ESTABLECIMIENTO DE ORDEN DE SUBROGACIÓN
Núm. RA 118894/103/2024.- RM Región Metropolitana, 10 de mayo de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo quincuagésimo noveno de la ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el artículo 81° del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 20.417, que crea el Servicio de Evaluación Ambiental; en el decreto N° 127, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que traspasa y encasilla personal al Servicio de Evaluación Ambiental; en el DFL N° 4, de 2010, que fija planta de personal del Servicio de Evaluación Ambiental; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto N° 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a Ministros y Ministras de las carteras de Estado que indica; en el decreto exento RA N° 118894/217/2023, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el orden de subrogancia para la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón en las materias de personal que indica.
Considerando:
1. Que, la ley N° 19.882, que regula la nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos, dispone en su artículo quincuagésimo noveno que "Si hubiere cargos de alta dirección pública vacantes, sólo se aplicarán las normas de la subrogación establecidas en la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, sin que sea aplicable el mecanismo de la suplencia. No obstante lo establecido en el artículo 80 del referido decreto, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento de los jefes superiores de servicio afectos al Sistema de Alta Dirección Pública podrá determinar para ellos otro orden subrogación para lo cual sólo podrá considerar funcionarios que sirvan cargos de segundo nivel jerárquico, nombrados conforme al Sistema de Alta Dirección Pública, cuando existan en el servicio respectivo".
2. Que, por decreto exento RA N° 118894/217/2023, de 14 de septiembre de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, se estableció el orden de subrogancia para la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.
3. Que, el numeral 22 de las delegaciones de carácter general del artículo 1° del decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delegó a los Ministros de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República" los decretos supremos relativos al establecimiento o modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza, con la sola excepción de los Ministros de Estado.
4. Que, a objeto de dar continuidad al servicio, se hace necesario actualizar el orden de subrogación en el cargo de Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, por lo que se debe dictar un acto administrativo que establezca un nuevo orden de subrogación para el cargo.
5. Que, mediante el presente acto administrativo, se deja sin efecto el orden de subrogación respecto del cargo de Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental establecido en el decreto exento RA N° 118894/217/2023, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente.
6. Que, por razones impostergables de buen servicio, se modifica el orden de subrogancia, a partir del 15 de mayo de 2024, sin esperar la total tramitación.
Decreto: