Artículo segundo: La delimitación específica de
las comunas de la Provincia de Santiago será la
siguiente:
1) COMUNA DE SANTIAGO.
Al Norte: La avenida Santa María, desde el puente Bulnes hasta el puente Pío Nono.
Al Este: La avenida Vicuña Mackenna, desde el puente Pío Nono hasta la línea del ferrocarril de circunvalación, en el paso bajo nivel.
Al Sur: La línea del ferrocarril de circunvalación, desde la avenida Vicuña Mackenna, en el paso bajo nivel, hasta el lindero oriente del recinto de la Maestranza San Eugenio.
Al Oeste: el lindero oriente y norte del recinto de la Maestranza San Eugenio, desde la línea del ferrocarril de circunvalación hasta el camino a Melipilla; el camino a Melipilla, desde el lindero norte del recinto de la Maestranza San Eugenio hasta la calle Exposición; la calle Exposición, desde el camino a Melipilla hasta la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins; la avenida Libertador General Bernardo O'Higgins, desde la calle Exposición hasta la avenida Matucana; la avenida Matucana, desde la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins hasta la calleRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 Balmaceda; la calle Balmaceda, desde la avenida Matucana hasta la calle Bulnes; y la calle Bulnes, desde la calle Balmaceda hasta el puente Bulnes, prolongado hasta la avenida Santa María.
2) COMUNA DE INDEPENDENCIA.
Al Norte: La calle Catorce de la Fama, desde la carretera Panamericana hasta la avenida Fermín Vivaceta; la avenida Fermín Vivaceta, desde la calle Catorce de la Fama hasta la calle Cañete; la calle Cañete, desde la avenida Fermín Vivaceta hasta la avenida Independencia; la avenida Independencia, desde la calle Cañete hasta la calle José Pérez Cotapos; y la calle José Pérez Cotapos, desde la avenida Independencia hasta la calle El Guanaco.
Al Este: La calle El Guanaco, desde la calle José Pérez Cotapos hasta la avenida México; la avenida México, la avenida México, desde la calle El Guanaco hasta la prolongación del lindero poniente del Cementerio General de Santiago; el lindero poniente y sur del Cementerio General de Santiago, desde la avenida México hasta la avenida La Paz; y la avenida La Paz desde el lindero sur del Cementerio General de Santiago hasta la avenida Santa María.
Al Sur: La avenida Santa María, desde la avenida La Paz hasta su intersección con la prolongación al norte del puente Bulnes.
Al Oeste: La prolongación al norte del puente Bulnes, desde la avenida Santa María hasta la carretera Panamericana; y la carretera Panamericana desde la prolongación en línea recta del puente Bulnes hasta la calle Catorce de la Fama.
3) COMUNA DE CONCHALI.
Al Norte: La avenida Américo Vespucio, desde la carretera Panamericana hasta la calle El Guanaco.
Al Este: La calle El Guanaco, desde la avenida Américo Vespucio hasta la calle José Pérez Cotapos.
Al Sur: La calle José Pérez Cotapos, desde la calle El Guanaco hasta la avenida Independencia; la avenida Independencia, desde la calle José Pérez Cotapos hasta la calle Cañete; la calle Cañete, desde la avenida Independencia hasta la avenida Fermín Vivaceta; la avenida Fermín Vivaceta desde la calle Cañete hasta la calle Catorce de la Fama; y la calle Catorce de la Fama, desde la avenida Fermín Vivaceta hasta la carretera Panamericana.
Al Oeste: La carretera Panamericana, desde la calle Catorce de la Fama hasta la avenida Américo Vespucio.
4) COMUNA DE HUECHURABA.
Al Norte: La línea de cumbres de los cerros de Conchalí, desde el cerro San Ignacio hasta el cerro El Peñón, pasando por el morro El Buitre y el cerro La Región.
Al Este: La línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del estero Las Gualtatas, desde el cerro El Peñón hasta el cerro Manquehue; y la línea de cumbres de los cerros de El Salto, desde el cerro Manquehue hasta la prolongación en línea recta de la avenida Américo Vespucio, en su punto de intersección con la avenida El Salto, pasando por el cerro El Carbón.
Al Sur: La avenida Américo Vespucio y su prolongación en línea recta hacia el oriente, en su punto de intersección con la avenida El Salto, desde la línea de cumbres de los cerros de El Salto hasta la carretera General San Martín.
Al Oeste: La carretera General San Martín, desde la avenida Américo Vespucio hasta el puente Verde; la puntilla que enfrenta al puente Verde y la línea de cumbres que la continúa, desde el puente Verde hasta el cerro San Ignacio.
5) COMUNA DE RECOLETA.
Al Norte: La avenida Américo Vespucio, desde la calle El Guanaco hasta su intersección con la avenida El Salto; y la prolongación en línea recta hacia el oriente de la avenida Américo Vespucio, desde su intersección con la avenida El Salto hasta la línea de cumbres de los cerros de El Salto.
Al Este: La línea de cumbres de los cerros de El Salto y San Cristóbal, desde la prolongación en línea recta hacia el oriente de la avenida Américo Vespucio, en su punto de intersección con la avenida El Salto, hasta la cumbre del cerro San Cristóbal (cota 881 de la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000); una línea recta, desde la cota 881 del cerro San Cristóbal hasta el costado poniente de la línea del funicular; el costado poniente de la línea del funicular a lo largo de toda su extensión; una línea recta, desde el costado poniente de la línea del funicular hasta la intersección de las calles Dominica y Pío Nono; y la calle Pío Nono, desde su intersección con la calle Dominica hasta la avenida Santa María.
Al Sur: La avenida Santa María desde la calle Pío Nono hasta la avenida La Paz.
