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Resolución 420 EXENTA

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Resolución 420 EXENTA

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Resolución 420 EXENTA RECTIFÍQUESE, COMPLEMÉNTESE Y AGRÉGUESE A RESOLUCIÓN N° 711 EXENTA, DE FECHA 23.12.2024, LA RESOLUCIÓN N° 1.533 EXENTA, DE FECHA 27.12.2024 Y LA RESOLUCIÓN N° 5 EXENTA, DE FECHA 8.01.2025 DE (V. Y U.), EN EL SENTIDO QUE INDICA Y SELECCIONA A LAS COMUNIDADES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, PARA PROYECTOS DE CONDOMINIO DE VIVIENDAS, REGULADO POR EL DS 27 (V. Y U.), 2016 Y, DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS, 2024

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Resolución 420 EXENTA

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Promulgación: 07-MAY-2025

Publicación: 23-MAY-2025

Versión: Única - 23-MAY-2025

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RECTIFÍQUESE, COMPLEMÉNTESE Y AGRÉGUESE A RESOLUCIÓN N° 711 EXENTA, DE FECHA 23.12.2024, LA RESOLUCIÓN N° 1.533 EXENTA, DE FECHA 27.12.2024 Y LA RESOLUCIÓN N° 5 EXENTA, DE FECHA 8.01.2025 DE (V. Y U.), EN EL SENTIDO QUE INDICA Y SELECCIONA A LAS COMUNIDADES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, PARA PROYECTOS DE CONDOMINIO DE VIVIENDAS, REGULADO POR EL DS 27 (V. Y U.), 2016 Y, DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS, 2024

    Núm. 420 exenta.- Temuco, 7 de mayo de 2025.

    Visto:

    1. La ley N° 16.931, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    2. El decreto ley N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    3. El DS N° 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo;
    4. La resolución N° 7/2019, de la Contraloría General de la República;
    5. La Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado;
    6. El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016, y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    7. La resolución exenta N° 1.237 (V. y U.), de fecha 24 de mayo de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    8. La resolución exenta N° 720 (V. y U.), de fecha 14 de marzo de 2019, que aprueba Itemizado Técnicos para Proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    9. La resolución exenta N° 380 (V. y U.), de 9 de marzo de 2022, que regula operaciones y actos que en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas del DS 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el Reglamento de Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    10. El oficio N° 116, de fecha 28 de enero de 2021, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, para Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016;
    11. El oficio N° 105, de fecha 14 de enero de 2022, del Jefe (S) de la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional que señala, entre otras materias, que debe mantenerse el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos en su versión oficializada mediante el ordinario en citado en el visto 12) procedente;
    12. La circular N° 1, de fecha 11 de enero de 2024, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2024;
    13. El Ord. N° 526, de fecha 23 de febrero de 2024, de la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional, que imparte instrucciones y remite formatos para análisis de capacidad económica de las empresas constructoras que ejecuten obras financiadas en todo o parte con subsidio habitacional;
    14. Resolución exenta N° 579, de fecha 22 de abril de 2024, que establece condiciones especiales para los nuevos llamados a efectuarse el año 2024, tanto del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS 27 (V. y U.), de 2016, correspondiente a su Capítulo I, II, III y para llamados del Programa Protección Familiar, regulado por el DS 255 (V. y U.), de 2006;
    15. Resolución exenta N° 6.042 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    16. El Ord. N° 547, de fecha 2 de mayo de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, en que solicita la autorización para implementar factores regionales con pertinencia territorial;
    17. Resolución exenta N° 877, de fecha 14.06.2024, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, que autoriza la implementación del llamado del Cap. III del DS 27 (V. y U.), de 2016, para la Región de La Araucanía;
    18. Resolución exenta N° 711, de fecha 9 de julio de 2024, que llama a Postulación en condiciones especiales correspondiente al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, del decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016, para la Región de La Araucanía, año 2024;
    19. Resolución exenta N° 1.433, de 16.09.2024, del Sr. Ministro, que modifica resolución exenta N° 877, que autoriza la implementación del llamado del Cap. III del DS 27 (V. y U.), de 2016, para la Región de La Araucanía;
    20. Resolución exenta N° 1.142, de fecha 11.10.2024, que modifica plazos para Postulación en condiciones especiales correspondiente al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, del decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016, para la Región de La Araucanía, año 2024;
    21. Resolución exenta N° 1.533, de fecha 23.12.2024 y sus modificaciones, que selecciona a las comunidades para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de viviendas y barrios, Capítulo III para Proyectos de Condominios de Viviendas, regulado por el DS 27 (V. y U.), de 2016, y dispone asignación de recursos para la Región de La Araucanía que se destinarán al financiamiento de los proyectos seleccionados, 2024;
    22. Resolución exenta N° 553, de fecha 22.04.2025, que modifica la resolución exenta N° 877 (V. y U.), de 2024; y autoriza selección complementaria para las regiones de Arica y Parinacota, de Antofagasta, de Atacama, de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, del Maule, de Ñuble, del Biobío, de La Araucanía y Magallanes y la Antártica Chilena, para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulados por el DS 27 (V. y U.), de 2016, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas;
    23. Decreto N° 20, de 01.08.2024 (V. y U.), de nombramiento del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía;

    Considerando:

    a) La necesidad de atender a condominios de viviendas, que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo con las condiciones señaladas en el artículo 4º del DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
    b) Que, producto de una redistribución de recursos, se ha identificado la disponibilidad de financiamiento que permite complementar la selección de Proyectos para Condominios de Viviendas del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para la Región de La Araucanía, por lo que dicto la siguiente:

    Resolución:

    1.- Modifícase la resolución N° 711, de fecha 09.07.2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, en su resuelvo 25, respecto de la distribución de recursos y reemplácese por el siguiente:
   

    2.- Compleméntese, la resolución N° 1.533, de fecha 27.12.2024 y sus modificaciones en los siguientes resuelvos:

    Agréguese al resuelvo N° 2, respecto de la asignación de recursos, para el Desarrollo de Proyectos de Condominios de Viviendas, al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia técnica, del siguiente proyecto:
   

    3.- Agréguese, al resuelvo N° 3, la asignación de recursos, para el Desarrollo de Proyectos de Condominios de Viviendas, que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, del siguiente proyecto:
   

    4.- Agréguese, al resuelvo N° 4, el cuadro que aprueba la nómina de la siguiente copropiedad:
   

    5.- Agréguese, en su resuelvo N° 5, el cuadro que detalla el financiamiento de servicios y productos de asistencia técnica, del siguiente:
   

    6.- Compleméntese el resuelvo N° 6 de la resolución N° 1.533, de fecha 27.12.2024 y sus modificaciones, en el siguiente sentido:

    Impútese el monto de 77.198,35 Unidades de Fomento asignado a esta resolución, de las cuales 74.430 Unidades de Fomento corresponden al pago de subsidio y 2768,35 Unidades de Fomento, corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de La Araucanía, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2024, según Res. Ex. 553, de fecha 22.04.2025.

    7.- En todo lo no modificado, manténgase inalterable la resolución exenta N° 1.533, de fecha 27.12.2024 y sus modificaciones, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía.
    8.- Publíquese un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial, por la Seremi de Vivienda y Urbanismo y, de acuerdo a lo establecido en el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, Serviu deberá publicar en al menos en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha que serán publicadas las nóminas de postulantes y proyectos habitacionales.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Patricio Escobar Salazar, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de La Araucanía.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 23-MAY-2025
23-MAY-2025

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