Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN ︱Ley Chile
  • BCN imagen
    • Acerca de la Biblioteca
    • Ubicación, horarios y teléfonos
    • Asesorías parlamentarias
    • Actualidad BCN
    • Programa Asia Pacífico
    • Boletines
    • Concursos públicos
    • Políticas de Privacidad
    • Mapa del sitio
  • Ley Chile imagen
    • Inicio
    • Acerca de Ley Chile
    • Normas destacadas imagen
      • Leyes de Quórum Calificado
      • Leyes Orgánicas Constitucionales
      • Leyes por temas
      • Leyes usadas por comisiones legislativas
      • Resúmenes de leyes
    • Historia de la Ley
    • Tratados Internacionales
    • Historia de la Constitución
    • Ley Fácil
    • Glosario
    • Llévatelo
    • Ayuda
  • Colecciones imagen
    • Catálogo
    • Estantería Digital
    • Publicaciones BCN
    • Fichas de Prensa Histórica
  • Información Territorial imagen
    • Inicio
    • Discapacidad en Chile
    • Estadísticas Territoriales
    • Elecciones Históricas
    • Mapoteca
    • Nuestro País
    • Reportes Comunales
    • Reportes Distritales
    • Reportes Regionales
  • Historia Política imagen
    • Inicio
    • Acerca de
    • Constituciones políticas y Actas constitucionales
    • Reseñas biográficas parlamentarias
    • Diarios de Sesiones e Intervenciones Parlamentarias
    • Entrevistas ex parlamentarios
    • Labor Parlamentaria
    • Mujeres en el Congreso Nacional
    • Proceso Constituyente 2021-2022
    • Proceso Constitucional 2022-2023
    • Presidentes de la República de Chile
    • El Congreso Nacional y sus edificios
    • Procesos eleccionarios
    • Partidos, movimientos y coaliciones
    • Libros y folletos sobre historia política
    • Archivo histórico de ex parlamentarias, parlamentarios y políticos
    • Documentando la historia política
  • Formación Cívica imagen
    • Inicio
    • Boletín Legislativo BCN
    • Boletín Legislativo Mujeres y Género
    • Delibera
    • Documentos y libros
    • Documentos Para el Debate Nacional
    • Evolución Constitucional
    • Guía de Formación Cívica
    • Contacto
  • Transparencia imagen
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Resolución 8186 EXENTA

Navegar Norma

Resolución 8186 EXENTA

  • Encabezado
  • Artículo
  • Promulgación

Resolución 8186 EXENTA ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN A FRUTOS FRESCOS PARA CONSUMO DE PALTA (PERSEA AMERICANA) VARIEDAD HASS, PROCEDENTES DE LOS DEPARTAMENTOS DEL PERÚ QUE SE INDICAN Y APRUEBA PLAN DE TRABAJO

MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL

Resolución 8186 EXENTA

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 18-DIC-2013

Publicación: 23-DIC-2013

Versión: Última Versión - 11-ABR-2023

Última modificación: 11-ABR-2023 - Resolución 1987 EXENTA

MODIFICACIONCONCORDANCIA
Ocultar notas
  • Texto
  • Versiones
Escuchar

ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN A FRUTOS FRESCOS PARA CONSUMO DE PALTA (PERSEA AMERICANA) VARIEDAD HASS, PROCEDENTES DE LOS DEPARTAMENTOS DEL PERÚ QUE SE INDICAN Y APRUEBA PLAN DE TRABAJO     
     
