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Usted buscó por: Educación
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24/01/2019

Alumnos con déficit intelectual. Formación de competencias laborales

En el documento se describen dos instancias en el Sistema Escolar formal chileno, organizadas con el objetivo de que personas con déficit intelectual puedan desarrollar competencias para el mercado laboral. La primera es el nivel laboral de los planes y programas de estudio de la educación formal, para estudiantes con déficit intelectual matriculados en establecimientos de educación especial, normado en el Decreto N°87 de 1990. A esta instancia progresan los alumnos que han transitado por los ciclos pre-básico y básico de dicho plan de estudio. El rango de edad teórica del nivel laboral es de alumnos entre los 16 y los 24 años de edad. Cabe señalar que la frecuencia de alumnos con déficit intelectual por edad en establecimientos de educación especial, muestra una abrupta caída del número de estudiantes a partir de los 16 años de edad, lo que podría estar mostrando altas tasas de deserción en la transición desde el nivel básico al laboral. La segunda instancia, normada en el Decreto N°300 de 1994, está referida a los talleres de capacitación laboral destinados a personas mayores de 26 años con discapacidad, que hayan aprobado, al menos, el nivel básico de la educación general especial. Los establecimientos de educación especial, así como los de educación general están facultados para impartir los talleres. Éstos tienen una duración mínima de un semestre y máxima de 4 semestres. El financiamiento de los talleres no se encuentra regido por el sistema de financiamiento de la educación formal (subvenciones o aportes del Estado), no obstante el SENADIS, a través del Concurso Nacional del Programa de Apoyo a Instituciones Educativas, se constituye en una fuente de financiamiento posible para los talleres. Por último, la oferta de establecimientos de educación especial que imparten planes y programas para estudiantes con déficit intelectual son 514, cubriendo a un total de 38.109 estudiantes. Gran parte de la oferta corresponde a establecimientos particulares subvencionados (71, 59%).

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18/01/2019

El Tratamiento legal de las Necesidades Educativas Especiales en paises OCDE

El presente documento indaga en un aspecto específico de la regulación del sector de la educación particular pagada, esto es el tratamiento de las necesidades educativas especiales de los estudiantes del sector. Para tal efecto se ha efectuado una selección de países conforme a criterios que se indican, de modo de obtener un panorama de un sector en el contexto OCDE lo más similar posible al sector de la educación particular pagada en Chile. El documento contiene las definiciones OCDE sobre el sector; y algunos datos que permiten situar a Chile respecto del contexto general de la OCDE y de los países que se estudian. En este contexto, se exponen los aspectos relativos a la inclusión de estudiantes con necesidades especiales en Inglaterra, Nueva Zelandia, México, y EE.UU.

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04/01/2019

Beneficios para Asistentes de la Educación. Transición hacia la nueva educación pública.

En la actualidad, la educación pública se encuentra en transición desde un régimen en el cual los Establecimientos Educacionales son administrados por los municipios, hacia uno en el cual son administrados por Servicios Locales de Educación. Así, en el largo plazo, la administración de los establecimientos educacionales públicos convergerá a un único régimen. Lo anterior en la medida que los establecimientos, actualmente administrados por los Municipios, sean traspasados a los Servicios Locales que se vayan creando según el cronograma establecido en la Ley 21.040. Dicho lo anterior, la transición hacia el nuevo régimen de administración esta caracterizado por la coexistencia de los dos sistemas de administración de establecimientos educacionales: a.El Municipal, que se rige por las normas que se aplican a los establecimientos que reciben subvención del Estado; b. Servicios Locales de Educación, los cuales se rigen, en lo particular, por las normas de la Ley 21.040 que crea el Sistema de (nueva) Educación Pública. En este contexto, se ha publicado la Ley 21.109, que regula un Estatuto Laboral para los Asistentes de la Educación que se desempeñen en establecimientos educacionales que dependan de los Servicios Locales de educación. Así, los Asistentes de la Educación que sean traspasados al nuevo régimen de administración (Servicios Locales de Educación), comenzarán a recibir beneficios remuneracionales y no remuneracionales normados en el Estatuto Laboral. Por su parte, los Asistentes de la Educación pertenecientes a las dotaciones municipales, se regirán por un régimen “mixto”, caracterizado por la incorporación de algunos beneficios d el Estatuto Laboral, a las normas vigentes que se les aplica a los Asistentes de la Educación de establecimientos municipales.

