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Documentos presentados a comisiones
Marco normativo de la inscripción de nacimientos en Chile y los países del Pacto Andino.
De acuerdo a la UNICEF, el registro de un nacimiento es el mecanismo mediante el cual una persona es inscrita en un registro permanente, que permite acreditar su existencia oficial y entregar un reconocimiento jurídico de su identidad ante el Estado. En el caso chileno, el artículo 1º de la Ley 4.808 establece que las inscripciones de nacimientos deben efectuarse en las dependencias del Servicio de Registro Civil e Identificación, en un plazo que el artículo 28 de la norma sitúa en 60 días, contados desde el momento del parto. En cuanto al resto de los países del Pacto Andino, en Bolivia el 6 de agosto de 2014 entró en vigor la Ley 548, Código Niña, Niño y Adolescente, derogando la normativa que se encontraba vigente con anterioridad y estableciendo, en su artículo 110 número II, sobre filiación, que “la madre y el padre tienen la obligación de registrar la filiación de su hija o hijo al momento del nacimiento y hasta treinta (30) días después...”. A su vez, en Colombia, los artículos 48 y 49 del Decreto 1.260, de 1970, sostienen que el registro se debe efectuar ante el Registro Civil de Nacimiento, dentro de un lapso de un mes, mediante un certificado emitido por el médico o la enfermera asistente en el parto, o bien a partir de una declaración juramentada de dos testigos hábiles. Respecto a Ecuador, el artículo 29 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles obliga al Estado, a los reductos de salud públicos y privados, así como a la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, a inscribir los nacimientos de manera inmediata en los recintos de salud, sin que medie la petición del interesado. Tras este paso, a cada nacido vivo se le asigna un Número Único de Identificación, ligado a elementos biométricos de la persona, que permiten su individualización y el registro correspondiente ante todos los servicios públicos y privados, sin necesidad de una cédula de identidad. Finalmente, el artículo 46 de la Ley 26.497, de 2019, establece que las inscripciones de nacimientos en Perú deben hacerse en un plazo de 60 días desde que se produzca el parto, en dependencias del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Este lapso puede extenderse hasta los 90 días, en el caso de sitios de difícil acceso, regiones fronterizas, zonas selváticas, o comunidades campesinas y nativas, siguiendo lo dispuesto por el artículo 51 de la norma. Ahora bien, en materia de buenas prácticas, la UNICEF ha instado a los países a materializar medidas como la instalación de módulos permanentes de las entidades de registro civil en las maternidades de hospitales y clínicas; la interconexión entre los sistemas de registro civil, las estadísticas vitales y las plataformas de salud; la gratuidad universal del primer registro; el avance hacia mayores niveles de flexibilidad y enfoque de género; y la protección a poblaciones vulnerables, a partir del diseño de protocolos específicos, que agilicen la inscripción de hijos de personas migrantes en situación irregular o refugiados, previniendo el riesgo de apatridia.
Expulsión de personas extranjeras condenadas como medida sustitutiva de la pena. Experiencia Extranjera
Documento que tiene por objeto identificar y describir algunas experiencias comparadas en materia de expulsión de personas extranjeras condenadas por delitos, en el marco de la discusión legislativa del proyecto de ley que modifica la Ley N°21.325 para perfeccionar el procedimiento de expulsión administrativa (boletín 16836-06). El informe se concentra exclusivamente en la experiencia comparada de España, Italia, Estados Unidos de América y Perú.
Proyectos de ley que buscan modificar la Ley de Migración y Extranjería
Informe que da cuenta de los proyectos de ley vigentes, que buscan modificar la Ley 21.325, de Migración y Extranjería. Estos proyectos de ley buscan endurecer las políticas de control migratorio en el país, a partir de medidas como una mayor celeridad en la expulsión de extranjeros sorprendidos en delitos flagrantes; la penalización del reingreso ilegal; la extensión de los plazos de detención, para asegurar la salida efectiva del país; la restricción de beneficios estatales solo a quienes presenten una situación de residencia regular; y la exigencia de nuevas obligaciones a arrendadores y contratantes de mano de obra extranjera.
Normas modificatorias a la Ley de Migración y Extranjería
Presentación sobre las normas que han introducido modificaciones en la Ley 21.325, de Migración y Extranjería, a lo largo de los últimos cuatro años.
Normas modificatorias a la Ley de Migración y Extranjería
Informe que da cuenta de las normas que han introducido modificaciones en la Ley 21.325, de Migración y Extranjería, a lo largo de los últimos cuatro años.
Ingreso clandestino al país como delito: El caso de Estados Unidos.
