IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA APLICACIÓN TRANSITORIA DEL LÍMITE AL CRÉDITO FISCAL DEL IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIÉSEL
Extracto de circular del Servicio de Impuestos Internos Nº 22, del 5 de junio de 2026, que "Imparte instrucciones sobre la aplicación transitoria del límite al crédito fiscal del impuesto específico al petróleo diésel establecido en el artículo 4º de la ley Nº 21.811, respecto del beneficio regulado en el decreto supremo de Hacienda Nº 311, de 1986, que reglamenta el artículo 7º de la ley Nº 18.502, para los contribuyentes que utilizan dicho combustible en su actividad."
El texto íntegro de este documento está publicado en "www.sii.cl".-
Jorge Rodrigo Trujillo Puentes, Director.