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Ley 18834
- Encabezado
- TITULO I Normas Generales
- TITULO II De la Carrera Funcionaria
- TITULO III De las Obligaciones Funcionarias
- TITULO IV De los Derechos Funcionarios
-
TITULO V De la Responsabilidad Administrativa
- Artículo 114
- Artículo 115
- Artículo 116
- Artículo 117
- Artículo 118
- Artículo 118 A
- Artículo 119
- Artículo 120
- Artículo 121
- Artículo 122
- Artículo 123
- Artículo 124
- Artículo 125
- Artículo 126
- Artículo 127
- Artículo 128
- Artículo 129
- Artículo 130
- Artículo 131
- Artículo 132
- Artículo 133
- Artículo 134
- Artículo 135
- Artículo 136
- Artículo 137
- Artículo 138
- Artículo 139
- TITULO VI De la Cesación de Funciones
- TITULO VII Extinción de la Responsabilidad Administrativa
- TITULO FINAL Disposiciones Varias
-
ARTICULOS TRANSITORIOS
- Artículo 1 Transitorio
- Artículo 2 Transitorio
- Artículo 3 Transitorio
- Artículo 4 Transitorio
- Artículo 5 Transitorio
- Artículo 6 Transitorio
- Artículo 7 Transitorio
- Artículo 8 Transitorio
- Artículo 9 Transitorio
- Artículo 10 Transitorio
- Artículo 11 Transitorio
- Artículo 12 Transitorio
- Artículo 13 Transitorio
- Artículo 14 Transitorio
- Artículo 15 Transitorio
- Artículo 16 Transitorio
- Artículo 17 Transitorio
- Artículo 18 Transitorio
- Artículo 19 Transitorio
- Artículo 20 Transitorio
- Artículo 21 Transitorio
- Artículo FINAL
- Promulgación
- Anexo
Ley 18834 APRUEBA ESTATUTO ADMINISTRATIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR
Promulgación: 15-SEP-1989
Publicación: 23-SEP-1989
Versión: Última Versión - 18-MAR-2005
Última modificación: 24-JUL-2007 - Ley 20205
Art. 2°, 1.-
Art. 6° los recursos presupuestarios asignados al respectivo Servicio, no regirán las limitaciones que establecen los incisos tercero y cuarto de este artículo, respecto de las suplencias que se dispongan en unidades unipersonales; ni en aquellos servicios que realizan sus actividades ininterrumpidamente durante las 24 horas del día, incluso sábados, domingos y festivos.LEY 19154
Art.1°, 1.-
Art. 2º Nº 2
D.O. 03.08.1992 del Presidente de la República o de la autoridad facultada para efectuar el nombramiento:
Art. VIGESIMO
SEPTIMO Nº 1 a y b)
D.O. 23.06.2003 niveles jerárquicos equivalentes o superiores a dichas jefaturas, existentes en la estructura ministerial, cualquiera sea su denominación;
EL Artículo séptimo transitorio de la LEY 19882, publicada el 23.06.2003, dispone que la modificación a esta norma, respecto de cada ministerio y servicio, entrarán en vigencia a contar del día primero del mes siguiente al de la publicación del correspondiente decreto con fuerza de ley, que determine separadamente para cada uno de los ministerios y servicios regidos por el Estatuto Administrativo, los actuales cargos que pasarán a tener la calidad prevista en el artículo 7° bis, de ese mismo cuerpo legal, como consecuencia de la modificación introducida este artículo, cualquiera sea la denominación y grado que tengan en las respectivas plantas de personal.
Art. VIGESIMO
SEPTIMO Nº 2
D.O. 23.06.2003 departamento y los de niveles de jefaturas jerárquicos equivalentes de los ministerios y servicios públicos, serán de carrera y se someterán a las reglas especiales que se pasan a expresar:
EL Artículo séptimo transitorio de la LEY 19882, publicada el 23.06.2003, dispone que la presente norma, respecto de cada ministerio y servicio, entrarán en vigencia a contar del día primero del mes siguiente al de la publicación del correspondiente decreto con fuerza de ley, que determine separadamente para cada uno de los ministerios y servicios regidos por el Estatuto Administrativo, los actuales cargos que pasarán a tener la calidad prevista en este artículo, como consecuencia de la modificación introducida al artículo 7º, de este mismo cuerpo legal, cualquiera sea la denominación y grado que tengan en las respectivas plantas de personal.
| Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Refundida por:
Decreto con Fuerza de Ley 29 / 16-MAR-2005
De 16-MAR-2005
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16-MAR-2005 | FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO | ||
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Última Versión
De 18-MAR-2005
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18-MAR-2005 |
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Intermedio
De 16-MAR-2005
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16-MAR-2005 | 17-MAR-2005 | ||
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Intermedio
De 20-DIC-2003
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20-DIC-2003 | 15-MAR-2005 | ||
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Intermedio
De 23-JUN-2003
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23-JUN-2003 | 19-DIC-2003 | ||
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Intermedio
De 31-MAY-2002
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31-MAY-2002 | 22-JUN-2003 | ||
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Intermedio
De 14-DIC-1999
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14-DIC-1999 | 30-MAY-2002 | ||
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Intermedio
De 02-DIC-1998
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02-DIC-1998 | 13-DIC-1999 | ||
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Texto Original
De 23-SEP-1989
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23-SEP-1989 | 01-DIC-1998 |
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Jurisprudencia Constitucional
Historias de la ley modificatorias
Preguntas y respuestas, audios, fichas y material anexo, que aclaran en lenguaje sencillo, los principales contenidos de esta norma, o parte de ella, y tienen impacto en la ciudadanía y su quehacer cotidiano.
1.- Inclusión al mundo laboral de personas en situación de discapacidad o que reciben pensión de invalidez
2.- Ley de no discriminación
Acceso a trámites, servicios y beneficios ofrecidos por el Gobierno de Chile asociados a esta norma . Fuente: Chile Atiende