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Ley 19257

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Ley 19257

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  • Promulgación

Ley 19257 AUTORIZA AL BANCO CENTRAL DE CHILE PARA ORDENAR ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LA FUNDACION DE LA CASA DE MONEDA DE CHILE

MINISTERIO DE HACIENDA

Ley 19257

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Promulgación: 22-OCT-1993

Publicación: 06-NOV-1993

Versión: Única - 06-NOV-1993

Materias: Banco Central de Chile, Acuñación de Monedas, Casa de moneda de Chile, Ley no. 19.257

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    AUTORIZA AL BANCO CENTRAL DE CHILE PARA ORDENAR ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LA FUNDACION DE LA CASA DE MONEDA DE CHILE
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1°.- Autorízase al Banco Central de Chile para ordenar la acuñación de hasta 50.000 monedas de Plata, modalidad Proof, conmemorativas de los 250 años de la fundación de la Casa de Moneda de Chile, y cuyas características básicas serán las siguientes:
1.- Valor o denominación  : $ 2.000.-
  2.- Metal                : Plata.
  3.- Ley de fino          : 500 milésimas
  4.- Forma                : Circular
  5.- Borde                : Perlado
  6.- Canto                : Estriado
  7.- Peso bruto            : 8 gramos
  8.- Diámetro              : 26 mm.
  9.- Tolerancia en el peso : 5% (1 moneda)
10.- Tolerancia en la Ley  : +- 3 milésimas
11.- Aleación              : 500 milésimas de plata
                              400 milésimas de cobre
                              50 milésimas de níquel
                              50 milésimas de zinc.
    El Banco Central de Chile, en uso de las atribuciones que le confiere su Ley Orgánica Constitucional, determinará el diseño del anverso y reverso y demás características de las monedas indicadas.

    Artículo 2°.- Las monedas a que se refiere la presente ley tendrán curso legal, poder liberatorio y circulación ilimitados.
    El Banco Central de Chile podrá comercializar las monedas referidas en el precio y demás condiciones que determine.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 22 de Octubre de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Hacienda.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 06-NOV-1993
06-NOV-1993
Exportar lista:

Proyecto original

1.- Autoriza al Banco Central de Chile la acuñación de monedas de plata conmemorativa de los 250 años de la fundación de la Casa de Moneda de Chile (Boletín N° 1083-05)

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