Labor Parlamentaria
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Antecedentes
- Cámara de Diputados
- Sesión Ordinaria N°48
- Celebrada el 04 de julio de 2019
- Legislatura número 367
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Intervención
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE TIPIFICACIÓN DEL DELITO DE VIOLACIÓN (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11714-07)
Autores
El señor AUTH (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo .
La señorita VALLEJO (doña Camila) .-
Señor Presidente, por cierto, agradezco las intervenciones que apoyan esta iniciativa.
Quiero poner en contexto ciertas situaciones que han ocurrido.
Todos quienes somos padres o madres hemos dicho más de alguna vez que haríamos cualquier cosa por nuestros hijos o hijas, que somos capaces de morir por ellos y ellas. Me gustaría que, por un momento, pensaran en sus hijos y en esa idea.
Esto fue lo que pensaba una mujer boliviana que visitaba Chile el 2007. Esa mujer fue secuestrada y encerrada durante tres meses bajo la amenaza de que la matarían a ella y a sus hijos. Durante ese tiempo fue violada y sometida a golpes con cadenas, fierros, palos, pies y puños. Aunque todas sus lesiones fueron constatadas por un perito, el tribunal en su fallo absolvió al imputado porque no dio por probada la falta de consentimiento necesario para configurar el tipo penal.
El fallo establece textualmente que “de acuerdo a las lesiones efectivamente constatadas de acuerdo a la declaración del perito, no se condicen con el nivel de agresión que señala la víctima en su declaración.”. A su vez, señala que “la entidad de las lesiones no son tales como para suponer que constituían un medio idóneo para quebrantar su voluntad y retenerla por casi tres meses”.
Peor todavía, la psiquiatra perito señaló que, al tener la víctima educación, las amenazas de matar a sus hijos no eran suficiente para que no se resistiera a la agresión. Se indica que la mujer “contaba con una educación secundaria completa, lo que permite suponer que con ese nivel de educación se requiere algo más que simples amenazas para doblegar su voluntad”.
Además de ser víctima de uno de los peores crímenes que existen, esta mujer debió soportar todo el aparataje de un sistema que la juzga y la pone a prueba, que decide por ella cuándo hay una violación y cuándo no.
Otro caso es el vivido por Gabriela Marín Mejías , joven chilena de 23 años, educadora de párvulos y madre de dos niños.
Gabriela fue violada por tres agresores el 7 de agosto de 2012, en San Fernando. Fue brutalmente agredida, golpeada y violada, incluso haciendo uso de piedras. Pese a que Gabriela reconoció a dos de sus atacantes, estos fueron absueltos. La única que fue expuesta y revictimizada en este caso fue Gabriela, quien, ante la ausencia de justicia, decidió terminar con su vida. La joven madre dejó algunas breves cartas rogando por que alguna vez se pudiera hacer justicia para su caso y para los de otras mujeres.
Quiero que tengan en mente el caso de Gabriela cuando escuchen burlas y acusaciones sobre este proyecto de ley, cuando alguien diga que estamos pidiendo una firma en notaría para tener sexo, cuando digan que ahora las mujeres se van a poner a inventar violaciones por venganza. Quiero que puedan entender lo que debe sufrir una mujer, como víctima, en un proceso penal de este tipo, que la cuestiona en su vida sexual, en su privacidad, en su intimidad -ello, sin ni siquiera mencionar el rol que juegan los medios de comunicación-, que incluso la humilla y la expone públicamente. Yo, al menos, no conozco mujeres que quieran y estén dispuestas a pasar por algo así por venganza. Y me parece que ante legislaciones como estas, que buscan entregar justicia principalmente a las mujeres, poner el acento en estas críticas o ridiculizaciones es carecer absolutamente de empatía o de consideración con las mujeres como seres humanos.
De acuerdo con el informe estadístico de la Fiscalía, las denuncias por delitos sexuales observaron un aumento significativo de 24,81 por ciento en 2018 con relación al 2017, lo que significa un total de 28.132 denuncias más, el mayor registro desde el inicio de la reforma procesal penal en Chile.
Es preocupante el aumento del delito de abuso sexual en 25,35 por ciento, y el de violación, que incrementó sus denuncias en 22,9 por ciento. De este total, 71 por ciento de las víctimas son menores de 18 años.
Yo solo estoy mencionando las denuncias; ni siquiera me refiero a las violaciones de hecho que no fueron denunciadas. Por cierto, del total de esas denuncias, no todas llevaron a establecer penas; muchas quedaron en la impunidad.
