Asesoría Parlamentaria

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Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014

Usted buscó por: Derecho
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18/08/2022

Selección de Proyectos de Ley sobre Psicopedagogía como disciplina Educativa y Sanitaria.

Minuta que dé cuenta de los proyectos de ley relacionados con la psicopedagogía como disciplina no solo educativa sino que también sanitaria, ingresados estos al Congreso Nacional y que se encuentren actualmente en tramitación. En el reconocimiento de la psicopedagogía como disciplina no sólo educativa sino que también sanitaria, merece destacarse en forma previa, pese a no ser norma de rango legal, el acuerdo N° 2079-12 del Senado, del 13 de enero de 2021, mediante el cual se solicita a Su Excelencia el Presidente de la República se sirva instruir a las autoridades competentes del Ministerio de Salud y del Fondo Nacional de Salud (FONASA), que adopten las medidas necesarias para incorporar en la codificación de aranceles que define FONASA, las prestaciones que realizan terapeutas ocupacionales destinadas a terapias de recuperación, tratamiento y rehabilitación, como las prestaciones que realizan profesionales psicopedagogos en el área de la salud cuando ellas sean requeridas por un profesional médico para terapias de recuperación, tratamiento y rehabilitación, incluyendo en ambos casos la modalidad de compra de bonos.

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16/08/2022

Desarrollo de modelos de Flexiseguridad: Casos de Dinamarca, Holanda y Uruguay.

No existe una definición única en la doctrina del término flexibilidad laboral. Sin perjuicio, es posible consensuar que todas las definiciones tienen en común que postulan una adaptación del tradicional esquema normativo del trabajo asalariado, el cual se caracteriza por su estabilidad y duración indefinida. De acuerdo a la Comisión Europea, el concepto de flexiseguridad, en tanto, ha recibido elogios y críticas, no solo por su aplicación particular en algunos países europeos, sino porque se ha convertido en un elemento clave de las Políticas de la Estrategia Europea de Empleo. La Comisión Europea, trabaja con los gobiernos locales, interlocutores sociales y académicos, explorando cómo los países pueden implementar políticas de flexiseguridad a través de cuatro componentes: 1) arreglos contractuales flexibles y confiables, 2) estrategias integrales de aprendizaje a lo largo de toda la vida, 3) políticas activas eficaces del mercado de trabajo, y 4) modernos sistemas de seguridad social.

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10/08/2022

Análisis de efectos de tipificación del delito de comercializar recursos hidrobiológicos contaminados.

El Proyecto de Ley que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura para sancionar a quien apoce, extraiga, transporte o comercialice recursos hidrobiológicos contaminados (Boletín N° 14.971-21), denuncia en sus fundamentos la atipicidad de la venta o expendio de recursos hidrobiológicos contaminados con “marea roja”. Revisada la legislación penal nacional no se ha encontrado una norma que sancione expresamente dicha conducta. La iniciativa propone incorporar el artículo 139 quáter en la Ley General de Pesca y Acuicultura, para sancionar el apozamiento, extracción, transporte y comercialización de recursos hidrobiológicos contaminados, y agravar la pena si dichos recursos se han extraído de zonas prohibidas afectadas por Marea Roja, y si a consecuencia de estas conductas se produce la muerte o enfermedad grave de alguna persona.

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09/08/2022

Posibilidad de comisión del delito de grooming por personas menores de edad: Derecho comparado.

El doctrinalmente llamado grooming o child grooming es una forma delictiva de acoso sexual por parte de un adulto que se pone en contacto con un niño, niña o adolescente con el fin de ganarse poco a poco su confianza para luego involucrarle en una actividad sexual. Por lo general este delito está tipificado de forma tal que el partícipe es siempre un mayor de edad, que lo comete contra un menor de edad. La comisión de este delito (tipificado como “abuso sexual impropio o indirecto o exposición de menores a actos de significación sexual”) por personas menores de edad en Chile no implica para éstas un tratamiento diferente en cuanto al tipo penal básico.

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09/08/2022

Los alimentos de función terciaria (o alimentos funcionales) en la legislación comparada: los casos de Japón, Estados Unidos y la Unión Europea

Esta minuta se refiere a los llamados “alimentos de función terciaria”, conocidos más transversalmente como “alimentos funcionales”. En la primera parte se intenta aclarar este concepto y cuál es su origen, mientras que en la segunda parte se analizan tres regulaciones comparables: Japón, Estados Unidos y la Unión Europea. Finalmente, en las conclusiones se sistematizan las similitudes y diferencias de estas regulaciones.

