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Publicación de la Ley N° 21.262: Regula materias sobre financiamiento en el marco del Proceso Constituyente

El 1 de septiembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.162, que regula materias sobre financiamiento, en el marco del Proceso Constituyente, que indica.

La ley tiene su origen en un mensaje del Presidente Sebastián Piñera Echeñique, ingresado al la Cámara de Diputados el 24 de agosto de 2020.

En particular, la ley precisa que a los aportes considerados en la propaganda y publicidad electorales de los plebiscitos a que hacen referencia los artículos 130 y 142 de la Constitución Política de la República, les será aplicable lo dispuesto en el inciso primero del artículo 11 de la Ley N° 19.884, Orgánica Constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral. Así, los aportes destinados a financiar las campañas de ambos plebiscitos quedan liberados del trámite de insinuación y exentos del pago del impuesto a las herencias y donaciones establecido por la Ley Nº 16.271.

Asimismo, la norma permite que el Servicio Electoral cuente con los recursos para implementar medidas de carácter sanitario, así como con personal de apoyo para el desarrollo del plebiscito, para lo cual se incluye una glosa del mismo tenor de aquellas contempladas para las elecciones municipales, a la Partida 28, Servicio Electoral, Capítulo 01 Servicio Electoral, Programa 04, Plebiscito, en la Ley N° 21.192 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020.

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Fuente imagen: Servicio Electoral de Chile (SERVEL).
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