Historia de la Constitución y de las Propuestas de Nuevas Constituciones

Sesión 1 CPR-1980

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ACTAS OFICIALES DE LA COMISION CONSTITUYENTE

SESION 1ª, CELEBRADA EN 24 DE SEPTIEMBRE DE 1973

A. - Designación de la Comisión Constituyente

B. - Decreto Supremo Nº 1.064, de 12 de noviembre de 1973, del Ministerio de Justicia

C. - Incorporación de la señora Alicia Romo Román

D. - Acta de la Sesión 1a, celebrada en lunes 24 de septiembre de 1973

- Designación de Presidente y de Secretario de la Comisión Constituyente.

-Intervención de los señores Ortúzar y Díez, sobre los principios fundamentales que deberán inspirar la nueva Constitución Política del Estado.

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A. - Designación de la Comisión Constituyente.

Uno de los primeros actos de la Honorable Junta de Gobierno fue designar la Comisión Constituyente con el encargo de elaborar un anteproyecto de nueva Constitución Política del Estado, la que en un comienzo estuvo integrada por los señores Sergio Díez Urzúa, Jaime Guzmán Errázuriz, Enrique Ortúzar Escobar, que en la sesión constitutiva fue elegido como su Presidente, y Jorge Ovalle Quiroz. Fue designado Secretario de la Comisión, don Rafael Eyzaguirre Echeverría.

Posteriormente, con fecha 9 de octubre de 1973, se incorporaron como miembros permanentes de la Comisión, los señores Enrique Evans de la Cuadra, Gustavo Lorca Rojas y Alejandro Silva Bascuñán.

B. - Decreto Supremo Nº 1.064, de 12 de noviembre de 1973, del Ministerio de Justicia, que crea oficialmente la Comisión Constituyente.

En el Diario Oficial de 12 de noviembre de 1973, (N9 28.699) fue publicado el Decreto Supremo Nº 1.064, de 25 de octubre de 1973, del Ministerio de Justicia, que creó la Comisión Constituyente.

Su texto es el siguiente:

“DESIGNA COMISION PARA QUE ESTUDIE, ELABORE Y PROPONGA UN ANTEPROYECTO DE UNA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO.”

Santiago, 25 de octubre de 1973. Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.064.-Vistos: el decreto ley Nº 1, de 11 de septiembre de 1973 y considerando la necesidad de reconstituir, renovar y perfeccionar la Institucionalidad fundamental de la República para la cabal consecución de los postulados enunciados en el Acta de Constitución de la Junta de Gobierno,

Decreto:

1. - Desígnase una Comisión para que estudie, elabore y proponga un anteproyecto de una nueva Constitución Política del Estado y de sus leyes complementarias.

2. - Esta Comisión se relacionará con el Gobierno a través del Ministerio de Justicia y estará compuesta por las siguientes personas:

Señor Sergio Diez Urzúa.

Señor Enrique Evans de la Cuadra.

Señor Jaime Guzmán Errázuriz.

Señor Gustavo Lorca Rojas.

Señor Enrique Ortúzar Escobar.

Señor Jorge Ovalle Quiroz, y

Señor Alejandro Silva Bascuñán.

3. - Se desempeñará como Presidente de la Comisión el integrante que ésta designe y actuará como Secretario de la misma el señor Rafael Eyzaguirre Echeverría.

4. -La Comisión podrá requerir la cooperación y antecedentes que juzgue necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, de los servicios, reparticiones, organismos, empresas e instituciones del Estado y solicitar análoga colaboración de otras entidades y personas cuyo concurso estime conveniente. Podrá, asimismo, formar las comisiones y subcomisiones que considere indispensables para el cabal cumplimiento de sus cometidos, pudiendo, para estos efectos, designar a los asesores que sean necesarios.

Regístrese en la Contraloría General de la República, comuníquese y publíquese.- Por la Junta de Gobierno, AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército y Presidente de la Junta de Gobierno.- Gonzalo Prieto Gándara, Ministro de Justicia.- Oscar Bonilla Bradanovic, Ministro del Interior.

Lo digo a U para su conocimiento. - Dios guarde a U. - Max Silva del Campo, Subsecretario de Justicia”.

