Ley 19777 CREA JUZGADOS DE POLICIA LOCAL EN LAS COMUNAS QUE INDICA

MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR

Promulgacion: 22-NOV-2001 Publicación: 05-DIC-2001

Versión: Única - 05-DIC-2001

Materias: Juzgado de Policía Local, Ley no. 19.777,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=192263&f=2001-12-05&p=8925372


    Artículo 77.- Créase en la Municipalidad de Arica un Juzgado de Policía Local, que se denominará "Tercer Juzgado de Policía Local".

    Al efecto, modifícase el artículo 3° del decreto con fuerza de ley Nº 113-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Arica, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de Juez de Policía Local, grado 4º; y en la planta de "Profesionales", un cargo Profesional grado 7º, para cuyo desempeño se requerirá título de Abogado.
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