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Usted buscó por: Economía
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06/09/2019

Los mecanismos para la solución de controversias establecidos en acuerdos comerciales y de inversión: Y la situación vigente en Chile al respecto.

Los mecanismos de solución de controversias son estrategias de solución de disputas que las Partes de un acuerdo internacional establecen en el marco del tratado, y cuyo objeto es resolver la diferencia otorgando certezas para una solución amistosa o en último término estableciendo las condiciones del recurso al arbitraje como un arreglo definitivo. En términos generales se puede señalar que existen dos tipos de controversias: aquellas que se presentan entre los Estados que son Parte del acuerdo, y que se resuelven a nivel gubernamental incluido el sometimiento de la diferencia a un arbitraje internacional, y las que surgen entre una persona que se constituye como un inversionista en un Estado y demanda al Estado que es receptor de esa inversión de capital, y que también pueden ser resueltas a nivel de arbitraje internacional entre el inversionista como parte demandante y el Estado como demandado.

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30/08/2019

Obsolescencia programada. Legislación comparada: Ecuador, Francia y Unión Europea.

Bélgica fue pionera en la lucha contra la obsolescencia programada de los productos relacionados con la energía, al adoptar -en febrero de 2012- una resolución del Senado, que recomienda, entre otras cosas, crear un etiquetado de nivel europeo, sobre la vida útil de los productos relacionados con la energía (bombillas, ordenadores, teléfonos móviles...) y de la posibilidad de repararlos. Desde agosto de 2015, Francia -en la ley relativa a la transición energética- define y tipifica como un delito la obsolescencia programada, creando un artículo en el Código de Consumo. Dicho artículo dispone que: “Queda prohibida la práctica de la obsolescencia programada que se define por el recurso a técnicas mediante las cuales el responsable de la comercialización de un producto tiene por objeto reducir deliberadamente su vida útil para aumentar su tasa de reposición”. Al año siguiente (2016), la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el “Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación”, en cuya disposición general vigésimo primera define la obsolescencia programada como: “…el conjunto de técnicas mediante las cuales un fabricante, importador o distribuidor de bienes, en la creación o a través de la modificación del producto, reduce deliberada e injustificadamente su duración con objeto de aumentar su tasa de reemplazo.”

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28/08/2019

Impactos en el mercado laboral de la reducción de la jornada laboral.

De acuerdo con la OIT (2007), la reducción de la jornada laboral favorece la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, la compatibilidad con la familia; promueve la igualdad de géneros, el fortalecimiento sindical y la negociación colectiva y refuerza la productividad. Igualmente se indica que los límites de horas de trabajo pueden reducir las horas excesivas (que tienden a ser perjudiciales para la salud y nada productivas), y así contribuir hacia una mayor productividad. Por otra parte, un aspecto relevante de la discusión es respecto a los efectos económicos que tendría una variación de la jornada laboral en el mercado laboral, y concretamente sobre el empleo, la eficiencia económica y la productividad laboral. Por ejemplo, Marimon and Zillibotti (2000) plantean que una reducción de la semana laboral conduciría a más empleo debido a que se necesitaría un mayor número de trabajadores para cubrir las horas en que reduce la jornada. Sin embargo, tal como lo indican Brown y Hamermesh (2019), se debe incluir en el análisis a los efectos sobre las horas extras, las que pueden compensar la reducción de las horas de trabajo. Pese a lo anterior, los estudios empíricos que han abordado la variación de la jornada laboral han encontrado efectos ambiguos, lo que no permite concluir de forma clara respecto a los impactos que tendría este cambio de política sobre el mercado laboral. Esta ambigüedad se daría por la dificultad de determinar el impacto y por el contexto económico particular de cada país en el cual se realiza el cambio. diverso.

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20/08/2019

Modelos de regulación económica: Aplicados a los monopolios naturales.

La teoría económica ha establecido distintos modelos para regular a los monopolios naturales – como únicos proveedores eficientes de un bien - que surgen en mercados como el de energía, agua potable, saneamiento, entre otros. El propósito de ésta es principalmente fijar una tarifa no abusiva con los consumidores, asegurar un retorno adecuado a la inversión realizada por la empresa y un estándar de calidad para la prestación del servicio, entre otros. En la práctica, el desafío de la fijación tarifaria implica que el regulador pueda contar con la información suficiente de la empresa, y así determinar cuáles insumos deben ser incluidos como parte de los costos de producción de la empresa, y qué inversiones deben ser consideradas en el precio y/o tarifa a fijar por el regulador. Los modelos de regulación económica desarrollados pueden ser en base a costos de la empresa o en base a sus incentivos y/o desempeño. En los basados en los costos, la regulación pretende fijar una tarifa que asegure que la empresa obtenga un retorno justo por las inversiones realizadas, es decir, obtenga exactamente su costo de oportunidad por el capital invertido en la actividad. Esta requiere estimar el costo del capital a utilizar por parte de la empresa regulada, lo cual utiliza típicamente la metodología correspondiente al Costo Promedio del Capital o WACC (Weighted Average Cost of Capital), y la correspondiente al Capital Asset Pricing Model (CAPM) para la estimación del costo de capital propio (patrimonio). Por otra parte, la regulación en base al desempeño del regulado tiene como propósito generar incentivos para que las empresas sean más eficientes y con ello traspasar las ganancias de eficiencia a los consumidores. En este tipo de regulación destaca el método de precios máximos (price caps) y el método de competencia por comparación o yardstick competition (Schleifer, 1985) y regulación por empresa modelo eficiente.

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20/08/2019

Seguimiento del cumplimiento de entrega de información de las glosas del presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 2016 - mayo 2019

El análisis de las glosas que solicitan la entrega de información para el periodo que va desde el año 2016 hasta mayo de 2019 muestra que en 2016 se debían entregar 84 informes y se recibieron todos. En 2017, diez informes no se recibieron sobre los 100 que se debían entregar. Los informes que faltaron se refieren al cuarto trimestre y al segundo semestre de 2017. En 2018 se debían entregar 119 informes y 2 no se recibieron. Finalmente, al mes de mayo de 2019 se recibieron 31 informes de los 33 que debían entregarse al Congreso.

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14/08/2019

Formas de colusión en las subastas y mecanismos para evitarla.

La colusión en las subastas se da cuando los participantes de una licitación pública se conciertan para ofrecer precios más altos y/o una calidad más baja a la que estarían dispuestos a ofrecer en una situación de competencia entre ellos, o cuando se ponen de acuerdo para otorgase las licitaciones e impiden, restringen o distorsionan la competencia en el proceso de adjudicación de la licitación. La colusión daña el interés de la sociedad de recibir bienes y servicios al mejor precio y calidad posible. Las principales formas de colusión en las licitaciones son: Ofertas de resguardo u ofertas ficticias, la abstención de hacer ofertas, la rotación de ofertas, la subcontratación entre los miembros del cartel para repartirse los beneficios de la colusión y el reparto de mercados. Las características del mercado y de las licitaciones que facilitan la colusión son: que haya pocas empresas en competencia, que no haya entrada de nuevas empresas en el mercado, la utilización las asociaciones de empresarios para fines anticompetitivos, las licitaciones repetitivas y previsibles, los productos idénticos o similares y los sectores donde hay escaso cambio tecnológico.

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13/08/2019

Impuestos a las plataformas digitales: Experiencia internacional.

Actualmente, no existe una solución consensuada para tratar los desafíos fiscales de la digitalización. Pese a lo anterior, algunos países han impulsado iniciativas unilaterales para tratar los desafíos fiscales de la digitalización, con la cual se han adelantado a una solución consensuada a nivel mundial. De acuerdo a la OCDE, dichas medidas buscan proteger y/o expandir la base impositiva del país donde se encuentran los usuarios, utilizando medidas como la aplicación alternativa del umbral del establecimiento permanente, retención de impuestos, impuestos sobre el volumen de negocios, o regímenes específicos dirigidos a grandes empresas multinacionales. Con estas, en la mayoría los casos, se busca aplicar impuestos corporativos para que las ganancias se registren y graven en lugares donde las empresas tengan interacción significativa con los usuarios a través de canales digitales. La OCDE ha señalado que dichas medidas unilaterales podrían generar riesgos y efectos adversos tal como repercusiones negativas en la inversión, la innovación y el crecimiento; una posible sobreimposición; efectos distorsionadores de la producción; el aumento de la carga fiscal soportada por consumidores y empresas y unos costos de cumplimiento y gastos administrativos más elevados, entre otros. Por lo anterior, los países de la OCDE han acordado avanzar en un “criterio de sujeción” y reglas de “atribución de beneficios”, esperando que para el año 2020 exista una solución consensuada. En Chile, se han propuesto medidas que gravan los servicios digitales a través del proyecto de ley de Modernización Tributaria, actualmente en discusión. Inicialmente la propuesta del Ejecutivo implicaba establecer un impuesto específico, indirecto y sustitutivo de cualquier otro impuesto, de tasa de 10% que gravaba los servicios digitales prestados por empresas extranjeras, en la medida que fueran utilizados en Chile por usuarios personas naturales. Con posterioridad, tras indicaciones del ejecutivo, se argumentó que en línea con la OCDE, el gravamen se reformula como un hecho gravado con IVA, igual al 19%.