C. - Incorporación de la señora Alicia Romo Román.

Con fecha 21 de diciembre de 1973, el señor Ministro Secretario General de Gobierno, Coronel don Pedro Ewing Hodar, envió al señor Presidente de la Comisión Constituyente, el siguiente oficio:

Santiago, 21 de diciembre de 1973.

Señor Presidente:

Comunico a Ud. que la Excma. Junta de Gobierno ha acordado que la Sra. Alicia Romo Román integre la Comisión Constituyente.

Le ruego, en consecuencia, que se dispongan las medidas pertinentes a fin de que la Sra. Romo Román se incorpore a ese organismo.

Saluda atentamente a Ud.

PEDRO EWING HODAR

CORONEL

Ministro Secretario General de Gobierno

AL SEÑOR

ENRIQUE ORTUZAR ESCOBAR

PRESIDENTE DE LA COMISION CONSTITUYENTE

PRESENTE.

D. - Acta de la Sesión 1a, celebrada en lunes 24 de septiembre de 1973.

La Comisión se reúne con asistencia de los señores Sergio Díez Urzúa, Rafael Eyzaguirre Echeverría, Jaime Guzmán Errázuriz, Enrique Ortúzar Escobar y Jorge Ovalle Quiroz.

En primer lugar, se designa, con su abstención, Presidente de la Comisión Constituyente al señor Enrique Ortúzar Escobar y Secretario a don Rafael Eyzaguirre Echeverría.

En seguida, se acuerda solicitar a la Oficina de Informaciones del Senado los siguientes antecedentes para el trabajo que deberá desarrollar la Comisión:

1. - Constitución Política de la República;

2. - Reformas despachadas por el Congreso Nacional y no promulgadas por el anterior Gobierno;

3. -Proyecto de Reforma Constitucional elaborado por la Administración Alessandri

4. - Proyecto de Reforma Constitucional presentado bajo el Gobierno del señor Frei; su discusión en la Cámara de Diputados, y las Actas de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado en que se contienen los debates efectuados en ella durante el segundo trámite constitucional;

5.- Las Constituciones vigentes de los siguientes países: Brasil, Perú, Alemania Federal, Francia, Italia, Venezuela y Uruguay, así como los antecedentes del sistema español y otros que puedan ser útiles para el buen éxito de la investigación que deberá desarrollarse en este aspecto;

6.- Una recopilación de los Bandos dictados por la Junta de Gobierno Militar y los Decretos Leyes publicados en el Diario Oficial hasta la fecha; además, se acordó solicitar el envío a la Comisión de todos los Decretos Leyes que se dicten en lo futuro, y

7. - Una recopilación de declaraciones, inserciones y conferencias de prensa ofrecidas por los personeros del nuevo Gobierno.

A continuación el SECRETARIO señor Eyzaguirre propone, a petición del Presidente de la Comisión, a los siguientes funcionarios de la Secretaría del Senado para que colaboren y trabajen en esta Comisión, para lo cual sugiere se oficie a quien corresponda para los efectos de su destinación:

1. - José Rafael Larraín Cruz

2. - José Luis Lagos López;

3. - Gustavo Yáñez Bello;

4. - Rodrigo Sanhueza Olea;

5. - Fernando Soffia Contreras;

6. - Arturo Marín Vicuña;

7. - Mario Tapia Guerrero, y

8. - José Vergara Villarroel.

El señor ORTUZAR (Presidente), manifiesta que el espíritu que anima a la Junta de Gobierno es de carácter nacionalista y que, por consiguiente, es necesario afianzar los valores de nuestro sistema democrático mediante la integración de la ciudadanía y la participación del pueblo para obtener el desarrollo y progreso de la comunidad, evitando la intromisión de elementos extraños en la conducción de los destinos de la Patria.

Señaló que en una futura reunión, que se determinará más adelante, dará a conocer en forma precisa las características que a su juicio debe tener la nueva Carta Política; así como, el nombramiento de Comisiones especiales que estarán encargadas de realizar los estudios que sean necesarios para lograr un texto orgánico y adecuado a las necesidades y fines que se persiguen con su dictación.

