Decreto 135 DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO A LA "VILLA MINISTRO CARLOS CORTÉS (VILLA SAN LUIS DE LAS CONDES)", UBICADA EN LA COMUNA DE LAS CONDES, PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Promulgacion: 29-JUN-2017 Publicación: 29-JUL-2017

Versión: Última Versión - 02-SEP-2021

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DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO A LA "VILLA MINISTRO CARLOS CORTÉS (VILLA SAN LUIS DE LAS CONDES)", UBICADA EN LA COMUNA DE LAS CONDES, PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA
    Núm. 135.- Santiago, 29 de junio de 2017.
    Considerando:
    Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, recibió la solicitud de los Sres. Jaime Díaz Lavanchy, cineasta, documentalista y Miguel Lawner Steiman, arquitecto y ex Director de la Corporación de Mejoramiento Urbano (Cormu), para declarar como monumento nacional en la categoría de monumento histórico, a la Villa San Luis de Las Condes, ubicada en Presidente Riesco Nº 5885 y Pasaje Urano Nº 651, comuna de Las Condes, provincia de Santiago, Región Metropolitana;
    Que, el sitio formó parte del Fundo San Luis, propiedad del ex Alcalde de Providencia Ricardo Lyon Pérez, vendido por su viuda Loreto Cousiño Goyenechea en 1935. Una parte fue adquirida por la Junta General de Beneficencia y el resto quedó sometido a una demanda judicial interpuesta por los hijos del matrimonio, hasta que en base a la Ley Orgánica de la Cormu, cerca de 50 hectáreas fueron expropiadas, siendo inscritas a favor del Fisco en el año 1968. Ese año la Cormu encomendó un proyecto al arquitecto y urbanista Miguel Eyquem y al arquitecto Arturo Baeza, quienes desarrollaron el proyecto Remodelación Parque San Luis;
    Que, el proyecto, orientado por los lineamientos del Plan Regulador Intercomunal de Santiago (1960), buscó generar un núcleo urbano, político, administrativo y ceremonial armónico, para 60.000 habitantes de los estratos socioeconómicos medio y medio-alto, en edificios escalonados, con un centro cívico en 3,4 de las 50 hectáreas. Por este diseño, que integraba los espacios públicos y privados, el arquitecto y urbanista Miguel Eyquen fue galardonado con el Premio Nacional de Urbanismo en 1971;
    Que, el proyecto de la Villa San Luis se enmarcó en este proyecto general, que fue reorientado en el sector sur para dar cabida a la población sin casa del sector oriente, gracias a la gestión del Sr. Carlos Cortés Díaz, Ministro de Vivienda y Urbanismo, que hizo las gestiones para tal efecto, en 1971 a través de la Cormu y de la Corporación de Servicios Habitacionales (Corhabit). En el Santiago de 1970, 1 de cada 6 habitantes residía en una solución habitacional transitoria (16,3% de la población), concentrando el sector oriente gran cantidad de campamentos y poblaciones. Tras la abrupta muerte del Ministro, los comités de vivienda decidieron renombrar el conjunto habitacional como Villa Ministro Carlos Cortés;
    Que, este proyecto, que contemplaba en su primera etapa cerca de 1.000 viviendas, fue emblemático desde el punto de vista político y social, por romper con la segregación socioeconómica de la ciudad, integrando a la población de diversos niveles socioeconómicos en un mismo espacio urbano. El proyecto comenzó a licitarse en 1971, cinco zonas se adjudicaron a empresas constructoras y dos fueron ejecutadas directamente por la Cormu. Para la entrega de los departamentos, la Cormu a través de la Corhabit ideó un mecanismo de "departamento con nombre", esto es, de preasignación, que identificó al destinatario del inmueble antes de entregarlo, para generar mayor coordinación con los comités de vivienda y evitar tomas y ocupaciones. En abril de 1972, se entregaron los primeros 252 departamentos y sucesivamente hasta 1973 se fueron entregando los inmuebles;
    Que, al momento del golpe de Estado, los títulos de dominio se encontraban en tramitación por cuanto la Municipalidad de Las Condes no efectuaba la recepción final de las obras. La primera acción que se ejecutó en contra del proyecto fue renombrar al conjunto como Villa San Luis. A meses del golpe, la Cormu dejó de recibir los pagos por los departamentos situación que no está del todo esclarecida;
    Que, en 1975 el Sr. Carlos Granifo Harms, titular del Minvu envió una carta a la Junta de Vecinos de San Luis, indicando que estaban ocupando los inmuebles, que fueron adquiridos por el Ejército de Chile, de modo ilegal. Esta posición fue ratificada por el Serviu, en 1976, iniciándose el traslado de cerca de 800 familias hacia otras comunas, a viviendas que utilizaba personal de planta del Ejército. Paralelamente un grupo de pobladores sin casa comenzó a ocupar departamentos que estaban desocupados;
    Que, el 28 de diciembre de 1976, en un hecho condenado por la opinión pública, un grupo de 112 familias fueron desalojadas a medianoche, y trasladadas a diversos puntos de la capital, 17 de ellas fueron llevadas a un sitio eriazo en Pudahuel, 20 fueron dejadas en una cancha en el paradero 37 de Santa Rosa, 8 en un camino en San José de Maipo, 4 en un basural de Lo Curro y el resto fue trasladado a Renca. De los desalojos realizados entre 1975 y mediados de 1980, solo 95 familias no fueron trasladadas, por diversos motivos. En la década de 1990 el Serviu entregó títulos de dominio por los departamentos de los blocks 14, 15, 16 y 17 correspondientes al lote 18-A;
