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Institucionalidad para abordar la reconstrucción en Corea del Sur, Japón y México.
Corea del Sur, Japón y México cuentan con estructuras institucionales para enfrentar la etapa de reconstrucción tras desastres, aunque difieren en su grado de centralización. Corea del Sur opera bajo la Ley Marco sobre Gestión de Desastres y Seguridad, con el Ministerio del Interior y Seguridad como órgano rector, apoyado por el Comité Central de Gestión de Seguridad y la Sede Central de Contramedidas, que coordinan planes de recuperación y asignación presupuestaria junto a ministerios sectoriales y gobiernos locales. Japón, por su parte, se rige por la Ley Básica de Medidas contra Desastres y la Ley de Resiliencia Nacional, que establecen el Consejo Nacional de Gestión de Desastres, presidido por el Primer Ministro, y consejos prefecturales y municipales para adaptar lineamientos y ejecutar proyectos. La reconstrucción se financia mediante subsidios estatales, anticipos fiscales y préstamos preferenciales, incorporando medidas para prevenir la repetición del desastre. En México, la Ley General de Protección Civil y el SINAPROC articulan la Coordinación Nacional de Protección Civil, el Centro Nacional de Comunicación y Operación y el Comité Nacional, responsables de coordinar acciones y garantizar recursos. La Secretaría de Hacienda provee financiamiento para emergencias y reconstrucción, con mecanismos presupuestarios específicos y principios de inmediatez y protección a la vida. En los tres países, la institucionalidad encargada de la reconstrucción es permanente y no se crea ante cada desastre, lo que garantiza continuidad, experiencia técnica y capacidad de respuesta. Corea del Sur lo hace a través de organismos generales como el Ministerio del Interior y Seguridad y la Sede Central de Contramedidas, que operan en coordinación con gobiernos locales. En los casos de Japón y México, existe un organismo especifico. Este país cuenta con el Consejo Nacional de Gestión de Desastres y los consejos prefecturales y municipales, integrados en la estructura gubernamental y reforzados por mecanismos de resiliencia nacional. México, por su parte, articula la gestión a través del SINAPROC y la Coordinación Nacional de Protección Civil, apoyadas por instancias operativas permanentes como el Centro Nacional de Comunicación y Operación. Esta estabilidad institucional permite integrar la reconstrucción en la planificación estratégica y en la gestión integral del riesgo, evitando respuestas fragmentadas y favoreciendo una recuperación más rápida y sostenible.
Sistemas de impuesto territorial en Alemania, España y Brasil.
El informe presenta un análisis comparativo del impuesto territorial en Chile, en relación con América Latina, el Caribe y países de la OCDE. En términos generales, la recaudación tributaria chilena como proporción del PIB es inferior al promedio en ambos contextos. No obstante, los impuestos sobre la propiedad representan un 6% del total de ingresos tributarios, superando el promedio latinoamericano (4%) y el de la OCDE (5%). Entre 2022 y 2023, esta categoría experimentó un aumento significativo, aunque su contribución al PIB sigue siendo baja (1,3%). En el ámbito agrícola, las contribuciones aumentaron un 64,22% entre 2008 y 2025. Sin embargo, su participación en el total de los ingresos tributarios ha disminuido. El informe también incluye un análisis comparado de los sistemas de impuesto territorial en Alemania, España y Brasil, con el objetivo de identificar elementos que puedan enriquecer el debate legislativo en Chile.
Servicio Local de Atacama: Origen de Plan Educativo Atacama, componente infraestructura: Revisión documental.
