MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SBA TORRES CHILE SpA
Santiago, 8 de mayo de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 335 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
c) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
d) El decreto supremo N° 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
e) La resolución exenta N° 3.774 de 2012, de la Subsecretaría, que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de servicios intermedios de telecomunicación que únicamente proveen infraestructura.
g) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 164.753 de 16.11.2023.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto: