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Documentos presentados a comisiones
Proyectos de ley que podrían vincularse al Boletín N°16.777-07.
El presente documento, elaborado para la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados, da cuenta de iniciativas legislativas que pudiesen abordar la misma materia que el contenido del boletín N°16.777-07, que modifica el Código Penal, en materia de internación al territorio nacional de enfermedades animales o plagas vegetales.
Ley N° 21.349. Facultades sancionatorias del Servicio Agrícola y Ganadero
Se analizan las facultades legales del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para notificar, cursar y aplicar multas conforme a la Ley N° 21.349, sobre composición, etiquetado y comercialización de fertilizantes y bioestimulantes. El informe distingue entre obligaciones cuya infracción pueden sancionarse directamente y aquellas que requieren desarrollo reglamentario. Entre las primeras se identifican: la falta de inscripción en el Registro Único Nacional dentro del plazo legal; el incumplimiento de resoluciones fundadas del SAG que restrinjan o prohíban productos riesgosos para la salud humana, animal o la sanidad vegetal; y las falsedades o diferencias graves entre la composición declarada y la composición real del producto. En estos casos, la ley contiene mandatos suficientemente determinados para habilitar la actuación sancionatoria del Servicio. En cambio, existen infracciones que no podrían sancionarse prescindiendo del reglamento, o de disposiciones administrativas complementarias.
Directiva europea sobre denunciantes anónimos: Elementos para una comparación con el derecho chileno.
El documento analiza el tratamiento que la Directiva (UE) 2019/1937 otorga a la protección de las personas denunciantes, con especial atención a los mecanismos aplicables a denuncias anónimas, confidencialidad, canales de denuncia y medidas frente a represalias. Desde ese marco, contrasta el estándar europeo con la legislación chilena vigente, especialmente con la Ley No. 21.592. La Directiva europea establece un estatuto amplio, aplicable a trabajadores del sector público y privado, ex trabajadores, postulantes, facilitadores, terceros relacionados y entidades jurídicas vinculadas al denunciante. Por su parte, la Ley No. 21.592 constituye el estatuto nacional más próximo al modelo europeo, su ámbito se concentra en la Administración del Estado, protege principalmente al denunciante funcionario y no regula figuras como facilitadores, terceros afectados o revelación pública.
Auditorías Forenses en Municipalidades y Gobiernos Regionales
El informe da cuenta de los proyectos de ley relacionados con auditorías del tipo forenses en municipios y gobiernos regionales. De acuerdo a la Comisión Técnica Especial de Ética Pública, Probidad Administrativa y Transparencia (CEPAT) se puede definir la auditoría forense como “una rama de la auditoría orientada a participar y contribuir en la investigación de diversos fraudes, en actos conscientes y voluntarios en los cuales se eluden las normas legales, o se usurpa lo que por derecho corresponde a otros sujetos, mediante mecanismos fraudulentos para obtener ventajas económicas o un beneficio ilícito”. De acuerdo a los autores, esta modalidad surge “a raíz de la unión de diversos factores adversos de origen social y contable que favorece los actos de corrupción, fraude y lavado de dinero, afectando tanto a personas, empresas y gobiernos, generando como consecuencia daño a su imagen”. De la revisión de los antecedentes disponibles es posible señalar que el concepto de auditoría forense no ha sido acuñado aun por el legislador, ya que no hubo hallazgo de proyectos de ley que se refirieran a la realización de este tipo de auditorías. Pese a lo anterior, se encontraron siete propuestas: 3 de ellas se encuentran en tramitación y 4 en estado de archivadas. Estas iniciativas buscan intensificar la fiscalización y el rol de las auditorías especialmente recaídas en municipalidades, establecer su obligatoriedad, entregar mayores facultades a los órganos encargados de realizar esta labor, entre otros aspectos.
Cambios sobrevinientes de circunstancias en contratos de concesión de obras públicas.