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08/08/2022

NFTS (not fungible tokens) desde una perspectiva jurídica

Los Non-Fungible Tokens o NFT son un tipo de criptoactivo consistente en un activo digital único, comerciable, transferible a lo largo de mercados digitales de finanzas descentralizadas (DeFi), respaldados a través de contratos inteligentes y se aloja en el ecosistema digital conocido como blockchain. La tecnología blockchain (cadena de bloques) es una red de servidores descentralizada, con bloques o nodos enlazados y asegurados usando criptografía. El NFT es una ficha digital única, irrepetible e inhackeable, es una manera de añadirle a un objeto digital -foto, video, animación, canción, PDF, libro, escultura, etcétera- un certificado de autenticidad que registra el valor de partida, todas las transacciones que se hayan hecho, y a su autor. La transferencia de un NFT desde un usuario hacia otro no implica el traspaso del dominio del bien ni transferir derechos de propiedad intelectual o copyright. Todo lo que contenga un NFT debe ser de propiedad de su creador o éste debe tener, a lo menos, alguna licencia o derecho (a través de una cesión, por ejemplo) para utilizar lo que en él contiene. Existen distintos tipos de fraudes asociados a este mercado, tales como: la tokenización, los intercambios simulados, el empleo de información privilegiada, la acuñación “zombie” y el lavado de dinero, además de diferentes problemas asociados a su regulación legal relativos a la mantención del almacenamiento, derechos de royalties, protección de datos personales, derechos de propiedad intelectual, cumplimiento de los contratos inteligentes en las ventas y transferencia; y la aplicación de impuestos a dichas transacciones.

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04/08/2022

Sobre la denuncia de tratados de Derechos Humanos en relación a la abolición de la pena de muerte.

La protección del derecho a la vida se encuentra establecida en tratados internacionales de Derechos Humanos, por tanto, la pena de muerte, sentencia de carácter definitivo para la vida de la persona condenada, ha sido condicionada en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos solo respecto de los delitos más graves, previa sentencia definitiva de un tribunal competente, excluyendo de su aplicación a grupos especiales de personas. En el sistema universal de derechos humanos estas restricciones se encuentran establecidas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), y su Segundo Protocolo Facultativo destinado a abolir la pena de muerte. Y en el contexto interamericano, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y su Protocolo relativo a la Abolición de la Pena de Muerte. Además de otros tratados que contemplan la proscripción de la pena capital para grupos especiales como menores de edad y mujeres embarazadas. Por otra parte, la posibilidad de denunciar o retirarse de un tratado internacional para terminar la vigencia de su aplicación en una jurisdicción determinada se encuentra establecida en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Allí se determina que la denuncia o retiro de un tratado procede si en el texto del tratado existe una cláusula explícita que habilite a ello, o mediante el consentimiento de las partes contratantes. De no existir una disposición al respecto, el tratado no podrá ser objeto de denuncia o retiro a menos que haya sido intención de las partes admitir esta posibilidad o que a partir de la naturaleza del tratado se infiera la existencia del derecho a denuncia.

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03/08/2022

Delitos del artículo 366 Quáter del Código Penal: Análisis y jurisprudencia.

El articulo 366 quáter del Código Penal sanciona el abuso sexual infantil impropio, describiendo varias conductas en que no existe contacto físico entre el sujeto activo y la víctima, y que luego de la última modificación (año 2007) incorpora el fenómeno conocido como grooming. En el caso específico del delito contemplado en el inciso segundo del artículo 366 quáter, la doctrina y la jurisprudencia revisada coinciden en que se trata de un delito de resultado, en que éste último se produce cuando el menor es “determinado” a realizar acciones de significación sexual o a enviar, entregar o exhibir imágenes o grabaciones de su persona o de otro menor de 14 años de edad, con significación sexual; pero existe discrepancia en cuanto a la forma en que se entiende cumplido el resultado, lo que depende a su vez del significado que se dé al término “determinar”. Algunos fallos entienden que en el caso de las imágenes o grabaciones, el resultado se produce cuando el menor es convencido de enviar, entregar o exhibir las imágenes, mientras que otros fallos, de Cortes de Apelaciones, entienden que el resultado se produce cuando el menor efectivamente las envía o exhibe.

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02/08/2022

Limitaciones al derecho al sufragio de personas que reciben ayudas del Estado.

Esta minuta analiza si en la legislación comparada existen limitaciones al voto de personas que reciben ayudas del Estado a través del nivel central o comunal, es decir, legislaciones destinadas a prevenir cooptación política o electoral.

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02/08/2022

Sistemas tributarios en Estonia e Irlanda Aspectos generales.

El sistema fiscal estonio cuenta con impuestos estatales y locales. Respecto al impuesto a la renta, de carácter estatal, su rasgo más significativo es que las empresas no tributan sobre el resultado del ejercicio, sino sobre las utilidades distribuidas, aplicándose una tasa única a la renta obtenida por personas físicas o jurídicas. El impuesto a la renta para las personas físicas es de 20% y sería un impuesto proporcional, para las empresas, la tasa va desde 14% hasta 20%. La tasa más alta se aplica a los dividendos pagados a personas jurídicas. Por su parte, el sistema fiscal irlandés incorpora los siguientes elementos impositivos: impuestos sobre la renta de sociedades y de personas físicas, sobre las ganancias de capital (33%), sobre la propiedad, herencia y donaciones (33%, aunque hay tramos, impuesto al valor agregado (la tasa general es 23%, con tasas reducidas de 13,5%, 9% o 4,8%), junto con un sistema de contribuciones a la seguridad social.

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