Sin embargo, adelantó, que para afianzar cualquier sistema de Gobierno democrático era indispensable tener presente las siguientes medidas:

1. - El establecimiento de un precepto constitucional, similar al contemplado en la Carta de Alemania Federal, que declare contrarios a la Constitución a los Partidos o movimientos que sustenten Ideas o doctrinas marxistas;

2. - La prohibición de que las personas que profesen dichas ideologías puedan ocupar cargos de elección popular, sancionando a los infractores con la destitución en tales cargos;

3. - La Inclusión en la Carta Política del sistema de segunda vuelta en las elecciones presidenciales, en caso de que ninguno de los candidatos obtenga la mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos. Esta modalidad evita que grupos políticos reducidos o minoritarios se impongan sobre la mayoría de un país que, precisamente, por sustentar ideales democráticos han actuado divididos en la lucha presidencial.

4. - La exigencia de un quórum de los dos tercios de los miembros en ejercicio de cada rama del Parlamento, para modificar las garantías constitucionales y aquellas disposiciones de la Carta Fundamental que aseguran la vigencia del régimen democrático y del Estado de Derecho, y

5.- La necesidad de afianzar el régimen de propiedad en general y, en forma especial, el de la agricultura, industria y minería, y de destacar la función social que le corresponde, la que obliga a emplearla en el fin que le es natural y en armonía con los intereses colectivos. Asimismo, es preciso resguardar otras garantías individuales y sociales tendientes a procurar el bienestar y la tranquilidad de la población.

Señaló que la nueva Constitución deberá estimular y asegurar la Iniciativa creadora de los particulares, pues ella, a través de la empresa privada, es el gran motor que impulsa el desarrollo económico de un país y que, a su vez, garantiza su libertad.

La absorción de las actividades económicas por el Estado conduce a una sociedad estatista que termina por negar la libertad personal.

Lo anterior no significa, por cierto, desconocer el gran papel que corresponde al Estado como orientador y planificador de la economía o sus facultades destinadas a asegurar una libre y sana competencia, a ejercer el control necesario para evitar toda forma de abuso o monopolio y a velar por la seguridad nacional.

La nueva Carta, agregó, debe contener en este sentido, los principios o normas fundamentales que señalen el campo de acción del Estado en la economía y, a su vez, los que fijen y garanticen a los particulares el amplio ámbito en que pueden libremente desarrollar sus actividades económicas.

La iniciativa particular no puede existir, y menos tener la proyección que el desarrollo del país requiere, sin fortalecer el derecho de propiedad, tan gravemente conculcado por el régimen anterior.

El derecho de propiedad, expresó, es, además, el fundamento de todas las libertades públicas.

Destacó el señor Ortúzar que especial importancia debía atribuir-se a la efectiva participación de los gremios, colegios profesionales, mujeres, juventud y Fuerzas Armadas, los cuales unidos y sin odios podrían obtener en forma rápida y eficaz la prosperidad del país y el bienestar de la población. Esta intervención, señaló, puede realizarse a través de la creación de un Consejo Económico y Social en que estén representados esos organismos y cuya función sea la de asesorar al Ejecutivo en la solución de los problemas que afecten a la ciudadanía.

Prosiguiendo con su intervención, señaló que, a su juicio, debía idearse un Senado cuya composición fuera de carácter mixto, en que parte de sus miembros fueran elegidos en votación directa a través de todo el territorio de la República en donde tendrían cabida las figuras prestigiadas por la Nación, y otra, cuyos representantes fueran designados por la función que les correspondió desempeñar o por la actividad que actualmente ejercen, como por ejemplo, los ex Presidentes de la República; del Senado; ex Contralores Generales de la República; Rectores de las Universidades; representantes de los gremios, de la juventud, de organismos de base, etc.

Con respecto a la composición de la Cámara de Diputados, indicó que en la Administración de don Jorge Alessandri se había propuesto un número fijo de 150 Diputados elegidos por agrupaciones provinciales, los que debían contar con asesoría técnica para el despacho y elaboración de las leyes. Estas, señaló, deberían ser de tipo general, conteniendo el enunciado y las normas generales o de base por las cuales se tendría que regir una situación determinada, dejando entregada a la potestad reglamentaria del Presidente de la República la ejecución y funcionamiento de las disposiciones de detalle o complementarias de la misma.

