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Resolución 756 EXENTA

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Resolución 756 EXENTA

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Resolución 756 EXENTA MODIFICA RESOLUCIONES Nº 855 Y 1.655 EXENTAS (V. Y U.), AMBAS DE 2022, Y APRUEBA SELECCIÓN DE LOS CIERRES DE 15 Y 27 DE DICIEMBRE DE 2022, DEL LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN O ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PÚBLICAS PARA EL ARRIENDO, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, CONFORME A LA LETRA I) DE LA GLOSA 03 DE VIVIENDA ASOCIADA AL SUBTÍTULO 33, ÍTEM 01, DE LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO 2022

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 756 EXENTA

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Promulgación: 10-ABR-2023

Publicación: 14-ABR-2023

Versión: Única - 14-ABR-2023

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MODIFICA RESOLUCIONES Nº 855 Y 1.655 EXENTAS (V. Y U.), AMBAS DE 2022, Y APRUEBA SELECCIÓN DE LOS CIERRES DE 15 Y 27 DE DICIEMBRE DE 2022, DEL LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN O ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PÚBLICAS PARA EL ARRIENDO, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, CONFORME A LA LETRA I) DE LA GLOSA 03 DE VIVIENDA ASOCIADA AL SUBTÍTULO 33, ÍTEM 01, DE LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO 2022

    Santiago, 10 de abril de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 756 exenta.

    Vistos:

    a) Lo establecido en la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, letra i), de la Ley Nº 21.395 de Presupuestos del sector público del año 2022;
    b) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    c) El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
    d) La resolución exenta Nº 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.) de 2011;
    e) La resolución exenta Nº 127 (V. y U.), de fecha 4 de febrero de 2022, que establece las condiciones para la operación de la letra i) de la glosa 03 de vivienda, asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del sector público del año 2022;
    f) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que Fija el Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social a Programa que indica;
    g) La resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de fecha 11 de julio de 2022, y sus modificaciones, que llama a proceso de postulación en condiciones especiales de proyectos para la construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas públicas para el arriendo, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra i) de la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del sector público del año 2022;
    h) La resolución exenta Nº 1.655 (V. y U.), de 2022, que modifica la resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de fecha 11 de julio de 2022, y sus modificaciones, que llama a proceso de postulación en condiciones especiales de proyectos para la construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas públicas para el arriendo, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra i) de la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del sector público del año 2022, y aprueba la selección de los días 29 de julio y 30 de agosto, ambos de 2022;
    i) El oficio Nº 191, de fecha 13 de febrero de 2023, de la Alcaldesa de la I. Municipalidad de Viña del Mar, que informa el desistimiento de la ejecución del proyecto Conjunto Habitacional Tranque Forestal, código Umbral 173703, presentado al cierre del mes de agosto del Llamado citado en el Visto anterior y seleccionado para su ejecución mediante la resolución exenta Nº 1.665 (V. y U.), de 2022, y

    Considerando:

    a) Que, mediante la resolución exenta citada en el Visto g), se llamó a proceso de postulación en condiciones especiales de proyectos para la construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas públicas para el arriendo, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra i) de la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del sector público del año 2022.
    b) Que, conforme a lo establecido en la resolución citada en el Visto g), precedente, se procedió a revisar las postulaciones presentadas en los cierres de los días 15 y 27 de diciembre, ambos de 2022, resultando en la primera fecha aprobadas 6 iniciativas de las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Biobío, Los Ríos y Metropolitana; en la segunda, 2 iniciativas de las regiones de Maule y Metropolitana.
    c) Que de acuerdo a lo informado por la Alcaldesa de la I. Municipalidad de Viña del Mar, mediante el oficio citado en el Visto i), es necesario dejar sin efecto la selección del proyecto Conjunto Habitacional Tranque Forestal, de la comuna de Viña del Mar, seleccionado mediante la resolución exenta Nº 1.655 (V. y U.), de 2022.
    d) Los correos electrónicos de fechas 23 de febrero y 1 de marzo, ambos de 2023, que dan cuenta de la conformidad de la Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, respectivamente, ambos de Vivienda y Urbanismo, con el tenor del presente acto administrativo, por lo que dicto la siguiente

    Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar el cuadro inserto en el resuelvo 3 por el siguiente:
   

    2. Modifícase la resolución exenta Nº 1.655 (V. y U.), de 2022, en el sentido de eliminar del cuadro inserto en el Resuelvo 3, la fila correspondiente al proyecto Código Umbral 173703, Conjunto Habitacional Tranque Forestal y de reemplazar en la fila correspondiente al Total el guarismo "243" por "153" y el guarismo "298.290" por "205.590".
    3. Apruébase la selección de los proyectos de construcción correspondientes al cierre del 15 de diciembre de 2022, indicados en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los montos por concepto de servicios de asistencia técnica y para el pago de aranceles del Conservador de Bienes Raíces:
   

    4. Apruébase la selección de los proyectos de construcción correspondientes al cierre del 27 de diciembre de 2022, indicados en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los montos por concepto de servicios de asistencia técnica y para el pago de aranceles del Conservador de Bienes Raíces:
   

    5. El Serviu deberá determinar mediante resolución el valor a pagar por subsidio para la construcción de viviendas, de acuerdo a lo señalado en el resuelvo 6 de la resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, y para Asistencia Técnica, conforme lo establece su resuelvo 10.
    6. Establécese que lo señalado en el Resuelvo 7. de la resolución exenta Nº 127 (V. y U.), de 2022, no procede que se efectúe, toda vez que el proceso de selección no considera la concursabilidad de las propuestas por contar con disponibilidad de recursos.
    7. Los recursos comprometidos en los resuelvos 2., 3. y 4., de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el concurso que se llamó por resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, y sus modificaciones, cuyos cierres de postulación se efectuaron los días 21 y 29 de julio, 30 de agosto, 25 de octubre, 10 de noviembre y 15 y 27 de diciembre, todos de 2022, se resumen en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de Unidades de Fomento comprometidas en la presente resolución:
   

    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 14-ABR-2023
14-ABR-2023

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