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Decreto 3244 EXENTO

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Decreto 3244 EXENTO

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Decreto 3244 EXENTO DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 34, DE 1986, Y DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN ÁREAS URBANAS QUE INDICA, A CALLES O AVENIDAS QUE SEÑALA, DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Decreto 3244 EXENTO

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Promulgación: 18-OCT-2011

Publicación: 24-NOV-2011

Versión: Intermedio - de 17-MAR-2020 a 21-JUL-2022

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DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 34, DE 1986, Y DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN ÁREAS URBANAS QUE INDICA, A CALLES O AVENIDAS QUE SEÑALA, DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

    Núm. 3.244 exento.- Santiago, 18 de octubre de 2011.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 24º del DFL Nº 850 MOP del 12/09/1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840 de 1964, Orgánica del MOP y del DFL Nº 206 MOP de 1960; la resolución Nº 1.600 de la Contraloría General de la República de 2008 y el numeral 1º del Capítulo IV "Ministerio de Obras Públicas" del Art. 1º del DS Nº 19, de 2001, de Minsegpres.

    Considerando:

    Que es necesario definir las calles o avenidas urbanas que serán administradas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.

    La necesidad de actualizar y/o reformular lo establecido en DS Nº 34 del 13/02/1986 en lo que compete a las provincias de Arica y Parinacota.

    Que el artículo 24º del DFL Nº 850 MOP del 12/09/1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840 y del DFL Nº 206, de 1960, permite declarar caminos públicos a dichas vías urbanas.

    Que el numeral 1º del Capítulo IV "Ministerio de Obras Públicas" del Art. 1º del DS Nº 19, de 2001, de Minsegpres, faculta al Ministro de Obras Públicas para firmar "Por orden del Presidente de la República" la presente declaratoria.

    Que la materia a que se refiere este decreto, está exenta del trámite de toma de razón, según Dictamen Nº 68784 del 10/12/2009, en concordancia con lo dispuesto por la resolución Nº1.600/2008, de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    1º Déjese sin efecto el DS Nº 34 del 13/02/1986 en lo que compete a las provincias de Arica y Parinacota.

    2º Declárense Caminos Públicos en la Región de Arica y Parinacota, todos los tramos urbanos ubicados en los centros poblados, pueblos y ciudades, de las siguientes rutas:

Ruta 5,      Longitudinal Norte, sector: Cuya - Límite
              Internacional.
Ruta 11 CH,  Cruce Longitudinal (Loma Lluta) - Parinacota -
              Tambo Quemado.
Ruta 12,      Cruce Ruta 5 - Aeropuerto de Chacalluta.
Ruta A-23,    Cruce Ruta 11 CH (Pacollo) - Coronel Alcérreca
              - Cruce A-93 (Visviri).
Ruta A-27,    Cruce Ruta 5 (Arica) - Sobraya - Ausipar.
Ruta A-35,    Cruce Ruta 5 - Codpa - Timar - Cruce Ruta A-31.
Ruta A-31,    Cruce Ruta 5 (Acha) - Ruta 11 CH (Zapahuira).
Ruta A-93,    Ruta Andina, Sector Ruta 11 CH (Parinacota) -
              Visviri - Trifinio.
Ruta A-95,    Ruta Andina, Sector Límite Regional -
              Chulluncane - Chilcaya - Cruce A-235.
Ruta A-133,  Cruce Ruta 5 - Cruce A-27 (Azapa).
Ruta A-235,  Cruce Ruta 11 CH (Las Cuevas) - Cruce A-95.

    3º Declárense Caminos Públicos en el área urbana de la siguiente Capital de Provincia, dando continuidad a las rutas antes indicadas, a las calles o avenidas que a continuación se señalan en los tramos que se indican:

    Arica:

.    El tramo urbano de la Ruta 5, desde el límite urbano Norte hasta el límite urbano Suroriente; a través de: Libertador José de San Martín, Rotonda Los Libertadores, Libertador Bernardo O'Higgins, Rotonda Juan Guillén Canales, Av. Capitán Ávalos, Rotonda Adolfo Arenas, Las Gredas, Rotonda Manuel Castillo y Alcalde Manuel Castillo.
.    El tramo urbano de la Ruta 11 CH, desde Rotonda Los Libertadores hasta el límite urbano Oriente, a través de Libertador Simón Bolívar.
.    El tramo urbano de la Ruta 12, desde el límite urbano tramo 2-3 hasta el límite urbano tramo 4-5; a través de Teniente John Wall Holcomb.
.    El tramo urbano de la Ruta A-27, desde Rotonda Adolfo Arenas hasta el límite urbano Oriente; a través de Senador Humberto Palza.
.    El sistema vial urbano que interconecta las Rutas 5Decreto 11 EXENTO,
OBRAS PÚBLICAS
N° 1, 1.1
D.O. 17.03.2020
y A-27, dentro de los límites urbanos, a través de calle El Tranque, atravieso Río San José y calle Guillermo Sánchez.

    4º Las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, y de los Planes Reguladores.



    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Laurence Golborne Riveros, Ministro de Obras Públicas.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., María Loreto Silva Rojas, Subsecretaria de Obras Públicas.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 22-JUL-2022
22-JUL-2022
Intermedio
De 17-MAR-2020
17-MAR-2020 21-JUL-2022
Texto Original
De 24-NOV-2011
24-NOV-2011 16-MAR-2020

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