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07/11/2014

Consulta previa indígena en la experiencia comparada.

Se revisan los mecanismos de consulta a los pueblos indígenas en cinco países ratificantes del Convenio 169 de la OIT: Bolivia, Colombia, México, Noruega y Perú. Las Constituciones Políticas de Bolivia y Colombia establecen disposiciones relacionadas con la explotación de recursos naturales en tierras indígenas: la de Bolivia reconoce el derecho a la consulta previa a estos pueblos, y la de Colombia establece la cautela de la integridad cultural, social y económica de las comunidades indígenas, frente a la explotación de los recursos naturales en sus territorios. En este marco, ambos países han regulado procedimientos de consulta indígena frente al aprovechamiento de recursos naturales en sus tierras: Bolivia, en relación a las actividades hidrocarburíferas, y Colombia en relación a la explotación de recursos naturales en tierras indígenas que estén sujetos a licencia ambiental, a planes de manejo ambiental y a permisos ambientales. En el caso de Colombia, le ha correspondido a la Corte Constitucional llenar las disposiciones del Convenio 169 de la OIT de contenido, y en este marco, ha establecido la consulta previa indígena como un derecho fundamental, constitucionalmente protegido, también para medidas legislativas y administrativas. México lleva a cabo intentos desde el año 2002 para desarrollar un procedimiento de consulta en la normativa nacional, y se encuentra en proceso de aprobación un proyecto de ley de consulta previa. Entre tanto, se aplica un Sistema de Consulta indígena, enfocado fundamentalmente a la formulación, aplicación y evaluación de planes, programas, proyectos y acciones gubernamentales, que inciden en sus derechos y en su desarrollo. En Noruega existe un acuerdo entre el Gobierno y el Parlamento Sami (órgano político independiente representativo de los sami en este país), donde se establece la consulta previa a los Sami, en caso de que puedan verse afectados directamente por medidas legislativas o administrativas. Finalmente, Perú cuenta desde el año 2012 con una Ley del Derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, que dispone que se debe consultar las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos sobre su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo. También corresponde realizar la consulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que afecten directamente estos derechos. La ley y su reglamento, desarrollan un detallado procedimiento de consulta a los pueblos.

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07/11/2014

Sistematización políticas sociales dirigidas al adulto mayor.

Según el Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento (2002) es fundamental que las personas puedan lograr una calidad de vida que “permita envejecer con seguridad y dignidad y, paralelamente, garantizar a las personas mayores la continuidad de su participación como ciudadanos con plenos derechos en sus respectivas sociedades”. Con el fin de mejorar el bienestar y la calidad de vida de los adultos mayores, Chile ha desarrollado una serie de programas y beneficios en apoyo en diversas áreas como son: Entorno y Vivienda; Salud; Situación Socioeconómica; Educación e Inclusión Social.

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05/11/2014

Política integrada del cuidado del adulto mayor dependiente.

El crecimiento de la población de adultos mayores en Chile como en el mundo, ha traído una serie de desafíos, entre los que se encuentra el cuidado del dependiente, situación que no solo tiene implicancias sociales, sino especialmente familiares. Frente a esta situación, son varios los países que han establecido sistemas de distribución de responsabilidades sociales entre el Estado, el mercado y la familia, cubriendo las necesidades de cuidado de las personas dependientes, pero manteniendo su autonomía personal. Estos son los casos de Alemania, España y Japón, donde el primero desarrolla un seguro estatal, que ayuda a cubrir los riesgos financieros de las necesidades de cuidado y que es complementario a otras prestaciones y seguros. España, por su parte, ha desarrollado un sistema estatal de protección de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, el cual se integra a una red de atención público privada, para dar servicios y atención a las necesidades de las personas con algún grado de dependencia. Finalmente, Japón ha desarrollado un seguro obligatorio, de cobertura universal, financiado con un fondo común que es constituido a partes iguales por el Estado y los ciudadanos. Todos ellos entregan servicios de cuidado, donde se privilegia que el adulto mayor con algún grado de dependencia permanezca en su hogar o el hogar de un familiar, entre los que se encuentran: a) Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal. b) Aportes económicos para cubrir cuidados en el entorno domiciliario, c) Asistencia a Centros de Cuidado Diurno y Nocturno. d) Asistencia domiciliaria cuando los familiares cuidadores temporalmente no puedan asumir los cuidados. e) Servicio de Tele asistencia

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21/08/2014

Antecedentes para la iniciativa de promover anualmente la Feria Latinoamericana de Expresiones Artísticas y Culturales de los Pueblos Indígenas y Etnias.

