Asesoría Parlamentaria

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Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014

Usted buscó por: Seguridad
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13/09/2021

Regulación internacional del control policial de manifestaciones públicas: Tratados, estándares y recomendaciones internacionales en materia de Derechos Humanos para limitar el uso excesivo de la fuerza aplicada por agentes del Estado.

La prohibición de la tortura es absoluta y universal y esta proscripción se extiende también a la categoría de los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, cuya imprecisa definición no es obstáculo para hacer cumplir la obligación del Estado de impedir y prevenir de manera efectiva e imperativa que estos ocurran. Por otro lado, el legítimo uso de la fuerza para hacer cumplir la ley de parte de los agentes del Estado puede incurrir en excesos y volverse abusivo, constituyendo un tratamiento prohibido por el Derecho Internacional. Sin embargo, no existe un instrumento internacional de naturaleza vinculante que regule la aplicación del uso de la fuerza en el territorio de un Estado, y hasta ahora solo se han desarrollado principios orientadores y estándares mínimos que guían la regulación de la aplicación de la fuerza de carácter principalmente policial.

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03/09/2021

Modificaciones a la Ley de Control de Armas: reformas y nudos críticos.

El Proyecto de Ley que modifica la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas, sancionando el porte e ingreso de armas en lugares de acceso público, ingresó a tramitación legislativa en la Cámara de Diputadas y Diputados, a partir de una moción parlamentaria de fecha 13 de abril de 2015.Tres años más tarde, ya en su segundo trámite constitucional, la iniciativa recibió un nuevo impulso de parte del Ejecutivo, que la insertó en el marco del llamado “Acuerdo Nacional por la Seguridad Pública”. Tras varios años de tramitación, el pasado martes 17 de agosto, las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y Seguridad Pública del Senado, despacharon la propuesta, que esta semana terminó de ser vista por la Comisión de Hacienda de la misma corporación, que a su vez emitió un informe, el que deberá ser votado próximamente por la Sala del Senado.Entre las principales reformas del proyecto, se encuentran el incremento en el catálogo de armas prohibidas, conforme al artículo 3°; la introducción, en virtud del nuevo artículo 4° A, de mecanismos de trazabilidad de armas; la potestad de la autoridad para cancelar la inscripción de un arma frente a condenas por crimen, simple delito o violencia intrafamiliar, de acuerdo al artículo 5° letra C; la actualización anual de un Registro de Armas, conforme lo estipula el artículo 20° letra A; la fijación de un límite a la tenencia de armas, de acuerdo al artículo 7°; y la incorporación de la PDI en tareas fiscalizadoras. Hasta la fecha, los principales puntos en discusión del actual proyecto, han sido las características de un eventual sistema de identificación balístico; la forma de discriminar entre la naturaleza de uso de cada arma; las condiciones para la actualización periódica de un Registro de Armas; y los posibles nuevos organismos públicos que asumirían prerrogativas en materia de fiscalización. Entre las críticas a la iniciativa, cabe mencionar la opinión del Presidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, Christian Arntz, para quien la iniciativa demoniza a los ciudadanos que poseen armas legales, en vez de enfocarse en el aumento de penas contra el comercio ilegal de estos artefactos. En este contexto, el proyecto implicaría un avance en materia de disminución de armas activas en el país, toda vez que amplía el espectro de unidades sujetas de control; incorpora nuevas entidades públicas a las labores fiscalizadoras; avanza en la interconexión entre agentes públicos; al tiempo que introduce innovaciones tecnológicas para un mejor seguimiento a las armas en el territorio del país, si bien es probable que surjan dificultades operativas, sobre todo al momento de discriminar entre la naturaleza de uso de un arma.

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20/08/2021

Control de armas en Chile: principales hitos.

La tramitación de la Ley de Control de Armas, hacia 1972, se produjo en un contexto marcado por la violencia e inestabilidad social en el país. Por entonces, el artículo 22 de la Constitución Política de 1925, disponía que las Fuerzas Armadas y Carabineros tenían el monopolio del uso de las armas, disposición complementada por otros cuerpos legales, como la Ley de Seguridad Interior del Estado; y el Reglamento de Fabricación y Comercio de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Productos Químicos. En la actualidad, en tanto, las principales prescripciones normativas sobre adquisición, tenencia y porte de armas de fuego están contenidas en la Constitución Política de 1980; el Código Penal; la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas; y el Reglamento Complementario de este último texto legal.

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17/08/2021

Sanciones penales por agresiones a funcionarios policiales

Los funcionarios policiales suelen tener un estatuto especial y por tanto existen ciertos delitos que solo pueden ser cometidos contra ellos o bien contra otras autoridades del estado. Son los denominados delitos en contra la autoridad De acuerdo a la normativa revisada -que incluye España, Portugal, Alemania e Italia- las conductas penalizadas como delitos en contra de la autoridad pueden ser resumidas en cuatro categorías: · maltrato de obra (empleo de violencia) · amenazas con el uso de violencia · resistencia u obstrucción ante un arresto · proferir ofensas Se entiende que estas conductas son penadas precisamente por la calidad especial de la víctima, y se encuentran reguladas en los cuatro países analizados En el caso del homicidio, salvo en Alemania, los demás países contemplan expresamente una sanción más alta en el evento en que la víctima sea un agente policial. No ocurre lo mismo en los distintos tipos de lesiones tipificados por dichos ordenamientos jurídicos, pues solo Italia contempla un delito especial de lesiones contra la autoridad, el cual tiene una sanción agravada.