    Núm. 8.186 exenta.- Santiago, 18 de diciembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 156, de 1998, del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional; las resoluciones Nos 3.080 de 2003; 3.815 de 2003; 133 de 2005; 2.948 de 2010; 3.589 de 2012 y sus modificaciones, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; el Plan de Trabajo para la Exportación de Frutos Frescos para Consumo de Palta (Persea americana) var. Hass desde los Departamentos de Moquegua, Tacna, Ica, Lima, La Libertad y Arequipa, de Perú, a Chile.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
    2. Que, por resolución Nº 2.948 de 2010, se ha establecido como medida fitosanitaria para el ingreso de palta procedente de Perú a Chile un tratamiento fitosanitario (fumigación, frío, o la combinación de ambos), para el control de Ceratitis capitata y Anastrepha spp. (Dip.: Tephitridae).
    3. Que, Senasa ha solicitado al SAG evaluar la posibilidad de eliminar la medida establecida para moscas de la fruta en frutos frescos de palta var. Hass, presentando el estudio "Palta Hass como no hospedante de Moscas de la fruta".
    4. Que, en consideración a esta nueva información científica, se actualizó el Análisis de Riesgo de Plagas para Plagas Cuarentenarias de frutos frescos de palta var. "Hass", determinando no exigir un tratamiento fitosanitario para moscas de la fruta en este tipo de producto y que es necesario establecer requisitos fitosanitarios para las plagas Ferrisia malvastra, Ferrisia virgata, Nipaecoccus nipae y Stenoma catenifer, plagas ausentes cuarentenarias para Chile.
     
    Resuelvo:
     
    1. Establézcanse Resolución 9608 EXENTA,
AGRICULTURA
N° 2
D.O. 24.01.2020
los siguientes requisitos fitosanitarios de importación, a frutos frescos de palta (Persea americana) variedades Hass, para consumo, procedentes de las siguientes unidades territoriales, según las especificaciones establecidas en el Plan de Trabajo conjunto SAG-Senasa:
    - Departamento de
NOTA
Ancash
    - Departamento de Apurímac
    - Departamento de Arequipa
    - Departamento de Ayacucho:

    . Sólo las Provincias de:

    . Cangallo
    . Huamanga
    . Huancasancos
    . Lucanas
    . Parinacochas
    . Paucar del Sara Sara
    . Sucre
    . Víctor Fajardo
    . Vilcashuaman

    . De la Provincia de Huanta, sólo los Distritos de:

    . Huanta
    . Luricocha

    . De la Provincia La Mar, sólo el Distrito de:

    . San Miguel

    - Departamento de Cusco:

    . Sólo la Provincia de Anta

    - Departamento de Huancavelica:

    . Sólo las Provincias de:

    . Acobamba
    . Angaraes
    . Castrovirreyna
    . Churcampa
    . Huancavelica
    . Huaytará

    . De la Provincia de Tayacaja, sólo los Distritos de:

    . Colcabamba
    . Huachocalpa
    . Quichuas
    . Tintay Puncu

    - Departamento de Ica
    - Departamento de La Libertad
    - Departamento de Lambayeque
    - Departamento de Lima
    - Departamento de Moquegua
    - Departamento de Tacna     

    2. Para la importación al país, el envío deberá estar amparado por un Certificado Fitosanitario Oficial del país de origen, en original, y en el cual deberá constar como declaración adicional, lo siguiente:

    "El envío cumple con las especificaciones del Plan de Trabajo para la Exportación de Frutos Frescos para Consumo de Palta (Persea americana) var. Hass establecidas entre SAG - Chile y Senasa - Perú"

    La siguiente información también debe estar documentada en el Certificado Fitosanitario y sus documentos adjuntos:

    º Número de sello(s) o precinto(s) del Senasa
    º Nombre o código de la Empacadora
    º Código del registro del Lugar de Producción

    3. Adicionalmente el envío de fruta fresca de palta deberá cumplir con las siguientes medidas fitosanitarias que deberán ser verificadas por el inspector Senasa antes de emitir el Certificado Fitosanitario, según las especificaciones establecidas en el Plan de Trabajo para la Exportación de Frutos Frescos para Consumo de Palto (Persea americana) var. Hass desde los Departamentos de Moquegua, Tacna, Ica, Lima, La Libertad y Arequipa, de Perú, a Chile:

    3.1. El envío procede de un lugar
          de producción registrado, que
          fue inspeccionado durante el 
          período de crecimiento activo
          del fruto hasta antes de la 
          cosecha, encontrándose libre
          de Stenoma catenifer.
    3.2. El envío fue inspeccionado y
          se encuentra libre de Ferrisia
          malvastra, Ferrisia virgata,
          Nipaecoccus nipae, Anastrepha spp.
          y Ceratitis capitata.

