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Resolución 11604 EXENTA

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Resolución 11604 EXENTA

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Resolución 11604 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5.231 EXENTA, DE FECHA 25 DE ABRIL DE 2017, Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES A TODAS LAS REGIONES DEL PAÍS, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DE TÍTULO II, EN LAS MODALIDADES MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES Y MEJORAMIENTO DEL ENTORNO Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL REGULADO POR EL DS 10 (V. Y U.), DE 2015, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 11604 EXENTA

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Promulgación: 27-SEP-2017

Publicación: 03-OCT-2017

Versión: Única - 03-OCT-2017

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MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5.231 EXENTA, DE FECHA 25 DE ABRIL DE 2017, Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES A TODAS LAS REGIONES DEL PAÍS, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DE TÍTULO II, EN LAS MODALIDADES MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES Y MEJORAMIENTO DEL ENTORNO Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL REGULADO POR EL DS 10 (V. Y U.), DE 2015, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS

    Santiago, 27 de septiembre de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 11.604 exenta.
    Visto:
    1. El DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que regula el Programa de Habitabilidad Rural;
    2. La ley Nº 20.898 promulgada con fecha 4 febrero 2016 que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción;
    3. La resolución exenta Nº 3.130 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base y grados de aislamiento, para las comunas del país, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 del DS Nº 10 (V. y U.), de 2015;
    4. La resolución exenta Nº 3.131 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social a Programa de Habitabilidad Rural que regula el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015;
    5. La resolución exenta Nº 3.771 (V. y U.), de fecha 20 de junio de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, para proyectos emplazados en comunas y/o localidades con distintos grados de aislamiento;
    6. La resolución exenta Nº 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Habitabilidad Rural regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015.
    7. La circular Nº 6 de fecha 3 de febrero de 2017, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, dirigida a los Seremi Minvu y Directores Serviu de todas las regiones, mediante la cual se informa el Programa de Subsidios Habitacionales del año 2016.
    8. La resolución exenta Nº 5.231 (V. y U.), de fecha 25 de abril de 2017, y sus modificaciones, mediante la cual se realiza el llamado en condiciones especiales a proceso de selección nacional para el otorgamiento de subsidios habitacionales de Título II en las modalidades de Mejoramiento y Ampliación de Viviendas Existentes y Mejoramiento del Entorno y Equipamiento Comunitario, del Programa de Habitabilidad Rural, en la alternativa individual y colectiva, y se establece la distribución de recursos entre las regiones convocadas por el llamado.
    9. La resolución exenta Nº 6.302 (V. y U.), de fecha 17 de mayo de 2017, que modifica la resolución exenta Nº 5.231 citada en el visto 8 precedente, en lo que respecta a la fecha de cierre del llamado, estableciéndose para el día 9 de junio del año en curso.
    Considerando:
    Que, cerrado el proceso de postulación del Llamado en Condiciones Especiales del Programa de Habitabilidad Rural, regulado mediante resolución exenta Nº 5.231 (V. y U.), de 2017, y sus modificaciones, se procedió a seleccionar a los postulantes de acuerdo a lo señalado en dicha resolución, a lo establecido en el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, y a los recursos disponibles del Programa de Habitabilidad Rural, dicto la siguiente:
    Resolución:
    1. Sustitúyase el resuelvo 20 del párrafo 5º de la resolución exenta Nº 5.231 (V. y U.), de 2017, por el siguiente:
    Los recursos involucrados para la selección ascienden a un total de 806.026,75 UF y su distribución regional será la indicada a continuación:

    .

    2. Apruébense las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al cierre de postulación del Llamado en Condiciones Especiales de 2017, del Programa de Habitabilidad Rural en su Título II, Modalidad Mejoramiento y Ampliación de Viviendas Existentes y Mejoramiento del Entorno y Equipamiento Comunitario, resolución exenta Nº 5.231 (V. y U), de 2017, las que se adjuntan a la presente resolución.
    3. Comprométanse los recursos disponibles para la selección del Llamado en Condiciones Especiales de 2017, del Programa de Habitabilidad Rural, Título II, Tipología, Mejoramiento y Ampliación de Viviendas Existentes y Mejoramiento del Entorno y Equipamiento Comunitario, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios para construir y al pago de los servicios de Asistencia Técnica (AT) y Fiscalización Técnica de Obras (FTO), según la distribución señalada para el número de familias que se detallan en el siguiente cuadro:

    .

    4. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y publíquese en un periódico regional según la región que se trate, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, aprobadas conforme al resuelvo 2 de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el nombre del grupo, el código del expediente de postulación, la cédula de identidad del postulante seleccionado y el puntaje obtenido por el grupo.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Iván Leonhardt Cárdenas, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 03-OCT-2017
03-OCT-2017

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