15346-12), aprobado y enviado a Sala; el que prohíbe tránsito de vehículos en playas y dunas (Bol. 15666-12), en discusión de indicaciones; y la iniciativa que fortalece la institucionalidad ambiental (Bol. 16.552-12). Asimismo, se inició el análisis de modificaciones a la ley de Tribunales Ambientales (Bol. 16449-12 y 17608-12). En el ámbito de la Cámara de Diputadas y Diputados, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales examinó tres mociones: una para proteger cielos de valor astronómico (Bol. 17754-12); otra para aumentar sanciones a la incineración de basura y promover educación ambiental (Bol. 17522-12); y una sobre protección de personas defensoras de la naturaleza y derechos humanos ambientales (Bol. 16886-12), con participación de autoridades locales y del Ministerio del Medio Ambiente.
Áreas marinas protegidas en Chile: Marco legal y gestión para la conservación.
Las Áreas Marinas Protegidas (AMP) se organizan en cuatro categorías: parques marinos, reservas marinas, santuarios de la naturaleza con ecosistemas marinos y áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos (AMCP-MU). Los parques marinos buscan preservar unidades ecológicas y especies hidrobiológicas, mientras que las reservas marinas protegen áreas de reproducción y pesca, autorizando de manera transitoria actividades extractivas bajo regulación. Las AMCP-MU integran conservación y uso sostenible, considerando la interacción humana tradicional, mientras que los santuarios de la naturaleza, regulados por la Ley N° 17.288, se crean por Decreto Supremo para proteger sitios de valor científico, educativo o paisajístico, bajo estricta regulación del Servicio. La Ley N° 21.600 crea un Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), administrado y fiscalizado por el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Esta ley establece un proceso de homologación y reclasificación de reservas marinas, santuarios y bienes nacionales protegidos (artículo 5o. transitorio). El plazo para completar este proceso es de cinco años desde la entrada en funcionamiento del Servicio.
Normativa lumínica de Chile: Protección de los cielos para la astronomía, la salud y la biodiversidad.
El Ministerio del Medio Ambiente de Chile define la contaminación lumínica como la alteración de la oscuridad nocturna por luz artificial innecesaria. Este fenómeno afecta la salud humana al alterar los ciclos de sueño y perjudica la biodiversidad al desorientar a las especies nocturnas. Además, reduce la calidad de los cielos para la observación astronómica, una actividad crucial para las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, que albergan cerca del 70 % de la capacidad astronómica mundial. Para abordar este problema, Chile ha implementado y actualizado su normativa. El Decreto Supremo No. 686 de 1998 fue la primera regulación, enfocada en proteger los cielos nocturnos del norte del país. Este fue reemplazado por el D.S. No. 43 de 2012, que impuso exigencias más estrictas y se adaptó a nuevas tecnologías. La norma vigente es el Decreto Supremo No. 1 de 2022, cuyo objetivo es controlar las emisiones de alumbrado exterior para proteger la calidad astronómica, la salud y la biodiversidad.