Asesoría Parlamentaria

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Usted buscó por: Derecho
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16/05/2023

El impuesto rosa, gender tax, pink tax o tasa invisible y sus efectos: Experiencia comparada.

La expresión "Impuesto de Género", gender tax, pink tax, impuesto rosa o tasa invisible, no correspondería en un sentido estricto a un impuesto propiamente tal, sino que se refiere al sobreprecio que pagarían las mujeres por bienes y servicios similares a los que compran los varones. Este sobreprecio sería un fenómeno común en distintos países, cuyo impacto para las mujeres se debe a la vinculación entre mujer, hogar y las labores asignadas al género, aspecto que explicaría el mayor impacto en las decisiones de consumo. Siendo así, el mercado las convierte en un target para dedicar el marketing y las estrategias de consumo.

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15/05/2023

Selección de Proyectos de Ley: Autora Senadora Claudia Pascual Grau.

Se solicita la elaboración de un documento que dé cuenta de los proyectos de ley en que ha firmado la Honorable Senadora Claudia Pascual Grau. Para realizar la búsqueda se consultó la base de datos de Tramitación de Proyectos de Ley del Congreso Nacional (SIL), que contiene la información legislativa de los proyectos presentados desde el 11 de marzo de 1990 hasta la fecha. En total se encontraron 17 proyectos de autoría de la parlamentaria, los cuales se encuentran en el siguiente estado: 12 en tramitación, 11 de los cuales cumplen con su primer trámite constitucional y 1 con su segundo trámite constitucional. Finalmente, 5 se encuentran publicados como ley.

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15/05/2023

Regulación de la destrucción de documentos públicos secretos, reservados o con datos sensibles.

La legislación nacional define documento de manera general. Sin perjuicio de ello, puede entenderse que es “una cosa representativa de hechos” que contiene información y que puede ser consultada con posterioridad a su creación. Por su parte, un documento público requiere la presencia de alguno de los siguientes tres criterios: concurrencia de la fe pública; su origen y si cumplen función pública, o la suma de los dos criterios anteriores (Meneses, 2017). Un documento es reservado o secreto cuando se trata de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.

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09/05/2023

Secreto y reserva bancaria: Régimen nacional y ejemplos de legislaciones extranjeras.

La legislación nacional consagra el secreto bancario y la reserva bancaria. El primero está establecido para ciertas y determinadas operaciones expresamente señaladas en la ley, respecto de las cuales la legislación vigente las somete a un régimen estricto de protección. El secreto bancario no es absoluto y reconoce limitaciones, en virtud de las cuales la información protegida puede disponerse bajo ciertos supuestos legales: cuando una disposición legal expresamente lo autorice; o cuando por resolución de la justicia se ordene la remisión o examen de antecedentes para ciertas operaciones y bajo determinados supuestos. Existiendo autorización legal, el procedimiento para levantar el secreto varía según la autoridad de control de que se trate (Ministerio Público; Comisión para el Mercado Financiero; Servicio de Impuestos Internos y Unidad de Análisis Financiero). En todos, sin embargo, se requiere resolución previa de algún órgano jurisdiccional. Un elemento diferenciador entre estos casos, es la notificación o audiencia previa, que permita al titular de dichos antecedentes conocer la solicitud y los hechos que la justifiquen.

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09/05/2023

Secreto y reserva bancaria en Chile y en la legislación extranjera.

La legislación nacional consagra el secreto bancario y la reserva bancaria. El primero está establecido para ciertas y determinadas operaciones expresamente señaladas en la ley, respecto de las cuales la legislación vigente las somete a un régimen estricto de protección. El secreto bancario no es absoluto y reconoce limitaciones, en virtud de las cuales la información protegida puede disponerse bajo ciertos supuestos legales: cuando una disposición legal expresamente lo autorice; o cuando por resolución de la justicia se ordene la remisión o examen de antecedentes para ciertas operaciones y bajo determinados supuestos. Existiendo autorización legal, el procedimiento para levantar el secreto varía según la autoridad de control de que se trate (Ministerio Público; Comisión para el Mercado Financiero; Servicio de Impuestos Internos y Unidad de Análisis Financiero). En todos, sin embargo, se requiere resolución previa de algún órgano jurisdiccional. Un elemento diferenciador entre estos casos, es la notificación o audiencia previa, que permita al titular de dichos antecedentes conocer la solicitud y los hechos que la justifiquen.

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09/05/2023

Penas alternativas a la privación de libertad: Argentina, Brasil, Costa Rica, España, EE.UU., México y Perú.

Revisados los sistemas de penas alternativas a las restrictivas o privativas de libertad en las legislaciones de Argentina, Brasil, Costa Rica, España, Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.), México y Perú, se constata que entre dichos países las medidas más reiteradas son, bajo distintas denominaciones y modalidades, la suspensión condicional del procedimiento, la suspensión condicional de la condena, y los trabajos en beneficio de la comunidad. En este último caso, en ocasiones ésta no suele ser medida en sí misma, sino una condición o requisito de otras medidas. Respecto a las personas menores de edad, los países latinoamericanos cuentan, en sus respectivos sistemas de justicia juvenil, con diversas medidas sustitutivas o alternativas a la detención, tanto preventiva como definitiva, de conformidad con las normas y estándares internacionales sobre la materia.

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09/05/2023

Derecho a la libertad de expresión en las Américas.

Esta Minuta ha sido elaborada para apoyar la participación de la delegación de la Cámara de Diputadas y Diputados en la reunión de la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO), que tendrá lugar en Ciudad de Panamá en mayo de 2023. En particular, entrega antecedentes para participar en la deliberación sobre “Derecho a la libertad de expresión”, que es el cuarto tema sustantivo del orden del día. La libertad de expresión es una garantía fundamental para asegurar la autonomía de las personas, el Estado de derecho y las instituciones democráticas. En este sentido, se reconoce como un derecho fundamental en diversos instrumentos internacionales, en reiterada jurisprudencia de tribunales internacionales y regionales, y en la doctrina destinada a investigar el tema. Según se establece en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la libertad de expresión comprende el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

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09/05/2023

Los neuroderechos en el debate académico actual y en la experiencia comparada

Esta minuta aborda la conceptualización de los neuroderechos, el debate académico en torno a esta nueva categoría de derechos y los avances que se han generado en la legislación comparada. Para ello, la presente minuta se referirá al concepto de neuroderechos, a la discusión académica en torno a ellos y, finalmente, se revisarán las experiencias comparadas en torno a su institucionalización, con énfasis en el caso chileno.

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08/05/2023

Principales aspectos sobre los derechos lingüísticos de los Pueblos Indígenas: Derecho Internacional, legislación nacional y propuestas legislativas.

El Derecho Internacional de los Derechos Humanos, reconoce los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas, en su dimensión individual y colectiva y fija estándares en materia de promoción, protección, respeto y garantía, junto con establecer la obligación del Estado de adoptar medidas para asegurar su ejercicio. Estos estándares están en el Convenio N° 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas (2007) y la Americana (2016) sobre los derechos de los pueblos indígenas. A nivel nacional, tanto la Ley sobre desarrollo indígena y la Ley General de Educación, establecen normas relacionadas con la enseñanza de las lenguas indígenas.

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