Decreto 70 EXENTO ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE SECRETARIO/A REGIONAL MINISTERIAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Promulgacion: 08-MAY-2025 Publicación: 12-JUN-2025

Versión: Única - 12-JUN-2025

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ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE SECRETARIO/A REGIONAL MINISTERIAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS

    Núm. 70 exento.- Santiago, 8 de mayo de 2025.

    Vistos:

    Lo dispuesto en decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 2 letra k) y 62 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 19.880, orgánica constitucional que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en la ley N° 21.730, que crea el Ministerio de Seguridad Pública; en el decreto con fuerza de ley N° 1-21.730, de 2025, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que fija plantas de personal de la Subsecretaría de Prevención del Delito y de la Subsecretaría de Seguridad Pública, determina fecha de iniciación de funciones del Ministerio de Seguridad Pública y regula otras materias; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.

    Considerando:

    1. Que, de acuerdo a lo establecido en la ley N° 21.730, que crea el Ministerio de Seguridad Pública, en relación con el artículo 62 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; el Ministerio de Seguridad Pública se desconcentrará territorialmente a través de secretarías regionales ministeriales, a cargo de un Secretario Regional Ministerial, que dependerán jerárquicamente de la Subsecretaría de Seguridad Pública, y serán los representantes del Ministerio en la Región y los colaboradores directos del Delegado o Delegada Presidencial Regional.
    2. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del decreto con fuerza de ley N° 1-21.730, antes citado, el Ministerio de Seguridad Pública, sus Subsecretarías y sus respectivas plantas de personal, entraron en funcionamiento a contar del día 1° de abril de 2025.
    3. Que, el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece en su artículo 79 que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o suplente. Asimismo, el artículo 81, dispone que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación distinto al señalado en el artículo 80 del mismo cuerpo legal, en los siguientes casos: a) En los cargos de exclusiva confianza, y b) Cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.
    4. Que, habiendo iniciado sus funciones el Ministerio de Seguridad Pública el pasado 1° de abril, y por razones de buen servicio, resulta necesario establecer un orden de subrogación para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Seguridad Pública de la Región de Los Ríos, en virtud de lo dispuesto en el precitado artículo 81 del Estatuto Administrativo.
    5. Que, por razones impostergables de buen servicio, y considerando especialmente que conforme a lo establecido en el artículo 3 de la ley N° 18.575, precitada, la Administración del Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente; el orden de subrogación que por este acto se establece ha comenzado a regir a partir de la fecha indicada en la parte resolutiva del presente decreto.

    Decreto:

    1°. Establécese, a contar del 2 de abril de 2025, el siguiente orden de subrogación, en caso de vacancia, ausencia o impedimento de la persona titular o suplente, para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Seguridad Pública de la Región de Los Ríos:

    . Primer subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región de Los Ríos.
    . Segundo subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Gobierno de la Región de Los Ríos.
    . Tercer subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Los Ríos.

    2°. Déjase constancia que, por razones impostergables de buen servicio, el orden de subrogación establecido en el numeral anterior comenzó a regir a contar de la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Cordero Vega, Ministro de Seguridad Pública.- Aisén Etcheverry Escudero, Ministra Secretaria General de Gobierno (S).- Jaime Gajardo Falcón, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.- Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte., Iván Alejandro Heredia Riquelme, Encargado Unidad Oficina de Partes y Archivos.
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 09 del 07 de 2025 a las 13 horas con 33 minutos.