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  • Legislatura Extraordinaria número 330
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Intervención
ACUERDO SOBRE ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO. Primer trámite constitucional.

Autores

El señor MUNIZAGA.-

Señor Presidente, Su Excelencia el Presidente de la República ha enviado al Parlamento el proyecto de acuerdo aprobatorio del acuerdo constitutivo de la Organización Mundial del Comercio, adoptado en el acta final de la Octava Ronda de Negociaciones Multilaterales del Gatt, suscrita el 15 de abril de 1994, en Marrakech, Marruecos .

La Ronda Uruguay del Gatt ha sido, tal vez, el mayor esfuerzo de cooperación y de negociación comercial que ha emprendido la comunidad internacional, y el acuerdo por el que se establece la Organización Mundial, una antigua necesidad, pendiente de resolver desde el término de la Segunda Guerra Mundial.

En efecto, la Conferencia de Bretton Woods, en 1944, había concebido las instituciones que proporcionarían las bases del orden económico mundial: el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la Organización de Comercio Internacional reglamentada en la Carta de La Habana. Las tres instituciones deberían constituirse en la base de la organización económica de postguerra.

Sin embargo, el rechazo del Congreso de los Estados Unidos a la aprobación de la Carta de La Habana frustró el nacimiento de la Organización de Comercio Internacional.

La inexistencia de este organismo dejó un vacío que era imperioso llenar, ya que se debía establecer normas de comercio internacional que permitieran avances en la liberación del comercio. Para llenar este vacío surge el Acuerdo Provisional de Aranceles Aduaneros y Comercio basado en uno de los capítulos de la Carta de La Habana y que se transformó en 1947 en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, Gatt , formado por 23 partes contratantes, entre los que se encontraba Chile como único país en desarrollo.

El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio debería establecer una normativa para propender a una liberación del comercio sobre la base del multilateralismo, la no discriminación y la vigencia de la cláusula de la nación más favorecida.

El Gatt ha sido el marco dentro del cual se han establecido normas concretas para eliminar la discriminación en el comercio internacional y avanzar hacia la reducción de aranceles marco, que se va conformando a partir de 1947 en Ginebra, en ocho rondas de negociaciones.

El efecto sobre el nivel arancelario ha sido significativo. Antes de la Reunión de Ginebra, el promedio de los aranceles de los principales países industrializados superaba el ciento por ciento. Treinta y tres años más tarde los promedios alcanzan niveles inferiores al 10 por ciento. A fines de 1980, el nivel arancelario promedio de Estados Unidos se había reducido al 4,9 por ciento; en la Comunidad Económica Europea al 6 por ciento, y en Japón al 5.4 por ciento.

Tanto por los efectos de esta normativa, como de otros factores, el comercio internacional creció a partir de la década del 50 en forma importante. Entre 1953 y 1963 el ingreso mundial creció a un promedio de 4,3 por ciento anual, y el intercambio a una tasa del 6 por ciento. En la década siguiente, 1963-1973, las tasas fueron aún mayores: ingreso, 5,1 por ciento y el intercambio mundial 8,9 por ciento.

Sin embargo, y a pesar de estos avances, a principios de la década del 80, el comercio internacional se presenta confuso, produciéndose desentendimientos entre países desarrollados y países en desarrollo. Los primeros consideran que los países en desarrollo no cumplen sus compromisos, y éstos consideran que el Gatt representa los intereses de los países desarrollados.

La estructura institucional del Gatt, que había orientado esta posición de liberación, aparecía superada por una modalidad de intercambio internacional que se hacía tremendamente compleja. Los aranceles aduaneros habían perdido significación frente a un sistema de restricciones no arancelarias muy sofisticado, en el cual se refugiaba un creciente proteccionismo que se consolidaba en los países industriales. Por otra parte, el campo de la liberación cubierta por el Gatt resultaba bastante limitado: se reducían las mercaderías industriales; la agricultura estaba exceptuada de las disciplinas del Gatt, perjudicando de manera importante a los países en desarrollo que dependían de una economía agraria; los acuerdos sobre el comercio de textiles habían consagrado un sistema de cuotas y restricciones negociadas ampliamente favorables para los países industrializados, y por último, los servicios no formaban parte del concepto de comercio internacional de la época.