    4. Adicionalmente cada envío de frutos frescos para consumo de palta deberá cumplir con los siguientes requisitos fitosanitarios:

    4.1  El envío deberá encontrarse
          libre de suelo.
    4.2  Las paltas deberán haber sido
          cosechadas del árbol con un
          mínimo grado de madurez del
          21,5 por ciento de materia seca.
    4.3  Las paltas deberán haber sido
          sometidas a un cepillado en la
          empacadora y limpiadas de 
          todos los restos vegetales.
    4.4  El envío deberá venir en envases
          y material de acomodación de primer
          uso, no permitiéndose el reenvase.
          Los envases deberán llevar la
          siguiente leyenda ubicada en la
          cara frontal de la Resolución 9608 EXENTA,
AGRICULTURA
N° 3 Y 4
D.O. 24.01.2020
caja: 

    .

(*) En el caso de Departamentos que cuentan con autorización en la totalidad de su territorio, se deberá especificar sólo la información del Departamento, mientras que para aquellos Departamentos que disponen de autorización a nivel de Provincias y Distritos, tendrá que especificarse la información completa de la unidad territorial de origen, eso significará detallar Departamento/Provincia o Departamento/Provincia/Distrito.

    4.5  El material de embalaje debe ser
          adecuado para eventuales acciones
          de tratamientos cuarentenarios en
          los puntos de ingreso.
    4.6  Los medios de transporte (camión
          frigorífico o encarpado, y
          contenedor) deberán venir sellados
          y/o precintados Por la autoridad
          fitosanitaria competente. En el
          caso que el transporte sea vía
          aérea, los pallets deberán estar
          protegidos con malla tipo
          mosquitera o cubiertos por
          plástico y contar con su sello
          o precinto en cada unidad.
    4.7  La madera de los embalajes y
          pallets, como también la madera
          utilizada como material de
          acomodación, debe estar libre
          de corteza; debiendo además
          cumplir con las regulaciones
          cuarentenarias para el ingreso
          de embalaje de madera.

    5. Los envíos serán inspeccionados a su arribo al país por los profesionales del Servicio Agrícola y Ganadero destacados en el punto de ingreso, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos y condiciones fitosanitarias, y con la documentación adjunta, resolverán su internación.
    6. Apruébase el "Plan de Trabajo para la Exportación de Frutos Frescos para Consumo de Palto (Persea americana), var. Hass desde los Departamentos de Moquegua, Tacna, Ica, Lima, La Libertad y Arequipa, de Perú, a Chile", acordado y suscrito por las autoridades fitosanitarias de ambos países.
    7. Elimínese de la resolución Nº 2.948, de 2010, que establece requisitos fitosanitarias de importación a frutos frescos para consumo de palta (Persea americana) procedentes de los departamentos del Perú que se indican, en el primer párrafo de la parte resolutiva "y Hass" y la frase "y de la variedad Hass procedente de los Departamentos de Ica, Lima y La Libertad,"; y del numeral 2.3 del mismo cuerpo normativo reemplácese la frase "cuando la fruta proviene de los Departamentos de Ica, Lima, Arequipa, y La Libertad", por la siguiente "cuando la fruta proviene del Departamento de Arequipa".



NOTA
      El Nº 1 de la Resolución 1987 Exenta, Agricultura, publicada el 11.04.2023, deja sin efecto, provisionalmente, la autorización otorgada por medio de la presente norma y sus modificaciones, al Departamento de Ancash, Perú, para realizar exportaciones de frutos frescos de palto (Persea americana) variedad Hass, a Chile.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 11-ABR-2023
11-ABR-2023
Intermedio
De 24-ENE-2020
24-ENE-2020 10-ABR-2023
Texto Original
De 23-DIC-2013
23-DIC-2013 23-ENE-2020

Comparando Resolución 8186 EXENTA |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.