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 Por otra parte, si bien en las sucesivas elecciones, desde el retorno de la democracia, ha habido una tendencia al alza en la representación femenina en el Congreso (ver infografías p. 250 a 253), ésta se ha mantenido baja, considerando que las mujeres constituyen más de la mitad del padrón electoral. Desde 1990 al 2013, el porcentaje de parlamentarias pasó en la Cámara de Diputados del 5,8% a 15,8%; mientras que en el Senado, pasó de un 2,6% a un 15,8%. La magnitud del déficit de representación es significativa al apreciar el panorama regional del 2013, pues Chile se ubica diez puntos bajo el promedio de Las Américas (25.2%)3.
A pesar de la subrepresentación de la mujer en el Congreso, las parlamentarias chilenas han marcado presencia y sus voces se han escuchado con fuerza. Este es el caso de la violencia contra la mujer, tema de preocupación de las parlamentarias desde la llegada a la democracia que recién se consolidaba con la promulgación en 1994 de la Ley N° 19.3254, primera iniciativa para tipificar la violencia intrafamiliar y sancionarla, fruto del trabajo incansable de la entonces diputada Adriana Muñoz D’Albora, quien tuvo el honor el 2002, de ser la primera mujer en ejercer el cargo de presidenta de la Cámara de Diputados de Chile.
Sin embargo, su trabajo no estaba concluido. Debido a diversos problemas en la implementación de la ley, entre los que se encontraba la falta de recursos económicos y humanos capacitados, la ausencia de una judicatura especializada para resolver estos litigios (en los 90 no existían los Tribunales de Familia) y la falta de medidas de control sobre las medidas precautorias y las sanciones, llevaron a que la primera normativa tuviera que ser reemplazada en el 2005 por una segunda ley, la Ley N° 20.0665, de autoría de las diputadas Adriana Muñoz D’Albora y María Antonieta Saa Díaz.
Finalmente, en 2010 vino un tercer cambio, con la aprobación de la Ley N° 20.4806, la que es resultado de una serie de mociones refundidas de diversas parlamentarias y parlamentarios de un amplio espectro político. Esta ley, conocida como “ley del femicidio”, tramitada como respuesta a los numerosos y crecientes homicidios cometidos contra las mujeres por parte de sus parejas o cónyuges, modificó el Código Penal reconociéndolo y sancionándolo, así como también amplió el parricidio a nuevos sujetos activos calificados, a los ex cónyuges o convivientes sin límite de tiempo ni de sexo.
(3) UIP 2014, “Las Mujeres en el Parlamento 2013”. Disponible en: http://bcn.cl/2btbj (4) Disponible en: http://bcn.cl/2abvh
(5) Disponible en: http://bcn.cl/25o5y
(6) Disponible en: http://bcn.cl/272yc
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