Al Oeste: La avenida La Paz, desde la avenida Santa María hasta el lindero sur del Cementerio General de Santiago; el lindero sur y poniente del Cementerio General de Santiago y la prolongación de este último al norte, desde la avenida La Paz hasta la avenida México; la avenida México, desde la prolongación del lindero poniente del Cementerio General de Santiago hasta la calle El Guanaco; y la calle El Guanaco, desde la avenida México hasta la avenida Américo Vespucio.
6) COMUNA DE PROVIDENCIA.
Al Norte: La línea de cumbres de los cerros San Cristóbal y de El Salto, desde la cumbre del cerro San Cristóbal (cota 881 en la carta del Instituto Geográfico Militar escala 1:50.000) hasta la cota 804, en la citada carta; y una línea recta desde la cota 804 hasta el puente Kennedy, sobre el río Mapocho.
Al Este: El río Mapocho, desde el puente Kennedy hasta la desembocadura del canal San Carlos; y el canal San Carlos, desde su desembocadura en el río Mapocho hasta la calle Eliecer Parada.
Al Sur: La calle Eliecer Parada, desde el canal San Carlos hasta la avenida Diagonal Oriente; la avenida Diagonal Oriente, desde la calle Eliecer Parada hasta la calle Arzobispo Fuenzalida; la calle Arzobispo Fuenzalida, desde la avenida Diagonal Oriente hasta la calle Pedro Lautaro Ferrer; la calle Pedro Lautaro Ferrer, desde la calle Arzobispo Fuenzalida hasta la avenida Manuel Montt; la avenida Manuel Montt, desde la calle Pedro Lautaro Ferrer hasta la calle Rengo; la calle Rengo, desde la avenida Manuel Montt hasta la avenida José Miguel Infante; la avenida José Miguel Infante, desde la calle Rengo hasta la calle Caupolicán; y las calles Caupolicán y Malaquías Concha, desde la avenida José Miguel Infante hasta la avenida Vicuña Mackenna.
Al Oeste: La avenida Vicuña Mackenna, desde la calle Malaquías Concha hasta el puente Pío Nono; la calle Pío Nono, desde el puente Pío Nono hasta su intersección con la calle Dominica; una línea recta, desde la intersección de las calles Pío Nono y Dominica hasta el costado poniente de la línea del funicular; el costado poniente de la línea del funicular, a lo largo de toda su extensión; y una línea recta, desde el costado poniente de la línea del funicular hasta la cumbre del cerro San Cristóbal (cota 881).
7) COMUNA DE VITACURA.
Al Norte y Este: La línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del estero Las Gualtatas, desde el cerro Manquehue hasta la puntilla oriente del trigonométrico cerro Alvarado junto a la calle Raúl Labbé, pasando por el cerro Manquehue Chico y el trigonométrico cerro Alvarado; y las calles Raúl Labbé y San Francisco de Asís, desde la puntilla oriente del trigonométrico cerro Alvarado hasta la avenida Las Condes.
Al Sur: La avenida Las Condes, desde la calle SanRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 Francisco de Asís hasta la avenida Kennedy; la avenida Kennedy, desde la avenida Las Condes hasta el puente Kennedy; y una línea recta, desde el puente Kennedy hasta la cota 804 de los cerros de El Salto, consignada en la carta del Instituto Geográfico Militar escala 1:50.000.
Al Oeste: La línea de cumbres de los cerros de El Salto, desde la cota 804 hasta el cerro Manquehue pasando por el cerro El Carbón.
8) COMUNA DE LO BARNECHEA.
Al Norte: La línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Aconcagua, desde el cordón de Los Españoles hasta el cerro Altar.
Al Este: La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del río Mapocho, desde el cerro Altar hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Mapocho, pasando por los cerros Nevado, El Plomo, Bismarck y La Gruca.
Al Sur: La línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Mapocho, desde la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del citado río hasta el cerro Las Lagunas.
Al Oeste: La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada de Ramón, desde el cerro Las Lagunas hasta el cerro de la Provincia, la línea de cumbres que separa las hoyas de las quebradas de Los Potrerillos y El Parrón de la correspondiente a la quebrada Grande, desde el cerro de La Provincia hasta el morro Guayacán; la línea de cumbres que limita por elRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 sur y poniente la hoya de la quebrada Las Varas, desde el morro Guayacán hasta el cerro Arrayán Sur (cota 1202), el meridiano astronómico del cerro Arrayán Sur, desde el citado cerro hasta el camino a Farellones; el camino a Farellones, desde el meridiano astronómico del cerro Arrayán Sur hasta la avenida Las Condes; la avenida Las Condes, desde el camino a Farellones hasta la calle San Francisco de Asís; las calles San Francisco de Asís y Raúl Labbé, desde la avenida Las Condes hasta la puntilla oriente del trigonométrico cerro Alvarado; la línea de cumbres que limita por el poniente y norte la hoya del estero Las Gualtatas desde la puntilla oriente del trigonométrico cerro Alvarado, junto a la calle Raúl Labbé, hasta el cordón de Los Españoles, pasando por el trigonométrico cerro Alvarado, los cerros Manquehue Chico, Manquehue y El Peñón; y el cordón de Los Españoles, desde la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del estero Las Gualtatas hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Aconcagua, pasando por el cerro Piuquenes.
9) COMUNA DE LAS CONDES.
Al Norte: La avenida Kennedy, desde el puente Kennedy, sobre el río Mapocho, hasta la avenida Las Condes; la avenida Las Condes, desde la avenida Kennedy hasta el camino a farellones; y el camino a farellones, desde la avenida Las Condes hasta el meridiano astronómico del cerro Arrayán Sur.
Al Este: El meridiano astronómico del cerro Arrayán Sur (cota 1202 en la carta del Instituto Geográfico Militar escala 1:50.000), desde el camino a Farellones hasta la cumbre del citado cerro Arrayán Sur; la línea de cumbres que limita por el poniente y sur la hoya de la quebrada Las Varas, desde el cerro Arrayán Sur hasta el morro Guayacán; la línea de cumbres que separa las hoyas de las quebradas El Parrón y de Los Potrerillos de la correspondiente a la quebrada Grande, desde el morro Guayacán hasta el cerro de La Provincia; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada de Ramón, desde el cerro de La Provincia hasta el cerro de Ramón, pasando por el cerro Las Lagunas.
