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Historia de la Ley

Tramitación de la Ley

  • Versiones Historia de la Ley N° 20.852
    • Primer Trámite Constitucional (desde: 15-03-2011 hasta: 05-06-2014)
      • (Primer Trámite)Ingreso Proyecto de Ley (15-03-2011)
        • Artículo 1°.-
        • Artículo 2°.-
        • Artículo 3°.-
        • Artículo 4°.-
        • Artículo 5°.-
        • Artículo 6°.-
      • Oficio de Ley a Cámara Revisora (05-06-2014)
    • Segundo Trámite Constitucional (desde: 09-06-2015 hasta: 09-06-2015)
    • Tercer Trámite Constitucional (desde: 08-07-2015 hasta: 08-07-2015)

Primer Trámite Constitucional
(Primer Trámite)Ingreso Proyecto de Ley
Fecha: 15-03-2011
Cámara: Cámara de Diputados
Sesión: Sesión Ordinaria N° 1
Legislatura: Legislatura Ordinaria número 359



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PROYECTO DE LEY:

Artículo 1°.-

Autorízase erigir monumentos, en las ciudades que la Comisión determine, en memoria de la ex Diputada Gladys Marín Millie.

Artículo 2°.-

Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea por el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3°.-

Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.

Artículo 4°.-

Créase una comisión especial, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un Diputado patrocinante de esta moción; el alcalde de las comuna respectiva, la Fundación Gladys Marín Millie y el Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5°.-

La comisión especial tendrá las siguientes funciones:

a)Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;

b)Determinar el sitio en que se ubicarán los monumentos, en coordinación con los Alcaldes involucrados, la Fundaciòn Gladys Marín y con el Consejo de Monumentos Nacionales;

c)Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d)Administrar el fondo creado por el artículo 3°, y

e)Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.

Artículo 6°.-

Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.