El presente informe revisa documentación y proporciona elementos de análisis que contribuyan a explicar el origen del Plan Educativo Atacama en materia de infraestructura escolar. La crisis del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Atacama expuso un escenario no previsto por la Ley Nº 21.040, que no consideró el estado de la infraestructura educacional como un factor en el proceso de traspaso por la afectación de la funcionalidad de los establecimientos. En efecto, la norma no contempló, por ejemplo, la elaboración de una línea base en materia de infraestructura, ni parámetros claros para el traspaso de los establecimientos desde los municipios u otros órganos públicos, que asegurasen las condiciones adecuadas de la infraestructura y su cumplimiento normativo. El SLEP Atacama, el más grande en número de estudiantes y establecimientos hasta ese momento, asumió en 2020 un desafío de gran magnitud en un territorio extenso y disperso, sin contar con diagnósticos técnicos ni equipos especializados para abordar un problema subyacente. El procedimiento de traspaso no exigió informes detallados ni obligaciones municipales de entregar los recintos en condiciones mínimas, sumado al desincentivo de inversiones previas, y permitió el funcionamiento de escuelas que no cumplían las condiciones mínimas. En la estructura institucional inicial, la gestión de la infraestructura educacional quedó subsumida dentro de las funciones generales de planificación y control, sin un área operativa ni suficiente personal técnico. Ello derivó en respuestas lentas y en un sistema administrativo complejo para viabilizar proyectos, obtener financiamiento y ejecutarlos frente a necesidades urgentes de mantención. Los instrumentos de gestión local (PEL y PAL) reportaron avances administrativos en el periodo acorde a las metas planteadas; sin embargo esto no significó mejoras concretas. Este modelo permitió mantener en funcionamiento inmuebles con incumplimientos normativos. La falta de soluciones tangibles, así como la brecha entre expectativas y resultados, reforzó la percepción de abandono en las comunidades educativas, detonando el conflicto de 2023. En este contexto, tras la intervención de diversas instituciones y actores, como respuesta correctiva se crea el “Plan Educativo Atacama”. A la fecha, el Plan Educativo Atacama, en su componente infraestructura, ha logrado la ejecución de contratos de mantención por $2.931 millones de pesos con un avance global del 71%. A su vez el SLEP el año 2024 realizó tratos directos y compras agiles por un total de $1.097.181.876 Se han desarrollado 17 proyectos en jardines infantiles y 11 en establecimientos educaciones, con financiamiento conjunto entre el SLEP Atacama, el Gobierno Regional. Además el protocolo con la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas (MOP) para intervenir 14 escuelas, y se proyecta licitaciones por $7.179 millones para el año 2026.
Suecia: Ciudades y comunidades sostenibles.
Suecia ha sido pionera en sostenibilidad urbana, destacando por su compromiso ambiental desde la creación de su agencia de protección ambiental en 1967. El país ha implementado políticas como el impuesto al carbono (1991), la Ley Climática (2018) y el Código Ambiental (1998), que promueven ciudades inclusivas, verdes e inteligentes. Este documento analiza los desafíos urbanos suecos, como la escasez de vivienda, la segregación y la contaminación, y presenta tres líneas de acción: inclusión social, adaptación climática y digitalización. Ejemplos concretos incluyen Hammarby Sjöstad en Estocolmo, un barrio transformado desde una zona industrial contaminada a un modelo de eficiencia energética, transporte sostenible y gestión de residuos. También se destaca Malmö que, tras la crisis del petróleo de 1973, desarrolló el proyecto Bo01, convirtiendo un antiguo puerto en una zona residencial con cero emisiones de CO₂, energías renovables y planificación participativa. Ambas ciudades reflejan el enfoque integral sueco, que combina planificación urbana, participación ciudadana y tecnología para lograr entornos sostenibles. El marco legal sueco respalda estos avances mediante leyes que regulan el uso del suelo, la construcción, la calidad ambiental y la planificación territorial, consolidando a Suecia como referente global en desarrollo urbano sostenible.
Traspaso de la infraestructura de los municipios a los Servicios Locales de Educación Pública. Antecedentes normativos y dictámenes de la Contraloría General de la República.
El artículo undécimo transitorio de la Ley Nº 21.040 establece el traspaso de inmuebles educacionales desde municipios a los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), considerando aquellos en funcionamiento al 31 de diciembre de 2014. El traspaso se realiza por ministerio de la ley, sin indemnización, con posibilidad de comodato en casos específicos. Para regularizar la propiedad se permite usar el Decreto Ley N° 2.695 y se contempla un procedimiento simplificado para construcciones sin permiso. En inmuebles de uso compartido se prevé la subdivisión o exclusión. El objetivo es garantizar condiciones normativas adecuadas para el nuevo modelo de gestión educativa.
Bienes Nacionales de Uso Público: declaración y regularización .
