Asesoría Parlamentaria

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Usted buscó por: Derecho
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12/07/2022

Posibilidad legal de decretar prisión preventiva en simples delitos

La Constitución Política de la República (CPR) permite la libertad del imputado, pero habilita al juez para decretar la prisión preventiva en ciertos supuestos, algunos de ellos alternativos. Uno de ellos es que el juez la considere necesaria para la seguridad del ofendido o de la sociedad. Luego, el artículo 140 del Código Procesal Penal (CPP) dispone que para estimar si la libertad es o no peligrosa para la seguridad de la sociedad, el tribunal debe considerar, entre otros hechos, el número de delitos que se imputare y el carácter de los mismos y la existencia de procesos pendientes. Puntualmente, el artículo 140, inciso cuarto, CPP, establece que se entiende especialmente que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad: a) cuando los delitos imputados tengan asignada pena de crimen; b) cuando el imputado hubiere sido condenado con anterioridad por delito al que la ley señale igual o mayor pena, sea que la hubiere cumplido efectivamente o no; y c) cuando se encontrare sujeto a alguna medida cautelar personal. como orden de detención judicial pendiente u otras, en libertad condicional o gozando de alguno de los beneficios alternativos a la ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad contemplados en la ley.

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12/07/2022

Los Sistemas de Justicia en la propuesta de nueva Constitución. Principales contenidos y su comparación con la Constitución vigente

La propuesta de nueva Constitución, que será plebiscitada el próximo 4 de septiembre de 2022, contiene en su Capítulo IX la regulación de los “Sistemas de Justicia” que, de aprobarse la opción que aprueba la nueva Constitución, reemplazaría al actual Capítulo VI del texto constitucional vigente, denominado “Poder Judicial”. En el texto propuesto se regulan, principalmente, los tipos de jurisdicción que se reconocen, sus principios, el Sistema Nacional de Justicia y los tribunales que la integran, así como el Consejo de la Justicia. Se contemplan también las normas transitorias aplicables, que determinan los plazos y formas de entrada en vigencia de las disposiciones. La regulación propuesta innova en diversos ámbitos. Se consagran derechos fundamentales relacionados con el acceso a la justicia y el debido proceso (derecho a defensa, a un proceso razonable y justo, a ser oído, etc.), así como, el derecho a acceder a una justicia ambiental, a una justicia con perspectiva intercultural y a asistencia y ajustes por edad o discapacidad. Se establecen acciones constitucionales, entre ellas, la de protección que se diferencia en al menos dos relevantes ámbitos con el actual recurso de protección y se crea el Servicio Integral de Acceso a la Justicia, para la asesoría, defensa y representación letrada. La función jurisdiccional (conocer, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado) es reconocida a los tribunales de justicia establecidos por ley (Sistema Nacional de Justicia) y también a las autoridades de los pueblos y naciones indígenas que sean reconocidos por la Constitución o la ley (Jurisdicción Indígena). Se otorga reconocimiento a los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, los que deben coexistir en igualdad con el Sistema Nacional de Justicia y se consagran como principios de la jurisdicción, la plurinacionalidad, el pluralismo jurídico, la interculturalidad, la paridad, la perspectiva de género y la justicia abierta.

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06/07/2022

Protección a la paternidad: Fuero paternal Legislación extranjera (actualizado a junio de 2022)

El fuero o inamovilidad en el puesto de trabajo constituye un mecanismo de protección al trabajo para determinadas personas que lo requieren por ciertas circunstancias, evitando así ser discriminados o ser objetos de represalias. En particular, el fuero paternal ha respondido a una evolución cultural y jurídica sobre el derecho a la conciliación de vida personal, familiar y laboral del trabajador(a) y la responsabilidad compartida en el cuidado de los hijos. La OIT tiene varios convenios que protegen la maternidad, determinando en ellos la imposibilidad de notificar un despido en el periodo del descanso maternal. Pero es el Convenio N° 156 quien otorga una protección al trabajador(a) con responsabilidad familiar al disponer: “La responsabilidad familiar no debe constituir de por sí una causa justificada para poner fin a la relación de trabajo”. En nuestra legislación, el fuero paternal procede frente a una imposibilidad física de la madre o por la transferencia que la misma hace en virtud del postnatal parental. Es decir, es un derecho radicado en la madre trabajadora. Por su parte, en los países analizados: Bolivia, España, Islandia, Noruega, y Suecia también se contempla esta protección pero como un derecho de los padres trabajadores que responde a la corresponsabilidad de estos en la vida familiar.

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06/07/2022

Concejo Municipal y Consejo de organizaciones de la sociedad civil: atribuciones, publicidad y eventual transmisión de sesiones.

Los concejos municipales son órganos encargados de hacer efectiva la participación de la comunidad local y ejercer funciones normativas, resolutivas y fiscalizadoras. Tienen tres tipos de atribuciones: i) exclusivas que son aquellas que ejerce directamente sin que requiera una proposición previa del Alcalde; ii) con acuerdo, que son aquellas que inciden en atribuciones del Alcalde, pero que, para su ejercicio, requiere de acuerdo previo del Concejo y finalmente iii) las que requieren que el Concejo sea previamente consultado por el Alcalde. Por su parte, Los concejos de organizaciones de la sociedad civil (COSOC) de las municipalidades son una instancia que busca asegurar la participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna. Sus atribuciones, en términos generales, se refieren a formular propuestas o consultas, generar observaciones, solicitar información o pronunciarse.