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27/12/2018

Datos de la educación especial. Año 2018

El objetivo de este informe es reportar estadísticas primarias del sector educativo que atiende estudiantes con necesidades educativas especiales. En lo principal, se informa el número de establecimientos que educan a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE), y la matrícula que se deduce de la base de datos de Matrícula Única del Ministerio de Educación, correspondiente al año 2018. De los datos se puede observar que en Chile se cuentan 2.027 escuelas especiales, 5.662 establecimientos escolares con integración (PIE) y 46 escuelas y aulas hospitalarias. Las escuelas especiales, en su gran mayoría son para la enseñanza de estudiantes con trastornos del lenguaje. A su vez, son 183.373 los alumnos matriculados con necesidades educativas especiales. Este número representa un 5,12% de la matrícula total nacional. De estos, 166.780 (90,95%) asistieron a establecimientos particulares subvencionados, lo que representó un 8,65% de la matrícula de ese sector. Por último, de los 183.373 alumnos con necesidades especiales, un 75,56% lo es por trastornos al lenguaje, un 20,78% por discapacidad intelectual, lo que suma un 96,34%.

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19/12/2018

Servicios Locales de Educación y Ordenamiento de Establecimientos Escolares.

El presente documento tiene como finalidad observar cómo la nueva gobernanza de la Educación Pública se vincula con las normas establecidas en la Ley N° 20.529, que define el sistema de accountability de la educación escolar en Chile. Lo anterior, precisando las responsabilidades que la Ley N° 21.040 asigna para los agentes del Sistema de Educación Pública, en particular al ordenamiento en categorías de desempeño de los establecimientos educacionales. El documento ofrece un análisis preliminar del cierre de establecimientos, consecuencia que se deriva de permanecer en la categoría de desempeño insuficiente por un periodo de 4 años consecutivos. En tal sentido, se enuncia que bajo la metodología de ordenación de establecimientos vigente, no se estaría considerando el efecto sobre el desempeño, que tendrían las acciones de los agentes que componen el Sistema de Educación Pública, acciones que quedan establecidas en los diversos instrumentos de gestión que establece la Ley 21.040, y que, por lo tanto, son verificables. Por lo anterior, se postula que la evaluación del desempeño de las acciones de los agentes, a través de la revisión del cumplimiento de lo establecido en los instrumentos de gestión, podría incorporarse a la evaluación del desempeño de los establecimientos, como factor de control y ajuste de los resultados. Es, en este sentido, que cabría preguntarse si corresponde cerrar un establecimiento de un Servicio Local cuyo Director ha sido cesado en sus funciones por la no implementación, o implementación deficiente, de las medidas específicas de apoyo a las que obliga la Ley N° 20.529, para establecimientos en la categoría de insuficiente.

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19/12/2018

Ordenación de establecimientos educacionales: Metodología y consecuencias

El presente documento da cuenta de la metodología de ordenación de establecimientos educacionales por categorías de desempeño, y sus consecuencias, ofreciendo un breve análisis (preliminar) desde el enfoque del fortalecimiento de capacidades. Lo anterior en el marco de un sistema de accountability que hace responsable al establecimiento escolar de los resultados de aprendizaje de sus alumnos. En síntesis se observa que en el modelo de accountability que norma la Ley 20.529, el concepto desempeño educativo del establecimiento está fuertemente asociado al grado en que los estudiantes alcanzan los estándares de aprendizaje fijados por el Ministerio de Educación. La medición del grado de cumplimiento de los estándares de aprendizaje, utiliza como instrumento la prueba nacional estandarizada SIMCE. Si bien se toman en cuenta otros aspectos del desempeño del establecimiento en la construcción de un índice único de desempeño, el factor que mayormente se pondera es el antes dicho. Asimismo, cabe mencionar que el indicador único de desempeño se corrige por el nivel socioeconómico de los estudiantes, sustrayendo el impacto del contexto social sobre el desempeño. Dado lo anterior, lo que el indicador mediría, finalmente, es el “efecto de la escuela” sobre el grado de cumplimiento de los estándares de aprendizaje. Del valor que obtiene el establecimiento en el indicador se asocian consecuencias, principalmente, para aquellos establecimientos que se ubican en la parte baja de la distribución del indicador, es decir los de desempeño “insuficiente”. Estas consecuencias van desde apoyos hasta la pérdida del reconocimiento oficial del establecimiento. Lo que se discute en el documento es, por lo tanto, que la forma y plazos de las consecuencias asociadas al desempeño de los establecimientos, incorpora incentivos que estarían más orientados a buscar soluciones de corto plazo, que a medidas que fomenten el fortalecimiento de capacidades de los establecimientos educacionales. Lo anterior, en el marco de la Ley N° 20.529, que señala que uno de los objetivos centrales del modelo de accountabiliy es el desarrollo de capacidades institucionales.

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14/12/2018

Los médicos veterinarios como profesionales de la salud. Revisión de los casos de Argentina, España y Francia

El siguiente informe revisa la legislación de tres países, esto es Argentina, España y Francia, de manera de dar cuenta si las legislaciones sanitarias correspondientes, incorporan o no a los médicos veterinarios como parte de los profesionales de la salud. Al mismo tiempo, el informe señala las funciones generales que tienen estos profesionales, como también los requisitos legales que se les exige para ejercer su profesión.

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10/12/2018

Ka Hikitia. Estrategia neozelandesa para mejorar el logro educativo de la población maorí, 2013-2017.

El Ka Hikitia es la política educativa para integrar de forma más plena a la población maorí en e l sistema educacional. Por ello, el Ka Hikitia apoya a estudiantes maor íes a obtener habilidades, conocimientos y calificaciones que ellos necesitan para lograr éxito dentro d el mundo maorí, en Nueva Zelanda, así como en el mundo entero. El Ka Hikitia se compone de cinco principios , que son: (i) el Tratado de Waitangi , que es reconocido como el hito fundacional de Nueva Zelanda ; (ii) el enfoque del potencial maorí; (iii) Ako (o aprender en maorí) que corresponde a un proceso bidireccional de enseñanza y aprendizaje ; (iv) la relevancia de la i dentidad, el lenguaje y la cultura ; y (v) la importancia de las a sociaciones productivas entre maoríes y los estamentos educativos neozelandeses. Estos 5 principios se describen en detalle a través del informe.

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23/11/2018

Matricula del nivel educación parvularia en Viña del Mar

La siguiente minuta da a conocer el número de estudiantes matriculados en el nivel de educación parvularia en la comuna de Viña del Mar, por dependencia administrativa, y los (sub) niveles educativos en que se estructura la educación parvularia . Lo anterior actualizado a agosto de 2018.

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07/11/2018

Estrategias para abordar la violencia escolar

El presente documento, a solicitud parlamentaria, aborda desde las experiencias concretas el problema de la violencia escolar, las agresiones al interior del espacio educativo y los impactos negativos de estos en el clima escolar. En ese sentido se procura exponer de modo sintético qué experiencias se han puesto en práctica para abordar dichas problemáticas desde la escuela, a través de la implementación de dispositivos de variada índole, identificando cuales son los principios qu é fundamentan tales dispositivos. Los principales hallazgos ofrecen un panorama variado de experiencias , que se exponen en este documento de forma sintética , donde es posible identificar ciertos rasgos comunes a las estrategias de abordaje de la violencia. La mayoría d e estas procuran incidir de forma global en el ambiente de la escuela, procurando crear un clima que sea favorable al aprendizaje y el entendimiento. Asimismo, las estrategias identifican cu á les son los estudiantes más proclives a los comportamientos ag resivos para poder trabajar con ellos (y no en contra de ellos). Para ello, es posible desarrollar estrategias que son en apariencia simples, pero que traen detrás una concepción de la escuela como un espacio de convivencia democráticamente construido , en donde todos y todas son parte fundamental.

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