¿Cuántos delitos de violación y de abuso sexual quedan sin denuncia producto de nuestra legislación, de un sistema que tan seguido deja impune a los victimarios y que, por el contrario, expone a las víctimas al escrutinio público?
Las modificaciones que se proponen al artículo 361 del Código Penal, que fueron aprobadas en la comisión, se encuentran en línea con la Regla 70 de las Reglas de Procedimiento y Prueba para la aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
En cuanto a casos de violencia sexual, la Regla 70 establece:
“a) El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza, la coacción o el aprovechamiento de un entorno coercitivo hayan disminuido su capacidad para dar un consentimiento voluntario y libre;
b) El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando ésta sea incapaz de dar un consentimiento libre;
c) El consentimiento no podrá inferirse del silencio o de la falta de resistencia de la víctima a la supuesta violencia sexual;
d) La credibilidad, la honorabilidad o la disponibilidad sexual de la víctima o de un testigo no podrán inferirse de la naturaleza sexual del comportamiento anterior o posterior de la víctima o de un testigo.”.
¿Qué estamos haciendo nosotros? Adecuar nuestro Código Penal a los estándares internacionales, a lo que establece el propio Estatuto de Roma, lo que ya varios países han hecho, particularmente de Europa.
Si avanzamos en adecuar, modernizar, actualizar a los estándares internacionales nuestra norma penal -en este caso, el Código Penal respecto del delito de violación, seremos el primer país de Latinoamérica que logra avanzar en esa dirección, adelantándonos a muchas discusiones que todavía, lamentablemente, no se dan en los congresos de Latinoamérica.
Esto es necesario y urgente.
¿Qué dice concretamente nuestro Código Penal? Algunos lo han señalado en sus intervenciones. El problema es que el Código Penal chileno, al no incorporar el principio del consentimiento -como bien expresó el diputado Gonzalo Fuenzalida , cuando hay sexo sin consentimiento, es violación-, dice básicamente que, cuando hay una violación por la vía de los hechos, el derecho -en este caso, el derecho penal no lo considera.
Es decir, cuando muchas mujeres u hombres, pero principalmente mujeres menores de edad, sufren una violación por la vía de los hechos, no tienen posibilidad alguna, en nuestro sistema, de acceder siquiera a la justicia, a iniciar un procedimiento judicial, porque se desestima.
La mayoría de los casos de violación se producen porque la mujer se paraliza de miedo. No es que tenga una discapacidad mental ni que esté en estado de coma etílico, sino que sufre una parálisis momentánea, transitoria. Y como eso no está en las circunstancias comisivas del delito, se desestima.
Ni siquiera estoy mencionando las dificultades que tienen que sufrir en el procedimiento judicial; se desestima de entrada, lo cual genera un manto de impunidad tremendo, y la impunidad lleva a que el delito se siga produciendo. Cuando esa mujer no encuentra justicia, no encuentra sanción penal contra su victimario, este queda libre y posibilitado de seguir cometiendo el delito.
Entonces, ¿qué ocurre? Que los delitos sexuales, particularmente la violación, van en aumento en nuestro país.
Por eso este proyecto de ley no solo busca adecuarnos a los estándares internacionales, sino que es también una medida para prevenir otros casos y para dar una señal política de que nuestro Código Penal requiere incorporar la mirada de género, porque, si no, vamos a seguir cometiendo injusticias tremendas contra las mujeres y niñas de nuestro país.
Por eso, señor Presidente, nuestra bancada, al igual que las parlamentarias firmantes del proyecto y los miembros de la Comisión de Seguridad Ciudadana, pedimos el apoyo unánime a esta propuesta, que es de todo sentido común.
No puede ser que haya personas a las que les cueste tanto entender que cuando alguien tiene una relación sexual con quien no ha consentido en ello lo que se produce es una violación, y crean que pueden penetrarla o penetrarlo vía bucal, anal, vaginal, mediante acceso carnal u otro objeto, y que además crean que eso es normal. Eso no está bien.
Nuestra propuesta es establecer posibilidades de justicia, pero también entregar una señal política. Esto tiene que parar, esto tiene que cambiar. Debemos entender de otra forma las relaciones sexuales. Las relaciones sexuales deben ser consentidas, independientemente de su forma o de cuántos participen.
Ese es el centro de la discusión, y para ello también se requiere generar un cambio cultural y no solo penal.
He dicho.