Asesoría Parlamentaria
Documentos por categorías
Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014
Usted buscó por: Administración del Estado
930 resultados
Categorías
- Administración del Estado930
- Asentamientos Humanos164
- Ciencia y Tecnología342
- Defensa553
- Demografía103
- Deportes y Recreación93
- Derecho2022
- Economía625
- Educación296
- Energía122
- Expresiones Culturales47
- Género220
- Grupos de Población212
- Historia27
- Industria y Comercio98
- Información Territorial48
- Justicia23
- Medioambiente326
- Participación Ciudadana106
- Protección Social80
- Recursos Naturales412
- Referencia Departamento de Producción7
- Relaciones Internacionales477
- Salud299
- Seguridad269
- Trabajo72
Documentos presentados a comisiones
Gobiernos regionales y prevención del delito Evolución legislativa y articulación con el Sistema de Seguridad Pública.
El Proyecto de Ley que incorpora funciones de prevención social, situacional y comunitaria del delito, y de apoyo a víctimas, a los gobiernos regionales (Boletín 16132-06) fue presentado en un contexto institucional distinto al vigente. Durante su tramitación se produjo la creación del Ministerio de Seguridad Pública (Ley 21.730) y el fortalecimiento de las atribuciones municipales en materia de seguridad pública y prevención del delito (Ley 21.802). La evolución del proyecto evidencia un tránsito desde una propuesta orientada principalmente a ampliar las atribuciones del Gobierno Regional (GORE), hacia otra que incorpora mecanismos de coordinación con la institucionalidad nacional. Se fortalece la organización interna del Gobierno Regional, mediante la creación de una División de Prevención del Delito, estableciéndose mecanismos de planificación y aprobación de políticas regionales sobre la materia. Del análisis de la institucionalidad vigente, se puede desprender que la Ley 21.730 reconoce un rol a los gobiernos regionales dentro del Sistema de Seguridad Pública, particularmente como colaboradores de dicho sistema y como destinatarios de asistencia técnica. Asimismo, la Ley 21.802 les reconoce funciones de colaboración con las municipalidades, financiamiento de proyectos preventivos y celebración de convenios. Revisada su relación con el resto de organismos con competencias en seguridad pública, se advierte que las atribuciones relativas al diseño de políticas, estrategias y planes regionales de prevención; la asesoría a municipalidades en la elaboración de sus planes comunales; y, en menor medida, la ejecución de programas regionales de prevención y programas de atención a víctimas, presentan mayor nivel de proximidad con funciones que la Ley 21.730 asigna a la Subsecretaría de Prevención del Delito y, especialmente, a la Secretaría Regional Ministerial de Seguridad Pública. En relación a esto último, se observa que en el proyecto no se ha incorporado la articulación funcional entre el Gobierno Regional y la Secretaría Regional Ministerial de Seguridad Pública, órgano que la Ley 21.730 identifica como responsable de implementar y coordinar territorialmente la Política Nacional de Seguridad Pública. En ese sentido, más que una duplicidad de funciones, el análisis evidencia la conveniencia de precisar normativamente los ámbitos de planificación, coordinación y ejecución que corresponderán a cada órgano, con el objeto de asegurar una adecuada integración del Gobierno Regional al Sistema de Seguridad Pública.
Concesión de la nacionalidad por gracia: Regulación Nacional y Experiencia Extranjera.