En el presente informe, se presenta la revisión del contexto de los acuerdos internacionales en materia de cultura y desarrollo, que permite decantar los elementos medulares que transportan dichos acuerdos en tanto compromisos del Estado de Chile. En segundo lugar, analiza la institucionalidad que se ha generado para abordar el tema del patrimonio cultural, la diversidad cultural y la protección de la cultura de los pueblos originarios. Continúa con la importancia que ha ido adquiriendo la artesanía como espacio de convergencia entre desarrollo, cultura e identidad, y como ésta adquiere un rol estratégico. Finalmente, dentro de este acápite, se analizan los principales tipos de artesanía indígena del país en función de su materialidad, territorio, técnica y grupo étnico.

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18/07/2014

Tierras y territorios maorí en Nueva Zelanda, y mecanismos de resolución de reclamos.

Este documento da cuenta de los mecanismos de resolución de reclamos de los maorí en Nueva Zelanda, y en particular aquellos que involucran tierras y derechos a los recursos naturales. De acuerdo al Censo del año 2013 , el pueblo maorí en Nueva Zelandia está conformado por 598.605 personas, equivalentes al 14,9% del total de la población del país. El Gobierno de Nueva Zelanda ha desarrollado a partir de mediados del siglo XX una política de reconocimiento de los agravios cometidos hacia los maorí, producto del incumplimiento del Tratado de Waitangi suscrito entre la Corona Británica y jefes Maorí en 1840. En él se reconocen una serie de derechos a este pueblo, incluyendo tierra, territorio, derechos naturales, entre otros.

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15/07/2014

Política de tierras indígenas en Canadá y mecanismos de resolución de reivindicaciones territoriales.

La Ley Constitucional de Canadá protege desde el año 1982 los derechos de los aborígenes incluidos en los tratados antiguos firmados con la Corona Británica (tratados históricos), como también en los más recientes (tratados modernos). Estos derechos incluyen tierras y sus recursos, y derecho al autogobierno, entre otros. El Gobierno de Canadá tiene un mandato para establecer procesos de negociación para atender los derechos aborígenes establecidos en los tratados, y en este marco, establece políticas, procesos y fondos para resolver las reivindicaciones políticas de los aborígenes, a través de la negociación, como una forma alternativa y voluntaria a la acción judicial.

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15/07/2014

Inversiones productivas en territorios indígenas: el caso Canadá.

El presente informe describe las políticas públicas relativas a inversiones productivas en territorios indígenas en Canadá y la provincia de Manitoba. Para ello, describe a modo de contexto, la composición demográfica de dicho país, y los derechos reconocidos a ellos en el ordenamiento jurídico. Se constata que se les reconocen derechos sobre sus tierras, territorios y recursos naturales, particularmente respecto de los hidrocarburos y recursos minerales al interior de las reservas. Estos incluyen la necesidad de contar con aprobación de los indígenas para intervenir en las tierras de las reservas, lo que implica la negociación de acuerdos que incluye participación en los beneficios. Recientemente, la Corte Suprema de Canadá ha extendido esta exigencia respecto a la intervención en territorios ancestrales. Luego se describe con detalle la principal política pública relativa al desarrollo económico de los pueblos indígenas, esto es, el Marco Federal para el Desarrollo Económico Indígena. A través de diversos programas específicos, el Marco Federal tiene por objetivos fortalecer el emprendimiento indígena, desarrollar el capital humano aborigen, aumentar el valor de los activos indígenas mediante la modernización de los regímenes de gestión de la tierra, fortalecer la asociación entre las comunidades y los gobiernos provinciales y territoriales y el sector privado y enfocar el rol del gobierno federal hacia oportunidades reales de negocios y coordinar todas las iniciativas oficiales relativas al desarrollo indígena. Asimismo, se revisan otros mecanismos que se han utilizado para facilitar la inversión privada en territorios indígenas, con especial atención a los Acuerdos de Impacto y Beneficio, en los que participan la empresa privada interesada, los gobiernos locales y los pueblos interesados. Finalmente se revisan las políticas públicas sobre inversión productiva en territorios indígenas en la provincia de Manitoba, elegida por tener una concentración indígena más o menos equivalente a la de La Araucanía. No fue posible encontrar una descripción de una política sistemática y coherente con la política federal.

