Asesoría Parlamentaria

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Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014

Usted buscó por: Derecho
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10/01/2024

Incentivos para el cierre de investigaciones penales en países de Latinoamérica.

El requirente solicitó información relativa a la existencia de incentivos a los fiscales para cerrar o terminar investigaciones penales en la legislación extranjera, considerando eventuales restricciones en determinados delitos. No se ha podido encontrar legislación expresa al respecto, por lo que se ha recurrido a información referencial como opiniones de autores u organismos internacionales referidas a la materia consultada.

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10/01/2024

Delitos funcionarios en Chile y en la legislación extranjera: Aspectos generales.

En Chile no hay una definición legal de delitos funcionarios, pero no habría discusión en cuanto a que son aquellos que exigen que el sujeto activo sea funcionario público y cuyo bien jurídico protegido es la probidad administrativa, entendida esta última como la recta administración del Estado mediante sus agentes -empleados públicos-, y que pueden cometerse en la Administración del Estado, en sus organismos centralizados o descentralizados, entidades autónomas, Municipalidades o Gobiernos Regionales. Por lo anterior, no existe un listado único de tales delitos, los que se encuentran dispersos en el Código Penal y otras normas penales.

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03/01/2024

Los neuroderechos en el debate académico actual y en la experiencia comparada.

Esta minuta aborda la conceptualización de los neuroderechos, el debate académico en torno a esta nueva categoría de derechos y los avances que se han generado en la legislación comparada. Para ello, la presente minuta se referirá al concepto de neuroderechos, a la discusión académica en torno a ellos y, finalmente, se revisarán las experiencias comparadas en torno a su institucionalización, con énfasis en el caso chileno.

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21/12/2023

Proyecto de Ley de inclusión laboral de personas con discapacidad : Principales aspectos modificatorios de su segundo trámite legislativo

El proyecto de ley “que modifica cuerpos legales que indica, que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez” fue objeto de diversas modificaciones durante su discusión en segundo trámite legislativo en la Cámara de Diputadas y Diputados. Sobre dichas modificaciones se han pronunciado los invitados a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, quienes se han centrado, principalmente, en materias referidas a reglamento y protocolo de trato; sistema de donaciones, especialmente respecto de su uso como medida subsidiaria de cumplimiento, el destino de las donaciones, la regulación de conflictos de interés entre donante y donatario, entre otros aspectos asociados a esta materia; régimen infraccional aplicable frente al incumplimiento de las normas de inclusión laboral de personas con discapacidad; medidas alternativas y subsidiaras de cumplimiento de la cuota de contratación y, barreras para el ingreso de personas con discapacidad a la Administración del Estado.

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21/12/2023

Proyectos de ley que podrían estar vinculados con el contenido del Boletín N° 11.144-07.

El presente documento, elaborado por solicitud de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, señala cuales son las otras iniciativas legales que pudiesen abordar la misma materia que el contenido del Proyecto de Ley, Boletín N° 11.144-07, que “Regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales.”. Actualmente se tramita el Proyecto de ley, Boletín n° 15766-03, ingresado el 22/03/2023, en Primer trámite constitucional en el Senado, que regula la obtención y el tratamiento de datos personales mediante la utilización de dispositivos electrónicos. El elemento en común entre este proyecto y el contenido en el Boletín n° 11.144-07, es que ambos regulan el consentimiento en el tratamiento de datos personales; y en particular, el boletín 15766-03, solo mediante uso de datos personales en dispositivos electrónicos.

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19/12/2023

Regulación licencias de conducir de adultos mayores. Experiencia comparada (actualizado) Australia, Canadá, Colombia, España, Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.), Francia y Nueva Zelanda.