La normativa estadounidense que trata el ingreso no autorizado de extranjeros al país se sustenta tanto en procedimientos administrativos de deportación, como en castigos penales de alcance federal y, en algunos casos, estadual. En primer término, el ingreso ilegal de inmigrantes es abordado por la Immigration and Nationality Act, de 2023, a su vez contenida en el Título 8 del US Code. En esta línea, según las secciones 1.325 y 1.326 de la norma, la entrada ilícita de extranjeros a territorio estadounidense, tanto en tiempo como en forma y lugar, considera el paso por lugares no habilitados, burlando los controles oficiales y sin acreditar los documentos de identidad solicitados. Dichas conductas son sancionadas con multa de entre 50 y 250 mil dólares, así como con prisión de hasta 6 meses, o ambos castigos. Asimismo, existen otros agravantes, como los antecedentes por delitos graves o crímenes vinculados al narcotráfico, casos en los cuales la pena puede llegar incluso a los 20 años de reclusión. Respecto a la experiencia particular de cada estado, cabe consignar el caso de Texas, que desde 2025 cuenta con una ley en vigor, como es la llamada Texas SB 4, que concede a las autoridades locales la prerrogativa de apresar a extranjeros que hayan entrado de manera maliciosa desde México al país. Además, este cuerpo legal habilita a los jueces estatales a dictaminar el retorno del inmigrante a su país de origen, así como a imponer penas de hasta 20 años de cárcel.
Ingreso clandestino de inmigrantes. Experiencia internacional.
Normativa internacional que regula el ingreso clandestino de inmigrantes, con el acento en la penalización de esta conducta como delito y en los actos administrativos para reglamentarla. El presente informe se concentra en los casos de Francia e Italia, si bien también ofrece un breve repaso de la realidad normativa de países como Alemania y Canadá. En Francia, la entrada en vigor de la nueva Loi no. 2024-42, del 26 de enero de 2024, modificó el control fronterizo y los castigos por ingreso ilegal de inmigrantes. La norma castiga con hasta 5 años de reclusión y multa de 30 mil Euros a quienes ayuden a extranjeros a entrar de manera fraudulenta. Respecto al modelo italiano, el artículo 10 bis numeral 1 del Decreto Legislativo 286 castiga la entrada y permanencia irregular en el país con multas de entre 5 mil y 10 mil Euros.
Elementos técnicos de los corredores humanitarios y experiencia internacional.
Los corredores humanitarios son un instrumento diseñado para garantizar el auxilio a civiles en zonas de conflicto. Su efectividad depende de un diseño operativo adecuado de acuerdo a ciertos elementos técnicos básicos comprendidos en marcos legales vigentes, comités técnicos de supervisión en terreno y sistemas de financiamiento diversificados. Por lo tanto, los resultados varían según cada caso, es por ello que en esta minuta se revisan algunos de los más recientes y exitosos, que van desde Sudán del Sur y la Unión Europea, hasta resultados mixtos o fallidos en Siria, Yemen, Ucrania y Gaza, donde se evidencia que los corredores humanitarios enfrentan riesgos críticos como la instrumentalización política, ataques a convoyes, entre otros. La fragilidad de estos mecanismos ante las violaciones del cese al fuego y el escepticismo por parte de los propios civiles sobre las zonas declaradas como seguras evidencian la urgencia de contar con sistemas de monitoreo independientes y una mayor responsabilidad jurídica internacional.
Políticas migratorias de Estados Unidos, Hungría, Italia y la Unión Europea.
Se describen algunos rasgos de las políticas migratorias de Estados Unidos (EE.UU.), Hungría, Italia y la Unión Europea. En Estados Unidos, los principales temas migratorios son tratados por la Ley de Inmigración y Nacionalidad, cuyo capítulo 1.182 letra a) declara una serie de inhabilidades para el acceso al país. Respecto al paradigma húngaro, destaca la entrada en vigor del Decreto 450, del 23 de diciembre de 2024, que estableció un sistema de cuotas, según el cual la cantidad de trabajadores extranjeros sin grado universitario en el país fue reducida a 35 mil, la mitad del número vigente con anterioridad. En la misma línea, en Italia fue publicada la Ley 187, del 11 de diciembre de 2024, que restringió el acceso de extranjeros a centros de recepción de migrantes, sobre todo para quienes soliciten asilo en un plazo superior a los 90 días de ingreso al país. En cuanto a la Unión Europea, cabe mencionar que, con fecha 14 de mayo de 2024, el Consejo Europeo adoptó el Pacto sobre Migración y Asilo, fijando un conjunto de normas para gestionar los flujos migratorios de manera ordenada, mediante procedimientos más eficientes y con un reparto equitativo de la carga entre los Estados miembros.
Derechos de los extranjeros. Requisitos para el acceso a derechos y beneficios sociales.
Informe sobre los requisitos actuales para que personas extranjeras accedan a beneficios sociales. Incluye capítulos: Ley de Migración y Extranjería, Derechos y Obligaciones de los Extranjeros, presenta el marco legal vigente (Ley N°21.325), detalla los derechos reconocidos y las condiciones de acceso en materias como trabajo, salud, seguridad social, educación y vivienda. Posteriormente, se describe una iniciativa legislativa que busca restringir el acceso de inmigrantes en situación irregular a beneficios de cargo fiscal, lo que permite conocer la discusión al respecto y antecedentes presentados. Finaliza con la descripción más detallada del acceso a salud y educación, por tratarse de derechos garantizados para los extranjeros en igualdad que los nacionales, independiente de su situación migratoria.