El informe analiza el tratamiento jurídico de los cambios sobrevinientes de circunstancias en contratos de concesión de obras públicas celebrados con el Fisco. La materia se encuentra regulada principalmente en la Ley de Concesiones de Obras Públicas, contenida en el Decreto Supremo No. 900, de 1996, del Ministerio de Obras Públicas, especialmente en sus artículos 19, 20, 20 bis, 28 ter, 36 y 36 bis. La principal conclusión es que la legislación chilena no contempla una cláusula general de imprevisión aplicable a todo cambio posterior al contrato. En cambio, regula hipótesis específicas en que, hechos, actos o decisiones posteriores pueden modificar el contrato, generar compensaciones económicas o, excepcionalmente, justificar su término anticipado. Las consecuencias jurídicas y económicas se traducen principalmente en compensaciones al concesionario, mediante subsidios, pagos, ajustes tarifarios, modificación de plazos u otros factores del régimen económico pactado. Las controversias se resuelven a través del Panel Técnico, la Comisión Arbitral o la Corte de Apelaciones de Santiago, conforme a los artículos 36 y 36 bis.
La restitución de gastos por anulación de autorizaciones ambientales: Análisis comparados de los modelos de Alemania y España a propósito del Boletín N° 18.216-05.
El presente informe analiza, desde una perspectiva comparada, el mecanismo de restitución de gastos asociados a la anulación de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) propuesto en el Boletín N° 18.216-05, para que en el ordenamiento jurídico ambiental contemple un régimen especial que permita al titular del proyecto solicitar la restitución de gastos directos y efectivos cuando la RCA sea anulada o dejada sin efecto por sentencia judicial firme, bajo determinados requisitos y con exclusión de la responsabilidad por falta de servicio respecto de los mismos hechos. En el derecho comparado, se observa que Alemania no contempla un sistema de restitución equivalente, sino un modelo basado en la revocación de actos administrativos y la protección de la confianza legítima, que permite compensaciones solo en la medida en que dicha confianza sea jurídicamente protegida y previa ponderación del interés público. Por su parte, España articula la materia a través de un régimen general de responsabilidad patrimonial de la Administración, que exige la concurrencia de daño efectivo, evaluable y antijurídico, junto con supuestos específicos en materia urbanística que admiten indemnización por anulación de títulos habilitantes.
Responsabilidad parental y consecuencias jurídicas de su incumplimiento: Argentina, Francia y Reino Unido: Análisis en el marco del Boletín N° 18.378-18.
En la legislación extranjera se observan aproximaciones distintas frente al incumplimiento de la responsabilidad parental. El Reino Unido contempla mecanismos preventivos específicos, como las parenting orders, destinadas a fortalecer las competencias parentales cuando un niño, niña o adolescente ha incurrido en determinadas conductas infraccionales. Argentina no establece un procedimiento preventivo equivalente, sino que estructura la responsabilidad parental a partir de los deberes generales de crianza, protección y formación de los hijos, manteniendo además la responsabilidad de los progenitores aun cuando no convivan con el hijo menor de edad, en los casos previstos por la ley. Francia, por su parte, reforzó recientemente la autoridad parental mediante la Ley N.° 2025-568, que incrementó la participación de los padres en los procedimientos seguidos respecto de sus hijos menores de edad infractores de ley y agravó las consecuencias penales cuando el incumplimiento de sus deberes contribuye directamente a la comisión de delitos por parte de sus hijos. En el derecho chileno, los derechos y deberes de los progenitores respecto de sus hijos menores de edad se distribuyen en distintas figuras del derecho de familia —principalmente el cuidado personal y la patria potestad así como el principio de corresponsabilidad parental—, sin que el ordenamiento jurídico haya agrupado estas instituciones bajo una categoría unificada denominada "responsabilidad parental", pese a que dicha expresión ha sido recogida en el encabezado de leyes recientes, como la Ley N° 21.484. Estos deberes deben distinguirse de la responsabilidad civil extracontractual por los hechos de los hijos menores de edad, regulada en los artículos 2.319, 2.320 y 2.321 del Código Civil, que responde a una finalidad indemnizatoria diversa. El Boletín N.° 18.378-18, denominado “proyecto de ley que fortalece el ejercicio de la responsabilidad parental", no incorpora esta expresión como institución unificadora en el Código Civil. De acuerdo con su Mensaje. el proyecto, tiene por objeto fortalecer el deber de guía y orientación de los progenitores respecto de sus hijos, establecer un procedimiento especial de carácter preventivo y tutelar ante los tribunales de familia, y actualizar el régimen de responsabilidad civil extracontractual de los padres por los hechos de sus hijos menores de edad.