La Comisión Europea señala que hoy las personas de 75 años son tan vitales como lo fueron las personas de 65 años en el pasado, por cuanto han pasado a conformar el grupo etario conocido como “adulto mayor”. Los procedimientos de otorgamiento de licencia de conducir al adulto mayor varían, desde sistemas menos regulados, donde las exigencias de renovación están asociadas a tramos por edad. En Colombia, hasta los 60 años de edad, la licencia se renueva por un periodo de 10 años, que en Francia es cada 5 años. En tanto, en España las personas hasta 65 años renuevan cada 10 años. Luego, en un segundo tramo, en Colombia, entre los 60 y 80 se reduce el plazo de renovación obligatoria a cada 5 años, que en Francia es, entre los 60 y los 65 años de edad, cada 2 años. En España, sobre los 65 años de edad deben renovar cada 5 años. Finalmente, en un tercer tramo, en Colombia, a partir de los 80 años la renovación es anual, que en Francia ocurre a partir de los 66 años de edad. En Indiana (EE.UU.) los rangos afectan a las personas de mayor edad, pues hasta los 75 años la licencia se renueva cada 6 años, sobre los 75 años cada 3 años y sobre los 85 años cada 2 años. Por otra parte, existen modelos con mayor regulación, que buscan diferenciar los conductores aptos y no aptos de aquellos seguros y de riesgo. En Nueva Zelanda, el proceso de renovación comienza a partir de los 75 años y una vez cumplidos los 80 años, cada 2 años los conductores deben realizarse exámenes médicos, a la vista y, si el médico lo recomienda, un examen en carretera y/o ser derivado a un especialista. A su vez, Australia y Canadá han implementado diferentes licencias y procedimientos de acuerdo a la edad. Por ejemplo, en el estado de Australia Occidental, cada año, a partir de los 80 y 84 años, el Departamento de Tránsito decide –en base a la declaración de salud y al certificado médico– si la persona es o no apta para conducir y si la persona es mayor de 85 años, cada año se suma un examen en carretera y, en Canadá, específicamente en Ontario, el proceso comienza con la recepción de un formulario de autodeclaración. Mientras que en Quebec, al proceso que enfrentarán los mayores de 80 años se acompaña un video y un manual, así como la obligación de asistir a una sesión grupal previa a la prueba en carretera. En general, todos los países exigen aptitudes físicas y mentales para otorgar una licencia de conducir.

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19/12/2023

Regulación nacional y española sobre “casas rodantes”.

se describen las normas nacionales y españolas relativas a las llamadas “casas rodantes”. Para la Real Academia de la Lengua (2023), “casa rodante” es un término que se usa en varios países americanos para referirse “tanto al remolque como al vehículo automóvil acondicionado como vivienda”. La regulación nacional sobre las llamadas “casas rodantes” es escasa y dispersa.

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19/12/2023

Legislación extranjera sobre “cuota laboral” para personas en situación de discapacidad. Argentina, Brasil, Ecuador, Perú y Uruguay.

Se informa sobre la legislación de Argentina, Brasil, Ecuador, Perú y Uruguay en materia de “cupos laborales” para personas en situación de discapacidad. Por “cupo laboral” se entiende la reserva de empleos para personas en situación de discapacidad, generalmente determinada en un porcentaje respecto de la dotación del personal de una organización. Todos los países analizados establecen cupos laborales para personas en situación de discapacidad, sea en el sector público y/o privado. En Argentina, el deber de contratación pesa sobre el Estado nacional en general y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos. El porcentaje establecido para cupos laborales no puede ser inferior al 4% de la totalidad del personal. La ley autoriza a los empleadores a deducir impuestos a las ganancias por la contratación. Por su parte, en Brasil existe un deber constitucional de reservar un porcentaje de cargos y empleos públicos para personas en situación de discapacidad. La Ley extiende al deber al sector privado. El porcentaje varía entre el 2% y el 5% según el número de trabajadores.

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15/12/2023

Suspensión del régimen comunicacional por violencia contra la mujer. Doctrina y legislación extranjera: Argentina, España y Uruguay.

El régimen comunicacional o derecho-deber de comunicación se define en la doctrina como aquel que tiene el progenitor que no ejerce el cuidado personal con sus hijos menores de edad. Se trata, de un derecho bifronte, en el sentido que es tanto un derecho del progenitor que no ejerce el cuidado personal, como un derecho del hijo a mantener una relación con el progenitor no conviviente. También la doctrina destaca que, en las situaciones de violencia intrafamiliar y/o de género contra la mujer, existen parámetros indiscutibles a considerar al momento de establecer un régimen comunicacional, a saber: i) la relación violenta del padre con la madre es un factor de riesgo a analizar al determinar un régimen de visitas y de custodia de los hijos con el padre; ii) descartar que la forma de ejercer violencia contra la madre no constituya una violencia invisibilizada con el hijo y; iii) ponderar la forma en que se lleva a cabo el contacto con el hijo para que la relación entre el padre - hijo no constituya un riesgo para la madre, sobre todo cuando existe una prohibición de acercamiento del agresor.

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13/12/2023

La gestión de los puertos en Chile y Perú

La regulación del desarrollo portuario de Chile y Perú fue objeto de reformas legales importantes a partir de los años 90, incluyendo la introducción del sistema de concesiones y las Asociaciones Político-Privadas (APP) para la modernización de su infraestructura portuaria. Actualmente, los sistemas portuarios de ambos países siguen el modelo de organización de tipo landlord, en el que el en el que el Estado propietario de la infraestructura portuaria concesiona la administración de la misma y de los restantes servicios portuarios en el sector privado.

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