Resolución 1533 EXENTA
Resolución 1533 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 711 EXENTA, DE FECHA 09.07.2024 DE (V. y U.), EN EL SENTIDO QUE INDICA Y SELECCIONA A LAS COMUNIDADES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, PARA PROYECTOS DE CONDOMINIO DE VIVIENDAS, REGULADO POR EL DS 27 (V. Y U.) 2016, Y DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS, 2024
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Promulgación: 27-DIC-2024
Publicación: 20-ENE-2025
Versión: Última Versión - 23-MAY-2025
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 711 EXENTA, DE FECHA 09.07.2024 DE (V. y U.), EN EL SENTIDO QUE INDICA Y SELECCIONA A LAS COMUNIDADES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, PARA PROYECTOS DE CONDOMINIO DE VIVIENDAS, REGULADO POR EL DS 27 (V. Y U.) 2016, Y DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS, 2024
Núm. 1.533 exenta.- Temuco, 27 de diciembre de 2024.
Visto:
1. La Ley Nº 16.931, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
2. El decreto ley Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
3. El DS Nº 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
4. La resolución Nº 7/2019, de la Contraloría General de la República.
5. La Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado.
6. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
7. La resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de fecha 24 de mayo de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y fiscalización técnica de obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
8. La resolución exenta Nº 720 (V. y U.), de fecha 14 de marzo de 2019, que aprueba Itemizado Técnico para proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los Programas Habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
9. La resolución exenta Nº 380 (V. y U.), del 9 de marzo de 2022, que regula operaciones y actos que en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas del DS 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el Reglamento de Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
10. El oficio Nº 116, de fecha 28 enero de 2021, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el itemizado técnico de obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, para Proyectos para Condominios de Vivienda, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
11. El oficio Nº 105, de fecha 14 de enero de 2022 del Jefe (S) de la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional que señala, entre otras materias, que debe mantenerse el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos en su versión oficializada mediante el ordinario citado en el visto 12) procedente.
12. La circular Nº 1, de fecha 11 de enero de 2024, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2024.
13. El Ord. Nº 526, de fecha 23 de febrero de 2024, de la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional, que imparte instrucciones y remite formatos para análisis de capacidad económica de las empresas constructoras que ejecuten obras financiadas en todo o parte con subsidio habitacional.
14. Resolución exenta Nº 579, de fecha 22 de abril de 2024, que establece condiciones especiales para los nuevos llamados a efectuarse el año 2024, tanto del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS 27 (V. y U.), 2016, correspondiente a su capítulo I, II, III y para llamados del Programa Protección Familiar, regulado por el DS 255 V. y U.), 2006.
15. Resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
16. El Ord. Nº 547, de fecha 2 de mayo 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, en que solicita la autorización para implementar factores regionales con pertinencia territorial.
17. Resolución exenta Nº 877, de fecha 14.06.2024, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, que autoriza la implementación del llamado del Cap. III del DS 27 (V. y U.), 2016, para la Región de La Araucanía.
18. Resolución exenta Nº 711, de fecha 9 de julio de 2024, que llama a Postulación en condiciones especiales correspondiente al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda, del decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, para la Región de La Araucanía, año 2024.
19. Resolución exenta Nº 1.433 de 16.09.2024, del Sr. Ministro, que modifica resolución exenta Nº 877 que autoriza la implementación del llamado del Cap. III del DS 27 (V. y U.), 2016, para la Región de La Araucanía.
20. Resolución exenta Nº 1.142, de fecha 11.10.2024, que modifica plazos para Postulación en condiciones especiales correspondiente al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda, del decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, para la Región de La Araucanía, año 2024.
21. Decreto Nº 20, de 01.08.2024 (V. y U.), de nombramiento del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, en trámite, respecto del cual no se esperará su total tramitación por razones de buen servicio.
Considerando:
a) La necesidad de atender a condominios de viviendas, que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo con las condiciones señaladas en el artículo 4º del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
b) Lo dispuesto en el artículo 24 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, en cuanto a la posibilidad de autorizar a los Secretarios Regionales Ministeriales la realización de llamados a procesos de selección en condiciones especiales.
c) El acta de acuerdo Serviu - Seremi, de fecha 09.07.2024, que fija factores regionales de prelación para la selección de proyectos, año 2024.
d) Que, mediante oficio Nº 877, de fecha 16 de junio 2024, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, se autoriza al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de la Región de La Araucanía, para efectuar llamado en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS 27 (V. y U.), 2016, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Vivienda.
e) La resolución exenta Nº 790, de fecha 26.07.2024, que autoriza asignación de incremento de subsidio para el condominio Villa Estación de la comuna de Villarrica, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, del DS Nº 27, en su capítulo III.
f) Que, mediante oficio Nº 5069, de fecha 27 de diciembre 2024, de la Jefa del Depto. Técnico Serviu, Región de La Araucanía, deriva calificación de 8 proyectos revisados y aprobados favorablemente, para el Capítulo Tercero Proyectos para Condominios de Vivienda, del DS 27 (V. y U.), 2016, por lo que dicto la siguiente:
Resolución:
1.- Modificase la resolución Nº 711, de fecha 09.07.2024, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, en el siguiente sentido:
Elimínese tabla del resuelvo 25, respecto de la distribución de recursos reemplazándose por la siguiente:

2.- Asígnense los recursos disponibles para la selección de los postulantes correspondientes al Llamado Regulado por la resolución exenta Nº 711, de fecha 09.07.2024, para el Desarrollo de Proyectos de Condominios de Vivienda, que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución que se señala a continuación:




3.- Fíjase el número de postulantes seleccionados en la Región de La Araucanía, de acuerdo al resuelvo Nº 1 de la presente resolución:




4.- Apruébese nómina de comunidades de copropietarios seleccionados, llamado a postulación para el desarrollo de proyectos de mejoramientos de viviendas y barrios, Capítulo III, Proyectos para Condominios de Viviendas.




5.- Detállese el financiamiento de servicios y productos de Asistencia Técnica.




Las Entidades de Asistencia deberán dar cumplimiento a todos los productos contenidos en la resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de fecha 24 de mayo de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios. Por tanto, Serviu deberá velar por el cumplimiento de estos productos, en el Desarrollo y Gestión de los Proyectos y, las exigencias de la Ley de Copropiedad 21.442 y por consiguiente a la actualización de los reglamentos de cada de estas copropiedades.
6.- Impútese el monto total de 76.808,96 Unidades de Fomento asignados a esta resolución, de las cuales 73.059,81 Unidades de Fomento corresponde al pago de subsidio y 3.749,57 Unidades de Fomento, corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de La Araucanía, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2024, según Circ. 1 de 11 de enero 2024, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2024.
Impútese Resolución 420 EXENTA,
VIVIENDA
N° 6
D.O. 23.05.2025el monto de 77.198,35 Unidades de Fomento asignado a esta resolución, de las cuales 74.430 Unidades de Fomento corresponden al pago de subsidio y 2768,35 Unidades de Fomento, corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de La Araucanía, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2024, según Res. Ex. 553, de fecha 22.04.2025.
VIVIENDA
N° 6
D.O. 23.05.2025el monto de 77.198,35 Unidades de Fomento asignado a esta resolución, de las cuales 74.430 Unidades de Fomento corresponden al pago de subsidio y 2768,35 Unidades de Fomento, corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de La Araucanía, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2024, según Res. Ex. 553, de fecha 22.04.2025.
7.- En todo lo no modificado manténgase inalterable la Res. exenta N° 711, de fecha 09.07.2024.
8.- Publíquese un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial, por la Seremi de Vivienda y Urbanismo y, de acuerdo a lo establecido en el DS Nº 27 (V. y U.), 2016, Serviu deberá publicar, en al menos en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha que serán publicadas las nóminas de postulantes y proyectos habitacionales.
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