Para superar estas limitaciones se lanzó la Octava Rueda de Negociaciones: la Ronda Uruguay del Gatt. Reunidos en Punta del Este, Uruguay , del 15 al 20 de septiembre de 1986, los ministros de los países miembros del Gatt adoptaron una declaración por la que se inicia la octava ronda de negociaciones comerciales multilaterales, la más ambiciosa: la conocida como Ronda Uruguay del Gatt .

La Ronda Uruguay ha sido tal vez el mayor esfuerzo de cooperación mundial Internacional y ha resultado ser una instancia en la que se ha buscado cuidadosamente un equilibrio entre los intereses de los participantes, habiendo quedado bien establecidos en la declaración de Punta del Este los derechos de los países en desarrollo.

Desde el punto de vista del interés nacional, el Acuerdo que se somete a consideración de la Cámara nos parece positivo, aun cuando, por la extensión de los temas que incorpora, ha resultado imposible, en el tiempo de que disponíamos para su estudio, interiorizamos en detalle de todas sus disposiciones. En todo caso, nos parecen interesantes los siguientes aspectos:

1°. El establecimiento de una organización internacional de comercio con una estructura más fuerte que el Gatt y que consolida los principios que forman parte de la política exterior del país: multilateralismo, no discriminación y cláusula de nación más favorecida.

2°. Se ha fortalecido el principio de la no discriminación al prohibir medidas como las restricciones voluntarias a la exportación, los acuerdos de organización de mercado y el establecimiento de cuotas, debiendo desmantelarse las medidas existentes.

3°. La cláusula de nación más favorecida incorpora las excepciones habituales relacionadas con una unión aduanera o una zona de libre comercio, lo que permite que nuestro país continúe desarrollando su política de regionalismo abierto.

4°. La nueva organización internacional de comercio ha incorporado todos los acuerdos que se habían perfeccionado en el antiguo Gatt, manteniéndose las ventajas al comercio de mercancías e incorporando los servicios y la propiedad intelectual e incursionando en el campo de las inversiones.

5o. Se incorporan al régimen multilateral sectores no cubiertos, como lo son la agricultura, los textiles y confecciones. Sin embargo, la agricultura es el sector en que se producen menos avances hacia un comercio internacional libre, donde la mayoría de los compromisos al respecto son a largo plazo y no disminuirán significativamente el proteccionismo vigente, el cual implica que en los acuerdos comerciales entre un país desarrollado y otro en vías de desarrollo, siempre el sector más impactado en forma negativa del segundo, sea la agricultura. Al respecto, no hay que olvidar que Chile es el país con la agricultura más desprotegida del mundo. Es sabida la oposición que ha existido en el mundo industrial para aceptar que estos sectores se abran a la competencia internacional. En la práctica, la Ronda Uruguay estuvo estancada y peligró su éxito, por la resistencia europea de aceptar que el sector agrícola quedara sometido a la disciplina comercial exigida por las normas del Gatt.

En el caso de la agricultura, se establecen acuerdos sobre medidas sanitarias y fitosanitarias, y se inicia un proceso destinado a incorporar paulatinamente las normas del mercado en el sector. Hay compromisos específicos orientados a disminuir los niveles de los subsidios. En la esfera del acceso a los mercados, las medidas no arancelarias se reemplazan por aranceles que importan sustancialmente el mismo nivel de protección. Sin embargo, el hecho de la arancelización es positivo. Para atenuar el nivel arancelario que resulte debe reducirse éste en un 34 por ciento en el caso de los países desarrollados, y en un 24 por ciento en el caso de los países en desarrollo, en plazos de 6 y 8 años, respectivamente.

En materia de textiles, el acuerdo representa la incorporación a las normas del Gatt de un sector importantísimo del comercio internacional. Los contingentes bilaterales negociados deben disminuirse paulatinamente mientras se perfecciona un proceso de integración del sector a las normas del Gatt, que debe culminar el año 2005.