En Chile, la Constitución Política dispone que la nacionalidad por gracia se concede mediante ley, pero no establece criterios materiales ni procedimientos específicos para su concesión, quedando entregada a la decisión discrecional del legislador. Desde 1990 se han aprobado 88 leyes de nacionalidad por gracia y actualmente se encuentran en tramitación 30 proyectos sobre esta materia, predominando los relacionados con deportistas, profesionales, académicos y religiosos. La revisión comparada muestra que en América Latina predominan modelos similares al chileno. Si bien varias constituciones incorporan expresiones como "servicios notables", "méritos relevantes", "servicios eminentes”, son cláusulas generales que no desarrollan criterios objetivos ni procedimientos específicos para orientar la decisión. En Europa es posible distinguir dos modelos. El primero, integrado por países como España, Francia e Italia, que mantienen un amplio margen de discrecionalidad, limitándose a reconocer la posibilidad de otorgar la nacionalidad por circunstancias excepcionales, servicios eminentes o interés excepcional del Estado. El segundo modelo, en cambio, representado por Bélgica, Bulgaria y Austria, incorpora mecanismos destinados a reducir la discrecionalidad mediante requisitos, procedimientos y órganos especializados. Entre estos países, Bélgica presenta el mayor grado de desarrollo. La legislación identifica expresamente los ámbitos en los cuales pueden acreditarse los méritos excepcionales —ciencia, deporte y cultura—, establece condiciones específicas para demostrarlos. Destaca también el rol de la Comisión de Naturalizaciones de la Cámara de Representantes, encargada de evaluar las solicitudes conforme a criterios previamente definidos y a un procedimiento regulado en su Reglamento Interno. Por otra parte, Bulgaria incorpora un procedimiento estructurado, aunque radicado íntegramente en el Poder Ejecutivo. La ley exige acreditar un interés para el Estado; la propuesta debe ser formulada por el ministro competente, evaluada por el Consejo de Ciudadanía del Ministerio de Justicia y finalmente resuelta por decreto del Presidente de la República. Finalmente, Austria además de exigir que la naturalización responda al especial interés de la República y a servicios extraordinarios prestados o esperados del solicitante, desarrolla un procedimiento reglamentario basado en informes técnicos de los ministerios competentes y criterios administrativos aprobados por el Gobierno Federal.
Director de Obras Municipales.
El documento entrega información sobre proyectos de ley relacionados con el cargo de director de obras municipales. Se identificaron 7 proyectos de ley en total: Por origen: 4 mensajes (presidenciales) y 3 mociones parlamentarias. Por estado: 4 archivados, 1 rechazado y solo 2 en tramitación actualmente.
Votación de la Cámara de Diputadas y Diputados en leyes que autorizan deuda pública.
Esta iniciativa destaca por abordar un problema real y sensible con una propuesta concreta de cambio legal. El diagnóstico está bien desarrollado, usa antecedentes pertinentes y logra explicar por qué el duelo merece una protección laboral más robusta. Además, el equipo identifica correctamente el artículo del Código del Trabajo que desea modificar, lo que fortalece la claridad de la propuesta. Como sugerencia principal, conviene ordenar mejor el alcance de la iniciativa. La ampliación de permisos por duelo se entiende bien, sin embargo, al agregar fuero laboral, apoyo psicológico gratuito, reintegración progresiva y programas estatales, la propuesta pasa a incluir materias más amplias que requieren mayor justificación técnica. También falta indicar expresamente si la IJL se presenta como mensaje o moción, y explicar por qué. La orientación siguiente podría ser revisar qué parte de la propuesta constituye el núcleo central de la reforma y qué elementos adicionales necesitan reformularse o justificarse mejor. Esto mejorará la coherencia interna del texto y permitirá que la idea principal —proteger de mejor manera a trabajadores en situación de duelo— se exprese con más fuerza y viabilidad.
Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado en Temuco, La Araucanía. Síntesis de las intervenciones y temáticas analizadas. Primera sesión celebrada el jueves 11 de junio 2026.
El presente informe sistematiza los principales contenidos de la sesión en terreno celebrada por la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado en la ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, el jueves 11 de junio de 2026. El documento resume la exposición del ministro de Vivienda y Urbanismo, los principales problemas expuestos por los participantes, las respuestas y compromisos formulados durante la sesión, y las observaciones planteadas por senadoras y senadores integrantes de la Comisión. Para facilitar el seguimiento parlamentario, los casos se sistematizan según materia, comuna, respuesta institucional y eventuales acciones comprometidas.
Selección de Proyectos de Ley: Iniciativas legislativas sobre Jóvenes.
