Decreto 431 EXENTO
Decreto 431 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A.
Santiago, 13 de junio de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 431 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo N° 216, de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
f) El decreto exento N° 79, de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que modificó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 41.971, de 16.03.2023.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico otorgada a la empresa Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., RUT N° 90.299.000-3, con domicilio en calle San Carlos N° 107, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de inicio y término de obras e inicio de servicios de la ampliación de la zona de servicio para la localidad de Nacimiento, autorizada por decreto exento N° 79, de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:

Las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento señalado precedente, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 24-AGO-2023
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24-AGO-2023 |
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