6o. La Ronda Uruguay ha enriquecido el concepto tradicional de comercio al incorporar el sector servicios y reglamentar las inversiones relacionadas con el comercio. El solo hecho de imponer transparencia a este sector, de evitar la discriminación y someterlo a la norma de la cláusula de nación más favorecida, constituye un aporte a la estructuración de un comercio ordenado. Este nuevo campo contempla normas específicas para permitir la participación de os países en desarrollo.

7°. En relación con las inversiones, la Ronda Uruguay no establece una normativa particular sobre ellas, sino que abordó el problema de las distorsiones que una determinada norma sobre inversiones puede provocar al comercio.

8°. En las consideraciones de las grandes áreas que ha cubierto la Ronda Uruguay, es necesario destacar lo relativo a la solución de controversias. En el Gatt, se ha conseguido una experiencia valiosísima en todo lo relacionado con esta materia. Los paneles han contribuido a superar controversias y a lograr acuerdos convenientes. Los procedimientos en esencia se mantienen, pero se revierte el quorum con que se aceptan o rechazan las decisiones del panel. En la actualidad, el informe del panel, con las conclusiones y recomendaciones, debe ser aprobado por consenso. Ahora, en cambio, se necesita el consenso para rechazarlo, lo que le proporciona mayor automaticidad y eficacia. Este mecanismo es tal vez uno de los elementos más importantes que se ha incorporado al nuevo Gatt , y de vital interés para un país como Chile. Es la forma de impedir las arbitrariedades y la discrecionalidad de los poderosos.

Es imposible abordar todos los temas que trata la Ronda Uruguay. Sin embargo, hay una filosofía que orienta todo el acuerdo, ya sea en el caso de las medidas antidumping, las cláusulas de salvaguardia, las medidas fitosanitarias y el comercio de las empresas estatales. Se trata de establecer orden y racionalidad en la aplicación de estas medidas y permitir que todos apunten a la estructura de un comercio aún más libre.

El señor SOTA (Presidente).-

¿Me excusa, señor Diputado?

Como está previsto votar a las 13:30 y eso no será posible, lo he interrumpido para llamar a una reunión de Comités a fin de decidir la manera de continuar con la discusión y votación del proyecto, porque ése es el acuerdo de la Cámara.

El señor MUNIZAGA.-

Señor Presidente, le solicito que, para no dejar inconclusa mi exposición, me deje terminar y que luego llame a reunión de Comités.

El señor SOTA (Presidente).-

Le ofrezco una excusa, señor Diputado, pero tuve que hacerlo antes de las 13.30, para tomar el acuerdo.

En todo caso, Su Señoría continúa con el uso de la palabra, y después que termine su intervención llamaremos a reunión de Comités.

El señor MUNIZAGA.-

En resumen, la Ronda Uruguay del Gatt ha elaborado un proyecto que ordena el comercio internacional y racionaliza las prácticas de intercambio, orientado a dar un paso en la consolidación de un comercio libre y en la eliminación de la discrecionalidad.

La filosofía que imponen las modificaciones introducidas se orienta en el mismo sentido de nuestra política comercial.

Entre los aspectos que merecen nuestra observación, como lo hemos dicho, está la lenta incorporación al tema agrícola, cuyas características en nuestro país indican que habría sido mejor ir muchísimo más a fondo en el problema, especialmente en lo que se refiere a la eliminación de los subsidios.

También existe preocupación respecto del área textil. Los representantes del sector de trabajadores señalaron en la Comisión que sería importante para ellos incorporarse al Convenio Multifibra, a raíz de la lenta desaparición de éste.

Otra de las materias que afectan al país es la relativa a la prohibición de los subsidios directos a las exportaciones, por lo que no se podría mantener en Chile el actual esquema de reintegros simplificados de exportaciones estableciéndose así un plazo de ocho años para adecuarse a las exigencias.

