Extracto de circular Nº 52, de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), de 25 de febrero de 2015, que informa sobre modificación de umbral de los reportes de operaciones en efectivo, adecuando a dicho umbral las circulares UAF vigentes.
El artículo 1º Nº 4, de la ley Nº 20.818, modificó lo señalado en el
artículo 5º de la
ley Nº 19.913, rebajando el umbral de Reportes de Operaciones en Efectivo (ROE) que las entidades privadas supervisadas deben informar a la UAF, desde cuatrocientas cincuenta unidades de fomento, o su equivalente en otras monedas, a un monto de diez mil dólares de Estados Unidos de América o su equivalente en pesos chilenos, según el valor del dólar observado el día en que se realizó la operación.
De acuerdo a lo anterior se modifica toda mención realizada en las circulares UAF Nº 6, de 2005; Nº 7, 2006; Nº 11, de 2006; Nº 12, de 2006; Nº 17, de 2007; Nº 18, de 2007; Nº 19, de 2007; Nº 34, de 2007; Nº 35, de 2007; Nº 36, de 2007 (conjunta con circular Nº 1480, de la Superintendencia de AFP); Nº 40, de 2008; Nº 42, de 2008; y
Nº 50, de 2014 (conjunta con circular Nº 57, de la Superintendencia de Casinos de Juego), al monto de cuatrocientas cincuenta unidades de fomento o su equivalente en otras monedas, reemplazándose en ellas por el monto de diez mil dólares de los Estados Unidos de América o a su equivalente en pesos chilenos, según el valor del dólar observado el día en que se realizó la operación.
El texto íntegro de esta circular está publicado en la página web de la Unidad de Análisis Financiero (www.uaf.cl).