Igualmente, se pretendía ampliar el campo de las incompatibilidades y prohibiciones parlamentarias y establecer una severa responsabilidad en el desempeño del cargo, ya que es ésta la única función exenta de sanción para quienes no se atienen a los dictados de la Constitución. Se proponía para los infractores la pérdida del cargo y la declaración de Inconstitucionalidad de las leyes en que intervinieren.

Fundamental importancia tiene para el señor Ortúzar la necesidad de afianzar la independencia del Poder Judicial y otorgarle o devolverle en toda su extensión el imperio con que deben hacer cumplir sus resoluciones. Estimó que los Tribunales Administrativos debían depender de la Corte Suprema y que era imprescindible establecer la facultad para que ella pudiera decretar de oficio la inconstitucionalidad de la ley, ya sea por defectos de forma o de fondo, de los decretos con fuerza de ley y de los decretos de insistencia; en este último caso, para evitar abusos que con frecuencia se cometen. En virtud de lo anterior, agregó, no tendría justificación el mantenimiento del Tribunal Constitucional puesto que sus funciones pasarían a la órbita de la competencia de la Corte Suprema.

Consideró indispensable el señor Ortúzar incorporar una disposición que otorgare a la Contraloría General de la República un adecuado mecanismo para el desempeño de sus funciones a fin de evitar que se burle el acatamiento de las resoluciones que dicte en su labor fiscalizadora.

En seguida, el señor Ortúzar manifestó que era de opinión, para evitar actitudes arbitrarias y odiosas de los gobernantes, que en la futura institucionalidad, el llamado a retiro de los principales mandos de las Fuerzas Armadas debía hacerse con acuerdo del Senado, cuerpo colegiado con más idoneidad para adoptar este tipo de medidas tan trascendentales para el país, que un órgano unipersonal.

Expresó su deseo de poner en práctica una efectiva y al mismo tiempo eficaz descentralización administrativa, para lo cual señaló que cada servicio o institución debía proponer las modificaciones necesarias para obtenerla y hacerla operante a la brevedad posible.

Agregó más adelante que tanto los estados de emergencia como los de sitio no debían ser decretados por la autoridad política, sino que por ésta con consulta a las Fuerzas Armadas, o bien sólo por estas últimas.

Finalmente, señaló que la acción del Estado tiene sólo por objeto el desarrollo del bien común para obtener la prosperidad y tranquilidad de sus habitantes, lo cual supone la participación de personas capaces e idóneas que estén dispuestas a sacrificarse por la Patria; así como la incorporación de los principios de tecnología y ciencia modernas que pueden aportar países amigos.

El señor DIEZ señaló que, a su juicio, la Comisión está abocada al estudio de una nueva Constitución y no sólo a introducirle enmiendas de parche a la actualmente vigente. Considera que la exposición del señor Ortúzar constituye sólo una enumeración de alternativas que no soluciona el problema de fondo ya que la crisis que afecta al país es de hábitos más que de disposiciones.

A juicio del señor Díez la labor fundamental que debe cumplir toda Constitución puede resumirse en dos aspectos: a) Dar organización al Estado y b) Garantizar los derechos de los gobernados ante los gobernantes.

Señaló estar de acuerdo con ciertos principios esbozados por el señor Ortúzar, como la efectiva participación de la mujer en el proceso de desarrollo del país y la posibilidad de que ellas puedan asumir cargos de responsabilidad en él. Pero, agregó, es de parecer que es más importante determinar en quién va a residir la soberanía de la Nación y cuál va a ser la proporción que en esa soberanía le va a corresponder al sufragio universal. La participación de los gremios u organismos colegiados, si bien la considera importante, estima que debe ser minoritaria y para fines específicos. Manifestó el señor Díez que los conceptos de democracia e información deben de complementarse entre sí, para posibilitar que todas las tendencias de opinión tengan, por igual, acceso a la información, con lo que el pueblo estará en antecedentes de sus postulados y podrá hacer recaer la soberanía en quien él libremente escoja.

El señor ORTUZAR concuerda con el señor Díez en el sentido de que la soberanía tiene que residir en la Nación, situación que lo hace pensar en que la nueva Constitución que se dicte debe estructurarse en la actual, razón por la cual ha estimado necesario en este momento referirse sólo a determinados problemas fundamentales sin desconocer la existencia de otros que deberán analizarse en reuniones futuras que celebre la Comisión.