Impacto de las restricciones objetivas a la libertad condicional en Argentina y España: Análisis de los efectos de las reformas legislativas recientes.
El presente informe examina los antecedentes disponibles sobre los efectos que han tenido las reformas legislativas recientes que restringen el acceso a la libertad condicional en Argentina y España, particularmente respecto de su impacto en la reincidencia, la seguridad pública y la población penitenciaria. Para ello, se revisan las principales modificaciones normativas, los antecedentes oficiales, la información estadística disponible y la doctrina especializada. En Argentina, la evidencia disponible muestra un aumento sostenido de la población penitenciaria tras las reformas introducidas por las Leyes No. 27.375 y No. 27.785, junto con una reducción significativa del acceso a los institutos de liberación anticipada. En España, la reforma introducida por la Ley Orgánica No. 1/2015 modificó sustancialmente el régimen de libertad condicional, disminuyendo de manera importante su utilización práctica. En ambos países, la evidencia disponible permite constatar impactos relevantes sobre el funcionamiento del sistema penitenciario, mientras que los efectos atribuidos a las reformas en materia de reincidencia y seguridad pública permanecen insuficientemente acreditados.
Incentivo a la contratación de jóvenes: Casos de Alemania, España, Francia.
El documento expone los incentivos a la contratación de jóvenes en la legislación comparada, con especial atención a las personas jóvenes sin experiencia laboral. El análisis muestra que persisten vulnerabilidades relevantes, especialmente entre jóvenes que no estudian, no trabajan ni reciben formación, mujeres jóvenes y personas con baja cualificación. En el ámbito europeo, la Garantía Juvenil reforzada constituye el principal marco común de referencia, al comprometer a los Estados miembros a procurar que las personas menores de 30 años reciban una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o prácticas dentro de un plazo razonable. Respecto a la legislación, en Alemania, el énfasis se encuentra en la formación profesional dual, la cualificación inicial y la formación asistida. España combina el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y el Plan de Garantía Juvenil Plus con bonificaciones asociadas a contratos formativos y a su transformación en contratos indefinidos. Francia articula contratos de aprendizaje y profesionalización con dispositivos de acompañamiento, como el Contrato de Compromiso Joven y el plan “1 joven, 1 solución”. El documento se estructura en dos secciones. La primera presenta, de manera sucinta, algunos antecedentes del informe de la Organización Internacional del Trabajo Tendencias Mundiales del Empleo Juvenil 2024 —OIT, 2024; La segunda sección describe los principales incentivos contemplados en Alemania, España y Francia para la contratación de jóvenes.
Comparación de Boletines 16.777-07 y 17.720-05: Ingreso irregular de productos agropecuarios y propagación de plagas o enfermedades.
A continuación se se comparan dos proyectos de ley, correspondientes al Boletín 17.720-05, que modifica la Ordenanza de Aduanas para sancionar como contrabando la internación ilegal de productos agropecuarios al país, así como el ingreso por pasos no habilitados de todo tipo de mercaderías cuyo valor exceda cierto monto; y al Boletín 16.777-07, que Modifica el Código Penal, en materia de internación al territorio nacional de enfermedades animales o plagas vegetales. Para lo anterior, el informe se divide en tres capítulos: el capítulo I señala resumidamente ambos proyectos, y compara las normas vigentes con las normas propuestas; el capítulo II identifica las principales semejanzas y diferencias entre los boletines analizados, mediante dos tablas comparativas; y el capítulo III identifica las posibles consecuencias normativas en caso de tramitarse y aprobarse ambos proyectos, paralelamente. Adicionalmente, se hace presente que el Boletín 17.720-05 se encuentra radicado en la Comisión de Hacienda, en la Cámara de Diputadas y Diputados, en primer trámite constitucional. Por su parte, el Boletín 16.777-07 se encuentra en segundo trámite constitucional, ante el Senado, contando con el Primer Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, de dicha corporación.