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Resolución 2225 EXENTA

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Resolución 2225 EXENTA

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Resolución 2225 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.115 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, Y APRUEBA SELECCIÓN DE PROYECTOS POSTULANTES AL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EQUIPAMIENTO O ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PÚBLICAS PARA EL ARRIENDO, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, CONFORME A LA LETRA H) DE LA GLOSA 03 DE VIVIENDA ASOCIADA AL SUBTÍTULO 33, ÍTEM 01, DE LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO 2023

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 2225 EXENTA

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Promulgación: 27-DIC-2023

Publicación: 03-ENE-2024

Versión: Texto Original - de 03-ENE-2024 a 11-FEB-2024

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MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.115 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, Y APRUEBA SELECCIÓN DE PROYECTOS POSTULANTES AL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EQUIPAMIENTO O ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PÚBLICAS PARA EL ARRIENDO, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, CONFORME A LA LETRA H) DE LA GLOSA 03 DE VIVIENDA ASOCIADA AL SUBTÍTULO 33, ÍTEM 01, DE LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO 2023
    Santiago, 27 de diciembre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.225 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) Lo establecido en la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, letra h), de la Ley N° 21.516 de Presupuestos del Sector Público del año 2023;
    b) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    c)  El DS N° 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
    d) La resolución exenta N° 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.) de 2011;
    e) La resolución exenta N° 635 (V. y U.), de 2023, que establece las condiciones para la operación de la letra h) de la glosa 03 de vivienda, asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2023;
    f) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que Fija el Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social a Programa que indica;
    g) La resolución exenta N° 1.115 (V. y U.), de 2023, que llama a proceso de postulación en condiciones especiales de proyectos para la construcción o rehabilitación de viviendas o equipamiento o adquisición de viviendas para el arriendo, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra h) de la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del sector público del año 2023;
    h) El oficio N° 357, de fecha 11 de octubre de 2023, del Jefe (S) del Departamento de Estudios del Serviu de la Región Metropolitana que informa la evaluación final del proyecto habitacional Olivos de la comuna de Independencia;
    i) El oficio N° 356, de fecha 11 de octubre de 2023, del Jefe (S) del Departamento de Estudios del Serviu de la Región Metropolitana que informa la evaluación final del proyecto habitacional Inglaterra de la comuna de Independencia y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución exenta citada en el visto g), se llamó a proceso de postulación en condiciones especiales de proyectos para la construcción o rehabilitación de viviendas y equipamiento o adquisición de viviendas para el arriendo, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra h) de la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2023.
    b) Que, conforme a lo establecido en la resolución citada en el visto g), el Serviu de la Región Metropolitana ha evaluado las postulaciones de los proyectos que se indican a en la tabla de más abajo, indicando en los oficios citados en los vistos h) e i) que estos cumplen con las condiciones especiales del llamado e informando, mediante correo electrónico de 20 de octubre de 2023, de su aprobación:
     
   
    c) Que, dado el avance del año, se ha visto necesario ajustar los recursos dispuestos en el Llamado convocado por la resolución exenta citada en el visto g), dicto la siguiente
    Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta N° 1.115 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar el cuadro inserto en su resuelvo 3 por el siguiente:
     
   
     
    2. Apruébase la selección de los proyectos de construcción indicados en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los montos por concepto de servicios de asistencia técnica, fiscalización técnica de obras y pago de aranceles del Conservador de Bienes Raíces:
   
     
    3. El Serviu deberá determinar mediante resolución el valor a pagar por subsidio para la construcción de viviendas, de acuerdo a lo señalado en el resuelvo 8 de la resolución exenta N° 1.115 (V. y U.), de 2023, y para Asistencia Técnica, conforme lo establece su resuelvo 11.
    4. Los recursos comprometidos en la aprobación de los proyectos citados en el resuelvo 2, se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de unidades beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces:
     
   
     
    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 12-FEB-2024
12-FEB-2024
Texto Original
De 03-ENE-2024
03-ENE-2024 11-FEB-2024

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