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Resolucion 486

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Resolucion 486

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Resolucion 486 MODIFICA RESOLUCION Nº 533, DE 1997

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolucion 486

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Promulgación: 23-JUN-2000

Publicación: 13-JUL-2000

Versión: Única - 13-JUL-2000

MODIFICACION
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MODIFICA RESOLUCION Nº 533, DE 1997

(Resolución)

    Santiago, 23 de junio de 2000.- Hoy se resolvió lo que sigue:

    Núm. 486.- Visto: El D.S. Nº 140 (V. y U.), de 1990, que reglamenta los Programas de Viviendas Progresivas; el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, que reglamenta el Sistema de Subsidio Habitacional para el Sector Rural; la resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, que fija procedimiento para prestación de servicios de asistencia técnica a programas de viviendas regulados por los decretos supremos antes citados, modificada por resoluciones Nºs. 725, de 1997, 568, de 1998, 219 y 464, ambas de 1999, todas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y el artículo 21, inciso cuarto, de la ley Nº 16.391, dicto la siguiente,

    R e s o l u c i ó n:


    Artículo único.- Modifícase la resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, en el sentido de agregar el siguiente número 15 a su artículo 1º:

''15.- No obstante lo dispuesto en el número anterior, en casos calificados, mediante resolución fundada del Director del Serviu respectivo, se podrá prorrogar el plazo de vigencia del contrato con el prestador de servicios de asistencia técnica, en las mismas condiciones y precio unitario fijados en dicho contrato, debiendo el prestador de servicios reemplazar la boleta bancaria de garantía de fiel cumplimiento a que se refiere el número 10 precedente a fin de cubrir la prórroga de plazo de vigencia del contrato.''.
    Artículo transitorio.- Lo dispuesto en el número 15, agregado al artículo 1º de la resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, por la presente resolución, podrá ser aplicable asimismo a los contratos de prestación de servicios celebrados con anterioridad que estuvieren vigentes a la fecha de la resolución del Director del Serviu que disponga su prórroga.
    Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón de la presente resolución en el plazo de cinco días.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Claudio Orrego Larraín, Ministro de Vivienda y Urbanismo y Bienes Nacionales.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sonia Tschorne Berestesky, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 13-JUL-2000
13-JUL-2000

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