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06/07/2022

Comparación de regímenes tributarios de Zonas Francas: Chile y Perú.

En Chile y Perú existen similares regímenes tributarios y aduaneros preferenciales, aunque con distintas denominaciones, establecidos en Zonas Francas. En Chile, dependiendo de los beneficios y exenciones aplicables, existen distintos tipos de Zonas Francas: a) Zonas Francas Primarias: Recintos Francos de Iquique (incluye Alto Hospicio) y Punta Arenas. b) Zonas Francas de Extensión: Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén y Magallanes, y la Provincia de Palena (Región de los Lagos). Por su parte, en Perú, en la Zona Comercial en Tacna (Zofratacna) existe una franquicia aduanera para el turismo, donde se permite la importación de artículos de equipaje, liberados de tasas arancelarias o aduaneras, al resto del territorio nacional hasta en tres oportunidades en un periodo de 12 meses, a turistas que visiten la Zona Comercial en Tacna.

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04/07/2022

Institucionalidad de prospectiva en el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación: el caso del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología Conocimiento e Innovación para el Desarrollo (CTCI).

En esta minuta se analiza cómo la labor del Consejo de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para el Desarrollo (CTCI) ha fortalecido el rol del análisis prospectivo para el sistema de innovación en general. Para captar adecuadamente este desarrollo, la minuta se centra en los cambios progresivos que ha tenido la institucionalidad de la innovación a través de los distintos gobiernos desde 2005. Mediante dicho análisis es posible identificar de mejor forma las características originales de la configuración institucional actual.

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29/06/2022

La aplicación de la evaluación de impacto ambiental en el tiempo

Los regímenes de evaluación de impacto ambiental suponen la concreción de distintos criterios de aplicabilidad. La aplicación en el tiempo a actividades autorizadas a la época de la entrada en vigor de dicho instrumento de gestión es uno de ellos. No existe en derecho comparado una única solución al respecto. Ya sea expresamente, o de manera interpretativa, mientras que algunos países han optado por excluir tales actividades de la evaluación de impacto ambiental (sin perjuicio de hacer aplicables a tales obras la regulación general de la protección del ambiente), otros han decidido comprender también tales proyectos. El primer modelo caracteriza las soluciones vigentes en el derecho chileno, francés y colombiano. En cambio, la segunda solución es susceptible de ser aplicada en el derecho boliviano, peruano y ecuatoriano.

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29/06/2022

El régimen de los defensores ambientales en Derecho comparado.

La noción de defensor ambiental ha sido formulada bajo un alcance amplio, susceptible de comprender personas jurídicas o naturales. En cada uno de estos casos la defensa medioambiental podrá ser general (si es desarrollada por una defensoría pública o un defensor de derechos humanos) o específica (si es ejercida por una defensoría o defensores especializados). En aplicación del art. 9 del Acuerdo de Escazú, diferentes medidas de protección han sido adoptadas o propuestas a favor de personas naturales, como su inviolabilidad ante ciertos actos, restricciones a la persecución penal o administrativa, creaciones de fondos, sistemas de alerta temprana y, en fin, medidas urgentes ante riesgos.

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28/06/2022

Inejecutabilidad de bien raíz de deudores con discapacidad: Comparado con boletines refundidos Nºs 8.096-32 y 8.128-32.

El Proyecto de Ley que establece la inembargabilidad del bien raíz que sirva de residencia para personas con discapacidad (boletín Nº 8.729-31) propone modificar el Código de Procedimiento Civil agregando un nuevo artículo 445 bis A, declarando inejecutable el bien raíz de una persona con discapacidad. Conforme con sus disposiciones, para beneficiarse de la inejecutabilidad es necesario que se cumplan – copulativamente- una serie de condiciones que dicen relación tanto con la persona del deudor como con las características del inmueble de que se trate.

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24/06/2022

Elementos configuradores de la relación laboral en el derecho comparado: Chile, Argentina, México, Perú, España y Francia.

Con el objeto de analizar cuáles son los elementos configuradores de la relación laboral en la legislación comparada, se revisó la legislación de los siguientes seis países: Chile, Argentina, México, Perú, España y Francia. Revisada la legislación extranjera, se observa que: tanto en la normativa de Chile (en el Código del Trabajo) como de Argentina (en la Ley Federal del Trabajo) y de España (en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores) se define el contrato de trabajo y, en el caso de Argentina, además, se establece aquello que debe entenderse por relación de trabajo; en cambio, la legislación de México (la Ley Federal del Trabajo) entrega una definición de la relación laboral. En cuanto a Perú, la legislación laboral no contiene una definición explícita de la relación laboral, tampoco del contrato de trabajo, sin embargo, se describe una situación de hecho respecto de la cual es posible presumir la existencia de este último y, consiguientemente, la de una relación laboral. La legislación de Francia (Código del Trabajo) no define la relación laboral, -tampoco contrato de trabajo-, lo que no obsta el uso de esta noción jurídica, ni menoscaba su gran importancia tanto en la legislación como en las políticas nacionales laborales.

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