Decreto 14
Decreto 14 FIJA VALOR DE LA SUBVENCION ADICIONAL ESPECIAL, ARTICULO 41 D.F.L. Nº 2, DE 1998, A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 1998
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
FIJA VALOR DE LA SUBVENCION ADICIONAL ESPECIAL, ARTICULO 41 D.F.L. Nº 2, DE 1998, A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 1998
Núm. 14.- Santiago, 21 de enero de 1999.- Considerando: Que, la ley Nº 19.598, en su artículo 12 ordena que, el valor vigente a noviembre de 1998 de la subvención adicional especial se exprese en Unidades de Subvención Educacional (U.S.E.) en igual mes; y Visto: Lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 19.410; en el artículo 12 de la ley Nº 19.598 y en la ley Nº 18.956; y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Artículo único: A partir desde noviembre de 1998 el valor vigente de la subvención adicional especial a que se refiere el artículo 13 de la ley Nº 19.410 (artículo 41 D.F.L. Nº 2, de Educación, de 1998), se expresará en Unidades de Subvención Educacional (U.S.E.), de igual mes, según la siguiente tabla:
Establecimientos Educacionales sin Jornada Escolar Completa.
Valor USE. Nov. 98: $9.785.477.- SAE Nov. 98
Nivel y Modalidad de Enseñanza Factor USE.
Educación Parvularia (2º Nivel Transición) 0,0780
Educación Básica (1º-6º) 0,0857
Educación Básica (7º-8º) 0,0949
Educación Especial Diferencial 0,2572
Educación Básica de Adultos 0,0583
Educación Media Humanístico-Científica
Diurna 0,1067
Educación Media Técnico-Profesional
Agrícola y Marítima 0,1689
Educación Media Técnico-Profesional
Industrial 0,1268
Educación Media Técnico-Profesional
Comercial y Técnica 0,1115
Educación Media Adultos (hasta 25 horas) 0,0874
Educación Media Adultos (26 y + horas) 0,0874
Establecimientos Educacionales con Jornada Escolar Completa.
Valor USE. Nov. 98: $9.785.477.- SAE Nov. 98
Nivel y Modalidad de Enseñanza Factor USE.
Educación Básica (1º-6º) 0,0857
Educación Básica (7º-8º) 0,0949
Educación Especial Diferencial 0,2572
Educación Media Humanístico-Científica
Diurna 0,1067
Educación Media Técnico-Profesional
Agrícola y Marítima 0,1689
Educación Media Técnico-Profesional
Industrial 0,1268
Educación Media Técnico-Profesional
Comercial y Técnica 0,1115
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Jaime Pérez de Arce Araya, Ministro de Educación (S).- Manuel Marfán Lewis, Ministro de Hacienda (S).
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Juan Eduardo García-Huidobro S., Subsecretario de Educación (S).
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 12-MAR-1999
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12-MAR-1999 |
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