Al Sur: La línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada de Ramón, desde el cerro de Ramón hasta la intersección de las calles Valenzuela Puelma, Onofre Jarpa y Alvaro Casanova; la calle Valenzuela Puelma, desde la intersección antes citadaRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 hasta el canal Las Perdices; el canal Las Perdices, desde la calle Valenzuela Puelma hasta la avenida Francisco Bilbao; y la avenida Francisco Bilbao, desde el canal Las Perdices hasta el canal San Carlos.
Al Oeste: El canal San Carlos, desde la avenida Francisco Bilbao hasta su desembocadura en el río Mapocho; y el río Mapocho, desde la desembocadura del canal San Carlos hasta el puente Kennedy.
10) COMUNA DE ÑUÑOA.
Al Norte: Las calles Malaquías Concha y Caupolicán, desde la avenida Vicuña Mackenna hasta la avenida José Miguel Infante; la avenida José Miguel Infante, desde la calle Caupolicán hasta la calle Rengo; la calle Rengo, desde la avenida José Miguel Infante hasta la avenida Manuel Montt; la avenida Manuel Montt, desde la calle Rengo hasta la calle Pedro Lautaro Ferrer; la calle Pedro Lautaro Ferrer, desde la avenida Manuel Montt hasta la calle Arzobispo Fuenzalida; la calle Arzobispo Fuenzalida, desde la calle Pedro Lautaro Ferrer hasta la avenida Diagonal Oriente; la avenida Diagonal Oriente, desde la calle Arzobispo Fuenzalida hasta la calle Eliecer Parada; y la calle Eliecer Parada, desde la avenida Diagonal Oriente hasta el canal San Carlos.
Al Este: El canal San Carlos, desde la calle Eliecer Parada hasta la avenida Ossa; y las avenidas Ossa, Egaña y Américo Vespucio, desde el canal San Carlos hasta la calle Rodrigo de Araya (Diagonal Rodrigo de Araya).
Al Sur: La calle Rodrigo de Araya, desde la avenida Américo Vespucio hasta la avenida Vicuña Mackenna.
Al Oeste: La avenida Vicuña Mackenna, desde la calle Rodrigo de Araya hasta la calle Malaquías Concha.
11) COMUNA DE LA REINA.
Al Norte: La avenida Francisco Bilbao, desde el canal San Carlos hasta el canal Las Perdices; el canal Las Perdices, desde la avenida Francisco Bilbao hasta la calle Valenzuela Puelma; y la calle Valenzuela Puelma, desde el canal Las Perdices hasta su intersección con las calles Onofre Jarpa y Alvaro Casanova.
Al Este: La línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada de Ramón, desde la intersección de las calles Valenzuela Puelma, Onofre Jarpa y Alvaro Casanova hasta la prolongación en línea recta de la calle Pepe Vila.
Al Sur: La calle Pepe Vila y su prolongación en línea recta, desde la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada de Ramón hasta el canal Las Perdices; el canal Las Perdices, desde la calle Pepe Vila hasta la avenida José Arrieta; y la avenida José Arrieta, desde el canal Las Perdices hasta la avenida Egaña.
Al Oeste: Las avenidas Egaña y Ossa, desde la avenida José Arrieta hasta el canal San Carlos; y el canal San Carlos, desde la avenida Ossa hasta la avenida Francisco Bilbao.
12) COMUNA DE MACUL.
Al Norte: La calle Rodrigo de Araya, desde la avenida Vicuña Mackenna hasta la avenida Américo Vespucio.
Al Este: La avenida Américo Vespucio, desde la calle Rodrigo de Araya (Diagonal Rodrigo de Araya) hasta la avenida Departamental.
Al Sur: La avenida Departamental, desde la avenida Américo Vespucio hasta la avenida Vicuña Mackenna.
Al Oeste: La avenida Vicuña Mackenna, desde la avenida Departamental hasta la calle Rodrigo de Araya.
13) COMUNA DE PEÑALOLEN.
Al Norte: La avenida José Arrieta, desde la avenida Américo Vespucio hasta el canal Las Perdices; el canal Las Perdices, desde la avenida José Arrieta hasta la calle Pepe Vila; la calle Pepe Vila y su prolongación, desde el canal Las Perdices hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada de Ramón.
Al Este: La línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada de Ramón, desde la prolongación hacia el oriente de la calle Pepe Vila hasta el cerro de Ramón; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada de Macul, desde el cerro de Ramón hasta el origen de la quebrada de Macul.
Al Sur: La quebrada de Macul, desde su origen hasta la avenida Departamental; y la avenida Departamental, desde la quebrada de Macul hasta la avenida Américo Vespucio.
Al Oeste: La avenida Américo Vespucio, desde la avenida Departamental hasta la avenida José Arrieta.
14) COMUNA DE LA FLORIDA.
Al Norte: La avenida Departamental, desde la avenida Vicuña Mackenna poniente hasta la quebrada de Macul; y la quebrada de Macul, desde la avenida Departamental hasta su origen.
Al Este: La línea de cumbres que limita por el oriente y sur la hoya de la quebrada de Macul y el cordón Las Minillas, desde el origen de la quebrada de Macul hasta la cota 2251 de la carta del Instituto Geográfico Militar escala 1:50.000.