Actualización de la selección de proyectos de ley en materia de juventud elaborada en marzo de 2024, que consideró iniciativas presentadas desde 2014 a 2024 y cuyo contenido fue revisado. Se amplió la revisión hasta junio de 2026.
Iniciativas de Ley e Indicaciones Diputada Natalia Romero Talguía.
Iniciativas de ley ingresadas al Congreso Nacional de autoría de la diputada Natalia Romero Talguía e indicaciones presentadas por ella. Para realizar la búsqueda de las mociones, se consultó el sitio web de la Cámara de Diputadas y Diputados y la base de datos de Tramitación de Proyectos de Ley del Congreso Nacional (SIL). Se incluyeron todos los proyectos de ley de autoría de la diputada, independiente de su estado de tramitación. En el caso de las indicaciones, se consultó el sitio web Labor Parlamentaria e Historia Política, específicamente la reseña biográfica parlamentaria de la diputada. De los proyectos presentado 5 se convirtieron en ley.
Proyecto de Ley sobre facultades municipales para el control del comercio ambulante (Boletín 17615-06): Descripción y estado de tramitación.
El proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades para incorporar mecanismos de control del comercio ambulante (Boletín 17615-06) busca fortalecer las facultades municipales para enfrentar el comercio ilegal, recuperar espacios públicos y mejorar la coordinación en materia de seguridad. Tras ser aprobado en primer trámite constitucional por la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto fue remitido al Senado. Durante su tramitación, la iniciativa amplió su alcance incorporando modificaciones a otras normas relacionadas con la fiscalización del comercio ambulante y la gestión municipal. No solo modifica la Ley No. 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, sino también la Ley sobre Comercio Ilegal, la Ley de Rentas Municipales y la Ley de Tránsito. Entre sus principales medidas destacan el fortalecimiento de las facultades de fiscalización y decomiso, el reforzamiento de las atribuciones de los alcaldes en materia de permisos, la incorporación de mayores obligaciones de transparencia y la inclusión de esta problemática en los instrumentos de planificación de seguridad comunal.
Automatización de pagos electrónicos en municipios nacionales.
Las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, que están impedidas de automatizar, desarrollar u operar a nivel directo e interno cualquier especie de plataforma de procesamiento de tarjetas o pagos electrónicos, así como actuar como recaudadores directos de fondos virtuales. Las principales trabas a los procesos de automatización de pagos a nivel municipal proceden de la ausencia de giro financiero y de regulación de los medios de pago; la incompatibilidad con las cuentas corrientes únicas; y el cumplimiento de estándares de ciberseguridad. Por lo mismo, las casas edilicias han debido externalizar la recaudación y el procesamiento digital de sus fondos, a partir de acuerdos con instituciones financieras o proveedores tecnológicos visados por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, o por la Comisión para el Mercado Financiero. Este accionar está avalado por el artículo 2° inciso 2° del Decreto Ley 3.063, de Rentas Municipales, que permite a los municipios celebrar convenios con terceros, como Banco Estado y otras entidades comerciales, con el fin de abrir canales electrónicos de pago para permisos de circulación o entrega de patentes. Por otra parte, la entrada en vigor de la Ley 21.713, de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, obligó a una serie de organismos públicos, entre ellos las municipalidades, a exigir el inicio de actividades a ciertos prestadores, en consonancia con las disposiciones emitidas por el Servicio de Impuestos Internos. En consecuencia, las municipalidades han debido contratar y delegar la gestión tecnológica de sus cobros en línea, a partir de canales como el Portal de Servicios Municipales; los canales de pago privados, puestos en marcha a partir de licitaciones públicas en “Mercado Público”; y el botón de pago de la Tesorería General de la República.
Historia de la letra c) del artículo 2° de la Ley N° 19.253
Documento que tiene por objeto dar cuenta de la historia de la tramitación legislativa de la letra c) del artículo 2° de la Ley N° 19.253, que “Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena”, publicada el 5 de octubre de 1993.