Se plantea una consulta sobre la situación de sectores urbanos consolidados y habitados, emplazados en zonas urbanas, cuyas vías o circulaciones no se encuentran reconocidas como Bien Nacional de Uso Público (BNUP) y que, dado lo anterior, se encuentran imposibilitados para acceder a financiamiento estatal. Se ejemplifica esta situación con las localidades de Tongoy y La Herradura, de la comuna de Coquimbo en la región del mismo nombre. Respecto de esta situación se consulta: Las disposiciones vigentes que regulan el reconocimiento de los Bienes Nacionales de Uso Público (BNUP). Vigencia del procedimiento de regularización de loteos previsto en la Ley N° 20.234 y sus modificaciones. Proyectos de ley en tramitación sobre la materia.
Vigencia y modificación de la Ley 21.450: Plan de Emergencia Habitacional.
La Ley N° 21.450 sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y plan de emergencia habitacional, aborda dos aspectos principales. Por una parte, una serie de medidas y atribuciones cuyo objeto es mejorar las condiciones de desarrollo urbano y fomentar las condiciones de integración social y urbana de los conjuntos habitacionales; y por otra faculta al Ministerio de Vivienda y Urbanismo para el desarrollo de un Plan de Emergencia Habitacional (PEH), con una duración de 4 años, y cuyo contenido debería realizarse concretarse en el primer semestre de 2022. La norma mantiene la vigencia del Plan de emergencia habitacional hasta diciembre 2025, plazo cuya modificación podría ser de iniciativa parlamentaria. En relación con otros aspectos no fue posible acceder a una evaluación sobre los contenidos y atribuciones de la norma, pero dado que potencialmente podrían corresponder a atribuciones y recursos, debería revisarse si corresponden a materias de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.
Revisión de proyectos relacionados con materias propias de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, Senado.
El documento presenta una revisión exhaustiva de iniciativas legislativas en tramitación que inciden directa o indirectamente en materias propias de la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado. La información se organiza por comisiones parlamentarias, basado en la información accesible a través de los buscadores institucionales de Cámara de Diputadas y Diputados y Senado.
Reconstrucción post incendios del 2 y 3 de febrero de 2024. Situación, en Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana.
El proceso de reconstrucción tras los incendios del 2 y 3 de febrero de 2024 en Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana ha sido abordado por el Comité Interministerial de Reconstrucción, liderado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Los incendios afectaron 11.349 hectáreas y más de 21.000 personas, con un total de 8.541 viviendas evaluadas, de las cuales 7.371 resultaron completamente destruidas. Viña del Mar concentró la mayor parte de los daños habitacionales (71%). El proceso ha enfrentado dificultades, tanto en la construcción del catastro de los damnificados, como durante el proceso de reconstrucción propiamente tal. Esto debido a la complejidad del escenario que se enfrenta: gran número de afectados, en distintas realidades, viviendas compartidas por varios hogares, propiedades en situación irregular, características de los damnificados. A mayo de 2025, se han entregado 2.600 subsidios, con 96 viviendas terminadas. El Plan de Reconstrucción considera siete ejes, incluyendo bienestar social, habitacional, entorno urbano, infraestructura y redes, territorio y sostenibilidad y reactivación económica, con un presupuesto total estimado de $1,02 billones de pesos. Al 2 de junio de 2025, el avance general del plan es de un 39%.
Proyectos que buscan establecer la obligatoriedad de instalar mallas de seguridad en edificaciones habitacionales en altura.
Se discuten iniciativas de ley para prevenir accidentes, especialmente caídas en viviendas, proponiendo la instalación de mallas de seguridad. Se detallan proyectos de ley y sus estados de tramitación, destacando la obligación de implementar planes de prevención y la instalación de mallas en lugares de riesgo para propietarios con menores de 12 años y con personas que requieren cuidados permanentes. También hay una iniciativa (archivada) destinada a evitar que la instalación de medidas de seguridad sea prohibida por los reglamentos de las comunidades, sujetas al régimen de copropiedad. La legislación actual, como la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), establece estándares de seguridad, pero no aborda específicamente la instalación de mallas de seguridad. Comparativamente, en España y Australia se han implementado regulaciones sobre seguridad en edificaciones, aunque no siempre incluyen mallas y su regulación es principalmente de nivel reglamentario.