Al Sur: La línea de cumbres de los cerros Santa Rosa del Peral, desde la cota 2251 hasta el canal San Carlos, junto a la puntilla del cerro Chequén, pasando por el trigonométrico cerro Santa Rosa; el camino que continúa hacia el oriente la avenida Trinidad y su prolongación en línea recta, desde el canal San Carlos, junto a la puntilla del cerro Chequén, hasta la avenida La Florida; la avenida La Florida, desde el camino que continúa hacia el oriente la avenida Trinidad hasta el lindero norte de la viña Santa Carolina; la línea de linderos que limita por el norte los predios viña Santa Carolina, fundo La Chacrina y fundo Los Toros, desde la avenida La Florida hasta la avenida Vicuña Mackenna; la avenida Vicuña Mackenna, desde el lindero norte del fundo Los Toros (deslinde sur de la propiedad de la Sociedad Industrial y Comercial OPPICI) hasta la calle Elisa Correa Sanfuentes; la calle Elisa Correa Sanfuentes, desde la avenida Vicuña Mackenna hasta el canal San Joaquín; y el canal San Joaquín, desde la calle Elisa Correa Sanfuentes hasta el lindero oriente de la Estación Experimental La Platina.
Al Oeste: El lindero oriente de la Estación Experimental La Platina y su prolongación hacia el norte, desde el canal San Joaquín hasta el lindero sur del predio Huertos San Fernando (rol 6009-6); el lindero sur y oriente del predio Huertos San Fernando, desde la prolongación del lindero oriente de la Estación Experimental La Platina hasta el lindero oriente del predio Santo Tomás; el lindero oriente del predio Santo Tomás (rol 6007-29), desde el lindero oriente del predio Huertos San Fernando (rol 6009-6), hasta el lindero poniente de la población Malaquías Concha; el lindero poniente de la población Malaquías Concha, desde el lindero oriente del predio Santo Tomás hasta la avenida Trinidad; la avenida Trinidad, desde el lindero poniente de la población Malaquías Concha hasta la calle Punta Arenas; la calle Punta Arenas, desde la avenida Trinidad hasta la avenida Vicuña Mackenna poniente; y la avenida Vicuña Mackenna poniente, desde la calle Punta Arenas hasta la avenida Departamental.
15) COMUNA DE SAN JOAQUIN.
Al Norte: La línea del ferrocarril de circunvalación, desde la avenida Santa Rosa hasta la avenida Vicuña Mackenna, en el paso bajo nivel.
Al Este: La avenida Vicuña Mackenna, desde la línea del ferrocarril de circunvalación, en el paso bajo nivel, hasta la avenida Vicuña Mackenna poniente; la avenida Vicuña Mackenna poniente, desde la avenida Vicuña Mackenna hasta la calle Punta Arenas; y la calle Punta Arenas, desde la avenida Vicuña Mackenna poniente hasta la avenida Lo Ovalle.
Al Sur: La avenida Lo Ovalle, desde la calle Punta Arenas hasta la avenida Santa Rosa.
Al Oeste: La avenida Santa Rosa, desde la avenida Lo Ovalle hasta la línea del ferrocarril de circunvalación.
16) COMUNA DE LA GRANJA.
Al Norte: La avenida Lo Ovalle, desde la avenida Santa Rosa hasta la calle Punta Arenas.
Al Este: La calle Punta Arenas, desde la avenida Lo Ovalle hasta la avenida Trinidad; la avenida Trinidad, desde la calle Punta Arenas hasta el lindero poniente de la población Malaquías Concha; el lindero poniente de la población Malaquías Concha, desde la avenida Trinidad hasta el lindero oriente del predio Santo Tomás; y el lindero oriente del predio Santo Tomás (rol 6007-29), desde el lindero poniente de la población Malaquías Concha hasta su lindero sur.
Al Sur: El lindero sur del predio Santo Tomás, desde su lindero oriente hasta el camino Santo Tomás; y el camino Santo Tomás, desde el lindero sur del predio Santo Tomás hasta la avenida Santa Rosa.
Al Oeste: La avenida Santa Rosa, desde el camino Santo Tomás hasta la avenida Lo Ovalle.
17) COMUNA DE LA PINTANA.
Al Norte: La calle Venancia Leiva y su prolongación al oriente, desde la calle San Francisco hasta la avenida Santa Rosa; la avenida Santa Rosa desde la prolongación de la calle Venancia Leiva hasta el camino Santo Tomás; el camino Santo Tomás, desde la avenida Santa Rosa hasta el lindero sur del predio Huerto San José de la Estrella, y el lindero sur del predio Santo Tomás (rol 6007-29), desde el camino Santo Tomás hasta el lindero oriente del predio Huertos San Fernando.
Al Este: El lindero oriente y sur del predio Huertos San Fernando (rol 6009-6), desde el lindero sur del predio Santo Tomás hasta la prolongación hacia el norte del lindero oriente de la Estación Experimental La Platina; el lindero oriente y sur de la Estación Experimental La Platina y su prolongación, desde el lindero sur del predio Huertos San Fernando hasta la calle Cuatro Oriente; la calle Cuatro Oriente y su prolongación hacia el sur, desde el lindero sur de la Estación Experimental La Platina hasta el lindero oriente de la hijuela 3 El Castillo; el lindero oriente de las hijuelas 3 El Castillo (rol 7149-18), Las Acacias (rol 7149-8) y El Sauzal (rol 7149-9), de los antiguos fundos El Castillo y La Primavera, entre otras, desde la prolongación de la calle Cuatro Oriente hasta el lindero norte del camino Las Nieves.
Al Sur: El lindero norte del camino Las Nieves, desde el lindero oriente de la hijuela El Sauzal hasta la avenida Santa Rosa; la avenida Santa Rosa y el camino El Retiro que la continúa, desde el lindero norte del camino Las Nieves hasta la prolongación del lindero sur de las parcelas La Pintana; el lindero sur y poniente de las parcelas La Pintana y su prolongación, desde el camino El Retiro hasta el camino El Mariscal; y el camino El Mariscal, desde la prolongación del lindero poniente de las parcelas La Pintana hasta el camino Cerro Negro.
