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Documentos presentados a comisiones
Pena de Prestación de Servicio en Beneficio de la Comunidad en Chile: Criterios judiciales para otorgarla y mecanismos de implementación.
Se informa sobre la pena alternativa de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, pena sustitutiva de penas privativas o restrictivas de libertad contempladas en la Ley No. 18.216, siendo definida como “la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad”. Características del trabajo: Los servicios comunitarios deben generar un beneficio para la comunidad o para personas vulnerables. Cómputo: La duración se calcula en razón de 40 horas de trabajo por cada 30 días de privación de libertad, con un máximo de 8 horas diarias. Criterios jurisdiccionales para otorgarla: Para conceder esta pena, el condenado debe aceptarla expresamente, no debe haber cumplido antes esta misma pena y que la sanción original no superare los 300 días de prisión. Especialistas cuestionan estos requisitos ya que la norma parte de la base que esta pena posee un valor restaurativo y rehabilitador. Entidades beneficiarias: Las entidades beneficiarias son organismos públicos o privados sin fines de lucro que mantienen convenios con Gendarmería para recibir condenados. Centros de cumplimiento: Los centros de cumplimiento son los lugares donde se ejecutan los servicios comunitarios y cuentan con responsables encargados de supervisar al penado. Revocación: esta pena es esencialmente revocable y será dejada sin efecto cuando existen incumplimientos graves o reiterado del penado.
Fortalecimiento del control fronterizo en la Macrozona Norte: Sistema Integrado de Fronteras (SIFRON) y Plan Escudo Fronterizo.
En los últimos cinco años el país ha enfrentado crecientes exigencias en materia de control fronterizo. En este sentido, el año 2021 es sindicado como el más crítico en materia de ingresos por pasos no habilitados, con 56.586 denuncias y autodenuncias, Frente a ello, el Estado de Chile ha venido impulsando diversas iniciativas para el fortalecimiento del control fronterizo. El año 2022, la administración del presidente Gabriel Boric lanzó la Estrategia de Seguridad y Control de Fronteras, que sirvió como orientación política superior para la elaboración del Plan Nacional de Complejos Fronterizos (2023); la Política Nacional de Migración y Extranjería (PNME, 2023); la constitución del Comité de Coordinación Nacional de Fronteras (2025). desde el Congreso Nacional se han aprobado diversas iniciativas legales, tales como la Ley No. 21.542 (2023), que reforma la Constitución Política para permitir al Presidente de la República desplegar a las FF.AA. en el resguardo de zonas fronterizas; así como la Ley No. 21.730 (2025), que crea el Ministerio de Seguridad Pública, otorgándole la misión de “Diseñar políticas, planes y programas tendientes a resguardar las fronteras (…)”, por mencionar algunas. Por su parte, a partir de marzo de 2026, el Presidente José Antonio Kast ha dado continuidad a los referidos planes operativos, en el marco del “Plan Escudo Fronterizo”, con sus propios énfasis y matices, destacando en este sentido el impulso que se ha dado a la construcción de barreras físicas; a la búsqueda de una mayor coordinación interinstitucional a través de la creación de la figura del Comisionado Presidencial.
Control telemático de medidas cautelares y penas de alejamiento: España e Italia.
El uso del monitoreo electrónico se ha implementado en distintas jurisdicciones, como España e Italia, como una manera de controlar a los infractores, principalmente en los casos de libertad condicional y penas sustitutivas, entre otros. Además, ha cobrado relevancia en materia de violencia de género. Las legislaciones de las que da cuenta este documento cuentan con normas específicas, tanto para los ámbitos penitenciario, como de protección de víctimas de violencia de género y acoso. Esta medida puede ser decretada por un tribunal o un juez, requiriendo que el mecanismo de vigilancia electrónica deba contar con el consentimiento del acusado. En el caso de la vigilancia remota en el ámbito de la violencia de género/doméstica y acoso, tanto el acusado como la víctima cuentan con dispositivos con monitoreo en tiempo real y alertas automáticas.
El tráfico de armas y las medidas jurídicas para enfrentarlo. Panorama internacional, latinoamericano y nacional.
Documento sobre el tráfico ilegal de armas como una amenaza para la estabilidad y la paz. Para analizar este fenómeno adecuadamente, se revisa a grandes rasgos cómo se ha dado el problema a nivel global y las respuestas jurídicas para enfrentarlo (1), cuál es la situación en América Latina (2), y, por último, cuáles son los datos y qué se ha hecho en nuestro país al respecto (3). Al final, se esbozan algunas conclusiones. Según un estudio de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (en adelante UNODC, por sus siglas en inglés), el año 2021 murieron 458.000 personas por homicidios (81% hombres y 19% mujeres). La tasa de homicidio más alta se encuentra en América (15 cada 100.000 habitantes). De esos homicidios, el 40% se realizó con armas de fuego.
Análisis del Banco Unificado de Datos Criminales.
El Banco Unificado de Datos Criminales (BUD) corresponde a una plataforma interoperativa, que busca centralizar información criminal y judicial de distintas instituciones públicas que manejan datos criminales para, de este modo, apoyar investigaciones penales y la persecución del delito, así como realizar análisis de seguridad pública; pudiendo ser consultada por los organismos que son parte de esta red. Por mandato legal, su administración corresponderá al Ministerio Público. De acuerdo con la literatura revisada, aunque las limitaciones tecnológicas continúan representando un obstáculo significativo para la adecuada gestión y circulación de la información, existe un factor adicional de igual o incluso mayor relevancia: la persistencia de una cultura institucional marcada por la resistencia al intercambio y la socialización de información entre las distintas unidades, actores y niveles organizacionales. En este contexto, la literatura especializada sostiene que la superación de estas dificultades no depende exclusivamente de la incorporación de nuevas tecnologías, sino también de la promoción de cambios culturales orientados a fortalecer la confianza institucional, la cooperación entre equipos y el establecimiento de políticas que incentiven el intercambio oportuno y eficiente de información.
Iniciativas y propuestas para combatir el comercio callejero informal.
El comercio ambulante irregular tiene larga data en Chile y, desde 2010, se ha asociado además con problemas de inseguridad, redes de contrabando y venta de productos falsificados, lo que ha motivado a autoridades y actores privados a diseñar respuestas normativas y operativas. En Chile la regulación del uso comercial del espacio público es competencia municipal. En Valparaíso, la proliferación de ambulantes generó conflictos territoriales entre vendedores y alza de violencia en calles céntricas. En mayo 2025 la Municipalidad aprobó una nueva Ordenanza de Comercio que prohíbe permisos en puntos críticos. En Viña del Mar el aumento del comercio irregular provocó un recurso de protección que culminó en reproche judicial por ineficacia municipal. La Ordenanza Municipal No. 12.698 fue reforzada en 2026 con un artículo que sanciona a quienes alteren el libre tránsito por comercio no autorizado. Por su parte, en Quilpué el comercio ambulante congestiona ferias y avenidas. Tras recursos de vecinos, la Corte Suprema concluyó que las medidas municipales eran insuficientes. El caso del Emporio Comercial de Gamarra, Lima, resultó de ejemplo para enfrentar el problema surgido en la calle Meiggs en Estación Central. Entre 2023–2025 se implementó en Gamarra un plan de recuperación urbana y seguridad que incluyó desalojos, operativos policiales permanentes, reubicación en espacios formales propuestos, videocámaras, y mejoras urbanas.
Proyectos de ley que podrían vincularse al Boletín N° 17524-25.
El presente documento señala iniciativas legales que pudiesen abordar la misma materia que contiene el boletín 17524-25, que modifica el Código Penal, para incorporar como circunstancia agravante, cometer el delito contra el personal de Gendarmería de Chile, o de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, en el caso que indica.
La figura del Agente Encubierto Informático: El caso de España.