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21/07/2021

Experiencia internacional en el control automatizado de infracciones del tránsito: Estructura orgánica y protección de datos personales.

Un enfoque integral de la gestión de la velocidad incluye infraestructura y vigilancia vial (Banco Mundial, 2020). En este último caso, la vigilancia vial se puede implementar a través de un sistema de control automatizado que permita registrar distintas infracciones del transito, lo que incluye la velocidad. Al respecto, el Banco Mundial (2020) plantea que la instalación exitosa de un sistema de control de velocidad requiere de ciertas capacidades básicas que permitan garantizar su ejecución. Dentro de estas, se destaca el determinar qué agencia tendrá la responsabilidad y el establecer la viabilidad económica del sistema, es decir, la existencia de financiamiento para el establecimiento, mantenimiento y operación continua del sistema.En España, en el año 2006, se implementó el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (CTDA) con el fin de detectar y fiscalizar la infracción a las normas de circulación y seguridad a través del empleo de medios técnicos de captación y reproducción de imágenes.

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25/06/2021

Perspectivas y desafíos de seguridad regional.

Esta Minuta ha sido elaborada para apoyar la participación de la delegación de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile en el 18º Foro Parlamentario de Inteligencia y Seguridad que, en esta ocasión, se organiza en conjunto con la Asamblea Nacional de Panamá y el Parlamento Latinoamericano y Caribeño(PARLATINO), y tendrá lugar en Ciudad de Panamá los días 29 y 30 de junio de 2021. En particular, entrega antecedentes en relación al sexto tema sustantivo de la agenda, que se titula“Perspectivas regionales de seguridad”.

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25/06/2021

Análisis de la legislación, las políticas y las prácticas nacionales sobre ciberseguridad.

La presente minuta se refiere al tratamiento dela ciberseguridad en nuestro país, para lo cual se divide en tres partes: i) marco normativo del cibercrimen en Chile; ii) proyectos de ley que se están tramitando en el Congreso; y iii) revisión general de la política nacional en la materia.

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2021/06/24

Zonas de libre comercio y delincuencia transnacional.

El presente documento ha sido elaborado con motivo del 18° Foro Parlamentario de Inteligencia y Seguridad, coorganizado por el Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO), el ex congresista estadounidense republicano Robert Pittenger, y la organización Crime Stoppers Caribe, Bermuda y América Latina, que se llevará a cabo entre los días 29 al 31 de junio de 2021 en Panamá. El texto introduce conceptualmente a los elementos más relevantes de la Delincuencia Transnacional Organizada (DOT) y presenta las iniciativas globales y regionales más relevantes. Finalmente, se refiere a la importancia de la propuesta de la Ley Modelo para combatir el comercio ilícito y la delincuencia transnacional, propuesta recientemente por el PARLATINO.

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25/05/2021

Incidencia del género respecto a los infractores en la comisión delitos.

En materia de criminalidad resulta relevante incorporar una mirada de género, por cuanto existe una clara diferenciación en la actividad delictual de hombres y mujeres, en cuanto a la perpetración de determinados ilícitos, lo que da cuenta de una feminización o bien, masculinización de la delincuencia, según sea el caso. Ello trae aparejado consecuencias respecto a la realidad carcelaria que les toca afrontar a aquellas mujeres que han cometido ilícitos penales. Mientras las mujeres imputadas por la totalidad de los delitos establecidos en el ordenamiento penal corresponden al 20% del total de imputados, solo un 7,8% de las que se encuentran en prisión son mujeres. Sin embargo, la condición procesal en la que se encuentran tiene importantes diferencias: mientras el 7,8% de quienes están en calidad de condenados son mujeres, dicho porcentaje aumenta al 11,4% si consideramos solo el segmento que está cumpliendo prisión preventiva.

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25/05/2021

Seguridad Privada institucionalidad a cargo y regulación de sus principales aspectos: Análisis de experiencia comparada.

Los servicios privados de seguridad son considerados complementarios a los otorgados por la seguridad pública. Este mercado envuelve una serie de servicios (denominados "componentes") lo que, en muchos casos, condiciona que la legislación aplicable al sector se encuentre dispersa, lo que en definitiva, repercute en los estándares de regulación. De este modo, debe avanzarse hacia la unificación de las normas, en lo posible en un solo cuerpo normativo, a fin de facilitar su armonización y comprensión, pues la dispersión normativa aumenta el riesgo de incongruencias que, finalmente, solo benefician el incumplimiento del mandato legal, la proliferación de prestadores al margen de la ley y las malas prácticas.

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