Al Oeste: El camino Cerro Negro y la calle San Francisco, desde el camino El Mariscal hasta la calle Venancia Leiva.
18) COMUNA DE SAN RAMON.
Al Norte: La avenida Lo Ovalle, desde la calle San Francisco hasta la avenida Santa Rosa.
Al Este: La avenida Santa Rosa, desde la avenida Lo Ovalle hasta la prolongación de la calle Venancia Leiva.
Al Sur: La calle Venancia Leiva y su prolongación desde la avenida Santa Rosa hasta la calle Nueva Oriente.
Al Oeste: La calle Nueva Oriente, desde la calle Venancia Leiva hasta la calle Vicuña Mackenna; la calle Vicuña Mackenna, desde la calle Nueva Oriente hasta la calle Cerro Negro; la calle Cerro Negro, desde la calle Vicuña Mackenna hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio desde la calle Cerro Negro hasta la calle San Francisco (en parte denominada La Granja); y la calle San Francisco, desde la avenida Américo Vespucio hasta la avenida Lo Ovalle.
19) COMUNA DE SAN MIGUEL.
Al Norte: La línea del ferrocarril de circunvalación, desde la carretera Presidente José Joaquín Prieto (ex Ochagavía) hasta la avenida Santa Rosa.
Al Este: La avenida Santa Rosa, desde la línea del ferrocarril de circunvalación hasta la avenida Lo Ovalle.
Al Sur: La avenida Lo Ovalle, desde la avenida Santa Rosa hasta la carretera Presidente José Joaquín Prieto.
Al Oeste: La carretera Presidente José Joaquín Prieto, desde la avenida Lo Ovalle hasta la línea del ferrocarril de circunvalación.
20) COMUNA DE LA CISTERNA.
Al Norte: La avenida Lo Ovalle, desde la carretera Presidente José Joaquín Prieto (ex Ochagavía) hasta la calle San Francisco.
Al Este: La calle San Francisco (en parte denominada La Granja), desde la avenida Lo Ovalle hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde la calle San Francisco hasta la calle Cerro Negro; la calle Cerro Negro, desde la avenida Américo Vespucio hasta la calle Vicuña Mackenna; la calle Vicuña Mackenna, desde la calle Cerro Negro hasta la calle Nueva Oriente; y la calle Nueva Oriente, desde la calle Vicuña Mackenna hasta la calle Riquelme.
Al Sur: La calle Riquelme y la avenida Lo Espejo, desde la calle Nueva Oriente hasta la carretera Presidente José Joaquín Prieto.
Al Oeste: La carretera Presidente José Joaquín Prieto, desde la avenida Lo Espejo hasta la avenida Lo Ovalle.
21) COMUNA DE EL BOSQUE.
Al Norte: La avenida Lo Espejo y la calle Riquelme, desde la carretera Panamericana hasta la calle Nueva Oriente.
Al Este: La calle Nueva Oriente, desde la calle Riquelme hasta la calle San Francisco; y la calle San Francisco, desde la calle Nueva Oriente hasta la avenida Lo Blanco.
Al Sur: La avenida Lo Blanco, desde la calle San Francisco hasta el camino Lo Ochagavía.
Al Oeste: El camino Lo Ochagavía, desde la avenida Lo Blanco hasta la carretera Panamericana; y la carretera Panamericana, desde el camino Lo Ochagavía hasta la avenida Lo Espejo.
22) COMUNA DE PEDRO AGUIRRE CERDA.
Al Norte: El zanjón de La Aguada, desde la línea del ferrocarril longitudinal hasta la calle Bascuñán Guerrero; la calle Bascuñán Guerrero, desde el zanjón de La Aguada hasta la línea del ferrocarril de circunvalación; y la línea del ferrocarril de circunvalación, desde la calle Bascuñán Guerrero hasta la carretera Presidente José Joaquín Prieto (ex Ochagavía).
Al Este: La carretera Presidente José Joaquín Prieto, desde la línea del ferrocarril de circunvalación hasta la avenida Lo Sierra (Lo Espejo).
Al Sur: La avenida Lo Sierra, desde la carretera Presidente José Joaquín Prieto hasta la línea del ferrocarril longitudinal.
Al Oeste: La línea del ferrocarril longitudinal, desde la avenida Lo Sierra hasta el zanjón de La Aguada.
23) COMUNA DE LO ESPEJO.
Al Norte: El zanjón de La Aguada, desde el lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos) hasta la línea del ferrocarril longitudinal.
Al Este: La línea del ferrocarril longitudinal, desde el zanjón de La Aguada hasta la avenida Lo Sierra (Lo Espejo).
Al Sur: La avenida Lo Sierra, desde la línea del ferrocarril longitudinal hasta el lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos).
Al Oeste: El lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos), desde la avenida Lo Sierra hasta el zanjón de La Aguada.
24) COMUNA DE ESTACION CENTRAL.
Al Norte: El camino a Pudahuel, desde el lindero poniente del predio conjunto habitacional La Laguna, de Carabineros de Chile hasta la banda norte de la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins; la citada banda, desde el camino a Pudahuel hasta la avenida Las Rejas; la avenida Las Rejas, desde la banda norte de la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins hasta la calle Porto Seguro; la calle Porto Seguro, desde la avenida Las Rejas hasta la avenida Joaquín Walker Martínez; la avenida Joaquín Walker Martínez, desde la calle Porto Seguro hasta la avenida Portales; y la avenida Portales, desde la avenida Joaquín Walker Martínez hasta la avenida Matucana.
Al Este: La avenida Matucana, desde la avenida Portales hasta la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins; la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins, desde la avenida Matucana hasta la calle Exposición; la calle Exposición, desde la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins hasta el camino a Melipilla; el camino a Melipilla, desde la calle Exposición hasta el lindero norte del recinto de la Maestranza San Eugenio; el lindero norte y oriente de la Maestranza San Eugenio, desde el camino a Melipilla hasta la línea del ferrocarril de circunvalación; la línea del ferrocarril de circunvalación, desde el lindero oriente del recinto de la Maestranza San Eugenio hasta la calle Bascuñán Guerrero; y la calle Bascuñán Guerrero, desde la línea del ferrocarril de circunvalación hasta el zanjón de La Aguada.