Para la historia fidedigna de la ley, deberá quedar aclarada la afirmación que consigna el mensaje en su página 10: “Crear una organización supranacional que administre y reglamente la normativa multilateral que regirá el comercio mundial.” Esta calificación jurídica haría suponer que la Organización Mundial del Comercio estaría dotada de poderes suficientes como para obligar al Estado y sus individuos, personas naturales y jurídicas, directamente, sin necesidad de pronunciamiento de las autoridades nacionales. Al respecto, el representante del Ejecutivo aclaró que el mensaje se refería a una organización multinacional, de carácter gubernamental, y no a una supranacional, aclaración que estimo conveniente formular también en la Sala, dado que una organización supranacional sería inadmisible constitucionalmente.

Por otra parte, nos parece que debe mencionarse la indicación presentada por varios miembros de la Comisión, que reemplaza el texto propuesto por el Ejecutivo, acotando adecuadamente los alcances que tendrá su aprobación en el Parlamento, dado que la propuesta original, demasiado amplia, podría generar discusiones acerca del alcance.

Entre los temas que quedaron pendientes para una negociación en el futuro, están los del medio ambiente y el comercio, que deberán tratarse considerando las realidades de los países en desarrollo.

En cuanto a las consecuencias jurídicas de los resultados de la Ronda Uruguay, la Cancillería afirmó que el acuerdo por el que se establece la OMC no tiene consecuencias ostensibles sobre el ordenamiento jurídico chileno, con la salvedad del régimen de cuota que aún no está definido y lo relativo a privilegios e inmunidades que básicamente es un problema del país sede.

El acuerdo sobre las medidas en materia de inversiones relacionadas con el comercio dispone que se cumplan obligaciones existentes bajo el Gatt, de eliminación de restricciones cuantitativas, así como otras exigencias o facilidades concebidas en la medida de la integración nacional o de contenido local.

Estas medidas deben notificarse, y los países en desarrollo tienen un plazo de cinco años para eliminarlas, contados desde la fecha de entrada en vigor de la OMC.

Este acuerdo tiene consecuencias sobre el Estatuto Automotor.

Para Chile cobra singular importancia la aprobación del acuerdo que establece la Organización Mundial del Comercio, por tener una de las economías más abiertas del mundo y porque su tamaño y población, su participación en el comercio mundial es muy pequeña: sólo el 2 por ciento de las exportaciones totales corresponden a Chile, y el 3 por ciento de las importaciones. En consecuencia, no tiene peso para negociar exitosamente con las potencias industriales o con países de mayor participación en el comercio mundial, razón por la que resulta indispensable para nosotros el establecimiento de un marco normativo que sea respetado y que fije las reglas del juego del comercio internacional.

Espero que los grandes países industriales concurran a la aprobación del Acuerdo, especialmente Estados Unidos de América, porque, de no ser así, a partir del próximo año nos veríamos en una situación caótica, difícil de imaginar. En la actualidad, no significaría simplemente retroceder a 1986, sino que todos los Acuerdos que se han ido implementando en la negociación del Gatt, quedarían sin efecto. De esta manera, se produciría un verdadero descalabro en el comercio internacional. Espero que las autoridades del país del Norte sobre quienes recae la responsabilidad de tomar la decisión, estén plenamente conscientes de las consecuencias mundiales que produciría la elección del camino equivocado. No olvidemos que en el pasado el Congreso norteamericano rechazó la Carta de La Habana.

Finalmente, deseo señalar que la aceptación del Acuerdo no tiene un costo mayor para Chile, por cuanto la apertura de nuestra economía es superior a la exigida por el Gatt, siendo extraordinariamente fácil cumplir con sus disposiciones, porque nos autoimpusimos muchas de las normas propuestas.

Por lo tanto, los Diputados de Renovación Nacional, oyendo a un sinnúmero de representantes de organizaciones y gremios, quienes manifestaron unánimemente una opinión favorable al Acuerdo, anunciamos que votaremos por la aprobación del Acuerdo que establece la Organización Mundial del Comercio y lo anexos individualizados.

He dicho.

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