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08/07/2014

Situación de las personas con discapacidad mental.

La Convención Internacional Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad , a la cual Chile suscribe, estipula que el Estado debe reconocer la capacidad jurídica de los discapacitados mentales, asegurando y promoviendo el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, sin discriminación alguna. De este modo, las personas con discapacidad mental tienen autonomía e independencia para decidir sobre sus vidas y tomar sus decisiones sobre cualquier aspecto que les concierna. En este marco, el Ministerio de Salud contempla un programa de salud mental mediante el cual la persona con discapacidad mental será atendida por un psiquiatra o un profesional de la salud mental, que hará un psicodiagnóstico y lo referirá a equipo de salud general (de otro servicio clínico o de urgencia) o a un Equipo de Salud Mental y Psiquiatría Ambulatoria quienes, tomarán su caso y serán responsables de su tratamiento y rehabilitación. En el caso de que la persona no cuente con el apoyo familiar y no pueda desarrollarse en forma autónoma, el Ministerio de Salud en coordinación con organismos no gubernamentales, han desarrollado dos programas, el programa de vida independiente y los programas residenciales.

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04/07/2014

Institucionalidad y mecanismos de participación política indígena en Canadá, Nueva Zelanda, Australia, Finlandia, Noruega y Suecia.

Este documento informa acerca de la institucionalidad a cargo de la política indígena y los mecanismos de participación política de los pueblos originarios en seis países: Canadá, Nueva Zelanda, Australia, Finlandia, Noruega y Suecia. Del análisis de las fuentes consultadas, es posible obtener lo siguiente: 1. Institucionalidad a cargo de la política indígena Canadá y Nueva Zelanda cuentan con ministerios de asuntos indígenas abocados a planificar e implementar la política indígena. Además, coordinan y/o entregan directrices en torno a las actividades y programas de gobierno relacionados a los indígenas, que se desarrollan en otros ministerios. Nueva Zelanda cuenta, además, con tribunales especiales para los maorí, que se encargan de resolver reclamaciones de tierras y relativas al incumplimiento del Tratado de Waitangi. 2. Mecanismos de participación política de los pueblos originarios En Canadá, las Primeras Naciones gozan de cierto grado de autonomía para manejar y gestionar sus asuntos al interior de sus reservas, en tanto se les reconoce el derecho al autogobierno. Además, existen varias instituciones representativas indígenas, siendo la más visible la Asamblea de Primeras Naciones (AFN), que operan con fondos del Gobierno Federal, para el trabajo coordinado y la participación en los asuntos que los afectan. Junto a esto, se ha ido incorporando en algunas legislaciones la participación indígena, y la consulta a los mismos en asuntos que los afectan. Nueva Zelanda es el único de los países en estudio que cuenta con escaños reservados en el parlamento nacional. La representación se efectúa a través de la elección de parlamentarios maorí en los 7 electorados maoríes existentes. También existe la posibilidad de establecer circunscripciones maoríes para la elección de los Consejos de Gobierno Local (nivel regional y local), y si bien una serie de Consejos ha considerado esta opción, ninguno la ha recogido. Desde el 2002, existe participación maorí en el Consejo Regional Bay of Plenty, a cargo del cuidado de los recursos naturales de esta región. Además, 16,4% de la fuerza de trabajo del servicio público correspondía a maorís, lo que se logra a través de una política gubernamental de igualdad en el empleo.

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26/06/2014

El Examen Periódico Universal de Chile en materia de protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas.

El presente informe repasa las recomendaciones que recibió el Estado de Chile como parte del Proceso de Examen Periódico Universal (EPU) en materia de protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas. Se analiza cómo respondió el Estado chileno a dichas recomendaciones en dos momentos relevantes, primero la presentación del Informe de Mitad de Período (2012), y segundo, del Informe Final (2014), concitando las críticas que recibió por parte de diversas organizaciones no gubernamentales. Finalmente, se deja constancia del cambio en la política respecto a los pueblos indígenas que manifiesta el nuevo gobierno de Michelle Bachelet, diferente de las posturas defendidas por el país en sus informes anteriores, y que quedan graficados en su Programa de Gobierno.

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