Al Sur: El zanjón de La Aguada, desde la calle Bascuñán Guerrero hasta el canal Ortuzano; y el canal Ortuzano, desde el zanjón de La Aguada hasta la avenida Los Pajaritos.
Al Oeste: La avenida Los Pajaritos, desde el canal Ortuzano hasta el lindero poniente del predio conjunto habitacional La Laguna, de Carabineros de Chile; y el lindero antes citado, desde la avenida Los Pajaritos hasta el camino a Pudahuel.
25) COMUNA DE CERRILLOS.
Al Norte: El canal Ortuzano, desde el camino Lo Errázuriz hasta el zanjón de La Aguada; y el zanjón de La Aguada, desde el canal Ortuzano hasta el lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos).
Al Este: El lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos), desde el zanjón de La Aguada hasta la avenida Lo Sierra (Lo Espejo).
Al Sur: La avenida Lo Sierra, desde el lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos) hasta la avenida Pedro Aguirre Cerda.
Al Oeste: La avenida Pedro Aguirre Cerda, desde la avenida Lo Sierra hasta la avenida Esquina Blanca; la avenida Esquina Blanca, desde la avenida Pedro Aguirre Cerda hasta la línea del ferrocarril a Cartagena; laRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 línea del ferrocarril a Cartagena, desde la avenida Esquina Blanca hasta la avenida Américo Vespucio; la1 avenida Américo Vespucio, desde la línea del ferrocarril a Cartagena hasta el zanjón de La Aguada; el zanjón de La Aguada, desde la avenida Américo Vespucio hasta el camino Lo Errázuriz; y el camino Lo Errázuriz, desde el zanjón de La Aguada hasta el canal Ortuzano.
26) COMUNA DE MAIPU.
Al Norte: La línea de cumbres que encierra por el norte la Rinconada Lo Cerda, desde el trigonométrico Minas hasta el trigonométrico cerro Lo Aguirre, pasando por el trigonométrico cerro Las Minas y por los cerros Buitrera y Carneros; el lindero sur del mineral La Africana, desde el trigonométrico cerro Lo Aguirre hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde el lindero sur del mineral La Africana hasta el lindero sur de la chacra La Farfana (rol 2599-5); el lindero sur y oriente de la chacra La Farfana, desde el río Mapocho hasta el lindero sur del predio El Sauce; el lindero sur de los predios El Sauce (rol 2599-15), El Huingán (rol 2599-55) y Maitén Sur (PC. 4) (rol 2599-56), desde el lindero oriente de la chacra La Farfana hasta el lindero oriente del predio Maitén Sur (PC. 4); el lindero oriente de los predios Maitén Sur (PC. 4) (rol 2599-56) y Maitén Norte (PC. 2) (rol 2599-54), desde el lindero sur del predio Maitén Sur (PC. 4) hasta el lindero sur del predio San Pedro (La Reserva. Lote 3) (rol 2599-2); el lindero sur del predio antes citado, desde el lindero oriente del predio Maitén Norte (PC. 2) hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde el lindero sur del predio San Pedro (La Reserva, Lote 3) hasta el callejón de Los Perros; el callejón de Los Perros, desde la avenida Américo Vespucio hasta la avenida Los Pajaritos; la avenida Los Pajaritos desde el callejón Los Perros hasta el canal Ortuzano; y el canal Ortuzano, desde la avenida Los Pajaritos hasta el camino Lo Errázuriz.
Al Este: El camino Lo Errázuriz, desde el canal Ortuzano hasta el zanjón de La Aguada; el zanjón de La Aguada, desde el camino Lo Errázuriz hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde el zanjón de La Aguada hasta la línea del ferrocarril a Cartagena; la línea del ferrocarril a Cartagena, desde la avenida Américo Vespucio hasta la avenida Esquina Blanca; la avenida Esquina Blanca, desde la línea del ferrocarril a Cartagena hasta la avenida Pedro Aguirre Cerda; la avenida Pedro Aguirre Cerda, desde la avenida Esquina Blanca hasta la avenida Lo Sierra (Lo Espejo); la avenida Lo Sierra, desde la avenida Pedro Aguirre Cerda hasta el camino a Lonquén; y el camino a Lonquén, desde la avenida Lo Sierra hasta el lindero sur de la parcela rol 2612-9.
Al Sur: El lindero sur de las parcelas rol 2612-9, 65 A (rol 2612-17), 60 B (rol 2613-9), 6 El Alcázar (rol 2608-30) rol 2608-26 y Alcázar de Chena (rol 2608-16), desde el camino a Lonquén hasta el camino de Santiago a Melipilla; el camino de Santiago a Melipilla desde el lindero sur de la parcela Alcázar de Chena (rol 2608-10) hasta el lindero sur de las parcelas del antiguo fundo El Bosque; el lindero sur de las parcelas del antiguo fundo El Bosque, desde el camino de Santiago a Melipilla hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde el lindero sur de las parcelas del antiguo fundo El Bosque hasta la puntilla del Viento; y la línea de cumbres que limita por el sur la Rinconada de Maipú, desde la puntilla del Viento, junto al río Mapocho, hasta la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero Puangue, pasando por los cerros Los Ratones, Placeta Ancha, Bandera y por el morro El Fraile.
Al Oeste: La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero Puangue, desde la línea de cumbres que limita por el sur La Rinconada de Maipú hasta el trigonométrico Minas.
27) COMUNA DE QUINTA NORMAL.
Al Norte: El río Mapocho, desde la avenidaRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 Carrascal hasta el puente Bulnes.
