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Secreto y reserva bancaria en Chile y en la legislación extranjera.
La legislación nacional consagra el secreto bancario y la reserva bancaria. El primero está establecido para ciertas y determinadas operaciones expresamente señaladas en la ley, respecto de las cuales la legislación vigente las somete a un régimen estricto de protección. El secreto bancario no es absoluto y reconoce limitaciones, en virtud de las cuales la información protegida puede disponerse bajo ciertos supuestos legales: cuando una disposición legal expresamente lo autorice; o cuando por resolución de la justicia se ordene la remisión o examen de antecedentes para ciertas operaciones y bajo determinados supuestos. Existiendo autorización legal, el procedimiento para levantar el secreto varía según la autoridad de control de que se trate (Ministerio Público; Comisión para el Mercado Financiero; Servicio de Impuestos Internos y Unidad de Análisis Financiero). En todos, sin embargo, se requiere resolución previa de algún órgano jurisdiccional. Un elemento diferenciador entre estos casos, es la notificación o audiencia previa, que permita al titular de dichos antecedentes conocer la solicitud y los hechos que la justifiquen.
Penas alternativas a la privación de libertad: Argentina, Brasil, Costa Rica, España, EE.UU., México y Perú.
Revisados los sistemas de penas alternativas a las restrictivas o privativas de libertad en las legislaciones de Argentina, Brasil, Costa Rica, España, Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.), México y Perú, se constata que entre dichos países las medidas más reiteradas son, bajo distintas denominaciones y modalidades, la suspensión condicional del procedimiento, la suspensión condicional de la condena, y los trabajos en beneficio de la comunidad. En este último caso, en ocasiones ésta no suele ser medida en sí misma, sino una condición o requisito de otras medidas. Respecto a las personas menores de edad, los países latinoamericanos cuentan, en sus respectivos sistemas de justicia juvenil, con diversas medidas sustitutivas o alternativas a la detención, tanto preventiva como definitiva, de conformidad con las normas y estándares internacionales sobre la materia.
Derecho a la libertad de expresión en las Américas.
Esta Minuta ha sido elaborada para apoyar la participación de la delegación de la Cámara de Diputadas y Diputados en la reunión de la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO), que tendrá lugar en Ciudad de Panamá en mayo de 2023. En particular, entrega antecedentes para participar en la deliberación sobre “Derecho a la libertad de expresión”, que es el cuarto tema sustantivo del orden del día. La libertad de expresión es una garantía fundamental para asegurar la autonomía de las personas, el Estado de derecho y las instituciones democráticas. En este sentido, se reconoce como un derecho fundamental en diversos instrumentos internacionales, en reiterada jurisprudencia de tribunales internacionales y regionales, y en la doctrina destinada a investigar el tema. Según se establece en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la libertad de expresión comprende el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Los neuroderechos en el debate académico actual y en la experiencia comparada
Esta minuta aborda la conceptualización de los neuroderechos, el debate académico en torno a esta nueva categoría de derechos y los avances que se han generado en la legislación comparada. Para ello, la presente minuta se referirá al concepto de neuroderechos, a la discusión académica en torno a ellos y, finalmente, se revisarán las experiencias comparadas en torno a su institucionalización, con énfasis en el caso chileno.
Principales aspectos sobre los derechos lingüísticos de los Pueblos Indígenas: Derecho Internacional, legislación nacional y propuestas legislativas.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos, reconoce los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas, en su dimensión individual y colectiva y fija estándares en materia de promoción, protección, respeto y garantía, junto con establecer la obligación del Estado de adoptar medidas para asegurar su ejercicio. Estos estándares están en el Convenio N° 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas (2007) y la Americana (2016) sobre los derechos de los pueblos indígenas. A nivel nacional, tanto la Ley sobre desarrollo indígena y la Ley General de Educación, establecen normas relacionadas con la enseñanza de las lenguas indígenas.
De las solicitudes de información parlamentaria: normativa y eficacia.
El acceso a la información por parte de los parlamentarios es una técnica que se contempla en los textos normativos para obtener información del Gobierno, la Administración e incluso de terceros (Embid Irujo, 1995: 88). Los instrumentos para que el Parlamento cumpla esta función constitucional o estatutaria de control de los actos de Gobierno son variados: las preguntas (sean orales o escritas), comparecencias informales de autoridades de gobierno y/o administrativas (en el Pleno o Comisiones), comisiones investigadoras o requerimientos de parlamentarios dirigidos al Gobierno o la Administración para que se suministren determinados datos u información (Embid Irujo, 1995: 89).
Selección de Normativa y Proyectos: Desistimiento o retractación de la denuncia en materia de Violencia Intrafamiliar (VIF).
Se ha solicitado la elaboración de un documento que dé cuenta de proyectos de ley relacionados con desistimiento o retractación de la denuncia en materia de Violencia Intrafamiliar, ingresados estos al Congreso Nacional, con indicación del estado de tramitación en que se encuentran. Para realizar la búsqueda, se consultó la base de datos Ley Chile de la Biblioteca del Congreso Nacional y de Tramitación de Proyectos de Ley del Congreso Nacional (SIL).
Iniciativas sobre Seguridad y Orden Público
- Orrego Olmedo, Karem Andrea
- Espinace Olguín, Denisse Jimena
- Escobar Espinoza, Felipe Ignacio
- Benavente Aliaga, Daniela
- Palli Cea, Angelo Andrés
- Muñoz Ventura, Manuel Antonio
- Alfaro Torres, Francesca Constanza
La presente minuta da cuenta de los proyectos de ley que hayan tenido por objeto regular materias relacionadas con seguridad y orden público. Revisión amplia de proyectos en tramitación presentados desde 2010 a la fecha y vinculados a seguridad y orden público, se han analizado un total de 5.586 proyectos disponibles, para lo cual se conformó un equipo de profesionales que hicieran dicha revisión en el plazo comprometido. Asimismo, y a afectos de abordar las más amplias posibilidades de proyectos de ley, se definieron seis categorías de proyectos sobre seguridad y orden público, asociándolos a materias en particular: Seguridad y Orden Público en general, Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Carabineros y Policía de Investigaciones), Gendarmería, Víctimas de Delitos, Política Criminal, Regulación de Delitos de alta connotación pública.
Algunos aspectos procedimentales del despido colectivo en España y Francia.
La Organización Internacional del Trabajo no tiene un instrumento específico sobre el despido colectivo. No obstante, el Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo número 158, contiene disposiciones de procedimiento sobre la terminación de la relación de trabajo por motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos. Por su parte, la Directiva 98/59/CE de 1998 de la Unión Europea, regula el despido colectivo entregando las directrices a las que se sujetan las legislaciones internas de los Estados miembros. Siendo ambos países analizados miembros de la Unión Europea sus legislaciones internas coinciden en los aspectos sustanciales.