En España los agentes encubiertos deben ser funcionarios de la Policía Judicial, unidad especializada de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Respecto al marco legal y el ámbito de funcionamiento general del agente encubierto, este se encuentra estipulado en el artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim, 1882) y su uso como técnica de investigación policial se considera válido, siempre que respete los derechos fundamentales, en particular el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. En el ámbito digital, la legislación española ha evolucionado para permitir la actuación del llamado “Agente Encubierto Informático”. Esta figura puede operar bajo identidad falsa en entornos digitales cerrados con autorización judicial, con el fin de investigar delitos graves. Entre sus facultades se incluye la posibilidad de interactuar con sospechosos, intercambiar archivos ilícitos en el contexto de la investigación y analizar herramientas tecnológicas utilizadas para detectar este tipo de contenidos. Entre una serie de delitos -y para efectos del presente informe- la medida está destinada a investigar explotación sexual y tráfico de blancas, entre otros delitos sexuales. Sin embargo, su aplicación no es automática ni discrecional. La jurisprudencia española ha enfatizado que toda medida de investigación debe contar con autorización judicial.
Antecedentes sobre los hechos de violencia ocurridos en la denominada Macrozona Sur.
El análisis aborda la situación de violencia registrada en la Macrozona Sur de Chile —integrada por las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos— entre 2022 y marzo de 2026, en un contexto marcado por la persistencia de hechos de criminalidad rural y conflictividad territorial. Entre las principales manifestaciones de violencia se identifican atentados incendiarios, ataques armados, robo de madera, robos con intimidación y usurpaciones, fenómenos que han generado impactos significativos en la seguridad pública, la actividad productiva y la estabilidad social de la zona. Frente a este escenario, el Estado chileno ha sostenido una estrategia de intervención extraordinaria basada en la aplicación del Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en sectores específicos de las regiones del Biobío y La Araucanía. Esta medida, implementada inicialmente durante el gobierno del Presidente Sebastián Piñera y posteriormente prorrogada por las administraciones siguientes, ha permitido mantener el despliegue de las Fuerzas Armadas en apoyo a las labores de control y resguardo del orden público, reflejando la continuidad de una política de seguridad orientada a contener la violencia en la zona.
Desregulación en el control de armas: Los casos de Argentina y Brasil.
En los últimos años, los gobiernos de Bolsonaro en Brasil y de Milei en Argentina han impulsado procesos de desregulación en los controles de uso y tenencia de armas por parte de la población civil. En Argentina, se observa un cambio institucional relevante con la disolución en 2025 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) y el retorno al Registro Nacional de Armas de Fuego (RENAR), organismo previo a 2015. Las principales medidas de la resiente flexibilización incluyen: Reducción de la edad mínima para poseer armas de fuego (de 21 a 18años), autorización y flexibilización en el acceso a fusiles semiautomáticos, implementación de la “tenencia exprés”, la cual simplifica y digitaliza el proceso de obtención de armas de fuego. De acuerdo a organizaciones sociales críticas de este proceso, las transformaciones, por una parte, implican un retroceso en las políticas de desarme, ya que ANMaC había desarrollado un importante trabajo de concientización sobre los peligros de tener una sociedad armada; y, por otra, priorizar los derechos de los usuarios de armas por sobre la seguridad pública, debilitando de este modo políticas de prevención y control. Por su parte, en Brasil, durante el gobierno de Jair Bolsonaro (2019–2022), se impulsó una amplia flexibilización del control de armas mediante más de 40 decretos que modificaron el “Estatuto del Desarme” (principal ley de armas) de 2003. Entre las medidas destacan: Aumento en la cantidad de armas permitidas por persona, mayor acceso a municiones y extensión de permisos, facilidades para transporte, adquisición e importación de armas, ampliación de derechos para tiradores, cazadores y coleccionistas. Posteriormente, varias de estas medidas comenzaron a revertirse desde 2023 bajo el gobierno de Lula da Silva. En síntesis, ambos casos reflejan un giro hacia la liberalización del acceso a armas de fuego, con énfasis en la flexibilización normativa y reducción de controles, generando debate sobre sus efectos en la seguridad pública y la violencia armada.