Al Este: La calle Bulnes, desde el puente Bulnes hasta la calle Balmaceda; la calle Balmaceda, desde la calle Bulnes hasta la avenida Matucana; y la avenida Matucana, desde la calle Balmaceda hasta la avenida Portales.
Al Sur: La avenida Portales, desde la avenida Matucana hasta la avenida Joaquín Walker Martínez; la avenida Joaquín Walker Martínez, desde la avenida Portales hasta la calle Porto Seguro; la calle Porto Seguro, desde la avenida Joaquín Walker Martínez hasta la avenida Las Rejas; la avenida Las Rejas, desde la calle Porto Seguro hasta la calle Loyola; y la calle Loyola, desde la avenida Las Rejas hasta la calle Neptuno.
Al Oeste: Las calles Neptuno y Luis Vicentini, desde la calle Loyola hasta la avenida Carrascal; y la avenida Carrascal, desde la calle Luis Vicentini hasta el río Mapocho.
28) COMUNA DE LO PRADO.
Al Norte: La avenida San Francisco, desde la calle Teniente Cruz hasta la calle Lo Prado; la calle Lo Prado, desde la avenida San Francisco hasta la calle Los Arrayanes; la calle Los Arrayanes, desde la calle Lo Prado hasta la calle Neptuno; la calle Neptuno, desde la calle Los Arrayanes hasta la calle Loyola; y la calle Loyola desde la calle Neptuno hasta la avenida Las Rejas.
Al Este: La avenida Las Rejas, desde la calle Loyola hasta la banda norte de la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Al Sur: La banda norte de la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins, desde la avenida Las Rejas hasta el camino a Pudahuel; y el camino a Pudahuel, desde la banda norte de la avenida del Libertador General Bernardo O'Higgins hasta la prolongación de la calle Teniente Cruz.
Al Oeste: La calle Teniente Cruz y su prolongación hacia el sur, desde el camino a Pudahuel hasta la avenida San Francisco.
29) COMUNA DE PUDAHUEL.
Al Norte y Este: El lindero sur del fundo Peralillo (rol 764-1), desde el cerro Lástima hasta el camino de Lampa a Renca; el camino de Lampa a Renca, desde el lindero sur del fundo Peralillo hasta la confluencia de los esteros Colina y Lampa; el estero Colina, desde su confluencia con el estero Lampa hasta el lindero sur del antiguo fundo Cerrillos; el lindero sur del antiguo fundo Cerrillos y de las parcelas 49 (rol 117-272), 48
(rol 117-271), 24 (rol 117-56), 46 (rol 117-269), 44
(rol 117-267, 42 rol 117-265), 39 (rol 117-262) y 38
(rol 117-261), del antiguo fundo Lo Echevers, desde el
estero Colina hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde el lindero sur de la parcela 38 hasta el río Viejo; el río Viejo, desde la avenida Américo Vespucio (camino a Pudahuel) hasta el camino El Arenal; el camino El Arenal, desde el río Viejo hasta la calle José Joaquín Pérez; la calle José Joaquín Pérez, desde el camino El Arenal hasta la calle Teniente Cruz; la calle Teniente Cruz y su prolongación hacia el sur, desde la calle José Joaquín Pérez hasta el camino a Pudahuel; el camino a Pudahuel, desde la prolongación de la calle Teniente Cruz hasta el lindero poniente del predio conjunto habitacional La Laguna, de Carabineros de Chile; y el lindero poniente del predio antes citado, desde el camino a Pudahuel hasta la avenida Los Pajaritos.
Al Sur: La avenida Los Pajaritos, desde el lindero poniente del predio conjunto habitacional La Laguna, de Carabineros de Chile, hasta el callejón de Los Perros; el callejón de Los Perros, desde la avenida Los Pajaritos hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde el callejón de Los Perros hasta el lindero sur del predio San Pedro (Reserva Lote 3 rol 2599-2); el lindero sur del predio citado, desde la avenida Américo Vespucio hasta el lindero oriente del predio Maitén Norte (PC-2); el lindero oriente de los predios Maitén Norte (PC-2) (rol 2599-54) y Maitén Sur (PC-4) (rol 2599-56), desde el lindero sur del predio San Pedro (Reserva Lote 3) hasta el lindero sur del predio Maitén Sur (PC-4); el lindero sur de los predios Maitén Sur (PC-4) (rol 2599-56), El Huingán (rol 2599-55) y El Sauce (rol 2599-15), desde el lindero oriente del predio Maitén Sur (PC-4) hasta el lindero oriente de la chacra La Farfana; el lindero oriente y sur de la chacra La Farfana (rol 2599-5), desde el lindero sur del predio El Sauce hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde el lindero sur de la chacra La Farfana hasta el lindero sur del mineral La Africana; el lindero sur del mineral La Africana, desde el río Mapocho hasta el trigonométrico cerro Lo Aguirre; y la línea de cumbres que encierra por el norte la Rinconada Lo Cerda, desde el trigonométrico cerro Lo Aguirre hasta el trigonométrico Minas, pasando por los cerros Carneros y Buitrera y por el trigonométrico cerro Las Minas.
Al oeste: La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero Puangue, desde el trigonométrico Minas hasta el cerro Lástima, pasando por la cuesta Lo Prado, el cerro San Francisco y el trigonométrico cerro Bustamante.
30) COMUNA DE CERRO NAVIA.
Al Norte: El río Mapocho, desde la avenida Américo Vespucio (camino a Pudahuel) hasta la avenida Carrascal; y la avenida Carrascal, desde el río Mapocho hasta la calle Luis Vicentini.
Al Este: Las calles Luis Vicentini y Neptuno, desde la avenida Carrascal hasta la calle Los Arrayanes.