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24/07/2019

Aspectos básicos de la relación entre descentralización y desarrollo económico

La literatura que analiza los posibles beneficios de la descentralización política, administrativa y fiscal suele considerar algunos de los siguientes supuestos para que sea favorable para el desarrollo económico: que los gobiernos locales pueden ser más receptivos, identificar mejor e implementar mejor las las demandas de los ciudadanos; que podrá ejercerse mejor la rendición de cuentas; que el gobierno central está dispuesto a transferir competencias efectivamente; o que la capacidad administrativa local es adecuada. Si no se cumplen estos supuestos, los beneficios de la descentralización pueden diluirse y perder eficiencia para promover el desarrollo económico. Uno de los principales argumentos a favor de la relación entre desarrollo económico y descentralización fiscal es que se puede generar una mayor eficiencia en la provisión de bienes públicos, privados y servicios gubernamentales, a causa de una mayor eficiencia en asignación de los recursos, ya sea por captar las necesidades de la ciudadanía de mejor manera o por poder proveer de los bienes y servicios a un menor costo. En la literatura se cita con frecuencia que uno de los factores para promover el desarrollo económico con la descentralización se da a través de la competencia entre las regiones para intentar atraer y retener los factores productivos con cierto grado de movilidad (ya sean personas, empresas, centros de investigación, etc.) con el fin de promover las inversiones y la actividad económica. Ya que las empresas eligen instalarse, en la medida de lo posible, donde esperan obtener un mayor retorno a su inversión y que los beneficios dependen en cierta medida de de los bienes servicios y condiciones que ofrecen los gobiernos regionales, estos pueden tener un incentivo para mejorar la productividad de su administración, ya sea con mejores servicios públicos y una administración más eficiente, menores impuestos o una mejor relación entre estos elementos.

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24/07/2019

El Instituto Nacional de Estadísticas. Naturaleza jurídica y orgánica

El Instituto Nacional de Estadísticas (INE) es un servicio público funcionalmente descentralizado que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Economía. Se rige actualmente por la Ley Nº 17.374 cuya última modificación se realizó el año 2018. Le corresponde específicamente el desarrollo de la denominada función pública estadística. En su artículo 2º se listan las acciones que el Instituto debe llevar a cabo entre las cuales se destacan recopilar, analizar, elaborar y publicar las estadísticas nacionales así como también la realización de los censos oficiales y efectuar periódicamente encuestas para actualizar diferentes índices y en especial el costo de vida. El INE a través de censos, encuestas y recopilaciones, registró para el año 2018 738 productos estadísticos en diversas áreas (demográficas, sociales, laborales, industriales, agrícolas e innovación, entre otras.) Orgánicamente, su director es el jefe superior del servicio cuyas facultades se encuentran limitadas tanto a nivel legal como reglamentario. El nombramiento de los cargos de primer y segundo nivel jerárquico se encuentra sujeto al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en la Ley Nº 19.882. La labor de este servicio se encuentra sujeta al denominado secreto estadístico, entendido como la prohibición de divulgar los hechos que se refieren a personas o entidades determinadas de que se haya tomado conocimiento en el desempeño de sus actividades y que pesa tanto respecto de este servicio y sus funcionarios, como de otros organismos del Estado y quienes se desempeñan en ellos. La Ley Nº 17.374, establece también la Comisión Nacional de Estadísticas está compuesta por 8 miembros entre los cuales, además del Director Nacional quien la preside, se encuentran representantes de varios ministerios y agencias públicas además de representantes de los trabajadores, las universidades y las entidades empresariales. Finalmente, de acuerdo a la resolución exenta N° 1.188 del 11 abril de 2018, se actualizó la estructura orgánica de las Direcciones Regionales y Provinciales contándose un total de 28 oficinas, 14 de las cuales son provinciales.

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24/07/2019

Índice de Precios al Consumidor Su cálculo e implicancias como variable macroeconómica y en la normativa

La inflación, que se calcula a través del IPC, es el alza sostenida en el nivel general de precios y corresponde a un fenómeno macroeconómico cuyo impacto más significativo es la disminución del poder adquisitivo. Para su cálculo se requiere de una base o canasta representativa del patrón de consumo que permita calcular las variaciones de precio de manera ponderada. Esto se realiza a través de la Encuesta de Presupuestos Familiares que se lleva a cabo cada cinco años a partir del año 2009, lo que va reflejando los cambios en los patrones de consumo que se dan comúnmente con el tiempo. Los cambios más importantes que ha sufrido la canasta desde sus inicios, son la cobertura geográfica que se amplió desde la Región Metropolitana hacia las 15 capitales regionales y sus zonas conurbadas y también la integración de los cambios de nuevos productos y servicios o cambios en el patrón de consumo. Actualmente la canasta tiene 303 productos con 12 divisiones, 41 grupos, 88 clases y 136 subclases. Dado el aumento del costo de vida que genera la inflación se hace necesario establecer mecanismos de reajustes y unidades de medida con poder adquisitivo constante. Este es el caso de la Unidad de Fomento (UF), la Unidad Tributaria Mensual (UTM y Anual (UTA), y también los mecanismos de reajuste para operaciones de crédito y los que se incluyen en los polinomios de cálculo de ciertas tarifas reguladas.

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