El señor DIEZ se refirió, en seguida, a ciertos aspectos que a su juicio deben ser considerados en la nueva Constitución que se dicte, los que a continuación se resumen:

1. - Es partidario del establecimiento de las leyes de carácter normativo y general, aumentando la potestad reglamentaria del Presidente de la República para su expedita ejecución; pero, para asegurar la supremacía de la ley, debe disponerse un rígido control de su constitucionalidad. Estima necesario crear el concepto de ley complementaria de la Constitución o Ley Constitucional de categoría especial.

2. - Considera necesario reestudiar el proceso de formación de la ley, sobre todo en la parte de las materias que son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Agregó que le parecía absurdo, por ejemplo, la facultad de conceder indultos sin la participación o el consentimiento del Poder Judicial, como asimismo el sistema económico de dicho poder público.

3.- Estimó indispensable incorporar en el texto constitucional el Estatuto de los Partidos Políticos, precisando las bases y la organización que deben observar para constituirse democráticamente y participar sólo en aquellas actividades que le son inherentes a sus fines propios. Agregó que el legislador una vez elegido como parlamentario debía desentenderse de las preocupaciones políticas de sus electores.

4. - Manifestó que le parecía un error que el Parlamento funcionara en forma cuotidiana, incluso muchas veces para pronunciarse sobre problemas de casi ninguna trascendencia. Estimó que sólo debe reunirse por breves períodos, todo lo cual contribuiría a despolitizar al país.

Considera que el Senado aparte de su labor como Poder Legislativo debe asumir una misión de consejo; esto es, la obligación de determinadas autoridades o entidades de escuchar su opinión en ciertas materias aún cuando no sea perentorio observar la conducta recomendada por el Senado. Este predicamento debe aplicarse necesariamente en la conducción de las relaciones internacionales del país.

5.- Es de opinión que los integrantes de la Cámara de Diputados deben ser elegidos por agrupaciones provinciales, disponiéndose que los representantes que cada zona designe deben cumplir parte de sus funciones en dicho territorio ya que las necesidades de unas son diferentes a las que puedan tener otras. Agregó que los Diputados podrían cumplir tareas de asesoría, coadyuvando con las que les son propias a los Intendentes, o a las otras autoridades que se establezcan para regionalizar la vida nacional.

6. - Considera inconveniente que el Poder Legislativo esté siempre confundido con el fiscalizador; en el hecho estima que hay que especificar y dar fuerza a las facultades de tal naturaleza que le corresponden a la Cámara de Diputados.

7. - El señor DIEZ indicó que le parecía indispensable establecer la obligación de los Ministros de Estado, organismos autónomos o parlamentarios, de solicitar opinión a las entidades técnicas o profesionales que puedan verse afectadas por las medidas que esas autoridades pudieren emprender sin el conocimiento previo de los posibles afectados. Cree que los organismos gremiales deben participar en la creación de la ley en las Comisiones Técnicas del Congreso.

8. - Manifestó el señor DIEZ que, si bien la participación de las Fuerzas Armadas era evidente y plausible en este momento de nuestra historia, podría en algún tiempo más ser objeto de criticas, razón por la cual era partidario de incorporar desde ya su Estatuto Jurídico y atribuciones en la Carta Fundamental para otorgarle vigencia a sus funciones. A vía de ejemplo, señaló las siguientes: tener a su cargo el manejo y aplicación de las restricciones de las libertades públicas; el aparato elector de la Nación y la posibilidad de que en un momento determinado, en atención á circunstancias de seguridad, nacional que deben precisarse cuidadosamente, pudieran actuar en la rectificación de ciertos actos emanados de las autoridades sin sujeción a la subordinación que se le debe al Ejecutivo, y plantear, por ejemplo, directamente sus puntos de vista al Congreso Nacional.

9. - Cree indispensable establecer un control jurídico a posteriori con cierta estrictez dando facultades a la Corte Suprema a este respecto y afianzar al mismo tiempo la autonomía del Poder Judicial, sobre todo en lo financiero.

Se levanta la sesión.

ENRIQUE ORTUZAR ESCOBAR

Presidente

RAFAEL EYZAGUIRRE E.

Secretario