Al Sur: La calle Los Arrayanes, desde la calle Neptuno hasta la calle Lo Prado; la calle Lo Prado, desde la calle Los Arrayanes hasta la avenida San Francisco; la avenida San Francisco, desde la calle Lo Prado hasta la calle Teniente Cruz; la calle Teniente Cruz, desde la avenida San Francisco hasta la calle José Joaquín Pérez; la calle José Joaquín Pérez, desde la calle Teniente Cruz hasta el camino El Arenal; el camino El Arenal, desde la calle José Joaquín Pérez, desde la calle Teniente Cruz hasta el camino El Arenal; el camino El Arenal, desde la calle José Joaquín Pérez hasta el río Viejo; y el río Viejo, desde el camino El Arenal hasta la avenida Américo Vespucio.
Al Oeste: La avenida Américo Vespucio (camino a Pudahuel), desde el río Viejo hasta el río Mapocho.
31) COMUNA DE RENCA.
Al Norte: El lindero sur de las parcelas rol 117-236 y 117-242, del antiguo fundo Lo Echevers, desde la avenida Américo Vespucio hasta la puntilla del cerro Colorado; la línea de cumbres de los cerros de Renca, desde la puntilla del cerro Colorado hasta el cerro Lo Ruiz, pasando por el cerro Colorado y el trigonométrico cerro Renca; la línea de cumbres del cerro Lo Ruiz, que enfrenta al vivero de la Municipalidad de Santiago, desde el cerro Lo Ruiz hasta la línea del ferrocarril longitudinal; la línea del ferrocarril longitudinal, desde la puntilla de la línea de cumbres del cerro Lo Ruiz, que enfrenta el vivero de la Municipalidad de Santiago, hasta el lindero sur del citado vivero; el lindero sur del vivero de la Municipalidad de Santiago, desde la línea del ferrocarril longitudinal hasta el camino Lo Ruiz; el camino Lo Ruiz, desde el lindero sur del vivero de la Municipalidad de Santiago hasta el camino de acceso al referido vivero (paradero 12), y el camino de acceso al vivero de la Municipalidad de Santiago, desde el camino Lo Ruiz hasta la carretera Panamericana.
Al Este: La carretera Panamericana, desde el camino de acceso al vivero de la Municipalidad de Santiago (paradero 12) hasta la prolongación en línea recta del puente Bulnes; y la prolongación en línea recta del puente Bulnes, desde la carretera Panamericana hasta el río Mapocho.
Al Sur: El río Mapocho, desde el puente Bulnes hasta la avenida Américo Vespucio.
Al Oeste: La avenida Américo Vespucio, desde el río Mapocho hasta el lindero sur de la parcela rol 117-236, del antiguo fundo Lo Echevers.
32) COMUNA DE QUILICURA.
Al Norte: El lindero sur de los predios La Vilana (rol 184-1), La Montaña (rol 183-29) y parcela B y A (rol 183-12), desde el estero Colina hasta el camino de Coquimbo; el camino de Coquimbo, desde el lindero sur del predio parcela B y A hasta la puntilla del cerro Portezuelo; y la línea de cumbres de los cerros de Conchalí, desde la puntilla del cerro Portezuelo hasta el cerro San Ignacio, pasando por el portezuelo San Ignacio.
Al Este y Sur: La línea de cumbres, desde el cerro San Ignacio hasta la puntilla que enfrenta al puente Verde; la carretera General San Martín, desde el puente Verde hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde la carretera General San Martín hasta la carretera Panamericana; la carretera Panamericana, desde la avenida Américo Vespucio hasta el camino de acceso al vivero de la Municipalidad de Santiago (paradero 12); el camino de acceso al vivero de la Municipalidad de Santiago, desde la carretera Panamericana hasta el camino Lo Ruiz; el camino Lo Ruiz, desde el camino de acceso al vivero de la Municipalidad de Santiago hasta el lindero sur del citado vivero; el lindero sur del vivero de la Municipalidad de Santiago, desde el camino Lo Ruiz hasta la línea del ferrocarril longitudinal; la línea del ferrocarril longitudinal, desde el lindero sur del vivero de la Municipalidad de Santiago hasta la puntilla de la línea de cumbres delRECTIFICACION
D.O. 06.06.1981 cerro Lo Ruiz, que enfrenta al vivero de la Municipalidad de Santiago; la línea de cumbres del cerro Lo Ruiz, desde la puntilla que enfrenta al vivero de la Municipalidad de Santiago, junto a la línea del ferrocarril longitudinal, hasta el cerro Lo Ruiz; la línea de cumbres de los cerros de Renca, desde el cerro Lo Ruiz hasta la puntilla del cerro Colorado, pasando por el trigonométrico cerro Renca y el cerro Colorado; el lindero sur de las parcelas 8 (rol 117-242), 13 (rol 117-236), 38 (rol 117-261), 39 (rol 117-262), 42 (rol 117-265), 44 (rol 117-267), 46 (rol 117-269), 24 (rol 117-56), 48 (rol 117-271), y 49 (rol 117-272) (del antiguo fundo Lo Echevers) y del antiguo fundo Cerrillos, desde la puntilla del cerro Colorado hasta el estero Colina.
Al Oeste: El estero Colina, desde el lindero sur del antiguo fundo Cerrillos hasta el lindero sur del predio La Vilana.
NOTA: El artículo 19 de la Ley 18715, publicada el 13.06.1988, modificó la división comunal de la provincia de Santiago en la forma que indica.
NOTA 1 El artículo 1º del DFL-37, Interior, publicado el 21.10.1991, modifica el territorio de las comunas de Santiago y Pedro Aguirre Cerda en la provincia de Santiago en la forma que indica.
NOTA 2: El artículo 1º del DFL-38, Interior, publicado el 21.10.1991, modifica el territorio de las comunas de Cerrillos y Maipú en la provincia de Santiago en la forma que indica.
NOTA 3 El artículo 1º de la Ley 19373, publicada el 08.02.1995, transfiere a la comuna de Santiago el territorio de la comuna de Quinta Normal.