    Que, el 12 de diciembre de 1989, el Serviu transfirió al Fisco los lotes de la Villa San Luis. A través del decreto exento Nº 38, 1991, el Ministerio de Bienes Nacionales destinó al Ejército para fines habitacionales el conjunto, señalando que de efectuarse un uso contrario a lo establecido los bienes retornarían al Fisco previo informe del Seremi Metropolitano. El Ejército trasladó el conjunto al Patrimonio de Afectación Fiscal y vendió a la inmobiliaria Parque San Luis S.A. gran parte del sector. Las demoliciones comenzaron en 1997 y la construcción de las actuales torres a comienzos del 2000, tras haberse judicializado el proceso. En 2014 el predio fue subdividido;
    Que, en la Comisión de Patrimonio Histórico, los consejeros se inclinaron por renombrar el conjunto como Monumento Histórico "Villa Ministro Carlos Cortés (Villa San Luis de Las Condes)";
    Que, los valores identificados, fundamentalmente de carácter históricos, incluyendo los relacionados con la historia de la arquitectura y urbanismo son:
    A. Es un vestigio material del proceso de desalojo del que fueron víctimas cerca de 1.000 familias preasignadas a la Villa Ministro Carlos Cortés, por parte de las autoridades civiles y militares a mediados de 1970, bajo el argumento de ser destinadas en el año 1975 al Ejército, situación que fue regularizada el 12 de octubre de 1989 y que da cuenta de la arbitrariedad con la que fueron reubicadas las familias de diversos sectores de la villa.
    B. Es una expresión material del desarrollo de una política pública generada en coordinación con los beneficiarios organizados en comités de vivienda, para lo cual se idearon modificaciones a la manera de asignación de las viviendas por Cormu y Corhabit para poder dar una mayor cobertura a la población. Las gestiones para la reorientación del proyecto fueron impulsadas por el Sr. Carlos Cortés, titular de la Cartera de la Vivienda y Urbanismo y dirigente sindical de la construcción, quien falleció en las gestiones de preasignación de los inmuebles. En reconocimiento a sus labores, el proyecto fue renombrado por sugerencia de los comités de vivienda como Villa Ministro Carlos Cortés.
    C. El espacio que corresponde Al Lote 18-A1 de la Villa Ministro Carlos Cortés es testimonio de un proyecto de urbanización y edificación orientado por el Plan Regulador Intercomunal de Santiago de 1960, que buscó planificar el crecimiento de la ciudad de manera orgánica y funcional, generando diversos núcleos urbanos concebidos como centros residenciales, políticos, administrativos, económicos y ceremoniales.
    D. El lote 18-A1 es expresión del proyecto inicial de la Cormu de 1968 conocido como "Remodelación Parque San Luis", diseñado por los arquitectos Miguel Eyquem y Arturo Baeza, destacando la proyección del edificio escalonado y el centro comercial y cívico, concebidos para la integración funcional de los espacios públicos y privados, bajo los principios de la arquitectura moderna, con materiales como el hormigón armado, y prevalencia de espacios públicos y del desarrollo de equipamiento. Por este diseño, el arquitecto Miguel Eyquem fue galardonado con el Premio Nacional de Urbanismo en 1971.
    E. El lote 18-A1 es un testimonio material del proyecto de urbanización y edificación materializado en 1971 por la Cormu, que reorienta el proyecto inicial en su sector sur, buscando soluciones habitacionales para la población residente en poblaciones y campamentos de la zona oriente. Fue concebido como un proyecto social emblemático de integración y de redistribución del espacio urbano con criterios de equidad socioeconómica, para combatir la segregación urbana de la ciudad, en el marco de la política de Planes Seccionales impulsada por la entidad.
    Que, la Municipalidad de Las Condes, ha emitido opinión favorable para edificar un memorial en el lugar;
    Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, aprobó por mayoría de los consejeros presentes, en su sesión ordinaria de 28 de junio de 2017, la declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico para la "Villa Ministro Carlos Cortés (Villa San Luis de Las Condes)", y
    Visto:
    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el oficio ordinario Nº 2921, de 29/06/2017, del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el Acta de Sesión Ordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales de 28 de junio de 2017 (punto 7); la carta del cineasta documentalista, Sr. Jaime Díaz Lavanchy, de 27/02/2017; la carta del arquitecto, Sr. Miguel Lawner, de 24/02/2017; el oficio DOM Nº 919, de 20/06/2017 del Director de Obras Municipales de la Municipalidad de Las Condes; el oficio Inf. A.U. Nº 37, de 13/06/2017 del Jefe del Departamento de Asesoría Urbana de la Municipalidad de Las Condes y la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República de Chile,
    Decreto:
    Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, a la "Villa Ministro Carlos Cortés (Villa San Luis de Las Condes)", ubicada en Presidente Riesco Nº 5885 y Pasaje Urano Nº 651, comuna de Las Condes, provincia de Santiago, Región Metropolitana.
    El área protegida tiene una superficie de 4.329 mts2, como se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

                Memoria Explicativa del Polígono de Límites
    Tramo  Descripción
    A - B  Límite Norponiente, línea de solera de calle Presidente Riesco.
    B - C  Límite Nororiente, deslinde de lote 18 A-1 con el lote 18 A-2.
    C - D  Límite Suroriente, deslinde de lote 18 A-1 con el lote 18 A-2.
    D - A  Límite Surponiente, línea de solera de Pasaje Urano.



NOTA
      El artículo primero del Decreto 18, Culturas, publicado el 02.09.2021 modifica la presente norma, en el sentido de fijar el polígono de protección establecido mediante el plano de límites oficial Nº 008-2021, estableciendo para el Monumento Histórico un área protegida de 1.000 m², el cual se adjunta en la citada norma.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 09 del 07 de 2025 a las 3 horas con 53 minutos.