Decreto 981 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA ONEWEB CHILE SpA

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Promulgacion: 21-DIC-2023 Publicación: 25-ABR-2024

Versión: Única - 25-ABR-2024

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MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA ONEWEB CHILE SpA
   
    Santiago, 21 de diciembre de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 981 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta Nº 6.966 de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija Norma Técnica para el uso de bandas de frecuencias que se indica por el servicio Fijo por Satélite y sus modificaciones.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 112.779 de 26.07.2023.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
   
    Decreto:
   
    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgada por decreto del literal f) de los Vistos, a la empresa Oneweb Chile SpA, RUT Nº 77.029.068-6, con domicilio en Avenida Andrés Bello Nº 2457, piso 19, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Autorízase la dirección y coordenadas geográficas de una (1) Estación Maestra satelital, autorizada por decreto supremo Nº 123 de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
    Los plazos y demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables, de conformidad al decreto supremo que concedió la concesión.
    2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
   
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Daza Lobos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.

documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 16 del 08 de 2025 a las 23 horas con 22 minutos.